In Arraigo, Información legal

La crisis sanitaria por el Covid-19,  ha afectado todos los sectores y las instituciones del país. Desde el gobierno nacional, se han tomado muchas medidas y adoptado nuevas políticas tanto sociales, como sanitarias o legales, para hacer frente a los cambios provocados por esta pandemia.  Dentro de esas medidas, muchas han sido tomada en el ámbito de migración y extranjería. Una de ella, es la presentación telemática del arraigo social. 

Antes del estado de alarma ya era posible realizar gestiones de forma telemática. Pero, la situación actual conlleva a la adaptación de varios procesos y a la posibilidad de hacer la presentación telemática del arraigo social.

Son muchas las personas que al momento de iniciar el estado de alarma cumplían con los requisitos para realizar sus trámites. Pero el cese de la atención al público y el cierre de las oficinas de extranjería imposibilitaron la presentación de estos. Para evitar un posible colapso de los servicios, la Administración determinó que algunos procedimientos iniciales que requerían el apersonamiento del extranjero en la oficina de extranjería se pudieran realizar a través de plataformas digitales.

¿Qué necesito para hacer la presentación telemática del arraigo social?

En principio, es necesario cumplir con los requisitos necesarios para hacer una solicitud de Arraigo Social, pero, al tratarse de una presentación telemática es fundamental contar con un certificado digital.

Sin embargo, las personas que presentan una solicitud de arraigo social se encuentran en situación irregular en el territorio español. Esta condición los limita a no poder obtener una tarjeta de identificación de extranjero, documento necesario para tramitar y utilizar un certificado digital.

En consecuencia, la presentación de la autorización por Circunstancias Excepcionales, arraigo social, deberás hacerla con la ayuda de una tercera persona. Abogados expertos en extranjería, gestores y graduados sociales que cuenten con el certificado digital debidamente registrado pueden asistirte en tu trámite.

Una de las ventajas que ofrece esta nueva modalidad es que no requiere la obtención de citas. Por lo tanto, no es relevante si ya contabas con una cita, pero no has asistido por el estado de alarma o si aún no tenías un turno asignado.

El proceso se puede llevar a cabo desde la sede electrónica de Administraciones Públicas, en el apartado de Solicitudes Telemáticas de Autorizaciones de Extranjería

¿Se retomarán las presentaciones presenciales de Arraigo Social?

Sí, terminado el Estado de Alarma, se pueden presentar personalmente con cita previa. Pero los tiempos de espera pueden ser muy largos y las citas escasas. Desde la el Ministerio, continúan recomendando la presentación telemática:

«Si usted quiere realizar una Solicitud Inicial, para las autorizaciones relacionadas con estancias (Ex00), residencia temporal por reagrupación familiar (Ex02), y residencia de familiar de ciudadano de la UE (Ex19), y tiene certificado digital se recomienda el uso de la plataforma MERCURIO INICIALES

En tal sentido, es recomendable realizar la presentación telemática del arraigo social. La Administración ha demostrado que sigue trabajando en recibir, estudiar y aprobar los expedientes presentados de forma digital durante el estado de alarma. A demás, realizar este procedimiento permite evitar la acumulación de solicitudes físicas que seguramente habrá cuando las condiciones vuelvan a la normalidad.

En Tolentino Abogados contamos con un equipo experto en extranjería, inmigración e inversión. Podemos asesorarte, gestionar tus trámites y garantizar un resultado efectivo. Si tienes dudas recuerda que puedes dejarnos tus preguntas en nuestra sección de consulta gratuita y responderemos a la brevedad todas tus inquietudes.

Recuerda si tienes dudas, nuestros abogados y expertos pueden ayudarte

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