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¿Te encuentras en España en situación irregular y has estado aquí durante al menos dos años?

Si te encuentras en España en situación irregular y has estado aquí durante al menos dos años, es posible que estés buscando opciones para regularizar tu estatus migratorio, una vía es el arraigo por formación. 

Ya les anunciamos hace algunas semanas que se estaba pensando en publicar una nueva instrucción que beneficia a los extranjeros en situación irregular; Se trata de la figura de arraigo para la formación en que se plantea flexibilizar el permiso de residencia.

Hola, soy Neyvi Tolentino, abogada experta en extranjería e inmigración en España y en el episodio de hoy de “Un mundo sin Fronteras”,  te contamos sobre los beneficiosos y cambios del arraigo por formación, para quienes quieran aplicar y se encuentren en una situación irregular en España. 

https://www.youtube.com/watch?v=4LxuR5WBEj8

El permiso de arraigo por formación es una opción para aquellos que desean regularizar su situación y han estado en España durante al menos dos años. Esta modalidad de residencia tiene una duración de 12 meses y su objetivo principal es brindar la oportunidad a los migrantes de recibir formación que les ayude a integrarse en el mercado laboral.

Desde que se implementó el arraigo por formación, se han recibido alrededor de 22,000 solicitudes de migrantes interesados en formarse para trabajar, según el ministro Escrivá. De estas solicitudes, aproximadamente 12,000 han sido aprobadas, según fuentes del Ministerio de Migraciones. Es decir, apenas la mitad de solicitudes recibidas. Sin embargo, desde el principio, hemos observado que acceder a esta residencia tiene sus dificultades debido a los requisitos exigidos.

Nueva instrucción del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

Con el fin de subsanar estas dificultades, recientemente entró en vigor una nueva instrucción del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones que flexibiliza los requerimientos para facilitar la regularización por arraigo de los migrantes en situación irregular que llevan dos años en España y se forman en sectores con demanda de empleo.

Estos cambios buscan facilitar el proceso de regularización y brindar oportunidades a aquellos migrantes que desean mejorar su situación en España, puesto que se elimina el número mínimo de horas y la presencialidad en los cursos, siendo posible de esta manera el formato híbrido (formación presencial y online), permitiendo que la formación se pueda compaginar con un trabajo.

Puntos clave de la nueva instrucción del arraigo por formación:

🔹¡Adiós a las largas horas de formación obligatoria! Se introduce el modelo de formaciones conducentes a la obtención de microcredenciales, que consiste en formación de corta duración de todos los niveles educativos.🔹Recuerda que la autorización de residencia tiene efectos desde la fecha de concesión de la autorización, no desde el inicio de la formación. Esto significa que podrás obtener los beneficios de tu autorización de residencia tan pronto como sea aprobada.🔹La formación podrá tener carácter híbrido, presencial y telemático.🔹La vigencia de la residencia dependerá de la duración de los estudios. Si la duración de tu formación excede los 12 meses establecidos en la solicitud inicial y no has podido concluir exitosamente tus estudios, tendrás la posibilidad de solicitar una prórroga. 🔹Ahora, podrás realizar modificaciones en los estudios presentados en tu solicitud inicial sin necesidad de acreditarlo, siempre y cuando los cursos pertenezcan a la misma familia profesional.🔹Es posible realizar la formación de otro curso durante la vigencia de la residencia si corresponde a la misma familia de formación del curso inicialmente aprobado. 

Una vez concluyas la formación podrás acceder a una autorización de residencia y trabajo:

Ahora, después de obtener la autorización de residencia de arraigo por formación, podrás solicitar una autorización de residencia y trabajo de dos años de duración ante la Oficina de Extranjería que te habilitará a trabajar por cuenta ajena.

  • Es importante destacar que el contrato laboral presentado al momento de modificar la residencia debe estar relacionado con la actividad profesional correspondiente a la formación recibida y acreditada en el proceso de arraigo.

Si deseas obtener más detalles sobre los diferentes tipos de estudios, información relevante al tramitar la autorización de residencia y trabajo después de finalizar la formación, así como el tipo de contrato aplicable en los casos de arraigo y los requisitos correspondientes, te invito a consultar el texto completo en el enlace adjunto que dejaremos en la descripción del podcast. Además, encontrarás información sobre las condiciones para la posible prórroga de las autorizaciones de residencia temporal por motivos de arraigo, así como los requisitos comunes aplicables a las autorizaciones de residencia temporal por motivos de arraigo.

Estas disposiciones brindan flexibilidad y adaptabilidad a los solicitantes, permitiéndoles ajustar su formación según sus necesidades y circunstancias particulares, garantizando así una mayor viabilidad en el proceso de arraigo por formación.

Si quieres tener más información sobre las vías de regularización migratoria en España y conocer la que se adecua para tu situación particular, haz tu consulta gratuita en www.tolentinoabogados.com  

Soy Neyvi Tolentino y te espero la siguiente semana. 

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