¿Se puede perder la nacionalidad española por no saber leer ni escribir?

julio 25, 2025





Nacionalidad española e idioma: ¿se puede perder? | Tolentino Abogados





¿Se puede perder la nacionalidad española por no saber leer ni escribir?

La integración lingüística y cultural es clave: descubre qué exige la ley en 2025 y cómo preparar tu solicitud sin riesgos.

¿Qué significa perder la nacionalidad española por no saber leer ni escribir?

En sentido estricto, no se puede perder una nacionalidad ya concedida por desconocer el idioma. Lo que sí ocurre es que, si la nacionalidad aún no se ha otorgado, no saber leer ni escribir en español puede provocar la denegación de la solicitud por integración insuficiente. Así lo confirmó la Audiencia Nacional en junio de 2025, al desestimar el recurso de un ciudadano marroquí con más de 20 años de residencia legal, empleo, esposa y tres hijos.

El motivo de la denegación fue que el solicitante no sabe leer ni escribir en español, solo en árabe, falló el examen CCSE y recibió informes desfavorables del Ministerio Fiscal y del Registro Civil. El artículo 22.4 del Código Civil exige acreditar un suficiente grado de integración en la sociedad española, y el tribunal concluyó que el arraigo familiar y laboral, por sí solos, no bastaban. El plazo de resolución de estas solicitudes ronda los 12 a 24 meses ante el Ministerio de Justicia.

Datos clave sobre nacionalidad española e integración

Concepto Detalle
Plazo de resolución 12 a 24 meses (plazo legal: 1 año)
Organismo competente Ministerio de Justicia / Registro Civil
Tiempo de residencia 10 años general / 2 años iberoamericanos
Examen obligatorio CCSE (Instituto Cervantes)
Idioma (no hispanohablantes) DELE A2 o superior
Base legal Art. 22.4 del Código Civil
Posibilidad de recurso Sí, reposición y contencioso-administrativo

Cómo tramitar la nacionalidad española por residencia — Pasos

Tramitar la nacionalidad por residencia exige seguir un procedimiento ordenado y acreditar integración real. Estos son los pasos clave:

  1. Verificar el tiempo de residencia legal: confirma que cumples el plazo exigido (10 años con carácter general o 2 años si eres de país iberoamericano, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o de origen sefardí).
  2. Aprobar el examen CCSE: supera la prueba de Conocimientos Constitucionales y Socioculturales del Instituto Cervantes. Se convoca mensualmente y el certificado tiene validez indefinida.
  3. Obtener


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