Este artículo trata sobre un caso real tramitado por Tolentino Abogados: Autorización de residencia inicial por inversión «Golden Visa»
Supuesto de hecho.
Madrid, 28-01-2019
El cliente, nacional de Armenia, que tenía una residencia como Personal Altamente Cualificado, solicita asesoría para modificar la residencia y tener el derecho para sus socios y él de residencia por inversiones superiores entre cuatros socios de 2 millones de euros.
Se le asesora que no pueden acceder todos a la residencia por inversión (conocida como Golden Visa), siendo únicamente el socio que posea el 51%.
Finalmente, se logra residencia de inversión a cada uno de los socios, de manera individual, no societaria, puesto que habían invertido en territorio español en varios inmuebles superiores a 500 mil euros cada uno de manera personal. En la misma se pudo dar el derecho a la reagrupación de sus familiares.
Solución propuesta.
Conforme a la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización (artículo 63 a 67), el solicitante de la residencia por inversión de inmueble se otorga por un periodo de dos años siempre y cuando se cumpla con todos los requisitos para ello.
Consejo Casos Reales.
Cualquier consulta con el cliente se debe minutar, aunque siempre es aconsejable ofrecer al cliente la posibilidad de que, si finalmente se encargara el trabajo, el importe de la consulta se vería reducido de los honorarios finales.
Es necesario recordar que, aunque los honorarios de los Abogados son libres, los criterios orientadores de cada Colegio Profesional son los tenidos en cuenta para las tasaciones de costas.
Se aconseja firmar siempre la hoja de encargo profesional
Si te encuentras en esta situación asesórate con nuestros expertos.
Publicado en: Global Economist & Jurist
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