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Muchos nos preguntan acerca de qué tiempo pueden estar fuera de España, sin perjudicar la residencia o nacionalidad española en proceso. Realmente, existe un tiempo legal en que puedes ausentarte del territorio español, el cual no debe excederse, si estás en un proceso migratorio. 

Hola, mi nombre es Neyvi Tolentino abogada experta en extranjería e inmigración en España y en este encuentro vamos a conversar sobre ¿Cuánto tiempo puedo estar fuera de España sin perjudicar la residencia o nacionalidad española?

A la hora de renovar la tarjeta de residencia, uno de los requisitos más importantes es no permanecer más del tiempo permitido fuera de España.

De igual manera, a la hora de optar a la nacionalidad española, uno de los puntos que podrían afectar nuestra solicitud, es la ausencia en territorio español, ya que la administración considera este punto como definitivo para saber si estás integrado en el país y suele ser motivo de la denegación de la nacionalidad. 

La posesión de una residencia significa que eres “residente” en dicho país. Si estás fuera del mismo durante un periodo de tiempo largo, no se estaría cumpliendo con esta condición. Es decir, que puedes entrar y salir de España por periodos o estancias “cortas” y estos tiempos o periodos estarán ligados al permiso de residencia con el que te encuentras en España. 

 

Entonces: ¿cuánto tiempo puedo ausentarme? Para poder responder esta pregunta debemos diferenciar por las tarjetas de residencias:

Viajar fuera de España con residencias temporales

Una residencia temporal no es más que la residencia que el extranjero que se encuentre autorizado a permanecer en España por un periodo superior a noventa días e inferior a cinco años, sin perjuicio de lo establecido en materia de estancia por estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado.

 

En estos casos no puedes estar más de 6 meses fuera de España dentro del plazo de un año.

Si necesitas efectuar salidas esporádicas a lo largo de varios años; la suma de dichos periodos fuera del territorio español durante los últimos 5 años no puede ser superior a 1 año.

Cumpliendo estos requisitos, podrás mantener y renovar tu tarjeta de residencia (además de los otros requisitos necesarios en cada caso).

En el caso de los poseedores de la tarjeta permanente, larga duración UE o tarjeta comunitaria permanente, los plazos quedan ampliados.

Para evitar que nuestra tarjeta se invalide no podemos estar fuera de España más de 12 meses de manera continuada, ni más de 30 meses durante los últimos 5 años (sumando todas las salidas de tiempo inferior).

 

¿Desde cuándo empezamos a contar el tiempo fuera de España? 

Si posees una  tarjeta de larga duración o tarjetas comunitarias permanentes, en el momento en que salimos de la Unión Europea se nos empezará a contar el tiempo, y terminará hasta que volvamos a realizar la entrada. 

Para las tarjetas temporales solo vamos exactamente un año atrás (mismo día y mismo mes del año anterior), y contabilizamos si desde entonces hasta el día actual hemos estado fuera más de 6 meses. 

 

Otra pregunta que nos hacen frecuente es ¿Puedo viajar fuera de España con nacionalidad española en proceso?

La residencia debe ser estable y continuada para no perder tu derecho de residencia. Los tiempos de permanencia para la solicitud de la nacionalidad, se debió cumplir antes de la presentación de la misma. 

Aun así recomendamos, ante cualquier salida prolongada fuera de España no violar los tiempos ya mencionados anteriormente.

No olvides compartir este podcast con algún amigo o familiar a quien le pueda interesar. Soy Neyvi Tolentino y nos vemos la próxima semana.

Tienes dudas, nuestros abogados y expertos pueden ayudarte

Enlaces de interés:

  1. Episodio 87: Autorización de residencia como padre de menor europeo
Showing 62 comments
  • Augusto Romero Palma
    Responder

    Quisiera saber si se puede recuperar la tarjeta comunitaria de mi mujer y de mi hija ya que se fueron a Perú hace como 5 años y ahora quieren regresar.yo tengo la nacionalidad española

    • Augusto Romero Palma
      Responder

      Quisiera saber si se puede recuperar la tarjeta comunitaria de mí mujer y de mí hija ya que se fueron a Perú hace como 5 años y ahora quieren regresar. yo tengo la nacionalidad española

      • Responder

        Estimado, solo pueden recuperar si han tenido Larga Duración. En caso contrario usted debe reagruparles como familiares de comunitario. Saludos cordiales

  • Teresa Hernandez
    Responder

    Hola yo llevo 8 años en España y tengo mi nie. Mis hijas, de 18 y 13, llevan 2 años y tres meses en España. Quiero ir a Honduras 20 días a ver a mi madre que no está bien y quiero que mis hijas vengan conmigo. He visto que para conseguir la residencia dice la ley “haber permanecido con carácter continuado en España durante un periodo mínimo de 3 años” y dice que “para que esté requisito se cumpla, las ausencias de España no pueden superar los 120 días”
    ¿Significa esto que ellas pueden venir conmigo y no perderán estos dos años que llevan aquí? Es decir que su fecha de entrada seguirá siendo Enero del 2020 y no Abril del 2022 que es cuando regresaríamos de este viaje?
    Muchas gracias y un saludo.

    • Responder

      Estimada Teresa, entendemos por su consulta que sus hijas actualmente se encuentran en situación irregular. Dicho esto, le recomendamos que no salgan del territorio español hasta que regularicen su situación. Usted, como residente legal, podría reagruparlas al ser ellas menores de edad, sin necesidad de esperar 3 años. Le recomendamos agendar una cita con nuestros expertos si desea comenzar este trámite. Podrá agendarla en https://www.tolentinoabogados.com/citas . Saludos cordiales

      • Teresa Hernandez
        Responder

        Hola. Consulté lo de la agrupación familiar, pero me dijeron que ellas deberían de estar en Honduras para yo poder solicitar la reagrupación, y, con lo que tarda la respuesta de la administración, perderían varios meses de colegio.
        Yo pienso traerlas, ahora al volver, como turistas y que se queden. Por eso les pregunto si una salida, que se verá en el pasaporte, de 20 días interrumpe lo de la “estancia continuada de tres años”, porque la ley dice que las salidas en esos tres años no tienen que ser superiores a 120 días.
        Muchas gracias

        • Responder

          Estimada Teresa, las salidas de 120 días durante la estancia continuada de tres años aplica para personas que se encuentran legal en el territorio. Si sus hijas, estando irregular, abandonan el territorio español, se exponen a que el funcionario que las atienda en fronteras le impongan una prohibición de entrada al territorio. Si esto sucede, no podrán volver a ingresar en España. Saludos cordiales

  • Teresa Hernández
    Responder

    Gracias por su pronta respuesta, pero perdone en que siga insistiendo, si las dejan entrar, bien como turistas a pasar un tiempo conmigo o bien enseñándoles la escolarización y el empadronamiento, si las dejaran entrar ¿volverían a empezar a contar desde esa fecha los 3 años?
    Es que la ley y el reglamento no pone que tiene que residir legalmente en España:
    Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales. Requisitos: mírelo por favor a ver qué entiende usted:
    https://extranjeros.inclusion.gob.es/es/informacioninteres/informacionprocedimientos/ciudadanosnocomunitarios/hoja036/index.html
    Es que un funcionario me dijo que si, pero me lo dijo de forma informal y no en una cita de información, por eso tengo esa duda…pero entre los requisitos no está el estar residiendo legalmente.
    Perdone por mi insistencia pero es que los billetes suben y suben.
    Gracias

  • Teresa Hernández
    Responder

    Estimados, el problema es que lo que ustedes responden que “las salidas de 120 días durante la estancis continuada de tres años, se aplica a personas que se encuentran legal en el territorio” no es cierto. En esa forma de adquirir la residencia no existe el requisito de no estar residiendo ilegalmente en España.
    De todas formas muchas gracias por sus respuestas.
    Reciban un saludo.

    • Responder

      Estimada Teresa, una cosa es poder optar al arraigo social aun si se está en situación irregular en España y otra es que se realice una salida del país estando en esta situación irregular. Como ya le hemos explicado, se expone a que le sellen el pasaporte con una prohibición de entrada. Esto podría suceder o no, pero es una posibilidad y dependerá del funcionario que la atienda en fronteras. Tenga en cuenta que, por supuesto, no todas las personas que aplican a este arraigo social están irregular, por ejemplo: estudiantes que llevan 3 años realizando estudios en España y optan por esta residencia luego de concluirlos. En su caso, ellos no tendrían ningún problema en realizar salidas de 120 días, porque se encuentran de forma regular en el territorio. Se sobreentiende que los que no se encuentren de esta manera, no lo hagan, no por no poder optar a la residencia, sino porque le prohíban la entrada. Esperamos que esta explicación ponga fin a todas sus dudas. Un saludo

  • Elizabeth Cersa
    Responder

    Hola , cuánto tiempo tengo que permanecer de forma ininterrumpida en territorio Español para pedir mi residencia temporal ?, yo soy Mexicana y mi esposo es Español gracias !

    • Responder

      Estimada ELizabeth, una vez ingrese a territorio español, podrá solicitar su residencia en cualquier momento por estar casada con un ciudadano español y tener inscrito el matrimonio. Para renovarla posteriormente, no podrá permanecer más de 6 meses fuera de España. Saludos cordiales

  • Jenny
    Responder

    Sra Tolentino.
    Soy Colombiana esposa de un ciudadano comunitario y por tal motivo he obtenido la residencia temporal en España.
    Actualmente y después de un año de residencia continuada e ininterrumpida en el país tengo en trámite la nacionalidad Española.
    Nuestra actividad empresarial se desarrolla tanto en España como en América Latina y por motivos laborables me veo obligada a permanecer largos periodos de tiempo fuera del país (mas de 6 meses al año).
    Esto seguramente me llevará a no poder renovar mi permiso de residencia.
    Como la obtención de la nacionalidad será antes que la renovación de mi TIE esta ausencia puede afectar a mi proceso de Nacionalidad?
    Una vez sea nacional Española, entiendo que no tengo límite para permanecer fuera del país al igual que los españoles de nacimiento.

    • Responder

      Estimada Jenny, una vez usted haya solicitado la nacionalidad española, no tendrá ningún problema con los tiempos fuera del país. Como ciudadana española, debe hacer uso de su pasaporte español mínimo cada 2 años. Un cordial saludo

      • Jenny
        Responder

        Buenas noches,
        Muchas gracias por su respuesta, aun tengo la duda ya que la nacionalidad se ha solicitado pero aun está en trámite y tengo entendido que puede tomarse mucho tiempo antes de resolverse, por las demoras que se tienen con la administración para procesar los expedientes.

        Mi ´reocupación radica en tener problemas con mi residencia y aprobación de nacionalidad si estoy fuera del país más de 6 meses, ya que como lo expuse en el mensaje anterior mi trabajo lo requiere.

        Gracias

  • Jéssica Vitória
    Responder

    Soy brasileño, vivo en España desde hace 3 años y estoy en proceso de nacionalidad en curso. Sin embargo, necesito regresar a mi país por unos meses por motivos de salud, ¿afecta esto a la nacionalidad por residencia? Recordando que vivo aquí desde hace algunos años, pero no puedo esperar la respuesta de la nacionalidad, que puede ser 1 o 4 años.

    • Responder

      Estimada Jessica, una vez presentada la solicitud de nacionalidad usted podrá salir de territorio español sin problema, solo deberá tener en cuenta los plazos para poder renovar su residencia. Para poder ayudarle necesitamos conocer más detalles de su situación particular.

      Agende cita con nuestros expertos a través de nuestra página web: https://www.tolentinoabogados.com/citas.

      Un saludo.

  • Alexis Carias
    Responder

    Buenos días, tengo residencia laboral que se vence en junio del 2024, tengo intenciones de viajar a mi país natal en diciembre, cuanto es el máximo que puedo estar fuera y no perjudicar mi residencia.. 6 Meses..?

  • Diana
    Responder

    Buenas tardes Srs.
    Gracias por su atención, tengo 2 consultas porfavor:
    1. Nacionalidad x residencia: estoy en proceso de nacionalidad, cuanto tiempo tengo que estar fuera del pais y no perjudicarme? y a partir de cuando se cuenta los dias?, luego de haber presentado mi trámite tambien se contabiliza, o se cuenta hacia atrás????
    2. Permiso de Residencia y trabajo: mi residencia vence en abril 2023, cuanto tiempo tengo que estar fuera del país? es distinto al de nacionalidad?

    gracias

    • Responder

      Estimada Diana, para poder solicitar la nacionalidad por residencia no podrá permanecer más de 1 mes fuera de territorio español si la solicitud se hace por un año de residencia y si se hace por dos años no podrá pasar más de tres meses fuera de territorio español. Luego de presentar la solicitud puede salir sin ningún problema y no le afectará a la misma. En relación con su permiso de residencia para poder renovarla, no puede pasar más de 6 meses fuera de territorio español para poder mantenerla. Si desea ampliar esta consulta o ayuda personalizada con el trámite, le recomendamos agendar una cita con nuestros expertos en https://www.tolentinoabogados.com/citas para que puedan evaluar su caso y brindarle la mejor opción.
      Un saludo

  • Rosmary
    Responder

    Holà buenas , tengo residencia temporal cuando tiene debo de tener en el territorio español para poder salir de el para mi país de origen

    • Responder

      Estimada Rosmary, en este caso si desea salir del territorio español no puede estar fuera más de 6 meses y si fuesen salidas esporádicas a lo largo de varios años, la suma de dichos periodos fuera de España durante los últimos 5 años no pueden superar 1 año. Si desea ampliar esta consulta o ayuda personalizada con algún trámite, le recomendamos agendar una cita con nuestros expertos en https://live.vcita.com/site/tolentinoabogados/online-scheduling para que puedan evaluar su caso y brindarle la mejor opción. UN saludo.

  • Natalia
    Responder

    Buenas tardes, somos rusos. Puede mi hijo solicitar la nacionalidad por residencia si estudió en una universidad en Inglaterra durante 4 años? Durante estos años venía regularmente a España a visitarnos y tuvo las practicas de 6 meses en Barcelona. Todos tenemos la residencia de larga duración. Gracias

    • Responder

      Estimada Natalia,
      Para que ciudadanos rusos puedan solicitar la nacionalidad española, deberán residir 10 años. Para su hijo solicitar nacionalidad deberá contar con el tiempo de residencia exigido.
      Un saludo

  • Joaquín
    Responder

    Hola, tengo la residencia por 5 años (régimen comunitario por unión civil con una persona española); hace unos meses presenté la solicitud de nacionalidad ya que la tengo hace 2 años (soy de Chile). Durante el 2021 estuve 4 meses seguidos en Chile, ¿esto afecta de alguna manera mi solicitud? puedo salir nuevamente de España sin afectar esta solicitud?
    Gracias

    • Responder

      Estimado Joaquín, en principio se recomienda que no haya salido más de 90 días durante esos dos años de residencia, como pasó este tiempo puede que afecte su nacionalidad.
      Dado que se encuentra en trámite de nacionalidad, se recomienda no estar fuera más de 6 meses.

      Si desea ampliar esta consulta escríbanos en https://www.tolentinoabogados.com/es/consulta-web-gratuita/, nuestros expertos le responderán a la mayor brevedad posible de forma gratuita.

      Un saludo

  • Emeka
    Responder

    Buenas noches, mi nombre es Emeka, soy nigeriano. Tengo una duración larga de cinco años. En 2020, pasé un año en Nigeria debido a covid, y después de eso, hice viajes cortos unos días o meses y regresé debido a mi negocio, pero nunca me quedé un año seguido. Por favor, quiero saber que esto afectará mi renovación.

  • Ans
    Responder

    Tengo tarjeta temporal x 5 años por ser esposo de española, en septiembre cumplo un año de estar aqui y voy a solicitar ciudadanía, que tiempo puedo viajar fuera de España para no perjudicar el tiempo de residencia continuada. Gracias

  • Yoseline
    Responder

    Buenas tardes, muchas gracias por el tiempo!
    Quisiera consultar lo siguiente, soy peruana y tengo la residerncia temporal por pareja de echo, y por motivos de salud he decidido retornar a mi país, quisiera saber por cuanto tiempo puedo permanecer en Peru, sin perjudircarme al momento de mi retorno

  • Magali
    Responder

    Buenas tardes mi nombre es Magali yo estuve viviendo en espana junto a mi esposo e hijos de manera irregular ya q no tenemos papeles somos argentinos, por problemas de salud de mi madre tuvimos q regresar a argentina, y dsd aquí quiero tramitar algún visado para poder regresar a espana y de manera legal. Lo puedo tramitar ?

  • Victoria
    Responder

    Buenos días:
    Mi consulta es la siguiente, mi madre tiene residencia comunitaria desde el 2011, ahora tiene la segunda tarjeta de 10 años que se vence en el 2026, pero ella salió 14 meses consecutivos y regreso en noviembre de 2022. Podría tramitarle la nacionalidad española teniendo un total de 18 meses utilizados con esta tarjeta de 10 años?.

    Muchas gracias por su atención.

    Un saludo.

  • Vladislav
    Responder

    Buenos días, según mis conocimientos si tú tienes tarjeta temporal todos plazos fuera de España a pesar de que son dentro de la Unión Europea se cuentan. Pero cuando tú obtendrás tarjeta de 5 años si vas por ejemplo en Alemania no te van a contar esos días, porque estás dentro de la Unión Europea y pudes estar en Alemania cinco años seguidos y no va a pasar nada.
    Pero, entonces la pregunta es: cuando yo obtendré tarjeta de cinco años y por primera vez voy a salir de España para ir a Alemania para 2,3,4,5 años seguidos yo también puedo hacer solicitud para nacionalidad o no? O todo va a contar desde cero?
    Y otra pregunta es, si tú quieres hacer tarjeta de larga duración UE. Escuché que si obtienes esta tarjeta, todos los años acumulados se tachan y comienzan a contarse desde cero. es verdad o no?

  • Agustin Lobo
    Responder

    Hola! Mi caso es que tengo residencia por pareja de echo, el 8 de octubre se cumplió la fecha para empezar el trámite de obtener la ciudadanía, el tema es que el 15 de noviembre me voy a la india y me gustaría estar 5 meses puedo llegar a hacerlo? Muchas gracias!!!!

    • Responder

      Estimado Agustín,

      Es importante que tenga en cuenta que al momento de solicitar la nacionalidad debe tener su residencia en vigor y, una vez someta la nacionalidad ya habría cumplido con el tiempo de residencia. Si en su caso debe renovar la residencia tenga en cuenta que no puede permanecer fuera de España más de 5 meses. En Tolentino Abogados le podemos ayudar a tramitar la nacionalidad española, para ello agende cita con nuestro equipo en https://www.tolentinoabogados.com/citas

      Un saludo

    • Responder

      Estimado Agustín,

      Le indicamos que si en noviembre presenta su solicitud de nacionalidad cumpliendo el tiempo de residencia exigido debe tener en cuenta que debe estar en vigor su residencia. En caso de que deba renovar la residencia solo esta permito estar 5 meses fuera de territorio español.

      Si desea que le ayudemos a tramitar la nacionalidad agende cita con nuestro equipo en https://www.tolentinoabogados.com/citas

      Un saludo

  • Carlos Santander
    Responder

    Hola saludos soy Carlos, estoy en posesión de una tarjeta de residencia temporal y por temas familiares he tenido de viajar a mi pais. Deseo saber si el tiempo de 6 meses (180 dias) que puedo pasar fuera es estricto o existe alguna flexibilidad sobre todo si hay causas de fuerza mayor (enfermedad de mi padre). Ya que ahora mismo cumpliría 190 días fuera y no se si podría regresar y solicitar la renovación justificando mi situación. Gracias

  • NELLYRETH ARIAS AGUDELO
    Responder

    mi situacion es q recibire la residencia de casado con ciudadano de la eu pero debo de viajar a mi pais por motivo de fuerza mayor por causas laborales y ya sabien q solo puedo estar hasta 6 meses maximo fuera de españa y si en mi caso me paso de los seis meses tendria algun problema en regresar a españa y si hay alguna exepcion por motivo de mi trabajo y estudio en mi pais ,gracias por la respuesta

    • Responder

      Estimada Nellyreth,

      Desde que su residencia esté en vigor no tiene problema al ingresar a España, sin embargo, debe tener en cuenta que a la hora de renovar puede estar un máximo de 5 meses 29 días en 1 año y 1p meses en 5 años. También debe tener en cuenta los plazos para solicitar más adelante la nacionalidad. Si desea ampliar esta consulta escribanos su consulta web gratuita a través de: https://www.tolentinoabogados.com/es/consulta-web-gratuita

      Un saludo

  • Jackeline
    Responder

    Hola, tengo mi nie por 5 años con mi hijo, pero queremos regresar a Honduras por motivos personal es, se que no hay que pasar de los 12 meses para poder ingresar a España de nuevo, si regreso a España antes de esos 12 meses.. cuanto tiempo debería cumplir aquí en España para poder volver a viajar a Honduras? Podría estar viajando? No afectaría en mis trámites para mi nacionalidad?

    Espero me contesten, muchas gracias.

  • JUAN SANCHEZ
    Responder

    BUENAS TARDES TENGO RESIDENCIAL TEMPORAL POR UN AÑO NESECITO VIAJAR A MI PAIS EXTEMPORANEAMENTE HOY EN DIA TENGO 2 MESES EN ESPAÑA Y VIAJO A MI PAIS SE SUMA LOS 2 MESES Q ESTUVE

    • Responder

      Estimado Juan, el tiempo que pase fuera de España sigue corriendo el plazo de su residencia, no se altera la fecha de caducidad por haber estado en otro país.
      Debe tener en cuenta es que no puede estar mas de 6 meses continuos fuera de España, y tiene que volver antes de la caducidad de su tarjeta.
      Gracias por su consulta.

  • Harvey
    Responder

    Buenos día,

    «ni más de 30 meses durante 5 años» para la larga duración.

    Me gustaría conocer en qué artículo de reglamento de extranjería lo establece?

    Saludos
    Harvey

    • Responder

      Buenos días Harvey,

      La normativa que establece que no se debe haber estado fuera de España más de 30 meses durante los últimos 5 años para poder obtener la residencia de larga duración se encuentra en el artículo 148 del Reglamento de Extranjería, aprobado por el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.

      Específicamente, el artículo 148.1 b) señala:

      «Los titulares de una autorización de residencia de larga duración podrán perder su condición de residentes de larga duración en los siguientes supuestos: […] b) Cuando se haya permanecido fuera de la Unión Europea durante doce meses consecutivos. […]»

      Adicionalmente, el artículo 150.1 del mismo reglamento especifica que para obtener la residencia de larga duración, el solicitante no debe haber estado fuera de España durante más de 10 meses en total dentro de los cinco años anteriores a la solicitud, y no más de 6 meses consecutivos.

      Para obtener más detalles específicos sobre tu situación y recibir asesoramiento personalizado, te recomiendo que programes una consulta con nosotros en https://www.tolentinoabogados.com/citas

      Estamos aquí para ayudarte en todo el proceso.

      Saludos cordiales,

      Tolentino Abogados

  • Francisco
    Responder

    Buenas, mi novia es ecuatoriana y tiene Tarjeta comunitaria de 10 años NIE, yo soy de Nicaragua y estuve 9 meses en España, salí de forma voluntaria debido a fuerzas mayores, ella presento ya su documentación para recibir la nacionalidad española, mi pregunta es, ¿Podemos casarnos en Nicaragua mientras ella espera su nacionalidad y luego inscribir el matrimonio en España?

    • Responder

      Estimado, Francisco

      Es posible casarse en Nicaragua mientras su novia espera la nacionalidad española y luego inscribir el matrimonio en España. Sin embargo, es importante tener en cuenta varios aspectos legales y administrativos para asegurar que el proceso se realice correctamente.

      Para obtener asesoría detallada y personalizada sobre su situación, le recomendamos agendar una cita con nuestros expertos en Tolentino Abogados. Ellos podrán guiarle paso a paso y responder a todas sus preguntas.

      Puede agendar su cita a través de nuestra página web: https://www.tolentinoabogados.com/citas.

      Atentamente,

      Tolentino Abogados

  • Francisco
    Responder

    Básicamente mi pregunta es, solo con su NIE (que ya renovó por 10 anos) puede reagruparme incluso si estuve en España de forma irregular?

    • Responder

      Estimado, Francisco

      Para poder reagruparle, su novia necesita tener la nacionalidad española o un permiso de residencia y trabajo en regla. Aunque ella tenga un NIE y esté en proceso de obtener la nacionalidad española, es fundamental verificar si su estatus actual le permite iniciar un proceso de reagrupación familiar.

      Le recomendamos agendar una cita con nuestros expertos en Tolentino Abogados para recibir una asesoría detallada y personalizada sobre su caso. Nuestro equipo estará encantado de ayudarle y responder a todas sus preguntas.

      Puede agendar su cita a través de nuestra página web: https://www.tolentinoabogados.com/citas.

      Atentamente,

      Tolentino Abogados

  • Francisco
    Responder

    Solo para tenerlo claro, el hecho de que estuve ya en España (8 meses) y luego salí de forma voluntaria, ¿el que haya estado irregular puede afectar a mi proceso de reagrupación? (actualmente estoy en mi país Nicaragua) Muchas gracias por las respuestas.

    • Responder

      Buenos días,

      El hecho de haber estado en España de forma irregular puede afectar a tu proceso de reagrupación familiar, pero no necesariamente lo impide. La normativa española en materia de extranjería y migración puede considerar el historial migratorio del solicitante, incluido el tiempo pasado en situación irregular.

      Es importante evaluar todos los aspectos específicos de tu caso, como el tiempo transcurrido desde tu salida voluntaria y tu situación actual. Te recomendamos que agendes una cita con nuestros expertos en Tolentino Abogados para recibir asesoría legal personalizada y explorar todas tus opciones.

      Puede agendar su cita a través de nuestra página web: https://www.tolentinoabogados.com/citas como ya le hemos indicado anteriormente

      Atentamente,

      Tolentino Abogados

  • Ailen
    Responder

    Hola, soy ciudadana Italiana, cuando llegue me hice mi NIE, empadronamiento y numero de seguridad social. Quiero saber por cuanto tiempo puedo permanecer asi en España, sin ser residente.

    • Responder

      Hola, Ailen, gracias por su consulta. Como ciudadana italiana, usted tiene derecho a residir en España hasta por tres meses sin necesidad de solicitar la residencia. Si desea permanecer más tiempo, deberá registrarse como residente en la Oficina de Extranjería correspondiente y obtener un certificado de registro. Este procedimiento es necesario para estancias superiores a los tres meses y le permitirá disfrutar plenamente de sus derechos como ciudadana de la Unión Europea en España. Para obtener asesoramiento específico sobre su situación y brindarle una asesoría personalizada, le recomendamos agendar una cita con uno de nuestros expertos a través de nuestra página web: tolentinoabogados.com/citas. Un cordial saludo

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