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¿Conoces los derechos de los extranjeros en España?

Los derechos de los extranjeros en España, en primer lugar tienen su reflejo en la Constitución española de 1978 y también en las leyes de inferior rango. Además, en la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, de reforma de la Ley 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, donde se señala en su artículo 1:

“1. Se consideran extranjeros, a los efectos de la aplicación de la presente Ley, a los que carezcan de la nacionalidad española.” Aquellos ciudadanos de otro país que hubieran entrado en España o se encontrasen en ella sin cumplir los requisitos legales necesarios para permanecer en ella. Los extranjeros independientemente de la situación en que se encuentren, tienen una serie de derechos reconocidas por la Constitución española, inherentes a la dignidad de la persona humana.

Derechos de los extranjeros en España

1. Derecho a la vida y también a la integridad física y moral

2. Derecho a la seguridad personal, que básicamente consiste en:

  • Plazo máximo de detención de setenta y dos horas.
  • Necesidad de intervención judicial para la prisión preventiva.
  • Información inmediata a la persona detenida sobre sus derechos. Además, se deben dejar claras las razones de su detención.
  • Asistencia letrada al detenido.
  • Habeas corpus o puesta inmediata a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente.
  • Determinación del plazo máximo de duración de la prisión provisional.

3. Derecho a la intimidad que abarca:

  • Derecho al honor, a la intimidad personal y también familiar.
  • Inviolabilidad de domicilio.
  • Inviolabilidad de las comunicaciones.

4. Derecho a la Tutela Judicial efectiva, que comprende:

  •  El derecho a la jurisdicción. Supone el libre acceso a todos los órganos jurisdiccionales para el ejercicio de los derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión.
  • Derecho al juez ordinario predeterminado.
  • Presunción de inocencia y demás garantías procesales. Comprende la defensa y asistencia de letrado, información sobre la acusación formulada, proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías.

5. Principio de legalidad. Significa que nadie debe ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente.

6. Libertad de creencias (Principios ideológicos, religiosos y también políticos).

7. Libertad de expresión (Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y además, a expresar libremente).

Consejos de Tolentino Abogados:

  • Designar un abogado/a de confianza especialista en extranjería.
  • No perder el contacto con el abogado por ningún motivo.
  • Comunicar a la policía y al juez el domicilio en el cual reside el extranjero.
  • Tras la notificación del acuerdo de iniciación del procedimiento de expulsión el extranjero/a dispone de un plazo de 48 horas para formular alegaciones y aportar documentos (art. 63.1 LEx).

Recuerda si tienes dudas, nuestros abogados y expertos pueden ayudarte

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