In Apátridas, asilados e indocumentados

Desde que Rusia comenzó la guerra contra Ucrania más de un millón de personas han abandonado el país, en busca de refugio en los países vecinos. Ante esta situación, la Unión Europea ha cerrado un acuerdo político para activar, por primera vez en la historia, la directiva sobre protección de personas desplazadas. Esta directiva sobre protección temporal se concibió para conceder protección inmediata a las personas que la necesitan y para evitar desbordar los sistemas de asilo de los Estados miembros. Este jueves, 3 de marzo, los países de la Unión Europea acordaron, por unanimidad, aprobar la protección temporal en todo su territorio a las personas que huyen de la guerra en Ucrania.

La presente propuesta es totalmente coherente con el acervo de la UE en materia de asilo. Esto se debe a que la Directiva sobre protección temporal forma parte integrante del Sistema Europeo Común de Asilo. Estaba prevista para hacer frente a una situación extraordinaria de afluencia masiva de personas desplazadas, como ocurre actualmente debido a la invasión de Ucrania por parte de la Federación de Rusia. 

Esta protección será efectiva con carácter retroactivo desde el pasado 24 de febrero (aunque los gobiernos podrán aplicarla con mayor retroactividad) y durante un año. Será renovable cada seis meses hasta un total de tres años. Los ucranianos que ya están en la UE desde antes de la invasión rusa y no pueden volver a su país también podrán acogerse.

Beneficios de la protección temporal:

La medida permitirá cumplir varios objetivos. En primer lugar, dar protección y derechos inmediatos a los afectados, lo que incluye derechos de residencia, acceso al mercado laboral, acceso a la vivienda, asistencia social, asistencia médica o de otro tipo y medios de subsistencia

Para los niños y adolescentes no acompañados, la protección temporal confiere el derecho a la tutela legal y el acceso a la educación. 

 

¿Quiénes podrán beneficiarse de la protección temporal?

La presente decisión se aplica a las siguientes categorías de personas desplazadas a partir del 24 de febrero de 2022, a raíz de la invasión militar de las fuerzas armadas rusas en dicha fecha:

  • nacionales ucranianos
  • residentes de larga duración en Ucrania antes del 24/02/2022
  • apátridas y nacionales de terceros países con estatuto de protección internacional o protección nacional equivalente en Ucrania antes del 24/02/22.
  • miembros de las familias de las personas contempladas en los puntos anteriores, independientemente de que el miembro de la familia pueda o no regresar a su país o región de origen en condiciones seguras y duraderas.

Los Estados miembros de la UE podrán aplicar la presente Decisión a otras personas que residieran legalmente en Ucrania a fecha 24/02/2022 que no puedan regresar a su país en condiciones seguras y duraderas. Entre ello podrían estar: estudiantes erasmus, residentes de corta duración y trabajadores temporales.

Las siguientes personas serán consideradas miembros de una familia, en el caso de que la familia ya existiera en Ucrania en el momento de las circunstancias que rodearon la afluencia masiva:

  • el cónyuge o su pareja de hecho con la que mantienen una relación estable, si la legislación o la práctica del Estado miembro en cuestión otorgan a las parejas no casadas un trato comparable al de las casadas, con arreglo a su normativa de extranjería (en el caso de España sí la contempla).
  • los hijos menores solteros o los hijos menores solteros de su cónyuge, sin distinción en cuanto a si nacieron dentro o fuera del matrimonio o se adoptaron.
  • otros parientes cercanos que vivían juntos como parte de la unidad familiar en el momento de las circunstancias que rodearon a la afluencia masiva.

 

El plan no incluye cuotas de reparto entre Estados miembros. Sin embargo, Bruselas establecerá una plataforma de solidaridad con el objetivo de que los Estados miembros informen sobre su capacidad de acogida. España, según ha informado el secretario de Estado de seguridad, Rafael Pérez, ha respaldado la decisión y ha anunciado que la comunidad ucraniana que vive en España, de entre 100.000 y 120.000 personas, podría servir de «base» para ayudar a sus compatriotas.

 

Medidas a tomar sobre la regularización de los Ucranianos en España:

1- Podrán acceder al Sistema de Acogida de Protección Internacional las siguientes personas: personas desplazadas de Ucrania a partir del 24 de febrero de 2022 a consecuencia de la invasión rusa y personas residentes en Ucrania que se encontraban en España cuando estalló el conflicto y no han podido regresar a su país.

2- Para ser acogidas en el Sistema, estas personas deberán carecer de recursos económicos, y cumplir el resto de los requisitos establecidos en el Manual de Gestión del Sistema.

3- Para permanecer en el Sistema estas personas deberán, lo antes posible y en cualquier caso en un plazo máximo de 3 meses, estar documentados, ya sea mediante manifestación de voluntad de solicitar protección internacional, mediante solicitud de protección internacional o mediante documentación acreditativa de ser beneficiarias de protección temporal.

4- Las aclaraciones en relación con las obligaciones fijadas por el Manual de Gestión del Sistema de Acogida de Protección Internacional y su Procedimiento para este colectivo podrán ser actualizadas y desarrolladas cuando surjan informaciones o circunstancias que así lo hagan necesario.

 

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