¿Tiene un conocido o familiar que está cumpliendo una pena en la cárcel? ¿Sabía que puede solicitar una autorización de trabajo para penados? A continuación, le contamos los requisitos para la autorización de trabajo para penados extranjeros en España.
El penado deberá acreditar una de las siguientes condiciones:
En el momento de presentar la solicitud, se debe mostrar los documentos originales y entregar copias de los mismos.
Los documentos que tiene que mostrar son los siguientes:
La Dirección General de Coordinación Territorial y Medio Abierto es el organismo que dará traslado a la resolución y las instrucciones del expediente de concesión de validez de autorización de trabajo.
También se encarga de trasladar la documentación aportada, dígase: copia de pasaporte completo, cedula u otro documentación requerida
El plazo de resolución son 3 meses, que empiezan a contarse a partir del día siguiente a la fecha en que haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación. Si transcurrido el plazo la Administración no ha practicado la notificación, se puede entender que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.
La concesión de validez de autorización de trabajo tendrá plenos efectos en materia de afiliación, alta y cotización a la Seguridad Social. Pero ojo, esta concesión no otorgará por sí misma, en ningún caso, la condición de residente extranjero.
La concesión de validez de autorización de trabajo tendrá una duración inicial máxima de seis meses y hasta la fecha de cumplimiento de la condena, pudiendo solicitar el penado su renovación sucesiva a la Delegación o Subdelegación del Gobierno que concedió la validez inicial.
Es especialmente relevante que las condiciones del contrato de trabajo se ajusten a las establecidas por la normativa laboral vigente para la misma actividad, categoría profesional y localidad.
Además, en el caso de titulaciones académicas deben estar homologadas cuando se trate de profesionales que por razón de su especialización fuera exigible.
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