Renovación de la Residencia para Nómadas Digitales

Siga viviendo y teletrabajando en España dos años más

Informacion relacionada: Consulta todos los tramites de Residencia en España para extranjeros.

¿Para quién es?

La renovación de la residencia para nómadas digitales permite al titular de una autorización de residencia para teletrabajo de carácter internacional seguir residiendo en España y trabajando a distancia para empresas radicadas fuera del país. Se concede por periodos de dos años, siempre que se mantengan las condiciones con las que se obtuvo la autorización: la relación laboral o profesional con la empresa extranjera, los ingresos mínimos, la Seguridad Social al corriente y el seguro médico. Se tramita de forma telemática ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE).

Renovación por dos años ante la UGE, con resolución en 20 días.

Beneficios

Aspectos clave que aporta este trámite a su situación legal.

Dos años más de residencia y trabajo en remoto desde España.

Su autorización sigue vigente mientras se resuelve la renovación.

Resolución en 20 días, con silencio administrativo positivo.

Renovamos a la vez las autorizaciones de sus familiares.

Requisitos

01

Mantener la relación laboral o profesional con la empresa extranjera.

02

Ingresos de al menos el 200 % del SMI: unos 2.849 € brutos al mes en 2026.

03

Estar al corriente con la Seguridad Social (o con certificado de convenio).

04

Seguro médico en vigor y obligaciones tributarias al día.

Un proceso claro, sin incertidumbre

Desde la primera consulta hasta la resolución, nos encargamos del proceso.

Paso 1

Revisión del expediente

Comprobamos plazos, ingresos, cotizaciones y cambios desde la autorización inicial.

Paso 2

Presentación ante la UGE

Preparamos la documentación, pagamos la tasa y presentamos por vía telemática.

Paso 3

Resolución y nueva TIE

Seguimos la resolución y le acompañamos en la cita para renovar la tarjeta.

¿No lo tiene claro?

Abogados y expertos migratorios evaluarán su situación y le orientarán personalmente

Errores comunes

Dejar vencer la autorización y presentar fuera de plazo.

No acreditar con nóminas o facturas y extractos coincidentes el 200 % del SMI.

Tener huecos de cotización en la Seguridad Social o en el RETA.

No haber comunicado a la UGE un cambio de empresa o de condiciones.

Preguntas frecuentes

¿Tienes dudas sobre este trámite? Solicita tu consulta web gratuita sin compromiso y te orientamos.