Reagrupación Familiar de Inversores | Tolentino Abogados

junio 12, 2026

Reagrupación Familiar de Inversores en España

Reúne a tu familia con plena seguridad jurídica

Si has invertido en España y tienes tu residencia en vigor, tienes derecho a traer contigo a tus seres queridos. En Tolentino Abogados te acompañamos en cada paso para que vuestro reencuentro sea una realidad.

¿Para quién es la Reagrupación Familiar de Inversores?

La Reagrupación Familiar de Inversores está pensada para quienes son titulares de una autorización de residencia por inversión en España y desean que sus familiares directos residan legalmente con ellos en el país. Este derecho está contemplado en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

Pueden beneficiarse el cónyuge, los hijos menores de 18 años o mayores dependientes económicamente, y los ascendientes a cargo. Nuestro equipo en Madrid revisa tu caso, prepara toda la documentación y presenta la solicitud ante la Oficina de Extranjería con la máxima diligencia.

¿Cómo se solicita?

El trámite de Reagrupación Familiar de Inversores se gestiona de forma ordenada y telemática. En Tolentino Abogados nos encargamos de:

  1. Recepción y revisión de tu documentación.
  2. Verificación de requisitos legales y económicos.
  3. Preparación del formulario de solicitud EX-02.
  4. Pago de la tasa modelo 790.
  5. Presentación telemática en la Sede Electrónica.
  6. Seguimiento del estado del expediente.
  7. Notificación de la resolución favorable.
  8. Envío de la resolución al consulado correspondiente.
  9. Asesoramiento al familiar para el visado en el consulado.
  10. Coordinación de la entrada en España, cita ICP para huellas y obtención de la TIE.

¿Cuánto dura?

El plazo legal de resolución es de 45 días. No obstante, en la práctica puede extenderse hasta 7 meses, dependiendo de la Oficina de Extranjería y de la complejidad del expediente.

Por eso es fundamental presentar una solicitud completa y bien fundamentada desde el primer momento. Nuestro objetivo es evitar requerimientos y retrasos para que tu familia pueda reunirse contigo cuanto antes en España.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la Reagrupación Familiar de Inversores?

Es un procedimiento legal que permite a los titulares de una autorización de residencia por inversión en España traer a sus familiares directos para que residan legalmente en el país, conforme a la Ley 14/2013, de 27 de septiembre.

¿Quiénes pueden beneficiarse de este trámite?

Los familiares directos del inversor: cónyuge, hijos menores de 18 años o mayores dependientes económicamente, y ascendientes a cargo.

¿Cuáles son los requisitos para solicitarla?

El reagrupante debe contar con una autorización de residencia por inversión en vigor, haber residido legalmente en España, demostrar medios económicos suficientes y disponer de una vivienda adecuada.

¿Qué documentos necesito presentar?

El formulario EX-02 cumplimentado, pasaporte y NIE del reagrupante, prueba de medios económicos, informe de adecuación de la vivienda y documentos que acrediten el vínculo familiar como certificados de matrimonio o nacimiento.

¿Cuánto tiempo tarda el proceso?

El plazo legal de resolución es de 45 días, aunque en la práctica puede extenderse hasta 7 meses según la región y la complejidad del caso.

¿Qué tasas se aplican?

Se abona una tasa de solicitud tras la admisión a trámite y, posteriormente, la tasa del modelo 790 en los plazos indicados por la Administración.

¿Puedo trabajar mientras se tramita la solicitud?

El familiar reagrupado no puede trabajar en España hasta obtener la autorización de residencia y, cuando proceda, la autorización para trabajar.

¿Qué motivos pueden llevar a la denegación?

Las causas más frecuentes son la falta de medios económicos suficientes, vivienda inadecuada, documentación incompleta o no acreditar correctamente el vínculo familiar.

¿Tengo que residir un tiempo en España antes de reagrupar?

Por lo general se exige haber residido legalmente en España durante al menos un año, atendiendo a las particularidades del régimen de inversores.

¿Dónde se presenta la solicitud?

La solicitud se presenta de forma telemática a través de la Sede Electrónica ante la Oficina de Extranjería competente en España.

¿Qué ocurre tras la resolución favorable?

La resolución se envía al consulado, el familiar solicita el visado, entra en España, realiza la toma de huellas en el sistema ICP y obtiene la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).

Documentación requerida

  1. Nombre completo y fecha de nacimiento.
  2. NIE o número de pasaporte.
  3. Certificado de empadronamiento.
  4. Justificante de ingresos y extracto bancario de los últimos 6 meses.
  5. Certificado de antecedentes penales del país de origen.
  6. Documentación que acredite la relación familiar (prueba de vínculo).
  7. Documento que acredite la condición de inversor.
  8. Comprobantes de las inversiones realizadas y plan de negocio.
  9. Seguro médico privado.
  10. Contrato de arrendamiento o escritura de propiedad.
  11. Carta de motivación.
  12. Fotografía reciente.

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