Este artículo trata sobre un caso real tramitado por Tolentino Abogados, sobre la denegación de nacionalidad española por un error administrativo.
Hechos del caso:
En el mes de julio de 2017, una mujer presentó la solicitud de nacionalidad por residencia ya que había residido en España por un año de manera legal y continuada, tiempo suficiente por ser nieta de español de origen.
Sin embargo, dos años más tarde, la Administración le denegó la nacionalidad, alegando que la solicitante no llevaba en España el tiempo establecido para los procedentes de países iberoamericanos, cuyo plazo es de dos años.
Por ello, contacto con Tolentino Abogados quien después de evaluar su caso, le recomendó presentar un recurso de reposición para subsanar este error administrativo y concederle la nacionalidad como descendiente de español.
Estrategias tomadas:
Nuestro despacho después de evaluar el caso tomó como estrategia principal, el recurso de reposición,con este pretendía que la Administración rectificara el error cometido al denegar su solicitud, ya que la cliente realizó su solicitud como descendiente de español, este caso sólo exige un año de residencia legal y continuada en el país, por lo que cumplía con este requisito. Así lo dispone el artículo 22.2 f) del Código Civil.
Fallo:
Finalmente el tribunal ha determinado que la denegación de la solicitud se debió a un error administrativo. Por tanto, cuando este recurso de reposición sea estimado, se le concederá de manera automática la nacionalidad española.
Si te encuentras en esta situación asesórate con nuestros expertos.
Publicado en : OKjurídico
En Tolentino Abogados ¡Estamos para ayudarte!

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