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Grandes cambios en la Ley de Extranjería entraron en vigor el martes 16 de agosto y sin lugar a duda estos cambios beneficiarán a cualquier extranjero en territorio español.
La reforma del Reglamento de Extranjería afecta positivamente al inmigrante que llegue a territorio español y las formas de regularizar su status migratorio.
Las modificaciones técnicas de la reforma ayudará en el camino del emprendimiento, oportunidad de trabajo para los estudiantes, reagrupación de familiares, así como la regularización de los extranjeros.
En este artículo les compartimos de forma resumida los cambios de esta reform
Anteriormente, cualquier extranjero con un visado de estudiante podía trabajar como máximo 20 horas semanales mientras completaba su formación.
Con la nueva reforma de la ley de extranjería, se aumenta este rango de 20 a 30 horas semanales, favoreciendo a que los estudiantes puedan generar ingresos más fácilmente mientras estudian.
Podrán trabajar siempre y cuando estos visados de estudios sean:
* Se elimina el requisito de que los ingresos conseguidos no puedan tener el carácter de recurso necesario para su sustento o estancia.
* Se elimina la acotación de que los contratos con jornada completa no superen los 3 meses ni concordar con los periodos de realización de investigación, estudios, las prácticas no laborales o el servicio de voluntariado.
Consultar: Renovación prórroga estudios
Con el fin de favorecer la contratación de trabajadores extranjeros y ofrecer mayores facilidades para conseguir un permiso de trabajo, es mediante la agilización de la modificación de visado de estudiante a residencia y trabajo.
Sin embargo, con la aprobación de la nueva ley, este plazo de 3 años se elimina junto con la limitación geográfica.
*Las autorizaciones por reagrupación familiar implicará siempre permisos de trabajo por cuenta ajena y propia.
Consulte: Hoja informativa reagrupación familiar
Antes de la reforma, el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura era muy limitado y realmente no correspondía con las necesidades del mercado laboral actual.
¿Qué significaba esto?
Que únicamente era posible obtener permiso de trabajo por cuenta ajena inicial con este listado limitado o a través del complicado certificado de insuficiencia de demandantes de empleo.
El tiempo de cotización necesario para la renovación de los permisos se flexibiliza. Ahora se exigirá como mínimo 3 meses por año de tarjeta, además de:
La renovación de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena y por cuenta propia se hará por un periodo de 4 años.
Consultar:
Se expresa en el reglamento la Sentencia del Tribunal Supremo que establecía que la relación laboral a demostrar en este permiso podría probarse con cualquier medio de prueba.
Requisitos del arraigo laboral:
*El requisito de que el contrato sea de mínimo un año de duración se elimina.
Se crea un nuevo tipo de residencia por circunstancias excepcionales: el arraigo para la formación.
*Cabe destacar que habrá que esperar a ver cómo se materializa, si se presentan desde país de origen, tras cumplirse el retorno, la solicitud de residencia y trabajo, sin tener que presentar ninguna propuesta de contrato ni documentación de la compañía.
Se establece un visado específico: Se asigna número de NIE en el plazo de dos días.
La vía administrativa se deja abierta, con el recurso de reposición, solo en los casos de entrada y devolución de extranjeros.
Demostrar suficiencia de inversión prevista
Se instaurará esta unidad con el fin de gestionar y apoyar en la tramitación de expedientes, en colaboración con el resto de órganos, y los territorios que se designen. Se ha estipulado un plazo de 6 meses para su creación.
Aunque la reforma del Reglamento de Extranjería entró en vigor el pasado 16 de agosto, ya se permite la presentación de expedientes bajo sus supuestos. Para mejor comprensión de las modificaciones que implican y la correcta implementación de estos cambios por parte de las unidades de extranjería, es recomendable que esperemos que sean dictadas las instrucciones correspondientes por la Dirección General de Migraciones.
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