Tarjeta de Residencia de Familiar de Ciudadano de la UE
Todo lo que necesitas saber para asegurar tu estancia en España
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¿Para quién es?
La Tarjeta de Residencia de Familiar de Ciudadano de la UE está destinada a aquellos que tienen un vínculo directo con ciudadanos de la UE, del EEE o de Suiza y buscan residir legalmente en España. Desde cónyuges hasta hijos dependientes, asegúrate de contar con el respaldo legal adecuado.
¿Cómo se solicita?
- Recepción y revisión de documentación del cliente
- Verificación de requisitos legales y documentación necesaria
- Preparación del formulario de solicitud (EX-19)
- Pago de la tasa correspondiente (Modelo 790 Código 012)
- Presentación de la solicitud en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía
- Obtención del resguardo acreditativo de la solicitud
¿Cuánto dura?
- Seguimiento del estado del expediente
- Notificación de la resolución al cliente
- Solicitud de cita para la obtención de la tarjeta física (TIE)
- Presentación de documentación adicional si es requerida
- Recogida de la tarjeta de residencia en la comisaría correspondiente
- Notificación final al cliente sobre la obtención de la tarjeta
Preguntas frecuentes
¿Qué es la Tarjeta de Residencia de Familiar de Ciudadano de la UE?
Es un documento que permite a los familiares de ciudadanos de la Unión Europea residir legalmente en España por un período superior a tres meses. Esta tarjeta acredita su situación legal en el país y les otorga derechos similares a los de los ciudadanos españoles.
¿Quiénes pueden solicitarla?
Pueden solicitarla los familiares de ciudadanos de la UE, del Espacio Económico Europeo o de Suiza que no tengan la nacionalidad de uno de estos países y que deseen residir en España. Esto incluye cónyuges, parejas registradas, descendientes directos menores de 21 años o mayores si dependen económicamente, y ascendientes directos a cargo.
¿Cuáles son los requisitos para obtenerla?
Se requiere presentar documentación que acredite el vínculo familiar, como certificado de matrimonio o partida de nacimiento, y demostrar medios económicos suficientes para no convertirse en una carga para el sistema asistencial español.
¿Qué documentos son necesarios?
Se debe presentar el formulario oficial EX-19, el justificante de pago de la tasa correspondiente, pasaporte válido, certificado de registro del ciudadano de la UE y documentación que acredite el vínculo familiar.
¿Cuánto tiempo tarda el trámite?
La administración dispone de un plazo máximo de tres meses para notificar la resolución de la solicitud.
¿Qué tasas se deben pagar?
Se debe abonar la tasa correspondiente mediante el modelo 790, código 012. El importe puede variar, por lo que es recomendable consultar la cuantía actualizada en la sede electrónica de la Policía Nacional.
¿Puedo trabajar mientras tramito la tarjeta?
Sí, una vez presentada la solicitud y mientras se resuelve, se puede trabajar en España. Sin embargo, es recomendable verificar las condiciones específicas con las autoridades competentes.
¿Qué sucede si me deniegan la solicitud?
En caso de denegación, se puede interponer un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes desde la notificación.
Documentación requerida
- Nombre completo, Fecha de nacimiento, País de nacimiento
- NIE o número de pasaporte del familiar
- Certificado de matrimonio o pareja de hecho
- Prueba de parentesco
- Certificado de empadronamiento
- Fotografía reciente
- Número de teléfono, Dirección de correo electrónico
- Certificado de matrimonio, Certificado de nacimiento, Prueba de convivencia
- Documentos que acrediten la nacionalidad del ciudadano de la UE
- Justificantes de ingresos y medios económicos
- Certificado de antecedentes penales del país de origen
- Seguro médico privado
- Documentación que acredite la relación familiar