Matrimonio

Necesitará seguir ciertos pasos para que su matrimonio sea válido

Descripción del servicio

Descripción

Es posible que un ciudadano español contraiga matrimonio con un extranjero en España tanto si este se encuentra en el país legalmente como si su situación es irregular. Si usted se va a casar con un extranjero en España o en otro país, necesitará seguir ciertos pasos para que su matrimonio sea válido.

Confíe en nuestros abogados expertos de extranjería e inmigración en Tolentino Abogados, para ayudarle a que su matrimonio sea reconocido en España y en consecuencia su pareja e hijos puedan obtener la correspondiente residencia.

Nuestros abogados le darán respuestas a todas sus preguntas sobre el matrimonio celebrado en el territorio español o en el extranjero.

Sin embargo, este tipo de matrimonios tiene características particulares, en concreto, la necesidad de celebrar un expediente previo antes de que se produzca la celebración del mismo con la finalidad de que se determine si los contrayentes tienen capacidad para celebrar el matrimonio y que el consentimiento necesario para ello no está viciado.

Pasos a seguir

Pasos a seguir:

Reunir la documentación, en el caso de Matrimonio entre un Español y un extranjero en España:

ESPAÑOLES:

  • Certificado literal de nacimiento, expedida por el Registro Civil correspondiente al lugar de su nacimiento en fecha no anterior a 6 meses
  • Certificado (no volante) de residencia relativo al domicilio de los dos últimos años, en caso de haber residido en el extranjero certificado del consulado. Caduca a los 3 meses.
  • En caso de estar divorciado, certificado literal de matrimonio con la correspondiente inscripción marginal de disolución del mismo.
  • En caso de estar viudo, certificado de defunción y Libro de Familia.
  • DNI/Pasaporte

EXTRANJEROS:

  • Certificado plurilingüe de nacimiento.
  • Certificado de capacidad matrimonial o de estado civil (en caso de que el país del contrayente extranjero no expida el primero).
  • Certificado de empadronamiento
  • En caso de ser divorciado, certificado de matrimonio plurilingüe con inscripción del divorcio, así como sentencia de divorcio debidamente apostillada y traducida,
  • En caso de ser viudo, certificado plurilingüe del primer matrimonio y certificado plurilingüe de defunción del cónyuge.
  • Toda certificación que no sea plurilingüe, deberá ser legalizada con la Apostilla (países que han firmado el Convenio de La Haya) o con la legalización por el Ministerio de Asuntos Exteriores y por la Representación Diplomática española en el país, así como traducida al español por un traductor jurado (reconocido por el MAEC).

El encargado de realizar este trámite es el Registro Civil del partido judicial correspondiente al lugar de residencia de cualquiera de las dos partes. Para el inicio de este expediente es necesario que ambas partes presenten todos los documentos.

Una vez que el Registro Civil termina el procedimiento correspondiente y no observa impedimentos, autorizará la celebración del matrimonio.

Las consecuencias que tiene la celebración de un matrimonio entre una persona de nacionalidad española y otra extranjera dará lugar a las consecuencias jurídicas propias del matrimonio y además, por la especial condición de los cónyuges, otros beneficios establecidos por la Ley de Extranjería a favor del cónyuge de un español.

Condiciones

Qué incluye:

Nuestros abogados especialistas en extranjería e inmigración te ayudarán a tramitar su matrimonio y le ofrecerán una solución adecuada a sus circunstancias personales, lo que resulta en una alta satisfacción y en una calidad siempre en continua mejora.

Desde el inicio de su expediente para su matrimonio, inscripción del mismo, así como la residencia de su pareja y sus hijos.

Qué no está incluido:

No está incluida la asistencia en los diferentes Consulados españoles. Únicamente atendemos de manera personal en nuestra oficina de Madrid, España, o en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana.

Para el resto de casos, podemos brindar asesoramiento profesional de manera online.

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Consulta web gratuita

Un abogado especializado y experto en extranjería e inmigración, le informará sobre cómo solucionar su problema. Para asesoramiento más amplio, podemos atenderle por Skype o en nuestro despacho en Madrid. Solicite cita previa llamando al +34 918 272 222.

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