¿Se suspende la renovación de mi residencia en «Estado de Alarma»?
Desde el día 14 de marzo se decretó el estado de alarma cuando se deje sin efecto el estado de alarma, se reanudarán esas citas canceladas en materia de extranjería y podrás hacer la presentación de la residencia. Es decir que los plazos de renovación de residencia en estado de alarma, están suspendidos.
Para poder explicarlo mejor, al momento actual esos plazos de vencimiento quedan «congelados» .
En el caso que tengas la residencia en estado de caducidad, podrás continuar con la renovación de la misma, sin tener inconvenientes, una vez se levante dicho estado.
Los DNI, se ha prorrogado la vigencia por un año.
¿Puedo hacer la renovación?
Sí, puedes hacer la renovación de residencia en estado de alarma, vía telemática. Si tienes certificado digital, o por medio de tu gestor o abogado.
¿Cuánto tiempo se tiene para renovar la residencia en España?
Cada una de las diferentes autorizaciones de residencia y de estancia están reguladas por el artículo concreto del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009.
Los plazos para la renovación de las autorizaciones de residencia, en régimen general deberán presentarse durante los sesenta días naturales previos a la fecha de expiración o caducidad de la vigencia de su autorización en España, y la posibilidad de presentar dicha renovación dentro de los noventa días naturales posteriores al vencimiento, es muy importante no pasarse los plazos de vencimientos.
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