Nacionalidad española por la Ley de Memoria Democrática

agosto 8, 2025





Nacionalidad española por Ley de Memoria Democrática | Tolentino





Nacionalidad española por la Ley de Memoria Democrática

Obtén la nacionalidad española sin vivir en España. El plazo termina el 21 de octubre de 2025: aún estás a tiempo.

¿Qué es la nacionalidad española por la Ley de Memoria Democrática y quién puede solicitarla?

La nacionalidad española por la Ley de Memoria Democrática (Ley 20/2022) es una vía que permite a hijos y nietos de españoles de origen, así como a descendientes de exiliados, obtener la nacionalidad española sin necesidad de residir en España. Se solicita ante el Registro Civil consular del país de residencia —en República Dominicana, el Consulado General de España en Santo Domingo— o ante el Registro Civil municipal si resides en territorio español.

El plazo para presentar la solicitud finaliza el 21 de octubre de 2025, conforme a la disposición adicional octava de la Ley 20/2022. El tiempo de resolución varía entre 6 y 24 meses según el consulado. Los nacionales de países iberoamericanos conservan su nacionalidad de origen, por lo que mantendrás la doble nacionalidad. En Tolentino Abogados, con más de 15 años de experiencia en nacionalidad española, te guiamos en cada paso.

Datos clave de la nacionalidad por Ley de Memoria Democrática

Concepto Detalle
Plazo límite de presentación 21 de octubre de 2025
Plazo de resolución 6 a 24 meses según consulado
Organismo competente Registro Civil consular o municipal
Tipo de nacionalidad Española de origen
¿Requiere residir en España? No
¿Permite doble nacionalidad? Sí, para iberoamericanos

Cómo tramitar la nacionalidad española por Ley de Memoria Democrática — Pasos

  1. Identifica el supuesto aplicable: determina si tu caso encaja en los Anexos I, II o III de la Ley 20/2022 según tu vínculo familiar. Es el paso más importante para evitar denegaciones.
  2. Reconstruye el árbol genealógico: documenta cada generación entre tú y el ascendiente español de origen (padre, abuelo o bisabuelo). Duración variable según el número de generaciones.
  3. Obtén el certificado del ascendiente español: solicítalo al Registro Civil del municipio español o al Registro Civil Central. Plazo orientativo de 1 a 3 meses.
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