La Autorización de Residencia Temporal para Menores No Acompañados en España es un permiso que permite a los menores extranjeros sin acompañante residir legalmente en el país bajo la tutela de los servicios de protección de menores. Este trámite es esencial para garantizar su integración y acceso a recursos educativos y sociales, proporcionando un marco legal que protege sus derechos y bienestar.
Requisitos
- El menor debe ser extranjero.
- Debe ser menor de edad.
- No estar acompañado por sus progenitores.
- Estar bajo la tutela, custodia, protección provisional o guarda de un Servicio de Protección de Menores de una Comunidad Autónoma.
Documentación necesaria
- Formulario oficial (modelo EX-25) cumplimentado por el representante legal del menor.
- Copia del pasaporte completo o título de viaje del menor.
- Documentación que acredite la tutela o custodia por parte del servicio de protección.
- Ficha de inscripción del menor en el Registro de Menores Extranjeros No Acompañados.
Proceso y plazos
El plazo de resolución para la solicitud de la Autorización de Residencia Temporal es de un mes desde la presentación de la misma. En caso de que no se notifique la resolución en ese plazo, se entenderá que ha sido desestimada por silencio administrativo.
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