In Información legal, Reagrupación Familiar

En la tarjeta de identidad de extranjero (TIE) no se incluye el nombre de la pareja que otorga el derecho para dicho documento. De esta forma se evitan discriminaciones debido a la preferencia y orientación sexual del portador.

Esta situación se produjo debido a una denuncia por abusos discriminatorios que interpuso un ciudadano extranjero. Debido a que al dorso de su tarjeta de identidad de extranjero figuraba el nombre de su pareja, recibió actos denigratorios por su condición sexual.

Por lo tanto, se le requirió a la Comisaría de Extranjería que en las tarjetas de identidad de extranjeros solo figure el DNI de la pareja reagrupante. Con esta medida se busca erradicar todo tipo de discriminación por razón de orientación sexual.

Por su parte, Extranjería ha dado las instrucciones correspondientes. Por lo tanto, en tarjetas de identidad de extranjero solo se incluye el DNI de la persona con la que se vincula por parentesco, matrimonio u otra relación de afectividad.

Recordemos que para solicitar una tarjeta de identidad de extranjero hace falta:

  • Tener expedida una autorización que indique que podemos permanecer en España por un periodo que supere los seis meses
  • Haber modificado la situación legal en la que nos encontramos, como por ejemplo haber cambiado la situación laboral o legal.

En caso de disponer de una tarjeta TIE y haberla perdido, tendremos que acudir a que nos hagan otra y alegar los motivos que nos han llevado a solicitarla de nuevo.

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