In Información legal, Residencia para emprendedores

Aquellos extranjeros que pretendan entrar en España para realizar los trámites previos para desarrollar la actividad emprendedora, pueden obtener un visado de entrada por un periodo de un año. Cuando se justifique que se produjo el inicio de la actividad, podrán solicitar la residencia para emprendedores.

¿Qué se entiende por actividad emprendedora?

Es aquella que tiene carácter innovador con especial interés económico para España. Y, a tal efecto cuente con un informe favorable del órgano competente de la Administración General del Estado. Para la valoración se tendrá en cuenta especialmente y con carácter prioritario la creación de puestos de trabajo en España. Y, además, el perfil profesional del solicitante, el plan de negocio, incluyendo el análisis de mercado, servicio o producto, y la financiación y el valor añadido para la economía española, la innovación y oportunidades de inversión.

¿Cuáles son los requisitos necesarios para solicitar el visado de emprendedores?

    • No encontrarse irregularmente en territorio español.
    • Ser mayor de 18 años.
    • Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde haya residido durante los últimos cinco años.
    • No figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio.
    • Contar con un seguro público o un seguro privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.
    • Contar con recursos económicos suficientes para sí y además para los miembros de su familia durante su periodo de residencia en España.
    • Abonar la tasa por tramitación de la autorización o visado.

¿A quien está dirigida la residencia para emprendedores?

Dirigida a los extranjeros que, o bien soliciten entrar en España o bien tengan una autorización de estancia, residencia o visado y pretendan iniciar, desarrollar o dirigir una actividad económica como emprendedor.

Serán provistos de una autorización de residencia para la actividad empresarial, que tendrá validez en todo el territorio nacional. Además de los requisitos generales, necesitarán cumplir con las condiciones legales necesarias para iniciar la actividad. Además, las condiciones definidas por la normativa de cada sector.

¿Quiénes pueden solicitarlo?

Extranjeros de fuera de la UE que vayan a desarrollar una actividad emprendedora de carácter innovador con especial interés económico para España.

¿Cómo se solicita?

Si se encuentra fuera de España, se debe solicitar un visado de residencia por un año con el fin único o principal de efectuar los trámites previos para poder ejercer la actividad emprendedora.
Si se encuentra en España, es decir en posesión de una autorización de estancia, o residencia o visado de emprendedor, o visado de turismo,  además se debe solicitar una autorización expresa de residencia para emprendedores por dos años renovables que habilita para desarrollar una actividad económica como emprendedor.

¿Dónde se solicita?

En el caso de los visados, deben solicitarse en el Consulado de España en el país de procedencia o de residencia.
Mientras que las autorizaciones de residencia, deben solicitarse en la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos.

¿Qué documentos se deben presentar?

Generales:

      • Documento de identidad o pasaporte.
      • Seguro público o privado de enfermedad con una entidad que opere en España.
      • Certificado de antecedentes penales.
      • Acreditación de medios económicos suficientes para sí y para los miembros de su familia
      • durante su período de residencia en España.

Específicos:

      • Con carácter previo a la solicitud del visado o autorización, se necesita informe favorable sobre la actividad a desarrollar en España.

¿Dónde se solicita el informe?

Para los visados, el informe de interés de actividad emprendedora debe ser solicitado en la Oficina Económica y Comercial de España del ámbito de la demarcación geográfica donde se solicite el visado.

Para las autorizaciones de residencia, el informe de actividad emprendedora debe ser solicitado en la Dirección General de Comercio e Inversiones.

¿Qué se debe presentar para solicitar el informe?

El plan de negocios del proyecto, en particular: el perfil profesional del solicitante, actividad a desarrollar, cuántos puestos de trabajo se crearán, características y cualificación requerida de cada uno de ellos, dónde se desarrollará el proyecto (zona geográfica) y además, cuánto supone la inversión.

¿Qué beneficios adicionales existen con la residencia para emprendedores?

    • La autorización de residencia permite residir y trabajar y es válida en todo el territorio nacional.
    • Tramitación conjunta de la autorización del cónyuge e hijos.
    • No se aplica la situación nacional de empleo.
    • Agilización de la tramitación:
    • Visados resueltos y notificados en 10 días hábiles.
    • Autorizaciones de residencia resueltas en 20 días.
    • Todos los procedimientos de autorización de residencia se centralizan en una ventanilla única: Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos.

¿Qué servicios te ofrece Tolentino Abogados?

    • Preparamos la documentación para el informe así como también para la posterior residencia.
    • Confeccionamos el plan de negocios.
    • Nos encargamos de solicitar el informe y recoger la resolución del mismo.
    • Solicitamos la cita para tramitar la residencia.
    • Hacemos el seguimiento hasta su resolución.

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