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Episodio 71: Mi padre/madre es española pero no tengo la nacionalidad española al ser mayor de edad. ¿Cómo puedo adquirirla?

El hijo de un ciudadano español puede solicitar nacionalidad española en caso de ser menor de edad. En caso contrario, si es mayor de edad podrá hacerlo hasta dos años después de haber adquirido la mayoría edad.

Hola, mi nombre es Neyvi Tolentino abogada experta en extranjería e inmigración en España y en este encuentro vamos a conversar sobre el proceso de obtención de la nacionalidad para los hijos de ciudadanos españoles de origen mayores de 21 años.

¿Pero qué pasa si ha transcurrido el plazo de los dos años mencionados sin la presentación de la solicitud de nacionalidad española y es mayor de 21 años?

Si se trata de un mayor de edad (y ha transcurrido el plazo mencionado de dos años), siendo hijo de un español de origen (es decir que no ha obtenido la nacionalidad por residencia), podrá solicitar la adquisición de nacionalidad española a partir del primer año de residencia en España. Para ello, una vez que se encuentre en España, podrá solicitar el permiso de residencia por circunstancias excepcionales por arraigo familiar (en condición de hijo de ciudadano español si el padre o madre español o española lo son de origen). Es decir que para tener la nacionalidad española, siendo hijo/hija de un español y teniendo la mayoría de edad, obligatoriamente debe vivir en España un año. Al año de residir podrá hacer la solicitud de adquirir la nacionalidad.

Tipos de residencia para luego optar a la nacionalidad:

Si es el caso de ser hijo de un español de origen, primeramente deberá optar al arraigo familiar, que es un permiso o autorización de residencia excepcional, relativamente fácil de tramitar, si se cumplen todos los requisitos. Se podrá conceder a ciudadanos extranjeros que se hallen en España y, o bien sean padre o madre de un menor de nacionalidad española o comunitaria, o bien sean hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles. 

Este tipo de permiso de residencia se caracteriza por tener una duración de un año, y durante todo este tiempo podrás residir y trabajar en España tanto por cuenta propia como por cuenta ajena.

¿Qué requisitos son necesarios para solicitar este permiso?

  • Pasaporte en vigor y copia completa.
  • Certificado de antecedentes penales de su país de origen, legalizado, apostillado y traducido, según corresponda. No puede exceder de 3 meses de vigencia.
  • Empadronamiento en España.
  • Documentación que acredite el vínculo familiar existente:
    • En caso de padre o madre de hijo menor con nacionalidad española. El certificado de nacimiento donde conste el parentesco familiar y la condición de español del menor.
    • Para los hijos de padre o madre españoles. Deben aportar el certificado de nacimiento del padre o madre y el suyo propio, en su caso legalizado, apostillado y traducido.

Transcurrido el año de residencia en España, el interesado podrá aplicar a la nacionalidad española, para ello deberá gestionar la documentación requerida de manera telemática. 

En primer lugar, será necesario que realice las pruebas del Instituto Cervantes, entre ellas la que es obligatoria la de “Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España” (CCSE). Si es de un país que no tiene el idioma oficial español, deberá tomar también las pruebas del (DELE) que son títulos oficiales acreditativos del grado de competencia y dominio del idioma español.

¿Cuáles son los requisitos necesarios para solicitar la nacionalidad española siendo hijo de ciudadano(a) española?

  1. Pasaporte completo (Recuerde que no deberá exceder el tiempo establecido fuera de España, o sea 3 meses)
  2. Certificado de nacimiento de país de origen (Deberá estar debidamente legalizado, apostillado y en dependencia traducido)
  3. Certificado de nacimiento de ascendiente español que brinda el derecho. (Este certificado se puede solicitar en el Registro Civil Central)
  4. Certificado de antecedentes penales del país de origen (Debidamente legalizados, apostillados y en dependencia traducidos)
  5. Resultado del Apto en el examen de conocimientos constitucionales y socioculturales de España. CCSE
  6. Certificado de empadronamiento histórico que acredite su permanencia en España por un año.

A esta documentación se anexa el pago de la tasa administrativa de solicitud, que a partir de este año tuvo un ligero incremento en su monto, actualmente se debe abonar 103.02 euros. 

No olvides compartir este podcast con algún amigo o familiar a quien le pueda interesar. Soy Neyvi Tolentino y nos vemos la próxima semana.

Tienes dudas, nuestros abogados y expertos pueden ayudarte

Enlaces de interés:

  1. Episodio 70: Casarme por medio a un notario en #España, es muy fácil.
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Ver comentarios

    • Estimado. Si su padre tiene la nacionalidad por residencia y carece de un abuelo de origen español, su opción al ser mayor de edad seria que su padre demostrara que usted depende económicamente de su padre. De esa forma obtendría residencia y a los 2 años optar por la nacionalidad. Saludos cordiales

      • Hola si mi padre(63años) hijo de española(fallecida) pide la residencia por arraigo 1 año y le dan la nacionalidad. Mi pregunta es a mi padre le dan la nacionalidad de origen? Y si ya soy mayor después que se la den a mi papá me la pueden dar a mi?

        • Estimado Edixon, dado que a su padre le dan nacionalidad por residencia, esta no es por origen. Y si usted quiere solicitar nacionalidad, usted deberá residir en España al menos un año, de manera que al culminar el año puede aplicar a nacionalidad. Si desea ayuda personalizada con el trámite, le recomendamos agendar una cita con nuestros expertos en https://www.tolentinoabogados.com/citas para que puedan evaluar su caso y brindarle la mejor opción.
          Un saludo

          • Hola soy Dominicano soy mayor de edad vivo en la República dominicana mi papá murió aya y tenía la ciudadanía española y yo quiero irme a vivir y trabajar a españa y quiero reclamar la ciudadanía para irme para España a vivir y trabajar

          • Estimado Octavio,

            Si es hijo de español debe residir en España durante un año y al año podrá solicitar la nacionalidad. Una opción que tiene para residir en España es solicitar el arraigo familiar, para ello deberá demostrar el vínculo con su padre, entre otros requisitos. Para poder orientarle en el proceso puede ampliar su consulta en https://www.tolentinoabogados.com/es/consulta-web-gratuita/, nuestros expertos le responderán a la mayor brevedad posible de forma gratuita o puede agendar cita con nuestros expertos en https://www.tolentinoabogados.com/citas.

            Un saludo

        • Hola, buenas noches, mi padre, obtuvo la ciudadanía española por medio de la residencia, y sus padres no son españoles, así que yo con 20 años, quisiera saber si es posible de alguna manera obtener la ciudadanía.

  • Hola , obtuve la nacionalidad española por ser judío sefardí. Hasta que edad de mis hijos puedo tramitar su nacionalidad española ?

    • Buenas tardes Enrique: Sus hijos e hijas podrán solicitar la nacionalidad española antes de cumplir los 20 años.

      • Buenos días mi mama es cubana y optubo la ciudadanía española. Me gustaría saber si yo una vez que llegue a España puedo ir al registro civil y solicitar su certificación de nacimiento o tienes que ser obligado solicitarla en Cuba.

        • Estimada Daniela,
          La solicitud de su certificado de nacimiento lo puede hacer desde el consulado español en Cuba o desde el Registro Civil Central de Madrid. Si usted desea residir en España y su madre es española de origen puede solicitar arraigo familiar, si no, puede pedir otro tipo de residencia.

          Si desea ampliar esta consulta o ayuda personalizada con el trámite, le recomendamos agendar una cita con nuestros expertos en https://www.tolentinoabogados.com/citas para que puedan evaluar su caso y brindarle la mejor opción.
          Un saludo.

    • Buenas tardes

      Quisiera saber si la ley para obtener la nacionalidad española por ser hijo de español y siendo mayor de edad todavía está vigente.
      Y también quisiera saber si es cierto que hay que solicitar asilo para ese trámite

      Gracias

      • Estimado Sebastián, si su madre o padre es español de origen, usted podrá ingresar a España y solicitar una Residencia por Arraigo familiar. Luego de un año portando la misma, ya podrá solicitar la nacionalidad española. Si necesita nuestra ayuda con el proceso, agende cita en https://www.tolentinoabogados.com/citas . Un cordial saludo

        • buenas, mi casi es similar recien fui reconocido por mi padre espanol, soy de venezuela y tengo 31 anos de edad. resido en francia, es indispensable residir 12 meses exclusivamente en espana ? osea que tengo que dejar mi trabajo actual en francia ? muchas gracias de antemano

          • Estimado Deivi,

            Sí, debe residir un año en España. Una vez llegue a España, una opción es solicitar el permiso de residencia por arraigo familiar. Si desea ampliar su consulta, escríbanos a ww.tolentinoabogados.com/es/consulta-web-gratuita/, donde nuestros expertos le responderán a la mayor brevedad posible de forma gratuita.

            Un saludo.

  • Mi esposa es hija mayor de edad de ciudadano español de origen. Llegó a España hace más de 3 meses con visado de estudio. Para acceder a la ciudadanía española debe esperar a tener un año la residencia por arraigo familiar o su año de residencia en España empieza a contar una vez llegada a España aunque haya sido con el visado de estudio??

    • Estimado. El tiempo de estancia de estudios no cuenta para el trámite de la obtención de la nacionalidad. Deberá esperar a que tenga su residencia legal en España y tras llevar un año con ella, podrá optar por ciudadanía. Saludos cordiales

      • Buenas tardes. Pero cómo se haría entonces para que te den residencia legal. Ese es el punto. Porque si viajas con visa de estudiante, como se cambia luego. O si no tendrías que tener en primera instancia una oferta de trabajo para poder pedir ese tipo de visa? La pregunta mas bien seria que opciones tiene un hijo mayor de edad de ciudadano español por origen(que no vive en españa) para poder llegar a España y al cabo de 1 años como plantea optar por la ciudadanía. Saludos cordiales

        • Estimado Luis, si es español de origen nacido en España podrá solicitar la nacionalidad desde el consulado; si, por el contrario, el padre es solo originario de España, el hijo deberá venir a España y solicitar residencia por arraigo familiar y al cabo de 1 año podrá solicitar la nacionalidad. Si desea ampliar esta consulta o ayuda personalizada con el trámite, le recomendamos agendar una cita con nuestros expertos en https://live.vcita.com/site/tolentinoabogados/online-scheduling para que puedan evaluar su caso y brindarle la mejor opción. Un saludo

  • Mi madre obtuvo la nacionalidad española por amnistía. ¿Cómo puedo obtener la nacionalidad española?

    • Estimado. Si su madre obtuvo la nacionalidad por amnistía, es española de origen, por lo tanto, usted podría optar por ella por arraigo familiar. Nosotros podemos ayudarle con ese procesó, solo, agende cita con nuestras expertas para que puedan evaluar su caso. Saludos cordiales

    • Hola. Soy cubano y bisnieto de un español.mi padre(cubano) se acogió a la ley de memoria historica y es ciudadano español. Tengo 28 años y estoy en españa.gracias. buen día

      • Estimado Andy, le agradecemos su comentario. Un cordial saludo

  • Hola soy Ismael Mena Morell octube la ciudadania Española por mi abuelo en Cuba, soy recidente en Italia, ahora mi hija esta en España con su tío y me está pidiendo la firma para iniciarme la ciudadania española por mi, usted cree que se pueda hacer ese trámite?

    • Estimado Ismael. No es necesario su firma, solo su hija necesita residir legamente en España durante un año para poder optar por la ciudadanía española. No es necesario su firma, pero si otros documentos para iniciar el proceso. Escribanos al portal de consulta web gratuita para enviarle los documento que necesita o agende una cita con nuestros expertos para que podemos guiarlo por ese proceso. Saludos cordiales

  • Tengo la residencia y trabajo por cuenta ajena por ser hijo de ciudadana española,hace un año. A prtir de cuando puedo optar por la nacionalidad

    • Estimado Ignacio. Al ser hijo de español, usted deberá optar por una residencia por arraigo familiar y luego de obtenerla, pasado un año, podrá optar por la nacionalidad. Si necesita ayuda o una consulta más extensa le recomendamos agendar una cita con nuestros expertos en https://www.tolentinoabogados.com/citas para que puedan evaluar su caso y brindarle la mejor opción. Saludos cordiales

  • Mi padre nació en España y vino a Mexico cuando la guerra civil. A través de ustedes puedo tramitar mi nacionalidad española

    • Estimado José Ignacio. Si su padre es ciudadano español de origen, usted podrá venir a España y solicitar una residencia por arraigo familiar. Luego de un año, podrá optar por la nacionalidad española. Estaremos encantados de ayudarle. Para ello, le recomendamos agendar una cita con nuestros expertos en https://www.tolentinoabogados.com/citas . Saludos cordiales

  • Buenas Tardes. Si mis abuelos tienen nacionalidad por residencia, pueden pasar su nacionalidad a mis padres ?

    • Estimado, no, para ello sus padres, al ser mayores de edad, deberán residir legalmente en España un año, luego del cual podrán solicitar la nacionalidad por ser hijos de españoles. Saludos cordiales

  • Hola soy cubana mayor de edad casada y con 2 hijas menores mi padre es ciudadano español mi abuelo nació en España. Mi papá piensa ir a vivir a España. Cómo yo y mi familia pudiéramos ir con él, cuál es la vía más factible.

    • Estimada, al ser usted mayor de edad, para poder optar por la nacionalidad española debe residir legalmente en España un año, luego del cual podrá optar por la nacionalidad por ser hija de español. Si necesita ayuda con el trámite, le recomendamos agendar una cita con nuestros expertos en https://www.tolentinoabogados.com/citas para que puedan evaluar su caso y brindarle la mejor opción. Saludos cordiales

  • Hola,

    Soy hijo de españoles y estoy pensando en cambiarme la ciudadanía por la Irlandesa.
    Ahora bien, si yo renuncio a mi ciudadanía española. ¿Podrán mis hijos pedir la Española si en un futuro quieren hacerlo?

    • Estimado, en efecto, usted podrá renunciar a la nacionalidad española por la irlandesa. Sus hijos ya no serán capaces de solicitar la nacionalidad española por descendencia, puesto que usted ya no sería español, tendrán que optar a la nacionalidad por residencia. Saludos cordiales

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