In Información legal, Nacionalidad

Si tiene el trámite de nacionalidad en proceso, debe tener en cuenta algunos aspectos para no tener inconvenientes.

¿Qué debo respetar para que mi trámite de nacionalidad en proceso no sea desestimado?

Lo principal para que la nacionalidad española sea aprobada es que la residencia del solicitante sea estable y continuada, tanto antes como durante el proceso de tramitación de la nacionalidad. En este sentido, cualquier salida prolongada fuera de España (de más de tres meses) podría considerarse como motivo para la denegación del trámite.

Para la concesión de la nacionalidad española es necesario que la persona haya residido en España de forma legal y continuada al menos durante 10 años. En el caso de las personas que hayan obtenido asilo o refugio será suficiente el transcurso de 5 años. En el caso de nacionales de países Iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o los sefardíes se exigirán dos años.

Casos en los que el periodo de tiempo se reduce para los solicitantes de la nacionalidad española

Existen casos excepcionales en los que el período de tiempo se reduce para los solicitantes de la nacionalidad española:

  • Un año para los nacidos en España.
  • Reducción a un año para el que haya estado legalmente a tutela de una persona o institución española durante dos años consecutivos. Incluso si continuara en esta situación en el momento de realizar la solicitud.
  • Cónyuges de españoles: un año de residencia legal y continuada, siempre que no estuvieran separados.
  • Reducción a un año para el que no ejerció en plazo su derecho a adquirir la nacionalidad española.
  • Un año al viudo de español, si al momento de producirse el fallecimiento no se encontraban separados.
  • Reducción a un año al nacido en el extranjero, hijo de padre o madre, abuelo o abuela originariamente españoles.
  • Reducción a un año a los naturales de los países iberoamericanos. No tienen la obligación de renunciar a su nacionalidad de origen para obtener la española, ya que se les reconoce el derecho a poseer la doble nacionalidad.

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