Detención en el Aeropuerto, si vienes de vacaciones a España y estás detenido o inadmitido en el aeropuerto, llámanos, nuestros abogados de extranjería e inmigración, están 24 horas para ayudarte.+34 910 299 436
A los extranjeros que no reúnan los requisitos de entrada, les será denegada, por los funcionarios responsables del control, la entrada en el territorio español mediante resolución motivada y notificada, tienen derecho a la asistencia letrada que podrá ser de oficio o nombrar Abogado Urgente Extranjería particular +(34) 910 299 436 y, en su caso, de intérprete, que comenzará en el mismo momento de efectuarse el control en el puesto fronterizo.
La detención de un extranjero a efectos de proceder al regreso a consecuencia de la denegación de entrada será comunicada al Ministerio de Asuntos Exteriores y a la embajada o consulado de su país.
Detención en el Aeropuerto: La resolución de denegación de entrada no agota la vía administrativa y será recurrible con arreglo a lo dispuesto en las leyes.
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Es una medida coercitiva de carácter administrativo que se le impone a los extranjeros cuando hayan entrado o pretendido entrar ilegalmente sin cumplir los requisitos de entrada en territorio nacional, en los siguientes casos:
- Motivos por los que puede prohibir o denegar la entrada en territorio español de un extranjero y proceder a su detención para devolución, el hecho de no acreditar ante los funcionarios policiales en el Aeropuerto o Frontera exterior, alguno de los siguientes requisitos:
- Una cantidad en euros que representa un 10% del salario mínimo interprofesional (SMI) brutos o su equivalente en moneda extranjera multiplicada por el número de días de estancia en España y por el número de personas que viajen a su cargo. (SMI 645,30 €/mes)
- Disponer de billetes nominativos, intransferibles y cerrados, en el medio de transporte que pretendan utilizar, para regresar al país de procedencia.
- No posesión del visado cuando sea exigible.
- No tener billete de ida y vuelta
- Tener prohibida la entrada en territorio español
- No poseer documento válido para la entrada en España (pasaporte).
Además:
- No poseer carta de invitación adecuada o ir sin ella.
- Por haber sido expulsado del territorio español, con prohibición de entrada.
- Hayan sido objeto de una medida de devolución y se encuentren dentro del plazo de prohibición de entrada.
- Por haber estado incurso en procedimientos judiciales.
- Tener una busca y captura o reclamación internacional, lo que implicaría su detención para extradición al país peticionario de la extradición.
- Tenga prohibida la entrada en virtud de convenios internacionales en los que España sea parte.
- Por encontrarse en España con prohibición de entrada en vigor, decretada por la autoridad gubernativa española o de cualquier Estado Schengen, como consecuencia de una expulsión anterior.
- Pretender entrar ilegalmente en territorio español, bien por ser sorprendido en la frontera, en las inmediaciones o en tránsito o ruta por España, p. ejem. encontrarse en la playa inmediatamente después de haber llegado en patera, también en el caso de encontrarse en el interior de España oculto en un camión con destino a cualquier otro punto del territorio Schengen.