Permiso de Residencia en España
Nuestros abogados expertos en extranjería e inmigración podrán ayudarte
Descripción
Si deseas trasladarte a España, y obtener permiso de residencia por alguna de las razones que prevé la ley: trabajo por cuenta propia o ajena, por reagrupación familiar, residencia no lucrativa, etc.
Nuestros abogados expertos en extranjería e inmigración en Madrid, Tolentino Abogados, podrán ayudarte.
Todos los extranjeros que deseen trasladar su residencia a España deben solicitar y obtener un visado, incluso aquellos, que no necesitan visado para estancias de corta duración (inferiores a 90 días).
Pasos a seguir:
1. Solicitar un visado en el Consulado español, dependiendo el supuesto de su residencia.
2. Una vez tenga su visado, podrá venir a España y gestionar su residencia.
3. Consulte con nuestros expertos, dependiendo del supuesto en que usted se encuentre.
La documentación varía según el tipo de visado de que se trate:
Visado de reagrupación familiar en régimen general:
Es decir, cuando el reagrupante NO sea nacional de un Estado Miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.
El visado de reagrupación familiar en régimen comunitario:
Es decir, cuando el reagrupante sea español o nacional de algún Estado Miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.
Visado de trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia:
Para quienes pretendan realizar en España una actividad laboral por cuenta ajena o por cuenta propia.
El visado de residencia no lucrativa:
Para aquellos que desean trasladar su residencia a España sin realizar allí una actividad económica; este tipo de visado es también el que deberán solicitar los religiosos postulantes y novicios que deseen formarse en instituciones religiosas de España.
Visados de residencia con exceptuación del permiso de trabajo:
Deben solicitarlo los siguientes categorías de personas:
- Técnicos, investigadores y científicos extranjeros, invitados o contratados por la Administración General del Estado.
- Profesores, técnicos, investigadores y científicos extranjeros invitados o contratados por una universidad española.
- Personal directivo o profesorado extranjero de instituciones culturales o docentes dependientes de otros Estados, o privadas.
- Los funcionarios civiles o militares de las Administraciones estatales extranjeras que viajen a España para desarrollar actividades en virtud de acuerdos de cooperación con la Administración española.
- Corresponsales de medios de comunicación extranjeros.
- Los artistas que viajen a España a realizar actuaciones concretas que no supongan una actividad continuada.
- Miembros de misiones científicas internacionales que realicen trabajos e investigaciones en España autorizados por el Ministerio de Educación y Ciencia o por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
- Ministros religiosos y miembros de la jerarquía de las diferentes iglesias, confesiones y comunidades religiosas, así como religiosos profesos de órdenes religiosas.
Qué incluye:
Nuestros abogados de extranjería e inmigración, pueden ayudarle a tramitar su permiso de residencia con el fin de guiar y facilitar a nuestros clientes en la obtención de dicho documento.
Desde el momento que usted decida emigrar a España, cuente con nuestro equipo. Además iniciamos el proceso antes de usted estar en España hasta la finalización de su residencia.
Podemos facilitarle la tramitación de su permiso y solicitar su residencia en España. Nuestras citas se gestionan de manera muy ágil, ya que trabajamos con abogados colegiados, el tiempo de resolución es un promedio sin largas esperas.
Contacta con tiempo su cita, para evitar retraso de su solicitud.
Recuerde que nuestros abogados de Tolentino Abogados de Extranjería ofrecen:
- Asesoramiento sobre el trámite a realizar.
- Solicitud de la documentación requerida a presentar
- Elaboración del Plan de Empresa
- Preparación de los formularios a rellenar
- Presentación de la solicitud.
- Seguimiento del expediente
- Citas concertadas
- Concertación de cita para trámite de huellas
- Asesoría completa del trámite durante la tramitación del permiso de residencia, hasta su resolución.
Qué no está incluido:
No está incluida la asistencia en los diferentes Consulados españoles. Únicamente atendemos de manera personal en nuestra oficina de Madrid, España, o en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana.
Para el resto de casos, podemos brindar asesoramiento profesional de manera online.
Consulta web gratuita
Un abogado especializado y experto en extranjería e inmigración, le informará sobre cómo solucionar su problema. Para asesoramiento más amplio, podemos atenderle por Skype o en nuestro despacho en Madrid. Solicite cita previa llamando al +34 918 272 222.