Startup Visa España 2026 | Tolentino Abogados

junio 12, 2026

Residencia para Personas Emprendedoras (Startup Visa) en España

Convierte tu proyecto innovador en tu residencia legal

Emprender en España es posible y seguro. Te acompañamos en cada paso de tu Startup Visa desde Madrid, con la tranquilidad de un despacho experto en extranjería.

¿Para quién es la Startup Visa?

La Residencia para Personas Emprendedoras (Startup Visa) está dirigida a ciudadanos extracomunitarios no residentes en la Unión Europea que desean iniciar, desarrollar o dirigir una actividad económica de carácter innovador o de especial interés económico para España. No se exigen mínimos de inversión ni de creación de empleo: lo esencial es la innovación y el valor añadido de tu proyecto. Esta autorización tiene una duración inicial de 3 años y es válida en todo el territorio nacional.

¿Cómo se solicita?

La solicitud de la Startup Visa se presenta de forma telemática en la sede electrónica de la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE). Estos son los pasos que seguimos en Tolentino Abogados:

  1. Recepción y revisión de tu documentación.
  2. Verificación de requisitos generales y específicos.
  3. Preparación del formulario de solicitud.
  4. Elaboración del plan de negocio detallado.
  5. Pago de la tasa correspondiente.
  6. Presentación telemática en la sede de la UGE-CE.
  7. Seguimiento del estado del expediente.
  8. Notificación de la resolución.

¿Cuánto dura?

El plazo aproximado de resolución es de 30 días desde la presentación de la solicitud. Tanto la autorización inicial como su renovación tienen una validez de 3 años, lo que te ofrece estabilidad para consolidar tu proyecto en España.

Durante la tramitación no se permite trabajar hasta obtener la resolución favorable. Por eso es clave preparar bien el expediente desde el inicio: un plan de negocio sólido y una documentación completa aceleran el proceso y refuerzan tus garantías de éxito.

Preguntas frecuentes sobre la Startup Visa

¿Qué es la Residencia para Personas Emprendedoras (Startup Visa)?

Es una autorización de residencia que permite a ciudadanos extranjeros no residentes en la UE residir y trabajar en España para desarrollar una actividad emprendedora de carácter innovador o de especial interés económico. Tiene una duración inicial de 3 años y es válida en todo el territorio nacional.

¿Quién puede solicitar la Startup Visa en España?

Pueden solicitarla personas extranjeras no residentes en la UE que deseen iniciar, desarrollar o dirigir una actividad económica emprendedora en España. No se exigen mínimos de inversión ni de creación de empleo, pero la actividad debe ser innovadora o de especial interés económico para el país.

¿Cuáles son los requisitos generales?

Modelo de solicitud cumplimentado, copia del pasaporte completo en vigor, acreditación de recursos económicos suficientes para ti y tu familia, seguro médico público o privado, justificante de pago de la tasa y, si estás en España, certificado de antecedentes penales de los últimos cinco años.

¿Qué documentos específicos se requieren?

Un plan de negocio que describa el proyecto, el producto o servicio, análisis de mercado, financiación, valor añadido para la economía española y tu perfil profesional. Si la actividad ya ha comenzado, documentación que acredite el alta en el RETA y el pago del IAE.

¿Cuánto tiempo tarda el trámite?

El plazo aproximado de resolución es de 30 días. Tanto la autorización inicial como su renovación tienen una validez de 3 años.

¿Puedo trabajar mientras se tramita la solicitud?

No se permite trabajar en España hasta obtener la autorización de residencia. Es importante esperar la resolución favorable antes de iniciar cualquier actividad laboral.

¿Qué sucede si mi solicitud es denegada?

En caso de denegación, se puede presentar un recurso administrativo dentro del plazo establecido. En Tolentino Abogados analizamos los motivos y preparamos la mejor defensa de tu expediente.

¿Dónde se presenta la solicitud de la Startup Visa?

La solicitud se presenta de forma telemática en la sede electrónica de la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE), encargada de tramitar las autorizaciones para emprendedores en España.

¿Mi familia puede acompañarme con la Startup Visa?

Sí. Los familiares pueden solicitar la residencia de forma simultánea o sucesiva, acreditando recursos económicos suficientes para todo el núcleo familiar.

¿Necesito una carta de apoyo de una incubadora?

No es obligatoria, pero una carta de apoyo de una incubadora o aceleradora refuerza el carácter innovador de tu proyecto y puede facilitar la valoración favorable de tu solicitud.

¿Qué hace innovador a mi proyecto ante la Oficina de Extranjería?

Se valoran elementos como la novedad tecnológica, la escalabilidad, el potencial de mercado y el impacto en la economía española. Un informe de viabilidad y un buen plan de negocio son claves para demostrarlo.

Documentación requerida

  1. Nombre completo y datos personales del solicitante.
  2. Copia del pasaporte completo o documento de viaje en vigor (NIE o número de pasaporte).
  3. Certificado de empadronamiento (si reside en España).
  4. Plan de negocio detallado y proyecto emprendedor.
  5. Documentación acreditativa de la inversión y pruebas de financiación.
  6. Carta de apoyo de incubadora o aceleradora (opcional, recomendable).
  7. Certificados de formación o experiencia profesional.
  8. Documentación del equipo fundacional.
  9. Extracto bancario y acreditación de recursos económicos suficientes.
  10. Registro de propiedad intelectual (si procede).
  11. Informe del mercado objetivo y evidencia de la viabilidad del proyecto.
  12. Certificado de antecedentes penales del país de origen.
  13. Seguro médico público o privado y fotografía reciente.

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En Tolentino Abogados, desde Madrid, preparamos tu Startup Visa de principio a fin con total seguridad jurídica. Tú te centras en tu proyecto; nosotros, en tu residencia.

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