Estar en situación irregular en España genera incertidumbre, limita derechos y puede poner en riesgo oportunidades de vida. Sin embargo, a partir del 20 de mayo de 2025, entra en vigor el nuevo Reglamento de Extranjería, que introduce cinco formas actualizadas y legalmente reconocidas de arraigo para regularizar tu situación migratoria en España. Ya no se trata solo de cumplir un tiempo de estancia: ahora el enfoque se centra en la integración real, los vínculos familiares, el compromiso social y la formación profesional.
¿Qué significa estar en situación irregular en España?
Estar en situación administrativa irregular implica residir en el país sin una autorización vigente de estancia o residencia. Esto puede ocurrir por haber entrado sin visado, haber sobrepasado el tiempo permitido como turista, o por no haber renovado un permiso de residencia en plazo.
El nuevo reglamento no contempla una “regularización masiva” ni automática. En cambio, establece mecanismos individuales, conocidos como figuras de arraigo, que permiten a las personas extranjeras en situación irregular solicitar una residencia legal si cumplen con ciertos requisitos documentales y de integración.
También te puede interesar: España supera los 49 millones de habitantes gracias a la inmigración
Las 5 vías legales para regularizar tu situación en España en 2025
-Arraigo Social: integración demostrada y medios económicos
Esta es una de las formas más comunes de regularización. El arraigo social permite solicitar la residencia si:
-
Has vivido en España de forma continuada durante al menos 3 años.
-
Puedes demostrar medios económicos suficientes, ya sea por contrato de trabajo, ingresos por cuenta propia o recursos propios.
-
Presentas un informe de inserción social emitido por el ayuntamiento donde estás empadronado.
También deberás no tener antecedentes penales en España ni en tus países de residencia anteriores. Esta figura valora especialmente la estabilidad, la integración comunitaria y la autosuficiencia.
-Arraigo Familiar: vínculo directo con ciudadanos españoles o de la UE
El arraigo familiar ha sido ampliado por el nuevo reglamento y puede solicitarse si:
-
Eres padre o madre de un menor con nacionalidad española o de la Unión Europea.
-
Eres cónyuge o pareja registrada de un ciudadano español.
-
Eres ascendiente o descendiente dependiente de un ciudadano español o española.
-
Eres hijo(a) de español de origen nacido fuera del país.
* Este tipo de residencia no exige un mínimo de tiempo de estancia previa en España, y se centra en proteger la unidad familiar y los vínculos consolidados.
-Arraigo Sociolaboral: reconocimiento del trabajo formal
Esta figura sustituye al antiguo “arraigo laboral” y reconoce tanto la permanencia en el país como la contribución económica mediante trabajo formal. Se requiere:
-
Haber vivido en España al menos 2 años de forma continuada.
-
Haber trabajado de forma legal y demostrable un mínimo de 6 meses, con alta en la Seguridad Social.
-
Demostrar vínculos sociales o familiares que respalden tu integración.
Este tipo de residencia refuerza la estabilidad de quienes han aportado laboralmente al país y han creado lazos reales.
-Arraigo Socioformativo: regularizarse a través de la formación
Una de las novedades más destacadas del Reglamento 2025. El arraigo socioformativo permite obtener residencia si:
-
Has residido en España mínimo 2 años de forma continuada.
-
Te comprometes a realizar una formación reglada o vinculada a empleabilidad, reconocida por el SEPE o instituciones autorizadas.
-
Presentas un plan formativo realista, alineado con sectores de empleo en demanda.
Esta vía impulsa la cualificación de personas extranjeras y conecta la formación con la integración laboral.
-Arraigo de Segunda Oportunidad: para quienes ya lo intentaron antes
El nuevo reglamento crea esta figura para personas que:
-
Han vivido en España durante varios años, pero han recibido denegaciones previas de residencia.
-
Están integradas socialmente, con hijos escolarizados, participación comunitaria u otros elementos de arraigo.
-
Pueden demostrar que, aunque no cumplieron con los requisitos anteriores, han mantenido una vida estable en España.
El arraigo de segunda oportunidad reconoce el esfuerzo sostenido de quienes han intentado regularizarse sin éxito y abre una nueva puerta a la legalidad.
También te puede interesar: ¿Sabes cuántas latinoamericanas han obtenido su pasaporte español?
¿Existe una regularización masiva en 2025?
No. El Reglamento de Extranjería no contempla una regularización general para todas las personas en situación irregular. En su lugar, establece un sistema individualizado y evaluado caso por caso mediante las cinco figuras anteriores.
Cada solicitud debe cumplir con requisitos específicos: residencia efectiva, documentación en regla, informes sociales, medios económicos o vínculos familiares. No existe un procedimiento “rápido” ni automático: se trata de regularizarse con base legal, integración y constancia.
¿Cómo puede ayudarte Tolentino Abogados a salir de una situación irregular en España?
En Tolentino Abogados entendemos la urgencia de querer vivir sin miedo ni incertidumbre. Por eso, estudiamos cada caso de forma individual, te orientamos sobre la figura de arraigo más adecuada para ti y te acompañamos desde la preparación documental hasta la resolución final del expediente.