Soy extranjero y llevo tres años viviendo de manera irregular en España cómo obtengo una residencia. He escuchado que por estar tres años en España, puedo tener una residencia. ¿Es correcto?
El arraigo es un procedimiento excepcional, que permite al extranjero, que se encuentre en situación irregular en territorio español, poder solicitar una autorización de residencia y/o trabajo en España, acreditando mantener vínculos sociales, familiares o laborales con la sociedad española.
Yo soy Neyvi Tolentino, abogada experta en extranjería e inmigración en Europa, y hoy voy a hablarte de la residencia por razones excepcionales, comúnmente conocida como “Arraigo” la cual te da derecho a residir en España, si te encuentras de manera irregular.
Primeramente, ¿cuántos tipos de arraigo hay?
Existen tres tipos de arraigo que se pueden solicitar: laboral, social y familiar. Los dos primeros, exigen un periodo mínimo de estancia continuada en territorio español; y el último, exige ser ascendiente o descendiente de un español.
Para los tres hay que cumplir con tres requisitos obligatorios:
- No ser ciudadano de la UE
- Carecer de antecedentes penales. Aquí lo que se pide es un certificado que refleje los 5 últimos años donde se haya residido legalmente.
- No tener una prohibición de entrada a territorio español. Aunque es posible tramitar la revocación de esta prohibición
¿Qué es el arraigo familiar?
Se concede al extranjero que acredite alguno de estos dos supuestos:
- Ser padre de un menor de edad de nacionalidad española o ciudadano comunitario.
- O ser hijo de un español de origen.
La solicitud, al ser presencial, solo puede realizarse en España.
Ahora bien, ¿cómo definimos el arraigo laboral?
No hay que confundir arraigo social, con el social. el arraigo laboral, es un permiso que se concede a los extranjeros que lleven viviendo en España, al menos, 2 años; y que han estado trabajando sin contrato por un periodo de 6 meses.
Es importante en este caso que la persona que solicita este arraigo denuncie previamente la contratación irregular de su empleador, ya sea ante la inspección de trabajo o de forma judicial, y que se tenga una resolución confirmando la denuncia.
El Arraigo que nos queda por comentar es el Social. ¿En qué consiste?
Este es el más conocido y el que más aplican los extranjeros en España. Para poder solicitar este tipo de arraigo se debe cumplir con tres requisitos fundamentales:
- Haber vivido durante 3 años seguidos en territorio español.
- Tener una oferta laboral que se vea reflejada en un contrato de trabajo por un periodo superior al año y que sea como mínimo de 31 horas semanales. Este requisito se puede sustituir demostrando medios económicos.
- Acreditar la integración social.
¿Por cuánto tiempo se conceden los arraigos? ¿Podré trabajar?
Por regla general suele ser una autorización que se concede con una vigencia de 1 año, para posteriormente modificar en una autorización de residencia o residencia y trabajo inicial. Bien es cierto que, a la hora de realizar la solicitud de arraigo, a su vez se puede solicitar una autorización de trabajo.
Soy Neyvi Tolentino y nos vemos la próxima semana.
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