Visados

¿Qué pasa si me quedo más de 90 días como turista en España?

Una gran duda entre los extranjeros que viajan a España es cual es el tiempo máximo de estancia legal y la posibilidad de ampliar el plazo del visado.

En principio, la estancia como turista en España y la Unión Europea, ya sea con visado o sin él, no puede exceder  90 días por cada período de 180 días, contados a partir de la fecha de la primera entrada. Resaltamos que el cómputo se hace por días, no por meses.

Esos 90 días pueden ser ininterrumpidos o sumados en varios periodos. Así, puedes entrar una vez y estar 90 días seguidos, o varias veces, siempre que la suma de los días de todos estos viajes sea igual o inferior a 90 y que tu visado te lo permita.

Ejemplo: Entras a España y estas un periodo de 30 días, viajas luego a Asia y permaneces 1 semana y al volver a España aún te quedarían 60 días de estancia legal.

Una vez que hayas consumido los 90 días no podrás volver a solicitar un visado hasta haber pasado los 180 días desde tu entrada a la Unión Europea.

Ejemplo: Si entraste como turista en España el 1º de enero de 2020, estuviste ininterrumpidamente y saliste el 30 de marzo de ese año, no podrías regresar como turista hasta el 1º de julio de 2020.

¿Puedo prorrogar mi estadía más allá del tiempo límite?

Para explicar este tema debemos distinguir entre: aquellos ciudadanos que necesiten un visado de turismo para entrar a territorio español y aquellos que no.

En el primer caso (países que necesitan visado para entrar a España) su estancia legal máxima será de solo 90 días. Puede darse el caso, que el visado inicial haya sido tramitado por una duración de 30 días y este visado puede prorrogarse hasta un máximo de 90 días.

Por otra parte, los ciudadanos que no necesitan un visado para entrar a España podrán quedarse en España durante un plazo máximo de 90 días y si quieren ampliar ese plazo será posible hasta un máximo de otros 90 días, haciendo un total de 180 días de estancia legal.

En ambos casos, es muy importante señalar que obtener la prórroga de extensión del visado de turismo es una tarea muy complicada. Se deben presentar razones o motivos que son muy restrictivos, como de enfermedad o accidente que le impidan volver a su país de origen.

Esto suele deparar en que la gran mayoría de las solicitudes sean rechazadas, y en este caso vienen acompañadas de un requerimiento de salir del país de forma casi inmediata.

¿Ese plazo aplica solo a la estancia en España?

No, debido a que en los países del espacio Schengen no hay propiamente fronteras, dicho plazo computará independientemente del lugar a donde viajes.

Por lo que no podremos estar 90 días en España como turismo, luego 90 en Italia y 90 en Holanda, por ejemplo.

¿Qué pasa si me quedo más de 90 días como turista?

Pasarías a estar en situación irregular en España. De acuerdo con el artículo 53.1.a de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (la llamada Ley de Extranjería), esto es considerado una infracción grave de la ley, que se sanciona o con una multa  (de entre 501 y 10.000 euros) o con la expulsión del territorio europeo, tomando en cuenta las circunstancias de hecho, y luego de un procedimiento sancionador. 

En caso de validar la expulsión, también pueden imponerte la prohibición de entrada a la Unión Europea por un lapso de hasta 5 años (de nuevo, dependiendo de la gravedad de la infracción). La infracción quedará registrada en las bases de datos de todos los aeropuertos del Espacio Schengen, así como en sus fronteras terrestres. Eso significa que, aunque consigas un nuevo pasaporte, mantendrás la prohibición de entrada.

Estuviste más de 90 días como turista en España: La sanción no es automática

Es de suma importancia aclarar que el hecho de que estés en situación irregular no significa que automáticamente le vayan a abrir un proceso sancionador. Todo dependerá de si las autoridades lo detectan, es decir, si te llegasen a solicitar los documentos y comprueban que no posee residencia o estancia legal. 

Actualmente, hay extranjeros de manera irregular en España durante muchos meses o incluso años para que, al cabo de un determinado tiempo y cumpliendo requisitos exigidos por ley, puedan solicitar una residencia por causas excepcionales (arraigo social, laboral, familiar, etc.) En nuestra web tenemos varios artículos donde abordamos dichos procedimientos.

Estuve más de 90 días como turista en España ¿Podré regresar a España?

Sí, siempre y cuando abandones voluntariamente habiendo excedido los 90 días. En este caso, te detendrán las autoridades en el aeropuerto hasta que sea capaz de abordar un vuelo a tu país de origen. Una vez devuelto a tu país, se aplica el criterio del tiempo máximo por 180 días. 

Lo anterior es teóricamente, pues en la práctica, dependerá del juicio del funcionario de inmigración y si se percata o no de que la persona ha excedido los 90 días.  

Si tienes dudas, nuestros abogados y expertos pueden ayudarte

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Ver comentarios

  • Hola, muy bueno el artículo, me aclaró muchas cosas. Quedo con una pregunta. Si, por ejemplo, estoy tres meses (90 días) con visa de estudiante en España, Italia o en algún país de la región Schengen, una vez vencidos esos tres meses de visa de estudiante, ¿tengo la posibilidad de quedarme 90 días más como turista? Muchas gracias de antemano.

    • Estimado. Los visados de estudios son de un mínimo de 6 meses. Cuando se le venza tiene hasta 90 días para prorrogar ese visado o regresar a su país. Estos 90 días no tienen nada que ver con la estancia de turismo y no es posible salir tras esos 90 dias y volver a entrar nuevamente como turista por 90 días más. Saludos cordiales

      • Muy interesante la información, entonces en el caso de que una Visa se venza en Enero y la persona se este hasta Marzo (dos meses) y después salga de Europa..en cuanto tiempo se puede volver como turista ? ya que dices que después de estos 90 días no es posible entrar como turista.

        • Estimado, una vez que haya consumido los 90 días de su visado de turismo, no podrá volver a solicitar un visado hasta haber pasado los 180 días desde su entrada a la Unión Europea. Saludos

          • Hola queria saber , si entro Andorra y sello mi pasaporte ala entrada , y salgo a las 2meses de ANdorra mis dias en espacio Schengen quedan congelados ?
            ejemplo
            entre el 1 a españa, sali andorra el 8 de octubre y sali el 9 de diciembre , en tenoria me quedarian 82 dias en el schengen ???

          • Estimado Mateo,

            El tiempo de turista corresponde a 90 días si usted es de nacionalidad de alguno de los países que no precisan visado de entrada. Dicho tiempo empieza a correr desde el inicio de su viaje. Si desea ampliar esta consulta o ayuda personalizada con algún trámite, le recomendamos agendar una cita con nuestros expertos en https://www.tolentinoabogados.com/citas para que puedan evaluar su caso y brindarle la mejor opción.

            Un saludo y feliz 2023.

          • Estimada María,

            Lo recomendable es que usted vuelva a ingresar a territorio español luego del mismo tiempo que pasó dentro de España. Le recomendamos siempre mantenerse de manera regular.

            Un saludo

        • HolaDr yo soy ciudadana cubana , vine con una visa shengue y pase los 90 dias , ahora quiero regresar a nicaragua que es libre visado para nosotros los cubanos , podria tener algun inconveniente ya que voluntariamente me iria por mis propios medios, grasias de antemanos

          • Estimada Mónica,

            Al salir de España, existe la posibilidad de que las autoridades de inmigración le apliquen una sanción o le prohíban la entrada al país si detectan que su estancia ha superado los 90 días permitidos. Es importante que tenga en cuenta que, para poder reingresar, deberá permanecer fuera de España durante un periodo igual al de su estancia previa. Recomendamos mantener su situación migratoria de manera regular para evitar inconvenientes.

            Un saludo

    • Una consulta, mi madre es de Perú y se pasó los 3 meses en España por el tema de la pandemia covid 19 pero salió voluntariamente, solo a su salida en el aeropuerto le sellaron el pasaporte pero no le comunicaron nada al respecto, su duda es si ella podrá regresar a España?

      • Estimada Amelia, si le sellaron el pasaporte y no le comunicaron ninguna prohibición de entrada al territorio, podrá volver a ingresar sin problemas 90 días después de su salida, si así lo desea. Saludos cordiales

      • Hola tengo una pregunta porfavor ,yo tengo la nacionalidad española pero mi hija de 2 años tiene la británica, si pasa los 90 días en españa habrá algún problema al salir puesto que quiero pedirle la nacionalidad española el consulado español al regresar a inglaterra.gracias

        • Estimado Yousra,

          Lo recomendable es que no pase de los 90 días de turismo, igualmente puede solicitar la nacionalidad por opción de su niña y no perderá la nacionalidad británica.

          Le recomendamos agendar cita con nuestros expertos a través de nuestra página web: https://www.tolentinoabogados.com/citas

      • Hola muy buenas Noches una pregunta
        Me llamo Andres soy colombiano
        Llevo 4 meses y 15 días acá en españa
        Dentro como turista si quiero volver a mi país de origen es verdad que me pueden sancionar muchas gracias

        • Estimado Andrés,

          Si al momento de su salida el oficial detecta que ha estado más del tiempo permitido, es posible que le imponga una sanción o le restrinja el ingreso a España por un periodo de hasta 5 años. Le recomendamos siempre mantenerse de forma regular.

          Un saludo

    • Entré a España el 12 de enero de 2022 y regreso a México el 21 de abril de 2022. Cuando compré mis vuelos no me di cuenta que ese plazo de tiempo son 100 días, 10 más de los que permite el NIE, necesito saber qué hacer para que no haya problemas con mi regreso a México y para futuros regresos a España.

      El NIE me fue otorgado el 24 de enero de 2022.

      • Estimada Fernanda, si usted entró a España con visado de turismo, no podrá exceder los 90 días establecidos, si lo hace y sale a los 100 como nos comenta, se puede exponer a que le establezcan una prohibición de entradas futuras, en fronteras, una vez abandone el territorio español. Le recomendamos modificar la fecha de su pasaje de regreso. Un cordial saludo

        • Soy mexicana, entré únicamente con mi pasaporte. Y aquí vine a hacer mis prácticas profesionales con mi NIE del 17 de enero al 15 de abril.
          Ya no puedo cambiar el vuelo.

          • Estimada Fernanda, en efecto, al ser usted mexicana no necesita un visado de turismo para ingresar a España, sin embargo, se entiende que una vez llegue a territorio español, si no porta ningún otro tipo de visado (entendemos esto por su comentario de que entró únicamente con su pasaporte), dígase visado de estudios, ni permiso de residencia, usted se encuentra en una estancia de turismo, la cual no podrá superar los 90 días. Por tanto, le reiteramos la posibilidad de que en fronteras, al ver que se ha pasado del plazo, le impongan una prohibición de entrada. Esto puede suceder o no, pero dependerá del funcionario que la atienda en el aeropuerto. Le deseamos suerte en su viaje. Un cordial saludo.

          • Buenos días.
            Llegué a España como turista en diciembre del 2021 y regresé a mi país este mes de julio de 2022 haciendo un total de 226 días. En el aeropuerto no me dijeron nada y me pusieron un sello normal en el pasaporte.
            Cuándo podré volver a España?

            Gracias

          • Estimado Joseph, en ese caso lo recomendable es que usted vuelva a ingresar a territorio español luego de el mismo tiempo que pasó dentro de territorio español. Le recomendamos siempre mantenerse de manera regular. Si desea ampliar esta consulta o ayuda personalizada con el trámite, le recomendamos agendar una cita con nuestros expertos en https://www.tolentinoabogados.com/citas para que puedan evaluar su caso y brindarle la mejor opción.
            Un saludo

          • Hola buenos días una pregunta yo me estuve 9 meses en España de ilegal si quiero volver cuanto tiempo tengo q esperar o ya no puedo volvel muchas gracias de antemano

          • Estimada Rosa,

            Debe permanecer el mismo tiempo fuera, es decir, 9 meses para volver a ingresar. Le recomendamos ingresar y mantenerse de forma regular.

            Un saludo

    • Hola, tengo trámite de prórroga de visado de estancia de corta duración, quiero regresar ya a mi país. No tengo planes de regresar hasta un año. Podría tener algún problema con las autoridades? Tengo mi vuelo este sábado 09 de julio 2022

      • Estimado Graciano, no tendrá ningún problema con la situación que nos comenta. Un cordial saludo

    • Hola, me gustaría que me ayudaran con una consulta.
      Yo entré a España como turista el 17 de febrero 2022 y me excedí los 90 días, salí hasta el 9 de septiembre de este mismo año de forma voluntaria y por mis propios medios sin ningún proceso de expulsión. Al salir en el aeropuerto solo me sellaron el pasaporte de salida y no me notificaron nada más. Quisiera saber, ¿cuándo podría volver a ingresar a España? ¿Tengo que esperar seis meses para volver a entrar? Había leído en un artículo que no tengo prohibida la entrada, si no que debo esperar 3 meses por el primer semestre y otros 3 meses por el siguiente semestre, ya que el tiempo que me excedí cuenta para los siguientes semestres. Muchas gracias.

      • Estimado Alejandra,
        Si al salir el funcionario de inmigración no le emitió ninguna sanción ni le prohibió la entrada a España, usted podrá ingresar sin problema nuevamente, para ello se le recomienda pasar al menos 7 meses aproximadamente (tiempo que estivo dentro de España) fuera de territorio español para volver a ingresar nuevamente. Le recomendamos mantenerse de forma regular.
        Un saludo

    • Hola, mi nombre es pilar. Vine a Bulgaria porque mi pareja es futbolista y entre con el pasaporte argentino (Tengo el español y el nie vencido y en tramite en argentina) por lo que tengo que viajar ahora 2 meses excedido el tiempo a realizarlo, asi ya lo tengo el español y el cie nuevamente,

      Mi pregunta es si me van a hacer problema al salir, y después si voy a poder volver a entrar sin problema con el pasaporte español ya actualizado.

      • Estimada Pilar,

        Le recomendamos buscar la asesoría de un abogado especializado en temas de extranjería de Bulgaria, ya que nuestra especialización se centra en la legislación migratoria española. Sentimos no poder ofrecerle la ayuda específica que necesita.

        Un saludo

      • Buenas noches. Cordiales saludos. Estuve en España como turista por varios periodos en diferentes meses. Entré el 07 de junio y salí el 31 de julio (55 días) luego ingresé el 2 de septiembre y salí el 01 de octubre (30 días) y por último entré el 17 de noviembre y salí el 27 de diciembre (41 días). Cuando salí de España la última vez no me dijeron nada al respecto, pero mi duda es para cuando puedo regresar a España y si me pueden colocar alguna sanción al ingresar.
        Muchas gracias

        • Estimado Robinson,

          Se puede permanecer 90 días como máximo en un periodo de 180 días
          Pasados 180 días desde su entrada en España, se renueva el periodo de estancia y podrás disfrutar de 90 días nuevamente
          Las personas que vienen por 90 días a España, deben esperar 90 días más para volver a España.
          Si desea ampliar esta consulta, escribanos de forma gratuita en: https://www.tolentinoabogados.com/es/consulta-web-gratuita

          Un saludo y felices fiestas

  • Hola, yo estoy hace un poco mas de 3 meses en españa con mi pareja, estamos tratando de casarnos para que yo pueda obtener la residencia por familiar de comunitario. Por otro lado nosotros tenemos que volver a Argentina en mayo, mi duda es, en el caso de que no llegue a conseguirla para esa fecha y yo salgo voluntariamente del pais despues de haber estado 4 meses ilegal, puedo volver a entrar a España? tengo que esperar 90 dias para volver o no puedo por 5 años??

    • Estimada Narella. No le recomendamos salir del país hasta que obtenga documentación legal. Si abandona España, aunque sea de manera voluntaria, puede ser que le sellen en el aeropuerto su pasaporte. Todo quedará en manos del funcionario que le atienda, pero como usted menciona cabe la posibilidad que le impongan una sanción den entrada al territorio Schengen (1 -5 años). Además, la situación actual de la pandemia podría complicar aún más ese proceso si se endurecen las medidas de entrada a la UE. Nuestra recomendacion: no viaje hasta tener documentación legal. Saludos cordiales

    • Buenas esta mi situación tengo una pregunta tengo un visado de 6 meses con múltiple entradas y salidas pero por un periodo de 90 días máximo, ahora llegue a España en marzo 5 2022 y sigo en España hasta hoy mayo 25 , 2022 en unos dias cumplo mis primeros 90 días en Europa ahora mi intención es salir del territorio schegen y volver a entrar 3 días después para multiplicar otros 90 días es posible hacer eso...? Ya que estoy bajo un tratamiento médico de maternidad que no me permite moverme mucho pero debido a los límites de estancia en Europa no me puedo quedar más lo más lógico es salir por 2 días or 3 y volver a entrar y como soy de nacionalidad americana pero no entre en Europa como americana a que no se necesita visado para entrar en Europa pero esta vez entree con mi nacionalidad de mi país natal que es donde tengo un visado de 6 meses y un máximo de estancia 90 dias que me aconsejarian.

      Gracias

      • Estimada Lourdes, usted puede permanecer como turista en España por un plazo máximo de 90 días por un periodo de 180 días. Es decir, si usted ya ha cumplido los 90 días, deberá esperar otros 90 para volver a ingresar a territorio español. Un cordial saludo

  • Hola, soy de Lima. Vine a España el dia 16 de setiembre del 2021 y retorne a mipai el dia 28 de octubre. Luego el dia 30 de noviembre regrese a Madrid y mi consulta es de hasta que fecha podre quedarme?
    Gracias de antemano por su tiempo

    • Estimada. Tendría hasta el día 15 de enero para que se cumpla el plazo de sus 90 días como turista. Saludos cordiales

      • Una consulta mas. En que fecha podria volver a Madrid?
        Y muchas gracias por atenderme.

        • Estimado dentro del plazo que se le indicó, debe regresar a España para su renovación. Saludos cordiales

      • Hola mi nombre es Juan Martin yo estuve 5 meses en españa como turista, excedi los 90 dias. Me gustaría volver con mi pareja que tiene pasaporte italiano. Es posible que me dejen entrar? Se que rompi la ley de extranjeria porque me excedi de los 90 dias pero me fui voluntariamente. Que posibilidades tengo de volver a entrar? Muchas gracias!

        • Estimado Juan Martin. Si al salir de España no le sellaron el pasaporte y no le dieron una resolución de denegación, entonces no tendrá problemas para volver a entrar al país. Saludos cordiales

          • Viví en forma ilegal aen España, me fui voluntriamente no me dijeron nada y me sellaron el pasaporte normal ya hace 2años puedo volver?

          • Estimado William, si al salir del país no le impusieron ninguna prohibición de entrada, usted podrá regresar cuando desee sin problemas. Saludos cordiales

          • Hola SOY PERUANA tengo una consulta viaje a España en noviembre 2019 CON MI FAMILIA el tiempo de turimo era 90 días,vencía 13 DE febrero 2020,me pase casi 1mes COMPRE MIS PASAJES Y YENIA MI VUELO PARA /16 MARZO 2020 VINO LA PANDEMIA Y CERRARON AEROPUERTO EN ESPAÑA Y EN MI PAIS,tuve k quedarme obligatoriamente ya que no habían salidas por medidas de gobierno!
            En agosto del 2020 solicite vuelos de repatriación por medio de consulado peruano y me regresé CON MI FAMILIA a mi país !
            EN EL AEROPUERTO DE MADRID NO ME DIJERON NADA Y SELLARON MI PASAPORTE COMO SALIDA NORMAL Mi pregunta es si PUEDO VOLVER A ENTRAR A ESPAÑA?

          • Estimada Zadith, le indicamos que, si al salir de España no le impusieron ni le comunicaron ninguna prohibición de entrada al territorio, usted podrá volver a ingresar a territorio español sin problemas. Saludos cordiales

          • Buenas tardes doctor disculpe q le moleste pero estoy preocupada, mi pregunta es yo viaje en el 2016 a Francia pero d ahí me pase a Barcelona , me quedé seis meses,me pase los tres meses como turista ,puedo volver a regresar a España? Xfavor respóndame.

          • Estimada Cristina,

            Dado que eso ocurrió en 2016 ya se le renovaron los 90 días como turista, de manera que puede ingresar sin problema. Le recomendamos mantenerse de manera regular.

            Un saludo

          • Hola buen dia , soy mexicano me empadrone hace 1 año y medio pero sali 6 meses a mexico y acabo de regresar a españa , hare cambio de empadronamiento mi pregunta es si quisiera tramitar arraigo social , ¿mi antiguedad cuenta desde mi primer empadronamiento o se pierde por haber salido a mexico y mi antiguedad empezaria a contar desde este ultimo empadronamiento que hare en estos dias ?

    • Buenas, le consulto soy comunitario y llegamos con mi familia argentina a españa hace 2 meses, hicimos el empadronamiento y yo pude sacar el dni y tengo contrato de trabajo, el tema es que mi mujer y mis hijos tienen que viajar antes que se cumplan los 3 meses a argentina, estar 1 mes es argentina y volver a españa, es posible que hagan ese viaje? Sin tener problemas en la entrada, presentando mi documentación, o lo van a tomar como turismo?
      Por tema de tiempos todavía no pudimos presentar la documentación para realizar la tarjeta de residencia. Gracias!!

      • Estimado Esteban, un gusto saludarle. Su esposa e hijos pueden viajar a Argentina, pues se encuentran en el tiempo de turismo, sin embargo, deberán pasar 03 meses fuera para luego poder ingresar nuevamente como turistas, sin embargo, se pueden tramitar desde ya la solicitud de residencia para que no tengan que salir de territorio español. Para poder ayudarle necesitamos conocer más detalles de su situación particular.

        Agende cita con nuestros expertos a través de nuestra página web: https://www.tolentinoabogados.com/citas.

        Un saludo.

  • Hola!, una pregunta, llevo 3 años ilegal en españa, viajare ami país por una urgencia medica familiar, por un mes en total, de todas formas estoy a la espera de la resolución de mi residencia pero viajare sin la respuesta, puedo volver a ingresar si tengo un pasaporte nuevo y además entro por otro país?

    • Estimada Anaís. No le recomendamos viajar hasta que no obtenga su residencia. Cuando vaya a fronteras y se den cuenta de que lleva 3 años residiendo de forma irregular, puede ser que le pongan una restricción de entrada que quedara registrada en la base de datos de toda la unión Europea. No importa si cambia de pasaporte, sus datos seguirán registrados y no podrá entrar ni por un tercer país. Saludos cordiales

    • presente mi visado inicial de estudiante en españa en noviembre y solo tengo mi justificante, por que un no me dan mi resolución ya que está tomando más tiempo debido al COVID y a las altas solicitudes de visados. Puedo viajar a otro país de la UE con mi justificante?

      • Estimada Jimena, en teoría usted puede viajar dentro de la UE con el justificante, ya que no existen fronteras. Sin embargo, por nuestra parte, le recomendamos que no viaje hasta que esté la resolución de su estancia por estudios. Saludos cordiales

    • Hola, me gustaría saber si saliste y te dijeron algo en migración. Tengo 1 año, estoy igual en tramites de residencia, pero tengo que salir antes del 30 de noviembre. Y no creo me den respuesta antes de esa fecha.

      • Estimada Karla,
        Es posible que a la salida del país el funcionario de inmigración le emita una multa o le prohíba la entrada al territorio español hasta por 5 años. Si al salir el funcionario no se percata de que se pasó más del tiempo debido, debe tener presente que podrá volver a ingresar a España y a la UE tras pasar el doble de tiempo que pasó dentro.
        Si necesita ayuda con algún trámite estaremos encantados de ayudarla, para ello agende cita en https://www.tolentinoabogados.com/citas
        Un saludo

  • hola, estuve dos años en espacio Shengen (Belgica) y lo justifiqué cuando salí del aeropuerto de Frankfurt con un agente de la aduana y solo me puso el sello de salida normal sin ninguna clase de sello de deportación o alguno diferente.
    No fuí retenido ni mi pasaporte.
    Podría volver a entrar a zona Shengen después de los 180 días?
    Esto por que estoy a punto de tramitar mi visa estudiantil.

    • Estimado Joaquín. Si está tan seguro que el funcionario que le atendió no le registro en la base de datos de la zona Schengen con ningún tipo de restricción de entrada pues entonces podrá volver a entrar sin problemas. Saludos cordiales

    • Buenas tardes, estoy por viajar a españa como turista,pero quiero buscar empleos en los campos de galicia, en dado a que consiga dicho empleo,¿puedo quedarme mas de los 90 dias y justificarlos? Asi el empleo sea en negro

      • Estimada Jhoxana. Si no cuenta con una nacionalidad o residencia de la unión europea no podrá trabajar entrando como turista a no ser que sea mediante PAC (personal altamente cualificado) o cambiar a visa de turismo. Saludos cordiales

    • Hola, mi resolución de Tarjeta temporal de familiar comunitario es favorable y ya me tomaron las huellas. Pero no me entregan la tarjeta en físico. Puedo viajar a Argentina y luego de mi postparto regresar a España sin problema.?? Leí que en cuestiones de postparto hay consideración con salidas y tiempos de regreso. Gracias

      • Estimada Mica, en su caso le indicamos que para hacer esto que nos comenta, deberá solicitar ante una Comisaría nacional de Policía una Autorización de Regreso, la cual le permitirá realizar su estancia de postparto en el exterior y regresar a España sin problemas. Si necesita ayuda con el trámite, agende cita en https://www.tolentinoabogados.com/citas . Saludos cordiales

      • Hola pienso viajar por Europa y realizar 2 voluntariados y visita a familiares por un tiempo menor a 180 días , mi entrada es por España y posteriormente Italia, Dinamarca y Alemania , esta posible ? Que debo hacer para poder tener este tiempo de estadía???

        • Estimada Magda,

          Debe tener en cuenta que el tiempo máximo de la estancia de turismo es de 90 días. Las personas que vienen por 90 días a España, deben esperar 90 días más para volver a España.
          Si desea ampliar esta consulta escribanos en https://www.tolentinoabogados.com/es/consulta-web-gratuita/ , nuestro equipo de expertos le responderá a la mayor brevedad de forma 𝐠𝐫𝐚𝐭𝐮𝐢𝐭𝐚

          Un saludo.

  • ¡Hola! Quería plantearos una cuestión, voy a casarme con una mujer extranjera y la idea es que llegue a España con visado de turista válido por mes o mes y medio. El problema que temo es que el expediente matrimonial se dilate y nos tengamos que casar fuera de plazo, con lo que se encuentre temporalmente de manera irregular en España.

    A pesar de ello, ¿sería esta la mejor manera de proceder? ¿No habría problemas al acudir a la policía una vez casados para solicitar su tarjeta de residencia por 5 años de duración al estar ella en situación irregular?

    • Estimado. Si efectua un matrimonio con su pareja, solo debe realizar la inscripción de su matrimonio en el registro civil. Aunque ciertamente este proceso se demora, al mismo tiempo se puede solicitar una residencia por pareja estable no registrado presentado el matrimonio como prueba, de esta manera no estará ilegal. Le recomendamos de todas maneras, que realicé una cita con nuestros expertos para que puedan evaluar su caso y brindarle la mejor opción. Saludos cordiales

    • Hola buenas tardes soy colombiano estuve en España como turista en el2028 y me pase 1 mes y cinco días después de los noventa dias y por cuestión de enfermedad ,salí voluntariamente y me sellaron la salida en Madrid mi pregunta es quieto volver como turista por 20 dias en este mes esa situación podría tener alguna repercusión para q me nieguen la entrada

      • Estimado Félix. Si le sellaron el pasaporte, deberá saber cuanto tiempo de restricción de entrada le impusieron. Suele ser de 1- 5 años y esos datos quedan registrados en la base de datos de la zona Schengen por lo que aun si ha cambiado de pasaporte, podrían denegarle la entrada. Saludos cordiales

    • Hola buenas tardes, me vine a españa con visa de estudios de enero 2021 a enero 2022, solicité una prórroga de estudios que me la dieron hasta finales de 31 de mayo de este año. Quiero estudiar otro máster pero empieza en octubre, puedo comenzar ya con los trámites, pero no sé si pueda solicitar otra prórroga de estudios por un año más.
      Por otra parte, en julio tengo planeado un viaje a italia, ¿podría viajar cómo turista esos 15 días y luego regresar a españa, suponiendo que mi prórroga esté en trámite?

      • Estimada Andrea, le indicamos que si el contenido del nuevo máster está relacionado con los estudios anteriores, podrá solicitar una nueva prórroga de estudios. En caso contrario, deberá volver a solicitar una estancia por estudios inicial. Si su prórroga está en trámite, podrá viajar a Italia con su resguardo de solicitud sin problemas. Si desea ampliar esta consulta, agende cita en https://www.tolentinoabogados.com/citas . Saludos cordiales

  • Hola soy colombiano ya tengo mas de 90 dias de estar en españa me voy para colombia es posible que migracion me deje ingresar a catar por que incumpli el permiso en europa
    Gracias

    • Estimado. Si ha sobrepasado el tiempo de estancia como turismo, puede ser que le sellen el pasaporte al salir de España. Ahora esto no debería implicar nada para el resto de los países fuera de la zona Schengen, pero si revisasen su pasaporte y le ven esta marca pudiera tomarlo en cuenta para impedirle su entrada. Saludos cordiales

    • Buen día. Hace tres llegue a España ( mi esposa e hija, los 3) pero no tengo sello de ingreso x Barcelona entramos por países bajos, una vez acá solicitamos o tenemos cita para dentro de un año como refugiados. Que posibilidad hay antes de ese tiempo para obtener permiso de trabajo o residencia. Alguna orientación.

  • Buenos días. Ayer día 21 de enero del 2022, mi madre de 80 años, cogió un vuelo en el aeropuerto de Barajas de regreso a Santiago de Chile, después de haber estado 100 días de vacaciones en España. En el control de aduana el policía que le atendio le dijo que se había excedido en los días que le estaban permitidos estar en el país y que seguramente tendría una sanción que iría entre los 3 Y LOS 10 AÑOS sin poder entrar nuevamente a España, Lo cual nos ha parecido exagerado. Hemos llegado a pensar que el policía estaba de broma.
    Es posible que reciba una sanción así por excederse 10 días y teniendo en cuenta su edad y que ha abandonado el país voluntariamente???....gracias de antemano por vuestra respuesta

    • Estimada Maria. Si, tal como le explico el funcionario, el haberse excedido del tiempo que le corresponde, se le puede poner una sanción de entrada al territorio Schengen. Generalmente por tan pocos días no suele pasar, pero, siempre queda a disposición del funcionario que le atienda. Revise el pasaporte de su madre, para ver si le han puesto un sello en él, y debe saber que tiempo de restricción le han puesto. Saludos cordiales

  • Buenas noches, muchas gracias anticipadas por su tiempo y atención a mi consulta. Ingresé a territorio Schengen como turista sin necesidad de visa el 09 de octubre de 2021, estuve en España y Holanda hasta el 25 de octubre de 2021 en que retorné a Perú, mi país de origen; en total permanecí en Europa por 16 días. Voy a volver a ir como turista a España, llego a Valencia el 09 de febrero y regreso a Perú el 08 de mayo 2022. El periodo de 180 días desde mi primer ingreso a Schengen va del 09 de octubre 2021 al 07 de abril 2022; tengo entendido que no debo exceder los 90 días de permanencia en dicho periodo. Si sumo los días de mi primera estancia (Del 09 al 25 de octubre 2021), más los de mi segunda estancia sumarían 73 días hasta el 07 de abril, en teoría no he excedido los 90 días de permanencia en el periodo que va del 09 de octubre 2021 al 07 de abril 2022, los 180 días. Aquí viene mi consulta. ¿Es necesario que salga de suelo Schengen el 07 de abril 2022 y vuelva a ingresar ya que a partir del 08 de abril 2022 inicia mi siguiente periodo de 180 días? O es posible que permanezca en suelo Schengen hasta el 08 de mayo 2022 como tengo planeado, ya que a partir del 08 de abril inicia mi siguiente periodo de 180 días? Muchas gracias desde ya por su respuesta.

    • Estimada Flor. Aunque le sobren días de los 90 como turista, si se le vencerá el plazo de los 180 por lo que deberá salir de la zona Schengen y volver a entrar para que se reinicie su tiempo de estadía. Saludos cordiales

        • Gracias a usted. Nos alegra haberla podido ayudar en sus dudas migratorias. Un cordial saludo.

        • Buenas noches una pregunta, yo hice una carta de ibitacion a mi sobryna para venir visitar un familiar enfermo,después de unos días estando aquí en España se matriculó en una escuela de indioma,solicitó un permiso de estudiante antes de completar los 90 dias , que sigue en tramite..todavía me puedes multar por haver hecho una carta de ibitacion a ella? Muchas gracias de antemanl

          • Estimada, en efecto, existe una probabilidad de que usted reciba una sanción económica por haberle puesto una carta de invitación a su sobrina y que esta haya decidido alargar su estancia a más de 90 días en territorio español. Saludos cordiales

  • Buenas tardes, Llegué a Italia a hacer mi reconocimiento por ciudadania por mis antepasados italianos. Viajaré con mi marido y con mi hijo. Cuando termine con mis trámites, mi marido pasados los 90 días, estará irregular. Pero mi hijo y yo no, ya que saldremos de Italia ya siendo ciudadanos. De hecho mi marido tiene que estar presente para que le den el pasaporte a mi hijo. Esto es así? Él sale conmigo de Italia pasados los 90 días, pero al estar casado con una ciudadana ya no tiene ningún problema, no?

    • Estimada Ivana. Ante todo le indico que nuestro despacho asesora en base a la normativa española respecto de cuestiones de migración en territorio español. Pese a ello, le adelanto que el visado de turismo es independiente de estar casado o no con ciudadano europeo por lo que su marido se expone a la posibilidad de que le sellen el pasaporte por haberse pasado del período legal de 90 días. Podrán solicitarle residencia como cónyuge de ciudadana italiana lo cual le evitará dicho problema. Saludos cordiales

    • Buenas tardes. Siendo argentino pero con ciudadanía y pasaporte italiano también rigen los 90 días máximo en UE?
      Gracias!

      • Estimado Pablo,

        Sí ingresa y hace sus viajes con pasaporte italiano no le rige la regla de los 90 días de estancia de turismo.

        Un saludo

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