Nacionalidad Española por carta de naturaleza

Descripción del servicio

Se trata de una concesión, una gracia otorgada por el Estado español a personalidades relevantes por su ámbito de actuación (política, periodismo, cultura, ciencia, deporte), en el que hayan mantenido una especial vinculación con España, o hayan contribuido a la promoción de España en el extranjero. Se concede también a personas en las que concurran otras circunstancias excepcionales, acreditativas de su especial vinculación con España

 

La solicitud se dirigirá a la Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil del Ministerio de Justicia, órgano que evaluará el caso y lo elevará al Consejo de Ministros, si procede. En caso de que se acuerde una concesión, la misma se dará a conocer por medio de un Real Decreto.

 

¿Quiénes pueden solicitar la nacionalidad por carta de naturaleza?

  1. El interesado, por sí mismo, siempre que sea mayor de 18 años o se encuentre emancipado.
  2. El mayor de 14 años asistido por su representante legal.
  3. El representante legal del menor de 14 años.
  4. El incapacitado por sí solo o el representante legal del incapacitado, dependiendo de lo que señale la sentencia de incapacitación.

Lugar de presentación de la solicitud

Ha de dirigir su solicitud a la Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil, Dirección General de los Registros y del Notariado, Plaza de Jacinto Benavente, número 3. Madrid 28071.

Puede presentarla en:

  1. En la Oficina Central de Información y Atención al Público del Ministerio de Justicia. Calle Bolsa, núm. 8, 28012 Madrid.
  2. En el Registro de cualquier órgano de la Administración General del Estado (p.ej, Delegaciones del Gobierno, Subdelegaciones) o de una Comunidad Autónoma.
  3. Oficinas de Correos.
  4. En el Registro Civil de su domicilio y el Registro la enviará a la Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil.
  5. Si no reside en España, puede presentarla en el Consulado de España en el país en que resida y el Consulado la enviará a la Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil.

Obtención de la solicitud

  1. En la Oficina Central de Información y Atención al Público del Ministerio de Justicia. Calle Bolsa, núm. 8, 28012 Madrid.
  2. En el Registro Civil de su domicilio.

Documentación que ha de acompañar a la solicitud

  1. Consultar a nuestros expertos en interés de valorar su caso, si cuenta con la excepcionalidad requerida en la Ley.
  2. Valorar a este respecto que todos los descendientes de españoles que no hubiesen presentado su solicitud de opción a la nacionalidad española por la vía del Código Civil, por la Ley de Memoria Democrática, o la Ley 12/2015 de nacionalidad española por ascendencia sefardí, no son casos aplicables por sólo tener ascendencia espñaola para que se les conceda la nacionalidad española por carta de naturaleza; debiendo acreditar la excepcionalidad de su caso.
  3. Preparación de al documentación, con énfasis en aquella de otorga excepcionalidad al caso, además de la certificación de nacimiento y el certificado de antecedentes penales del solicitante, apostillados o traducidos según proceda

Pasos a seguir

  1. Consultar a nuestros expertos en interés de valorar su caso, si cuenta con la excepcionalidad requerida en la Ley.
  2. Valorar a este respecto que todos los descendientes de españoles que no hubiesen presentado su solicitud de opción a la nacionalidad española por la vía del Código Civil, por la Ley de Memoria Democrática, o la Ley 12/2015 de nacionalidad española por ascendencia sefardí, no son casos aplicables por sólo tener ascendencia espñaola para que se les conceda la nacionalidad española por carta de naturaleza; debiendo acreditar la excepcionalidad de su caso.
  3. Preparación de al documentación, con énfasis en aquella de otorga excepcionalidad al caso, además de la certificación de nacimiento y el certificado de antecedentes penales del solicitante, apostillados o traducidos según proceda.

¿Qué pasa si soy de origen sefardí?

España ya expiró la ley que daba acceso a la nacionalidad española por origen sefardí, expiró. Una de las posibilidades para poder beneficiarse del origen sefardí es que se lleve a cabo la solicitud de nacionalidad española vía la carta de naturaleza, debidamente argumentado y desarrollado para demostrar la existencia del vínculo con el territorio español.

También, si se comprueba el linaje sefardí, sigue abierta la vía portuguesa para adquirir la nacionalidad de un país de la UE.

Es importante demostrar el linaje sefardí con el debido certificado de la Federación de Comunidades Judías de España. Es por esto que siempre recomendamos a los que estén interesados, que se pongan en contacto con un equipo de expertos que pueda evaluar todos los detalles del trámite y procedimiento.

Condiciones

¿Qué ofrecemos?

– Asesoramiento personalizado.

– Preparación de la documentación a presentar, incluidos los formularios.

– Presentación y seguimiento de la solicitud.

– En caso de concesión, gestión de la cita para DNI y pasaporte español

Le acompañamos en todo el trayecto de su solicitud y garantizamos su proceso

¿Qué no está incluido?

– Gastos asociados a la traducción jurada de documentos, y su envío a través de empresas de mensajería.

 

Ver todos los servicios

Consulta web gratuita

¿Tienes dudas con el proceso? Un abogado especializado y experto en extranjería e inmigración responderá tu consulta en menos de 15 minutos en horario laboral.

Start typing and press Enter to search

error: