Abogados y expertos migratorios evaluarán su situación y le orientarán personalmente
Se exige a nacionales de determinados países. Debe tramitarse ante el consulado acreditando medios económicos, seguro y motivo del viaje.
La carta de invitación permite acreditar alojamiento en España cuando un extranjero visita a un familiar o conocido. Se solicita ante la Policía Nacional por la persona residente en España que invita al viajero. Este documento no sustituye otros requisitos de entrada, como medios económicos o billete de regreso. Solo sirve para justificar el lugar donde se hospedará el visitante.
Para entrar a España como turista se deben cumplir las condiciones del Código de Fronteras Schengen: pasaporte válido, justificar el motivo del viaje, acreditar alojamiento y medios económicos suficientes. También puede exigirse billete de regreso y seguro médico. La estancia máxima permitida es 90 días dentro de un periodo de 180 días.
La entrada a España puede ser denegada si el viajero no cumple los requisitos de entrada, presenta documentación insuficiente o figura en sistemas de alerta del espacio Schengen. En estos casos, la Policía de Fronteras puede iniciar un procedimiento de inadmisión y retorno al país de origen. La persona afectada tiene derecho a recibir una resolución escrita y asistencia legal.