La nacionalidad española por residencia, consiste básicamente en tener el derecho a ser ciudadano español por el tiempo de residencia legal que se ha tenido en el territorio español.
Frecuentemente tenemos la duda del tiempo requerido para poder iniciar este proceso, aunque por regla general se requieren diez años de residencia legal y continuada en España
Hola, soy Neyvi Tolentino abogada experta en extranjería e inmigración en España y hoy vengo a comentarte en este podcast sobre la adquisición de la nacionalidad española por residencia.
¿Qué establece el Código Civil español, para la concesión de la nacionalidad española por residencia?
- Establece que se requiere al solicitante que haya durado 10 años viviendo legalmente en España.
- Serán suficientes cinco años para los que hayan obtenido la condición de refugiado
- Dos años cuando se trate de nacionales de origen de países iberoamericanos: Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal o de sefardíes.
- Un año, para las personas que:
- Nazcan en territorio español.
- El que haya estado sujeto oportunamente a la tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano español.
- Al año de estar casado con un español o española
- El viudo o viuda de español o española, si a la muerte del cónyuge no existiera separación legal o de hecho.
- El nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles.
¿Puedo solicitar la nacionalidad española por matrimonio con español/a?
Aclaramos que No. La nacionalidad española no se puede solicitar por ser cónyuge de un español/a. El hecho de ser cónyuge de un español/a, lo beneficia a que puede solicitarla al año de residencia legal y continuada en España.
Otra duda frecuente al ser si por ser Pareja de Hecho (Inscrita esta Unión Estable o no en un Registro Público) pueden solicitar la nacionalidad española por residencia al año de residencia legal. La respuesta es no. El hecho de que esta unión permite el acceso a la tarjeta de residencia temporal (Tarjeta de Familiar Comunitario de 5 años), no significa que bajo ese mismo supuesto podamos solicitar la nacionalidad española por residencia al año de residencia legal y continuada en territorio español. Quienes tengan Tarjeta de Familiar Comunitario por ser Pareja de Hecho de un español/a se verán obligados a solicitar la nacionalidad española por residencia dependiendo la nacionalidad que posea.
Sí es nacional de República Dominicana, podrá tener a los dos años de residencia legal y continuada en España, derecho a la nacionalidad española. Pero si es estadounidense, deberá hacerlo a los 10 años de residencia legal en España.
Como hemos detallado, hablamos siempre de “residencia legal y continuada en territorio español” si solicitamos la nacionalidad por residencia. De acuerdo con esto las situaciones de estancia no constituyen una autorización válida para adquirir la nacionalidad española; en consecuencia este tiempo de estancia no computa a efectos de adquisición de la nacionalidad, dejando solo como válidas a efectos de adquisición las situaciones de residencia.
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Soy Neyvi Tolentino y nos vemos la próxima semana.
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