In Detención en el Aeropuerto, Información legal

Los casos de detención por ausencia de documentación se producen cuando la Policía te pide documentos y no tienes papeles. En este caso, te llevarán detenido a comisaría. Si no tienes abogado llamarán a un abogado de Turno de Oficio para que te ayude y te entregarán una carta que dice que te han iniciado un expediente sancionador.

Lo primero es saber, si tienes tu propio abogado, díselo a la policía y dale sus datos. Ellos le avisarán para que vaya a verte. Si no lo tienes, te designarán una abogado de turno de oficio, sí careces de recursos económicos.
El tiempo máximo de detención en comisaría es de 72 horas.

Tras la estancia en comisaría por detención por ausencia de documentación, caben dos posibilidades:

  • Que quedes en libertad, o
  • Que la Policía solicite al juez tu ingreso en el Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Madrid, donde podrás estar un máximo de 40 días.

Tras la estancia en Comisaría, la policía estudiará tu caso y decidirá si te pone una multa o decide tu expulsión por encontrarte en España sin papeles.

Para defenderte, tu abogado tiene que presentar a la policía en las 48 horas siguientes a tu detención, un escrito explicando tu caso particular.

Tras la detención por ausencia de documentación y el inicio del expediente de expulsión, la policía puede solicitar al juez el internamiento del extranjero/a en un Centro de Internamiento de Extranjeros.

  • Si la policía solicita el internamiento del extranjero/a
  • Si el juez deniega el internamiento. La policía puede adoptar medidas cautelares sobre el extranjero/a, como retirarle el pasaporte o documento acreditativo de nacionalidad, exigirle que se presente periódicamente ante el instructor del expediente o ante otra autoridad que éste determine; obligarlo a residir en lugar determinado (art.131.6 REx)
  • La policía debe comunicar las medidas cautelares a la embajada o consulado del 
país del extranjer o/a (art. 133 REx).
En este caso la policía tiene que entregar al extranjero/a un recibo
acreditativo de tal medida.
En este caso la policía tiene que tener en cuenta las circunstancias familiares, 
personales o sociales del extranjero/a expedientado
  • Si el extranjero/a es internado. Sólo puede haber un internamiento por las causas previstas en un expediente (art. 131. 5d REx).

Es muy importante que le cuentes al abogado:

  • Si has intentado solicitar asilo político o si tienes algún temor de regresar a tu país y por qué motivos.
  • Desde cuándo estás en España y cómo entraste.
  • Dónde vives y cómo pagas el alojamiento.
  • Si tienes familia en España con residencia legal, hijos escolarizados.
  • Si tienes trabajo.
  • Contarle si has hecho cursos en España.
  • Si perteneces a alguna asociación.
  • Avisarle si estás enfermo y recibes tratamiento médico.
  • Informar si estás embarazada.
  • Si ya tienes una orden de expulsión anterior.

Detención por ausencia de documentación:  ¿seré expulsado?

  • No siempre, la sanción puede ser una multa. La expulsión se reserva para los casos más graves. Por eso es muy importante que, si te detiene la policía, expliques bien al abogado tus circunstancias y le des toda la documentación que pueda ayudarle a defender tu caso.
  • Si la policía decide tu expulsión y aunque te quedes en España, debes saber que también se te prohibirá entrar en España u otro país de Europa por un período
  • de tres a diez años, lo que dificultará enormemente que puedas regularizar tu situación en el futuro.

El plazo máximo que tiene la policía para comunicarte su decisión es seis meses desde que te detuvieron y te llevaron a Comisaría. Pueden presentarse dos situaciones:

  • No se dicta ninguna Sanción: Si pasados seis meses desde el momento de la detención no te han comunicado por escrito la sanción (que puede ser una multa o expulsión), ya no pueden hacerlo. Ponte en contacto con tu abogado/a para que solicite la caducidad del expediente. El abogado/a debe entregarte un escrito que declara que el expediente ha caducado, que deberás guardar como prueba. Sin embargo, si permaneces en situación irregular, en el futuro la Policía podría volver a detenerte y volver a iniciar un nuevo expediente sancionador.
  • Se dicta sanción de multa o expulsión. Debes ponerte en contacto con tu abogado.

Recuerda si tienes dudas, nuestros abogados y expertos pueden ayudarte

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