In Información legal, Residencia Españoles en República Dominicana

La visa de residencia por reunificación familiar en República Dominicana tiene una vigencia para su uso de 60 días y es válida para una sola entrada. Una vez en territorio dominicano, el beneficiario de este visado deberá presentarse ante la Dirección General de Migración para formalizar los trámites de su residencia temporal, debiendo completar los requisitos adicionales que esta exige.

¿Cuáles son los requisitos para la reunificación familiar en República Dominicana?

    • Carta de solicitud de visa a la firma del beneficiario dirigida a la oficina consular correspondiente, contentiva de nombre, nacionalidad, lugar de residencia y actividad productiva a la cual se dedica, así como información sobre cómo proyecta establecerse en el país como cónyuge o hijo (a) de extranjero residente legal en RD o de dominicano (a), esta carta no se legaliza, ni se apostilla.
    • Formulario de visa lleno y debidamente completado a máquina o en letra de molde legible.
    • Una fotografía tamaño 4 x 5 centímetros, de frente y con fondo blanco, colocar en el formulario de visa.
    • Pasaporte original con una vigencia mínima de 18 meses.
    • Fotocopia legible del Documento Nacional de Identidad del país de nacionalidad y fotocopia legible de la Tarjeta de residencia, si reside en un segundo país.
    • Certificado médico presentando un diagnóstico del estado general de salud del solicitante e indicando si el mismo padece de algún tipo de enfermedad infectocontagiosa. Deberá ser expedido por las autoridades de salud correspondientes del último país en el que estuvo domiciliado el interesado.
    • Certificado de no antecedentes penales (No requerido para menores de edad) expedido por la autoridad competente de los países en los que haya residido en los últimos 5 años, debidamente legalizado o apostillado, según corresponda.
    • Acta de nacimiento. Debe de estar debidamente legalizada o apostillada, según corresponda. Si está redactada en un idioma diferente al español, deberá ser traducida por un intérprete judicial, legalizada por el Consulado de la República Dominicana o apostillado, según corresponda. Debe depositarse el original y la traducción.
    • Acta de Matrimonio.

Reunificación familiar en República Dominicana

Si una de las partes es Dominicano(a) y su matrimonio fue realizado en el extranjero:

    •  Acta de matrimonio transcrita ante el Registro Civil de la Junta Central Electoral (JCE). Ley No. 659-44 sobre actos del estado civil, art. 58 numeral 14.
    • Para trascribir el acta, es necesario: (Si está redactada en un idioma diferente al español, deberá ser traducida por un intérprete judicial y legalizada por el Consulado de la República Dominicana o apostillado, según corresponda) el acta original y la traducción.

Si ambas partes son extranjeros y su matrimonio fue en el exterior:

    • Acta de Matrimonio. Si está redactada en un idioma diferente al español, deberá ser traducida por un intérprete judicial. Y, deberá estar legalizada por el Consulado de la República Dominicana. Debe depositarse el original (este original debe de estar debidamente legalizado o apostillado, según corresponda) y la traducción.
    • Documentos que demuestren la solvencia económica del garante: Estos documentos pueden incluir según sea el caso:
    • Carta de Banco: actualizada con detalles del balance de la cuenta.
    • Carta laboral.
    • Copias de Certificados de títulos de Propiedades mobiliarias o inmobiliarias (debe presentar los originales al momento del depósito).
    • Copia de Certificados Financieros.
    • Certificación de ingreso por pensión
    • Cualquier otro documento que demuestre la solvencia económica.
    • Carta de Garantía: Mediante la cual se responsabilice a los gastos de manutención y repatriación, respeto a las condiciones morales y económica del extranjero, Firmada por este y dos testigos, quien será el garante ante la DGM en su proceso de solicitud de residencia temporal en el país, debidamente notarizada y legalizada en la Procuraduría General de la Republica.

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