Podrán adquirir la nacionalidad española demostrando su condición de sefardí y una «especial vinculación con España
La Ley 12/2015, en materia de concesión de nacionalidad a los descendientes de los judíos sefardíes originarios y expulsados de la Península Ibérica en 1492, estuvo vigente hasta el 1º de octubre de 2019.
Actualmente, no es posible realizar nuevas solicitudes, pero sí se pueden concluir los expedientes que se hayan iniciado antes de la caducidad de la ley (01/10/2019). Para ello, el solicitante debe cumplir fundamentalmente con los siguientes requisitos: obtener un certificado sefardí válido, demostrar la especial vinculación con España y obtener los certificados de aprobación de las Pruebas CCSE y DELE. Además, de comparecer personalmente ante un notario español para firmar el acta de notoriedad.
En caso de que usted haya solicitado la nacionalidad española vía sefardí y tenga dudas sobre el estado de su expediente, sobre los pasos a seguir una vez que sea aprobada o si recibió una resolución denegatoria; nuestros expertos pueden ayudarle. Contáctenos
*Actualmente, sólo está habilitada la opción de selección de notario y no es posible aportar o modificar la documentación cargada al expediente.
Le acompañamos en todo el trayecto de su solicitud y garantizamos un resultado favorable.
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