Permisos de conducción no comunitarios

Los poseedores de permisos de conducción de países no comunitarios (Andorra, Corea, Japón y Suiza) podrán solicitar el canje de su carné para conducir en España.

No se canjean los permisos obtenidos con fecha posterior a la firma del convenio respectivo, cuando su titular hubiera obtenido el permiso siendo residente legal en España.

Permisos de conducción de países no comunitarios (Andorra, Corea, Japón y Suiza)

Documentación necesaria para solicitar el canje:

  • Solicitud en impreso oficial que se facilitará en las Jefaturas de Tráfico y en la página web de la DGT.
  • Acreditación de identidad y residencia:
  • Documento Nacional de Identidad o pasaporte: original en vigor.
  • Autorización de residencia o documento de identidad de su país o pasaporte. Además, el original del certificado de Inscripción en el Registro Central de Extranjeros para extranjeros comunitarios.
  • Autorización de Residencia para extranjeros no comunitarios: original en vigor.
  • Informe expedido por un Centro de reconocimiento para conductores autorizado de donde se dirija la solicitud.
  • Permiso de conducción: original en vigor y fotocopia.
  • Fotografía actualizada: una original de 32 x 25 mm.
  • Talón foto, que se facilitará en las Jefaturas de Tráfico: cumplimentado y firmado dentro del recuadro correspondiente.
  • Declaración por escrito de no hallarse privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, ni sometido a intervención o suspensión del que se posea.
  • Declaración por escrito de no ser titular de otro permiso o licencia de conducción, ya sea expedido en España o en otro país comunitario, de igual clase que el solicitado.

Supuestos especiales

  1. Corea: traducción oficial del permiso realizada por un Consulado o por la Embajada.
  2. Japón: traducción oficial del permiso.
  3. Representación: Cuando la documentación no sea presentada por el titular del permiso, la persona que le representa deberá aporta su DNI original y autorización del interesado para realizar el trámite, donde exprese su carácter gratuito.

Recuerda si tienes dudas, nuestros abogados y expertos pueden ayudarte

Enlaces de interés:

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Neyvi Tolentino

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