In Visados

Una gran duda entre los extranjeros que viajan a España es cual es el tiempo máximo de estancia legal y la posibilidad de ampliar el plazo del visado.

En principio, la estancia como turista en España y la Unión Europea, ya sea con visado o sin él, no puede exceder  90 días por cada período de 180 días, contados a partir de la fecha de la primera entrada. Resaltamos que el cómputo se hace por días, no por meses.

Esos 90 días pueden ser ininterrumpidos o sumados en varios periodos. Así, puedes entrar una vez y estar 90 días seguidos, o varias veces, siempre que la suma de los días de todos estos viajes sea igual o inferior a 90 y que tu visado te lo permita.

Ejemplo: Entras a España y estas un periodo de 30 días, viajas luego a Asia y permaneces 1 semana y al volver a España aún te quedarían 60 días de estancia legal.

Una vez que hayas consumido los 90 días no podrás volver a solicitar un visado hasta haber pasado los 180 días desde tu entrada a la Unión Europea.

Ejemplo: Si entraste como turista en España el 1º de enero de 2020, estuviste ininterrumpidamente y saliste el 30 de marzo de ese año, no podrías regresar como turista hasta el 1º de julio de 2020.

¿Puedo prorrogar mi estadía más allá del tiempo límite?

Para explicar este tema debemos distinguir entre: aquellos ciudadanos que necesiten un visado de turismo para entrar a territorio español y aquellos que no.

En el primer caso (países que necesitan visado para entrar a España) su estancia legal máxima será de solo 90 días. Puede darse el caso, que el visado inicial haya sido tramitado por una duración de 30 días y este visado puede prorrogarse hasta un máximo de 90 días.

Por otra parte, los ciudadanos que no necesitan un visado para entrar a España podrán quedarse en España durante un plazo máximo de 90 días y si quieren ampliar ese plazo será posible hasta un máximo de otros 90 días, haciendo un total de 180 días de estancia legal.

En ambos casos, es muy importante señalar que obtener la prórroga de extensión del visado de turismo es una tarea muy complicada. Se deben presentar razones o motivos que son muy restrictivos, como de enfermedad o accidente que le impidan volver a su país de origen.

Esto suele deparar en que la gran mayoría de las solicitudes sean rechazadas, y en este caso vienen acompañadas de un requerimiento de salir del país de forma casi inmediata.

¿Ese plazo aplica solo a la estancia en España? 

No, debido a que en los países del espacio Schengen no hay propiamente fronteras, dicho plazo computará independientemente del lugar a donde viajes.

Por lo que no podremos estar 90 días en España como turismo, luego 90 en Italia y 90 en Holanda, por ejemplo.

¿Qué pasa si me quedo más de 90 días como turista? 

Pasarías a estar en situación irregular en España. De acuerdo con el artículo 53.1.a de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (la llamada Ley de Extranjería), esto es considerado una infracción grave de la ley, que se sanciona o con una multa  (de entre 501 y 10.000 euros) o con la expulsión del territorio europeo, tomando en cuenta las circunstancias de hecho, y luego de un procedimiento sancionador. 

En caso de validar la expulsión, también pueden imponerte la prohibición de entrada a la Unión Europea por un lapso de hasta 5 años (de nuevo, dependiendo de la gravedad de la infracción). La infracción quedará registrada en las bases de datos de todos los aeropuertos del Espacio Schengen, así como en sus fronteras terrestres. Eso significa que, aunque consigas un nuevo pasaporte, mantendrás la prohibición de entrada.

Estuviste más de 90 días como turista en España: La sanción no es automática 

Es de suma importancia aclarar que el hecho de que estés en situación irregular no significa que automáticamente le vayan a abrir un proceso sancionador. Todo dependerá de si las autoridades lo detectan, es decir, si te llegasen a solicitar los documentos y comprueban que no posee residencia o estancia legal. 

Actualmente, hay extranjeros de manera irregular en España durante muchos meses o incluso años para que, al cabo de un determinado tiempo y cumpliendo requisitos exigidos por ley, puedan solicitar una residencia por causas excepcionales (arraigo social, laboral, familiar, etc.) En nuestra web tenemos varios artículos donde abordamos dichos procedimientos.

Estuve más de 90 días como turista en España ¿Podré regresar a España? 

Sí, siempre y cuando abandones voluntariamente habiendo excedido los 90 días. En este caso, te detendrán las autoridades en el aeropuerto hasta que sea capaz de abordar un vuelo a tu país de origen. Una vez devuelto a tu país, se aplica el criterio del tiempo máximo por 180 días. 

Lo anterior es teóricamente, pues en la práctica, dependerá del juicio del funcionario de inmigración y si se percata o no de que la persona ha excedido los 90 días.  

Si tienes dudas, nuestros abogados y expertos pueden ayudarte

Enlaces de interés:

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Showing 580 comments
  • Nicolás H
    Responder

    Hola, muy bueno el artículo, me aclaró muchas cosas. Quedo con una pregunta. Si, por ejemplo, estoy tres meses (90 días) con visa de estudiante en España, Italia o en algún país de la región Schengen, una vez vencidos esos tres meses de visa de estudiante, ¿tengo la posibilidad de quedarme 90 días más como turista? Muchas gracias de antemano.

    • Responder

      Estimado. Los visados de estudios son de un mínimo de 6 meses. Cuando se le venza tiene hasta 90 días para prorrogar ese visado o regresar a su país. Estos 90 días no tienen nada que ver con la estancia de turismo y no es posible salir tras esos 90 dias y volver a entrar nuevamente como turista por 90 días más. Saludos cordiales

      • sebastian
        Responder

        Muy interesante la información, entonces en el caso de que una Visa se venza en Enero y la persona se este hasta Marzo (dos meses) y después salga de Europa..en cuanto tiempo se puede volver como turista ? ya que dices que después de estos 90 días no es posible entrar como turista.

        • Responder

          Estimado, una vez que haya consumido los 90 días de su visado de turismo, no podrá volver a solicitar un visado hasta haber pasado los 180 días desde su entrada a la Unión Europea. Saludos

          • Mateo

            Hola queria saber , si entro Andorra y sello mi pasaporte ala entrada , y salgo a las 2meses de ANdorra mis dias en espacio Schengen quedan congelados ?
            ejemplo
            entre el 1 a españa, sali andorra el 8 de octubre y sali el 9 de diciembre , en tenoria me quedarian 82 dias en el schengen ???

          • Estimado Mateo,

            El tiempo de turista corresponde a 90 días si usted es de nacionalidad de alguno de los países que no precisan visado de entrada. Dicho tiempo empieza a correr desde el inicio de su viaje. Si desea ampliar esta consulta o ayuda personalizada con algún trámite, le recomendamos agendar una cita con nuestros expertos en https://www.tolentinoabogados.com/citas para que puedan evaluar su caso y brindarle la mejor opción.

            Un saludo y feliz 2023.

          • Maria

            Si estuve más de 90 días en España, cuando puedo regresar?

          • Estimada María,

            Lo recomendable es que usted vuelva a ingresar a territorio español luego del mismo tiempo que pasó dentro de España. Le recomendamos siempre mantenerse de manera regular.

            Un saludo

        • Monica
          Responder

          HolaDr yo soy ciudadana cubana , vine con una visa shengue y pase los 90 dias , ahora quiero regresar a nicaragua que es libre visado para nosotros los cubanos , podria tener algun inconveniente ya que voluntariamente me iria por mis propios medios, grasias de antemanos

          • Estimada Mónica,

            Al salir de España, existe la posibilidad de que las autoridades de inmigración le apliquen una sanción o le prohíban la entrada al país si detectan que su estancia ha superado los 90 días permitidos. Es importante que tenga en cuenta que, para poder reingresar, deberá permanecer fuera de España durante un periodo igual al de su estancia previa. Recomendamos mantener su situación migratoria de manera regular para evitar inconvenientes.

            Un saludo

        • Kevin
          Responder

          Buen día,
          Realicé una solicitud de visado de +180 días en agosto de este año y después de semanas de espera me han rechazado mi solicitud por «solvencia económica insuficiente», aún cuando ya tenía pagado con pruebas el Máster, mi alquiler, seguro, etc y con el antecedente de haber viajado a España de intercambio académico en 2021.

          «La presente resolución no pone fin a la vía administrativa según lo dispuesto en la Disposición Adicional Decimocuarta del R.D. 557/2011, de 20 de abril, pudiendo interponer contra la misma recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dicta el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999de 13 de enero, o impugnarlo directamente ante el Juzgado de lo Contencioso administrativo competente en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en los artículos 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa»

          Mi duda puntualmente es:
          – ¿Qué es más conveniente? Firmar y aceptar la resolución para continuar un proceso nuevo en España ante una presentación (me lo han recomendado en mi escuela) entrando como turista pero iniciando el proceso allá en Enero?
          – No firmar y proceder con la apelación, presentando nuevos documentos pero esto sería más tardado y reteniendo aún mis documentos.

          Gracias.

          • ¡Estimado Kevin, Gracias por tu consulta! Cada caso es único, y tanto apelar como iniciar un nuevo proceso en España tienen pros y contras. La apelación puede ser más lenta, pero permite defender tu solicitud con nuevos documentos, mientras que empezar desde España como turista implica riesgos legales que deben evaluarse.

            Te invitamos a agendar una consulta gratuita con nosotros para analizar tu situación y ofrecerte la mejor solución. Esto nos permitirá asesorarte sobre la mejor estrategia y garantizar que tus derechos sean respetados. ¡Contáctanos, estamos aquí para ayudarte! Agenda una consulta en https://www.tolentinoabogados.com/citas.

    • Amelia
      Responder

      Una consulta, mi madre es de Perú y se pasó los 3 meses en España por el tema de la pandemia covid 19 pero salió voluntariamente, solo a su salida en el aeropuerto le sellaron el pasaporte pero no le comunicaron nada al respecto, su duda es si ella podrá regresar a España?

      • Responder

        Estimada Amelia, si le sellaron el pasaporte y no le comunicaron ninguna prohibición de entrada al territorio, podrá volver a ingresar sin problemas 90 días después de su salida, si así lo desea. Saludos cordiales

      • Yousra
        Responder

        Hola tengo una pregunta porfavor ,yo tengo la nacionalidad española pero mi hija de 2 años tiene la británica, si pasa los 90 días en españa habrá algún problema al salir puesto que quiero pedirle la nacionalidad española el consulado español al regresar a inglaterra.gracias

        • Responder

          Estimado Yousra,

          Lo recomendable es que no pase de los 90 días de turismo, igualmente puede solicitar la nacionalidad por opción de su niña y no perderá la nacionalidad británica.

          Le recomendamos agendar cita con nuestros expertos a través de nuestra página web: https://www.tolentinoabogados.com/citas

          • Milena Ayala

            Hola mi nombre es Milena soy de Ecuador y me pase de los 90 días como turista actualmente tengo 180 días y me encuentro en España pero en el periodo de 90 días solicité una visa estudiantil porque actualmente estoy en la universidad pero aún no tengo una respuesta ,que sanción puedo tener? O habrá una posibilidad de regresar a mi país y regresar a España

          • Estimada Milena,

            Si has superado los 90 días como turista, estás en situación irregular, lo que podría resultar en sanciones (normalmente una multa). Ahora bien, si solicitaste la visa de estudiante dentro del plazo permitido, puedes permanecer en España mientras se resuelve tu solicitud. Recomendamos esperar la resolución antes de salir de España, ya que salir podría complicar el trámite e interpretarse como un abandono de la solicitud. Si decides regresar a Ecuador, deberías recoger la visa aprobada en el consulado, lo que retrasaría tu regreso.

            Para un asesoramiento personalizado, agenda una consulta en https://www.tolentinoabogados.com/citas. ¡Estamos aquí para ayudarte!

            Atentamente,
            Tolentino Abogados

      • Andres Echeverry
        Responder

        Hola muy buenas Noches una pregunta
        Me llamo Andres soy colombiano
        Llevo 4 meses y 15 días acá en españa
        Dentro como turista si quiero volver a mi país de origen es verdad que me pueden sancionar muchas gracias

        • Responder

          Estimado Andrés,

          Si al momento de su salida el oficial detecta que ha estado más del tiempo permitido, es posible que le imponga una sanción o le restrinja el ingreso a España por un periodo de hasta 5 años. Le recomendamos siempre mantenerse de forma regular.

          Un saludo

      • Margot
        Responder

        Hola, yo estuve 9 meses en España y quisiera volver a ir en unos años más adelante. Será que podría volver a ingresar o realmente ya no se podría?

        • Responder

          Estimada Margot,

          Para poder responder a su pregunta y ofrecerle una respuesta ajustada a su caso, necesitamos conocer en detalle su situación. Es necesario confirmar si al momento de salir de territorio Schengen fue multada por el oficial de migración o si sellaron su pasaporte con prohibición de entrada hasta cumplir un plazo en específico.

          Le recomendamos agendar una cita con uno de nuestros expertos para brindarle una asesoría personalizada y ofrecerle acompañamiento en el proceso de ingresar nuevamente a territorio Schengen. Le invitamos a visitar nuestra página web https://tolentinoabogados.com/citas y agendar una cita con nosotros.

          Un cordial saludo,

          Tolentino Abogados

        • Deysi
          Responder

          Hola, muy buen articulo gracias estuve por 5 meses en situación irregular en Italia. Cuando salí por España el oficial me dijo que me sancionaria por 5 – 10 años para entrar a Europa el puso el sello del día que salí voluntariamente. Pero no se si es el sello de la sanción y adicional. Como puedo volver a ingresar legalmente es posible con un contrato de trabajo? mi novio es de Italia como podemos hacer gracias

          • Hola, gracias por su consulta. Es posible que el sello en su pasaporte indique la salida, pero no necesariamente la sanción; esta suele comunicarse por escrito. Si le han impuesto una prohibición de entrada, regresar a Europa antes de que termine el período de sanción sería difícil. Sin embargo, en algunos casos, se puede solicitar un visado de trabajo, aunque la sanción podría complicar el proceso. También puede explorar la posibilidad de reagrupación familiar si formaliza su relación con su novio italiano, pero debe verificar primero si su sanción lo permitiría. No obstante, es crucial obtener asesoramiento específico sobre su situación y brindarle una asesoría personalizada, le recomendamos agendar una cita con uno de nuestros expertos a través de nuestra página web: tolentinoabogados.com/citas. Un cordial saludo

    • Fernanda Jiménez
      Responder

      Entré a España el 12 de enero de 2022 y regreso a México el 21 de abril de 2022. Cuando compré mis vuelos no me di cuenta que ese plazo de tiempo son 100 días, 10 más de los que permite el NIE, necesito saber qué hacer para que no haya problemas con mi regreso a México y para futuros regresos a España.

      El NIE me fue otorgado el 24 de enero de 2022.

      • Responder

        Estimada Fernanda, si usted entró a España con visado de turismo, no podrá exceder los 90 días establecidos, si lo hace y sale a los 100 como nos comenta, se puede exponer a que le establezcan una prohibición de entradas futuras, en fronteras, una vez abandone el territorio español. Le recomendamos modificar la fecha de su pasaje de regreso. Un cordial saludo

        • Fernanda Jiménez
          Responder

          Soy mexicana, entré únicamente con mi pasaporte. Y aquí vine a hacer mis prácticas profesionales con mi NIE del 17 de enero al 15 de abril.
          Ya no puedo cambiar el vuelo.

          • Estimada Fernanda, en efecto, al ser usted mexicana no necesita un visado de turismo para ingresar a España, sin embargo, se entiende que una vez llegue a territorio español, si no porta ningún otro tipo de visado (entendemos esto por su comentario de que entró únicamente con su pasaporte), dígase visado de estudios, ni permiso de residencia, usted se encuentra en una estancia de turismo, la cual no podrá superar los 90 días. Por tanto, le reiteramos la posibilidad de que en fronteras, al ver que se ha pasado del plazo, le impongan una prohibición de entrada. Esto puede suceder o no, pero dependerá del funcionario que la atienda en el aeropuerto. Le deseamos suerte en su viaje. Un cordial saludo.

          • María Paz

            Hola fernanda, como solucionaste tu caso?? debiste conseguir visa?

          • Joseph

            Buenos días.
            Llegué a España como turista en diciembre del 2021 y regresé a mi país este mes de julio de 2022 haciendo un total de 226 días. En el aeropuerto no me dijeron nada y me pusieron un sello normal en el pasaporte.
            Cuándo podré volver a España?

            Gracias

          • Estimado Joseph, en ese caso lo recomendable es que usted vuelva a ingresar a territorio español luego de el mismo tiempo que pasó dentro de territorio español. Le recomendamos siempre mantenerse de manera regular. Si desea ampliar esta consulta o ayuda personalizada con el trámite, le recomendamos agendar una cita con nuestros expertos en https://www.tolentinoabogados.com/citas para que puedan evaluar su caso y brindarle la mejor opción.
            Un saludo

          • Rosa moreno

            Hola buenos días una pregunta yo me estuve 9 meses en España de ilegal si quiero volver cuanto tiempo tengo q esperar o ya no puedo volvel muchas gracias de antemano

          • Estimada Rosa,

            Debe permanecer el mismo tiempo fuera, es decir, 9 meses para volver a ingresar. Le recomendamos ingresar y mantenerse de forma regular.

            Un saludo

    • Graciano Sixto Edu
      Responder

      Hola, tengo trámite de prórroga de visado de estancia de corta duración, quiero regresar ya a mi país. No tengo planes de regresar hasta un año. Podría tener algún problema con las autoridades? Tengo mi vuelo este sábado 09 de julio 2022

    • Alejandra Torres
      Responder

      Hola, me gustaría que me ayudaran con una consulta.
      Yo entré a España como turista el 17 de febrero 2022 y me excedí los 90 días, salí hasta el 9 de septiembre de este mismo año de forma voluntaria y por mis propios medios sin ningún proceso de expulsión. Al salir en el aeropuerto solo me sellaron el pasaporte de salida y no me notificaron nada más. Quisiera saber, ¿cuándo podría volver a ingresar a España? ¿Tengo que esperar seis meses para volver a entrar? Había leído en un artículo que no tengo prohibida la entrada, si no que debo esperar 3 meses por el primer semestre y otros 3 meses por el siguiente semestre, ya que el tiempo que me excedí cuenta para los siguientes semestres. Muchas gracias.

      • Responder

        Estimado Alejandra,
        Si al salir el funcionario de inmigración no le emitió ninguna sanción ni le prohibió la entrada a España, usted podrá ingresar sin problema nuevamente, para ello se le recomienda pasar al menos 7 meses aproximadamente (tiempo que estivo dentro de España) fuera de territorio español para volver a ingresar nuevamente. Le recomendamos mantenerse de forma regular.
        Un saludo

    • Pilar
      Responder

      Hola, mi nombre es pilar. Vine a Bulgaria porque mi pareja es futbolista y entre con el pasaporte argentino (Tengo el español y el nie vencido y en tramite en argentina) por lo que tengo que viajar ahora 2 meses excedido el tiempo a realizarlo, asi ya lo tengo el español y el cie nuevamente,

      Mi pregunta es si me van a hacer problema al salir, y después si voy a poder volver a entrar sin problema con el pasaporte español ya actualizado.

      • Responder

        Estimada Pilar,

        Le recomendamos buscar la asesoría de un abogado especializado en temas de extranjería de Bulgaria, ya que nuestra especialización se centra en la legislación migratoria española. Sentimos no poder ofrecerle la ayuda específica que necesita.

        Un saludo

      • Robinson
        Responder

        Buenas noches. Cordiales saludos. Estuve en España como turista por varios periodos en diferentes meses. Entré el 07 de junio y salí el 31 de julio (55 días) luego ingresé el 2 de septiembre y salí el 01 de octubre (30 días) y por último entré el 17 de noviembre y salí el 27 de diciembre (41 días). Cuando salí de España la última vez no me dijeron nada al respecto, pero mi duda es para cuando puedo regresar a España y si me pueden colocar alguna sanción al ingresar.
        Muchas gracias

        • Responder

          Estimado Robinson,

          Se puede permanecer 90 días como máximo en un periodo de 180 días
          Pasados 180 días desde su entrada en España, se renueva el periodo de estancia y podrás disfrutar de 90 días nuevamente
          Las personas que vienen por 90 días a España, deben esperar 90 días más para volver a España.
          Si desea ampliar esta consulta, escribanos de forma gratuita en: https://www.tolentinoabogados.com/es/consulta-web-gratuita

          Un saludo y felices fiestas

    • Rebeca
      Responder

      Saludos. Yo solicité una visa italiana por asuntos familiares en República Dominicana yo estoy casada con un italiano, residente en República Dominicana. El caso es, que yo no entendí el tema de los 180 días, y excedí por 6 meses la visa en España es decir estuve 3 meses más irregular en el espacio Schengen. Cuando estuve presentando mi documentación en el aeropuerto de Madrid que estaba para viajar a Santo Domingo pues se enteraron que yo estuve ilegal digamos 90 días más, no tuve conocimiento de esa parte de los 180 días y por esa razón me equivoqué grandemente, me preguntaron el aeropuerto de Madrid si yo tenía intención de volver a España obviamente le dije que no, que jamás tuve miedo no pensé que algo así me sucedería. Entonces ahora me arrepiento de decir que no, porque quiero volver a Europa mi esposo siempre está viajando para asuntos personales y me gustaría de vez en cuando acompañarlo. Que usted me recomienda hacer.?

      • Responder

        Estimada Rebeca

        Comprendemos su situación, y lamentamos que haya tenido que pasar por este malentendido. A continuación, le brindamos algunos pasos y recomendaciones que pueden ayudarle a gestionar esta situación y evaluar sus opciones para volver a Europa.

        1. Confirmar la Situación de Entrada y Sanciones
        2. Evaluar la Duración de una Posible Prohibición
        3. Presentar una Solicitud de Reconsideración
        4. Solicitar una Visa de Reagrupación Familiar
        5 Cumplir con el Periodo de Espera

        En Tolentino Abogados estamos a su disposición para brindarle asesoramiento en este proceso y ayudarle a explorar todas las opciones legales para que pueda reunirse con su esposo y acompañarlo en sus viajes. Agende una consulta con nosotros en https://www.tolentinoabogados.com/citas para recibir apoyo detallado en su caso.

        Atentamente,
        Tolentino Abogados

  • Narella Versace
    Responder

    Hola, yo estoy hace un poco mas de 3 meses en españa con mi pareja, estamos tratando de casarnos para que yo pueda obtener la residencia por familiar de comunitario. Por otro lado nosotros tenemos que volver a Argentina en mayo, mi duda es, en el caso de que no llegue a conseguirla para esa fecha y yo salgo voluntariamente del pais despues de haber estado 4 meses ilegal, puedo volver a entrar a España? tengo que esperar 90 dias para volver o no puedo por 5 años??

    • Responder

      Estimada Narella. No le recomendamos salir del país hasta que obtenga documentación legal. Si abandona España, aunque sea de manera voluntaria, puede ser que le sellen en el aeropuerto su pasaporte. Todo quedará en manos del funcionario que le atienda, pero como usted menciona cabe la posibilidad que le impongan una sanción den entrada al territorio Schengen (1 -5 años). Además, la situación actual de la pandemia podría complicar aún más ese proceso si se endurecen las medidas de entrada a la UE. Nuestra recomendacion: no viaje hasta tener documentación legal. Saludos cordiales

    • Lourdes
      Responder

      Buenas esta mi situación tengo una pregunta tengo un visado de 6 meses con múltiple entradas y salidas pero por un periodo de 90 días máximo, ahora llegue a España en marzo 5 2022 y sigo en España hasta hoy mayo 25 , 2022 en unos dias cumplo mis primeros 90 días en Europa ahora mi intención es salir del territorio schegen y volver a entrar 3 días después para multiplicar otros 90 días es posible hacer eso…? Ya que estoy bajo un tratamiento médico de maternidad que no me permite moverme mucho pero debido a los límites de estancia en Europa no me puedo quedar más lo más lógico es salir por 2 días or 3 y volver a entrar y como soy de nacionalidad americana pero no entre en Europa como americana a que no se necesita visado para entrar en Europa pero esta vez entree con mi nacionalidad de mi país natal que es donde tengo un visado de 6 meses y un máximo de estancia 90 dias que me aconsejarian.

      Gracias

      • Responder

        Estimada Lourdes, usted puede permanecer como turista en España por un plazo máximo de 90 días por un periodo de 180 días. Es decir, si usted ya ha cumplido los 90 días, deberá esperar otros 90 para volver a ingresar a territorio español. Un cordial saludo

  • Alida Villagomez
    Responder

    Hola, soy de Lima. Vine a España el dia 16 de setiembre del 2021 y retorne a mipai el dia 28 de octubre. Luego el dia 30 de noviembre regrese a Madrid y mi consulta es de hasta que fecha podre quedarme?
    Gracias de antemano por su tiempo

    • Responder

      Estimada. Tendría hasta el día 15 de enero para que se cumpla el plazo de sus 90 días como turista. Saludos cordiales

      • Alida Villagomez
        Responder

        Una consulta mas. En que fecha podria volver a Madrid?
        Y muchas gracias por atenderme.

      • Juan Martin
        Responder

        Hola mi nombre es Juan Martin yo estuve 5 meses en españa como turista, excedi los 90 dias. Me gustaría volver con mi pareja que tiene pasaporte italiano. Es posible que me dejen entrar? Se que rompi la ley de extranjeria porque me excedi de los 90 dias pero me fui voluntariamente. Que posibilidades tengo de volver a entrar? Muchas gracias!

        • Responder

          Estimado Juan Martin. Si al salir de España no le sellaron el pasaporte y no le dieron una resolución de denegación, entonces no tendrá problemas para volver a entrar al país. Saludos cordiales

          • William AlvarezGrosso

            Viví en forma ilegal aen España, me fui voluntriamente no me dijeron nada y me sellaron el pasaporte normal ya hace 2años puedo volver?

          • Estimado William, si al salir del país no le impusieron ninguna prohibición de entrada, usted podrá regresar cuando desee sin problemas. Saludos cordiales

          • Zadith

            Hola SOY PERUANA tengo una consulta viaje a España en noviembre 2019 CON MI FAMILIA el tiempo de turimo era 90 días,vencía 13 DE febrero 2020,me pase casi 1mes COMPRE MIS PASAJES Y YENIA MI VUELO PARA /16 MARZO 2020 VINO LA PANDEMIA Y CERRARON AEROPUERTO EN ESPAÑA Y EN MI PAIS,tuve k quedarme obligatoriamente ya que no habían salidas por medidas de gobierno!
            En agosto del 2020 solicite vuelos de repatriación por medio de consulado peruano y me regresé CON MI FAMILIA a mi país !
            EN EL AEROPUERTO DE MADRID NO ME DIJERON NADA Y SELLARON MI PASAPORTE COMO SALIDA NORMAL Mi pregunta es si PUEDO VOLVER A ENTRAR A ESPAÑA?

          • Estimada Zadith, le indicamos que, si al salir de España no le impusieron ni le comunicaron ninguna prohibición de entrada al territorio, usted podrá volver a ingresar a territorio español sin problemas. Saludos cordiales

          • Cristina

            Buenas tardes doctor disculpe q le moleste pero estoy preocupada, mi pregunta es yo viaje en el 2016 a Francia pero d ahí me pase a Barcelona , me quedé seis meses,me pase los tres meses como turista ,puedo volver a regresar a España? Xfavor respóndame.

          • Estimada Cristina,

            Dado que eso ocurrió en 2016 ya se le renovaron los 90 días como turista, de manera que puede ingresar sin problema. Le recomendamos mantenerse de manera regular.

            Un saludo

          • Ernesto

            Hola buen dia , soy mexicano me empadrone hace 1 año y medio pero sali 6 meses a mexico y acabo de regresar a españa , hare cambio de empadronamiento mi pregunta es si quisiera tramitar arraigo social , ¿mi antiguedad cuenta desde mi primer empadronamiento o se pierde por haber salido a mexico y mi antiguedad empezaria a contar desde este ultimo empadronamiento que hare en estos dias ?

          • Estimado Ernesto,

            Le recomendamos agendar una cita con nuestro equipo en https://www.tolentinoabogados.com/citas para poder evaluar su caso en concreto y orientarle.

            Un saludo

    • Esteban
      Responder

      Buenas, le consulto soy comunitario y llegamos con mi familia argentina a españa hace 2 meses, hicimos el empadronamiento y yo pude sacar el dni y tengo contrato de trabajo, el tema es que mi mujer y mis hijos tienen que viajar antes que se cumplan los 3 meses a argentina, estar 1 mes es argentina y volver a españa, es posible que hagan ese viaje? Sin tener problemas en la entrada, presentando mi documentación, o lo van a tomar como turismo?
      Por tema de tiempos todavía no pudimos presentar la documentación para realizar la tarjeta de residencia. Gracias!!

      • Responder

        Estimado Esteban, un gusto saludarle. Su esposa e hijos pueden viajar a Argentina, pues se encuentran en el tiempo de turismo, sin embargo, deberán pasar 03 meses fuera para luego poder ingresar nuevamente como turistas, sin embargo, se pueden tramitar desde ya la solicitud de residencia para que no tengan que salir de territorio español. Para poder ayudarle necesitamos conocer más detalles de su situación particular.

        Agende cita con nuestros expertos a través de nuestra página web: https://www.tolentinoabogados.com/citas.

        Un saludo.

  • anais
    Responder

    Hola!, una pregunta, llevo 3 años ilegal en españa, viajare ami país por una urgencia medica familiar, por un mes en total, de todas formas estoy a la espera de la resolución de mi residencia pero viajare sin la respuesta, puedo volver a ingresar si tengo un pasaporte nuevo y además entro por otro país?

    • Responder

      Estimada Anaís. No le recomendamos viajar hasta que no obtenga su residencia. Cuando vaya a fronteras y se den cuenta de que lleva 3 años residiendo de forma irregular, puede ser que le pongan una restricción de entrada que quedara registrada en la base de datos de toda la unión Europea. No importa si cambia de pasaporte, sus datos seguirán registrados y no podrá entrar ni por un tercer país. Saludos cordiales

    • Jimena
      Responder

      presente mi visado inicial de estudiante en españa en noviembre y solo tengo mi justificante, por que un no me dan mi resolución ya que está tomando más tiempo debido al COVID y a las altas solicitudes de visados. Puedo viajar a otro país de la UE con mi justificante?

      • Responder

        Estimada Jimena, en teoría usted puede viajar dentro de la UE con el justificante, ya que no existen fronteras. Sin embargo, por nuestra parte, le recomendamos que no viaje hasta que esté la resolución de su estancia por estudios. Saludos cordiales

    • Karla
      Responder

      Hola, me gustaría saber si saliste y te dijeron algo en migración. Tengo 1 año, estoy igual en tramites de residencia, pero tengo que salir antes del 30 de noviembre. Y no creo me den respuesta antes de esa fecha.

      • Responder

        Estimada Karla,
        Es posible que a la salida del país el funcionario de inmigración le emita una multa o le prohíba la entrada al territorio español hasta por 5 años. Si al salir el funcionario no se percata de que se pasó más del tiempo debido, debe tener presente que podrá volver a ingresar a España y a la UE tras pasar el doble de tiempo que pasó dentro.
        Si necesita ayuda con algún trámite estaremos encantados de ayudarla, para ello agende cita en https://www.tolentinoabogados.com/citas
        Un saludo

  • Joaquin
    Responder

    hola, estuve dos años en espacio Shengen (Belgica) y lo justifiqué cuando salí del aeropuerto de Frankfurt con un agente de la aduana y solo me puso el sello de salida normal sin ninguna clase de sello de deportación o alguno diferente.
    No fuí retenido ni mi pasaporte.
    Podría volver a entrar a zona Shengen después de los 180 días?
    Esto por que estoy a punto de tramitar mi visa estudiantil.

    • Responder

      Estimado Joaquín. Si está tan seguro que el funcionario que le atendió no le registro en la base de datos de la zona Schengen con ningún tipo de restricción de entrada pues entonces podrá volver a entrar sin problemas. Saludos cordiales

    • Jhoxana
      Responder

      Buenas tardes, estoy por viajar a españa como turista,pero quiero buscar empleos en los campos de galicia, en dado a que consiga dicho empleo,¿puedo quedarme mas de los 90 dias y justificarlos? Asi el empleo sea en negro

      • Responder

        Estimada Jhoxana. Si no cuenta con una nacionalidad o residencia de la unión europea no podrá trabajar entrando como turista a no ser que sea mediante PAC (personal altamente cualificado) o cambiar a visa de turismo. Saludos cordiales

    • Mica
      Responder

      Hola, mi resolución de Tarjeta temporal de familiar comunitario es favorable y ya me tomaron las huellas. Pero no me entregan la tarjeta en físico. Puedo viajar a Argentina y luego de mi postparto regresar a España sin problema.?? Leí que en cuestiones de postparto hay consideración con salidas y tiempos de regreso. Gracias

      • Responder

        Estimada Mica, en su caso le indicamos que para hacer esto que nos comenta, deberá solicitar ante una Comisaría nacional de Policía una Autorización de Regreso, la cual le permitirá realizar su estancia de postparto en el exterior y regresar a España sin problemas. Si necesita ayuda con el trámite, agende cita en https://www.tolentinoabogados.com/citas . Saludos cordiales

      • Magda
        Responder

        Hola pienso viajar por Europa y realizar 2 voluntariados y visita a familiares por un tiempo menor a 180 días , mi entrada es por España y posteriormente Italia, Dinamarca y Alemania , esta posible ? Que debo hacer para poder tener este tiempo de estadía???

  • gapreg
    Responder

    ¡Hola! Quería plantearos una cuestión, voy a casarme con una mujer extranjera y la idea es que llegue a España con visado de turista válido por mes o mes y medio. El problema que temo es que el expediente matrimonial se dilate y nos tengamos que casar fuera de plazo, con lo que se encuentre temporalmente de manera irregular en España.

    A pesar de ello, ¿sería esta la mejor manera de proceder? ¿No habría problemas al acudir a la policía una vez casados para solicitar su tarjeta de residencia por 5 años de duración al estar ella en situación irregular?

    • Responder

      Estimado. Si efectua un matrimonio con su pareja, solo debe realizar la inscripción de su matrimonio en el registro civil. Aunque ciertamente este proceso se demora, al mismo tiempo se puede solicitar una residencia por pareja estable no registrado presentado el matrimonio como prueba, de esta manera no estará ilegal. Le recomendamos de todas maneras, que realicé una cita con nuestros expertos para que puedan evaluar su caso y brindarle la mejor opción. Saludos cordiales

    • Felix
      Responder

      Hola buenas tardes soy colombiano estuve en España como turista en el2028 y me pase 1 mes y cinco días después de los noventa dias y por cuestión de enfermedad ,salí voluntariamente y me sellaron la salida en Madrid mi pregunta es quieto volver como turista por 20 dias en este mes esa situación podría tener alguna repercusión para q me nieguen la entrada

      • Responder

        Estimado Félix. Si le sellaron el pasaporte, deberá saber cuanto tiempo de restricción de entrada le impusieron. Suele ser de 1- 5 años y esos datos quedan registrados en la base de datos de la zona Schengen por lo que aun si ha cambiado de pasaporte, podrían denegarle la entrada. Saludos cordiales

    • Andrea
      Responder

      Hola buenas tardes, me vine a españa con visa de estudios de enero 2021 a enero 2022, solicité una prórroga de estudios que me la dieron hasta finales de 31 de mayo de este año. Quiero estudiar otro máster pero empieza en octubre, puedo comenzar ya con los trámites, pero no sé si pueda solicitar otra prórroga de estudios por un año más.
      Por otra parte, en julio tengo planeado un viaje a italia, ¿podría viajar cómo turista esos 15 días y luego regresar a españa, suponiendo que mi prórroga esté en trámite?

      • Responder

        Estimada Andrea, le indicamos que si el contenido del nuevo máster está relacionado con los estudios anteriores, podrá solicitar una nueva prórroga de estudios. En caso contrario, deberá volver a solicitar una estancia por estudios inicial. Si su prórroga está en trámite, podrá viajar a Italia con su resguardo de solicitud sin problemas. Si desea ampliar esta consulta, agende cita en https://www.tolentinoabogados.com/citas . Saludos cordiales

  • Juan roa
    Responder

    Hola soy colombiano ya tengo mas de 90 dias de estar en españa me voy para colombia es posible que migracion me deje ingresar a catar por que incumpli el permiso en europa
    Gracias

    • Responder

      Estimado. Si ha sobrepasado el tiempo de estancia como turismo, puede ser que le sellen el pasaporte al salir de España. Ahora esto no debería implicar nada para el resto de los países fuera de la zona Schengen, pero si revisasen su pasaporte y le ven esta marca pudiera tomarlo en cuenta para impedirle su entrada. Saludos cordiales

    • John Rojas
      Responder

      Buen día. Hace tres llegue a España ( mi esposa e hija, los 3) pero no tengo sello de ingreso x Barcelona entramos por países bajos, una vez acá solicitamos o tenemos cita para dentro de un año como refugiados. Que posibilidad hay antes de ese tiempo para obtener permiso de trabajo o residencia. Alguna orientación.

  • Maria
    Responder

    Buenos días. Ayer día 21 de enero del 2022, mi madre de 80 años, cogió un vuelo en el aeropuerto de Barajas de regreso a Santiago de Chile, después de haber estado 100 días de vacaciones en España. En el control de aduana el policía que le atendio le dijo que se había excedido en los días que le estaban permitidos estar en el país y que seguramente tendría una sanción que iría entre los 3 Y LOS 10 AÑOS sin poder entrar nuevamente a España, Lo cual nos ha parecido exagerado. Hemos llegado a pensar que el policía estaba de broma.
    Es posible que reciba una sanción así por excederse 10 días y teniendo en cuenta su edad y que ha abandonado el país voluntariamente???….gracias de antemano por vuestra respuesta

    • Responder

      Estimada Maria. Si, tal como le explico el funcionario, el haberse excedido del tiempo que le corresponde, se le puede poner una sanción de entrada al territorio Schengen. Generalmente por tan pocos días no suele pasar, pero, siempre queda a disposición del funcionario que le atienda. Revise el pasaporte de su madre, para ver si le han puesto un sello en él, y debe saber que tiempo de restricción le han puesto. Saludos cordiales

  • Flor
    Responder

    Buenas noches, muchas gracias anticipadas por su tiempo y atención a mi consulta. Ingresé a territorio Schengen como turista sin necesidad de visa el 09 de octubre de 2021, estuve en España y Holanda hasta el 25 de octubre de 2021 en que retorné a Perú, mi país de origen; en total permanecí en Europa por 16 días. Voy a volver a ir como turista a España, llego a Valencia el 09 de febrero y regreso a Perú el 08 de mayo 2022. El periodo de 180 días desde mi primer ingreso a Schengen va del 09 de octubre 2021 al 07 de abril 2022; tengo entendido que no debo exceder los 90 días de permanencia en dicho periodo. Si sumo los días de mi primera estancia (Del 09 al 25 de octubre 2021), más los de mi segunda estancia sumarían 73 días hasta el 07 de abril, en teoría no he excedido los 90 días de permanencia en el periodo que va del 09 de octubre 2021 al 07 de abril 2022, los 180 días. Aquí viene mi consulta. ¿Es necesario que salga de suelo Schengen el 07 de abril 2022 y vuelva a ingresar ya que a partir del 08 de abril 2022 inicia mi siguiente periodo de 180 días? O es posible que permanezca en suelo Schengen hasta el 08 de mayo 2022 como tengo planeado, ya que a partir del 08 de abril inicia mi siguiente periodo de 180 días? Muchas gracias desde ya por su respuesta.

    • Responder

      Estimada Flor. Aunque le sobren días de los 90 como turista, si se le vencerá el plazo de los 180 por lo que deberá salir de la zona Schengen y volver a entrar para que se reinicie su tiempo de estadía. Saludos cordiales

      • Flor
        Responder

        Muchas gracias por la gentil y pronta respuesta. Saludos,

        • Responder

          Gracias a usted. Nos alegra haberla podido ayudar en sus dudas migratorias. Un cordial saludo.

        • Lorena csrmo
          Responder

          Buenas noches una pregunta, yo hice una carta de ibitacion a mi sobryna para venir visitar un familiar enfermo,después de unos días estando aquí en España se matriculó en una escuela de indioma,solicitó un permiso de estudiante antes de completar los 90 dias , que sigue en tramite..todavía me puedes multar por haver hecho una carta de ibitacion a ella? Muchas gracias de antemanl

          • Estimada, en efecto, existe una probabilidad de que usted reciba una sanción económica por haberle puesto una carta de invitación a su sobrina y que esta haya decidido alargar su estancia a más de 90 días en territorio español. Saludos cordiales

  • Ivana
    Responder

    Buenas tardes, Llegué a Italia a hacer mi reconocimiento por ciudadania por mis antepasados italianos. Viajaré con mi marido y con mi hijo. Cuando termine con mis trámites, mi marido pasados los 90 días, estará irregular. Pero mi hijo y yo no, ya que saldremos de Italia ya siendo ciudadanos. De hecho mi marido tiene que estar presente para que le den el pasaporte a mi hijo. Esto es así? Él sale conmigo de Italia pasados los 90 días, pero al estar casado con una ciudadana ya no tiene ningún problema, no?

    • Responder

      Estimada Ivana. Ante todo le indico que nuestro despacho asesora en base a la normativa española respecto de cuestiones de migración en territorio español. Pese a ello, le adelanto que el visado de turismo es independiente de estar casado o no con ciudadano europeo por lo que su marido se expone a la posibilidad de que le sellen el pasaporte por haberse pasado del período legal de 90 días. Podrán solicitarle residencia como cónyuge de ciudadana italiana lo cual le evitará dicho problema. Saludos cordiales

    • Pablo
      Responder

      Buenas tardes. Siendo argentino pero con ciudadanía y pasaporte italiano también rigen los 90 días máximo en UE?
      Gracias!

  • samanta lauren
    Responder

    hola buenos días, llevo seis mese en España, he estado trabajando como ilegal y deseo volver a Colombia para traer a mi familia conmigo, entiendo que excedí mi tiempo de permiso como turista y corro el riesgo de que me sellen mi pasaporte al salir del país y que esto acarrea una sanción. mi pregunta es ¡porque otro país de Europa puedo ingresa para poder llegar nuevamente a España sin que corra ningún riesgo? por tierra o por aire

    • Responder

      Estimada. No le recomendamos salir del territorio español hasta que no se legalice. Al haber trabajado 6 meses, solo necesita residir 2 años en total para aplicar por arraigo laboral. Si se va del país, no importa si sale a un tercer país en aire o mar, corre el riesgo que le sellen el pasaporte y le restrinjan la entrada no únicamente a España, sino a la Unión Europea en un periodo de 1-5 años. Esto haría que su tiempo de estadía en España no contara e incluso, le complicaría a futuro para obtener su residencia. Saludos cordiales

      • Di Cristofaro
        Responder

        Hola, Estoy en la misma situación.
        Me recomienda salir? regularizarme implica una multa? o salir implica una sanción?
        Soy italiano, entré como turista pero me quedé 6 meses en España, puedo salir a Italia 5 días y entrar nuevamente a España?
        Son las mismas sanciones para ciudadanos del Espacio Schengen

  • Silvana
    Responder

    Buenos días queria consultar tengo 11 años de residir en España con mi esposo, tengo 3 hijos nacidos en España, soy de El Salvador por diferentes motivos durante este tiempo he tenido diferentes trabajos, pero actualmente nos es dificil encontrar un trabajo es por ello que, debo regresar a mi país, pero quiero consultar si al momento de pasar migración en el aeropuerto podrían imponerme algún tipo de sanción, o es mejor buscar a través de la embajada de mi país el retiro voluntario, muchas gracias por su asesoría.

    • Responder

      Estimada Silvana. Con tres hijos nacidos en España más su tiempo de residencia debería ser capaz de conseguir un permiso residencia y trabajo. Si actualmente se encuentra de forma irregular, le recomendaría que contacte con nuestros para empezar a tramitar su expediente y que logre se regularice. Una vez hecho esto podrá viajar sin miedo de una restricción de entrada. Saludos cordiales

  • Yamilet
    Responder

    Buenos Dias yo tengo 4 meses de estar en Italia però quiero regresar a mi Pais soy de El Salvador , però quisiera regresar a Italia nuevamente que puedo hacer en ese caso se me pondria algun tipo de sanción al pasar por migración , gracias de antemano …

    • Responder

      Estimada Yamilet. Todo dependerá del funcionario que la atienda en fronteras y si él se dé cuenta de que sobrepaso los 90 días. En la práctica, por tan poco tiempo no suele ocurrir que le sellen el pasaporte, pero no podemos asegurarle. Saludos cordiales

      • Yamilet
        Responder

        Muchas gracias por su respuesta.. saludos y Bendiciones

  • Nico
    Responder

    Hola, tengo una consulta! Si estoy en España en situación irregular (más de 90 días) y supongamos que me quede 1 ó 2 años, ¿Puedo viajar a otros países como Francia, Italia, etc. pero de paseo? ¿Hay controles en bus o tren? ¿Qué pasa si salgo y alguien me detecta?

  • Mynor de León
    Responder

    Primero quiero decir que quienes están detrás de resolver estas dudas me parecen unas excelentes personas, muchas gracias por su tiempo. Les comento mi caso:

    Vine a Málaga el 6 de enero, el 9 fui a Irlanda (País no Schengen), regresé a Málaga el 2 de febrero. Quisiera saber si los días que estuve en Irlanda cuentan dentro de los 90 que tengo permitidos en España y países Schengen o si solo los debo restar de los 90.

    Infinitas gracias.

    • Responder

      Buenas tardes, gracias por sus palabras. En respuesta a su pregunta: Si en el momento que viajó a Irlanda le sellaron su pasaporte con la salida y posteriormente, lo volvieron a sellar cuando regresó a España, no debería tener ningún problema y su estadía en Irlanda no contaría dentro de los 90 días que puede permanecer legalmente como turista en el espacio Schengen. Saludos cordiales

  • Luz Stella Alzate Mora
    Responder

    Buenas tardes me pase de los 90 días de mi estadía en España me dio covid y estuve un poco mal de los bronquios, con 15 dias de más y vuelvo a Colombia será que me castigan para volver a España?

    • Responder

      Estimado. Siempre y cuando pueda probar que su retraso fue ocasionado por el covid y una posterior complicación derivada del mismo, en principio el funcionario no debería imponerle una sanción. Tenga en cuenta que deberá portar documentos de algún centro de sanidad que prueben este hecho. Saludos cordiales

  • Leyla
    Responder

    Estimados, tengo VISA/TIE de estudios hasta el 13 de septiembre del 2022 (que era el día que salía en la matricula de la Universidad) y tengo pasaje de vuelta a mi país en noviembre 2022, y mi idea es poder viajar terminando mi master. Qué debo hacer para poder quedarme más tiempo como turista y poder viajar hasta mi fecha de regreso? muchas gracias.

    • Responder

      Estimada Leyla. Una vez concluidos sus estudios en España en septiembre del 2022, usted podrá permanecer legal hasta 90 días en territorio español sin necesidad de realizar otro tipo de trámite, por lo cual podrá efectuar su viaje en noviembre como lo tenía planeado. Saludos cordiales

    • Ana
      Responder

      Estoy en España con visa de estudiante pero mi visa se vence el 9 de febrero, puedo quedarme 90 días más estando legal o debo de irme? Además estoy tramitando estancia por prácticas pero aún no obtengo respuesta con la solicitud es como si estuviera legal?

      • Responder

        Estimada Ana,

        Si ha iniciado el trámite de su residencia por prácticas, se encuentra en una situación regular en el país mientras dicho trámite esté en proceso. Esto significa que puede permanecer en España de forma legal hasta que se resuelva tu solicitud. Le recomendamos permanecer dentro del territorio español.

        Un saludo

  • Gustavo
    Responder

    Estimados, tengo pasaje de ida a España el 31 de mayo con fecha de retorno el 8 de Octubre del presente año (4 meses), durante mi estadía en españa voy a viajar a EEUU por dos meses, por lo que mi duda es, si voy tener problemas con la entrada a españa ya que en teoría mi estadía son 4 meses según fecha de pasajes ida – vuelta (Chile – España) entendiendo que como turista son 90 dias máximo pero en realidad no voy a estar 4 meses completos ya que viajo a EEUU por 2 meses. ¿Tendría que mostrar todos los pasajes para demostrar que mi estadía en España no es continua?

    • Responder

      Estimado Gustavo. Una vez viaje a Estados Unidos, su pasaporte será sellado en el aeropuerto, de igual forma sucederá a su retorno a España. Por lo tanto, el tiempo que permanezca en Estados Unidos no contará dentro de los 90 días de estadía en España como turista. Le recomendamos que tenga disponible todos los documentos relacionados con su viaje, dígase los boletos de avión que mencionó. Saludos cordiales

  • Dahiana
    Responder

    HOLA ABOGADO BUENOS DIAS YO TENGO UNA PREGUNTA MI PAREJA MI HIJO Y YO LLEGAMOS A ESPAÑA EL 25 DE NOVIEMBRE DE 2021 DE TURISMO PERO EL TIQUETE DE VUELTA ESTABA PARA EL DIA 6 DE DICIEMBRE DE 2021. Y QUEREMOS REGRESAR A NUESTRO PAIS, PERO ANTES QUISIERAMOS SABER CUANDO PODRIAMOS VOLVER A ESPAÑA. QUEDO ATENTA A SU RESPUESTA
    GRACIAS

    • Responder

      Estimado: muchas gracias por escribirnos, si usted y su familia han excedido el tiempo de estancia en España podrán tener inconvenientes en frontera y el funcionario le puede sellar el pasaporte con una prohibición de entrada de 3 a 5 años. En caso de que no tengan inconvenientes, podrán ingresar en España contados los 180 días a partir del día que ingresó en España. Saludos cordiales

  • Dahiana
    Responder

    Gracias por su respuesta pero aun no llevamos 90 dias aca en españa, solo se vencio el tiquete que compramos no se si me hago entender. Gracias

    • Responder

      Estimada. En ese caso y volviendo a responder su pregunta anterior, podrán volver a ingresar a España luego de pasados 180 días de su última salida. Saludos

  • Frida
    Responder

    Buenas tardes. Mi madre, de nacionalidad peruana, se quedó 120 días en España del 10/07/21 al 07/11/21, se fue de forma voluntaria, en migraciones observaron que estuvo más tiempo, tomaron su huella dactilar según me comenta, pero en el pasaporte no figura nada. En breve iniciaré la reagrupación ya que tengo la nacionalidad. Ella debe estar en territorio español para iniciar dicho trámite, cuándo podrá regresar a España?
    Agradezco vuestra respuesta

    • Responder

      Estimada, en principio, si a su madre no le indicaron ningún tipo de prohibición de entrada al abandonar el país, deberá esperar 180 días contados a partir de su última entrada a España para poder regresar al territorio español. Saludos cordiales

  • María
    Responder

    Buenas tardes, una vez finalizados los 180 días desde mi entrada en España (habiendo estado en el territorio Schengen 94 días), decidí quedarme 20 días más. Finalmente me fui el 31 de diciembre de 2021 y desde entonces no he vuelto. ¿Podría volver a España a finales de marzo o principios de abril? En mi pasaporte no consta ningún sello diferente ni se me comunicó sanción alguna, ¿pueden revisarlo y sancionarme por ello ahora cuando vuelva?
    Además, ¿es cierto que si no gasto los 90 días de estancia en territorio Schengen los que no haya gastado se me acumulan a la proxima vez que vuelva?

    Muchas gracias,

    • Responder

      Estimada, si en el momento de abandonar el país su pasaporte no fue sellado ni se le aplicó ningún tipo de sanción, usted no debería tener problema alguno para volver a entrar a España. Si usted no gastó los 90 días de su estancia, en principio, si posee entradas múltiples, podrá volver a entrar en territorio español dentro de la fecha de validez de ese último visado. Es decir, estuvo 10 días en España, fue a su país de origen 5 días y después regresó a España, seguirán contando esos 90 días porque aún el visado tiene validez (los 5 días en su país de origen no contarían). Pero, si le quedaron 10 días de los 90 y el visado se le vence, estos 10 días no serán acumulables la próxima vez que le sea emitido un visado. Esperamos haber podido ayudarla. Saludos cordiales

      • María
        Responder

        Entendido, muchas gracias.

        Para confirmar que no me van a poner problemas ni sanciones si vuelvo a finales del mes de marzo, podría aclararme si conoce algún caso en el que haya ocurrido, es decir, que habiendo abandonado el país sin problema, se haya impuesto la sanción y prohibición de entrar en territorio Schengen cuando trataba de volver.

        Además, ¿existe algún plazo de prescripción de las infracciones en el que transcurrido no puedan imponer sanciones?

        Muchas gracias de nuevo

        • Responder

          Estimada, le reafirmamos que si usted no tuvo inconvenientes a su salida de España, podrá ingresar nuevamente siempre y cuando cumpla los 180 días establecidos a contar a partir de la fecha de entrada en territorio español. Saludos cordiales.

  • Jimmy
    Responder

    Hola buenas, soy colombiano con nacionalidad española pero mi pareja es colombiana y quiere venir a españa , si yo me casara con ella en ese plazo de 90 dias, ella podría exceder los 90 días ? Ya podría quedarse en España ?
    Gracias.

    • Responder

      Estimado, sí, su pareja puede venir a España como turista y en ese plazo de 90 días pueden casarse y registrar el matrimonio en España. Una vez hecho esto, ella podrá optar a la residencia por familiar de comunitario y, al año, podrá optar por la nacionalidad española. Si necesita ayuda con el trámite estaremos encantados de ayudarlo, para ello le recomendamos agendar una cita con nuestros expertos en https://www.tolentinoabogados.com/citas para que puedan evaluar su caso y brindarle la mejor opción. Saludos cordiales

    • Responder

      Estimado, sí, su pareja puede venir a España como turista y en ese plazo de 90 días pueden casarse y registrar el matrimonio en España. Una vez hecho esto, ella podrá optar a la residencia por familiar de comunitario y, al año, podrá optar por la nacionalidad española. Si necesita ayuda con el trámite estaremos encantados de ayudarlo, para ello le recomendamos agendar una cita con nuestros expertos en https://www.tolentinoabogados.com/citas para que puedan evaluar su caso y brindarle la mejor opción. Saludos cordiales

  • Jimmy
    Responder

    Hola buenas tardes, soy colombiano con nacionalidad española pero mi pareja es colombiana y quiere venir a españa , si yo me casara con ella en ese plazo de 90 dias, ella podría exceder los 90 días ? Ya podría quedarse en España ?
    Gracias.

    • Responder

      Estimado, sí, su pareja puede venir a España como turista y en ese plazo de 90 días pueden casarse y registrar el matrimonio en España. Una vez hecho esto, ella podrá optar a la residencia por familiar de comunitario y, al año, podrá optar por la nacionalidad española. Si necesita ayuda con el trámite estaremos encantados de ayudarlo, para ello le recomendamos agendar una cita con nuestros expertos en https://www.tolentinoabogados.com/citas para que puedan evaluar su caso y brindarle la mejor opción. Saludos cordiales

  • Daniela
    Responder

    Buenas tardes, me quedé 9 meses más de los 3 meses como turista en España, y cuando pasé por policía internacional el caballero me dijo que me había excedido con el tiempo legal y que no podría volver en 5 años pero no me marcó el pasaporte ni nada, es posible que quede registrado internamente? Y dónde se puede averiguar ese tipo de información como para asegurarme que no puedo volver en ese tiempo? Porque la verdad tengo planeado volver en algún momento, saludos

    • Responder

      Estimada, si el funcionario le comentó esta prohibición de entrada, aun si no le sellaron el pasaporte, es muy probable que haya quedado registrado internamente. Le recomendamos que cumpla el período de 5 años de prohibición de entrada que le han asignado. Saludos cordiales

  • claudia
    Responder

    Buenas tardes, mil gracias por su colaboracion de ante mano. Quisiera que me ayudaran por favor resolviendo una duda:
    Yo entre a España el 20 de junio del 2021, y sali el 03 de diciembre del 2021, me pase de los 90 dias permitidos ( me quede 160) ,dado que estaba haciendo los tramites para casarme con mi pareja que es Español, sin embargo, quede en embarazo y me puse muy mal, a pesar de que tenia seguro medico privado en España me fue muy mal porque nunca me daban citas, y al ser un embarazo de alto riesgo y que no me dieran la asistencia necesaria me todo devolverme de caracter urgente a COLOMBIA y abandonar el proceso del matrimonio para que me atendieran y me dieran la ayuda necesaria.
    Cuando pase por migracion en el aeropuerto de barajas el oficial no me dijo nada, solo puso rapidamente el sello del avion donde decia la fecha que sali del aeropuerto y ya. mi pregunta seria; podria volver en septiembre del 2022 con mi bebe para estar con el papa ? el sello que me pusieron en el pasaporte no dice nada de sancion solo aparece la fecha de salida.

    • Responder

      Estimada, le indicamos que si, al salir de España, solo le sellaron el pasaporte de la forma habitual con la fecha de salida y no le expresaron ni verbal ni por escrito ninguna prohibición de entrada, usted podrá volver a ingresar en territorio español sin problema alguno. Saludos cordiales

  • Andres
    Responder

    Buenos Dias, gracias por la informacion que brindan; estoy cursando una maestria por 1 año y me dieron visa del 28/12/21 al 11/04/2022 ( 90 dias), yo llegue a España el dia 28/12/21. por diversas razones recien me empadrone y solo pude encontrar cita para la toma de huellas y renovacion de tarjeta de larga duracion (TIE), para el dia 24/04.
    Mi consulta es si quedare en situacion de ilegal y/o como puedo evitarlo?
    o al ser visa de estudiante cuento con 6 meses?.
    Gracias por su tiempo.

    • Responder

      Estimado, le recomendamos que siga revisando la página de citas y, de ser posible, cambiarla a una fecha más próxima. En caso de que no pueda hacerlo, dependerá del funcionario en cuestión si se procede o no a la toma de huellas, debido a que excedió el plazo establecido para ello. Saludos cordiales

  • César
    Responder

    Hola, actualmente mis suegros, cuidadanos chinos, están en España con visado de visita a familiares por motivos excepcionales. Los motivos son que nuestra hija nació con una enfermedad grave y han venido para ayudarnos con su cuidado. El tema es que el visado es por 85 días o así y pensábamos que podíamos solicitar una extensión por otros 90 días, después de leer el artículo no lo tenemos claro, pues al ser un visado de visita a familiares no sabemos si se puede ampliar o no como el de turista. Aún están en plazo del visado y queríamos saber que opciones tenemos y que pasa si se quedan 90 días en situación irregular.

    • Responder

      Estimado, le indicamos que no es posible extender la vigencia del visado de turismo, sus suegros deberán optar por un permiso de residencia si desean permanecer en territorio español. Para poder ayudarlo necesitamos conocer más información, por ejemplo su estatus legal y el de su pareja, si son ciudadanos o no, en vistas a determinar las mejores vías por las que sus suegros puedan permanecer en España. Le recomendamos agendar una cita con nuestros expertos en https://www.tolentinoabogados.com/citas para que puedan evaluar su caso y brindarle la mejor opción. Saludos cordiales

      • César
        Responder

        Gracias por la respuesta.
        Mi pareja y yo estamos casados y ella obtuvo la residencia por pareja estable. El visado de mis suegros en realidad no es de turismo es de visita a familiares. Aunque no se si por ello hay diferencia.

        Saludos.

        • Responder

          Estimado, como le comunicamos anteriormente, todos estos datos deberá aportarlos en la consulta con nuestros expertos, para que ellos puedan evaluarlos y trazar la mejor solución en aras de que sus suegros continúen en territorio español. Si desea nuestra ayuda, deberá agendar una cita con nuestros expertos en https://www.tolentinoabogados.com/citas . Saludos cordiales

  • Mariana
    Responder

    Hola! Una pregunta me pase de los 90 dias, me iba el 5 de marzo pero mi papa se enfermo que tuvimos que hospitalizarlo. Es un señor de 83 años, ciego y habia que cargarlo y mi mama no podia, presentando los documentos de su hospitalizacion igual tendre problemas?

    • Responder

      Estimada, usted puede mostrar dichos documentos en fronteras, sin embargo, no podemos asegurarle una respuesta certera. Todo dependerá del funcionario que la atienda en el aeropuerto al salir de España. Si no le sellan el pasaporte ni le comunican ninguna prohibición de entrada, usted no tendrá problema alguno en volver a ingresar en territorio español. Saludos cordiales

  • Florencia
    Responder

    Hola, Ingrese al espacio Schengen el 28 de Diciembre, y me voy el 15 de marzo. Mi idea es volver en Junio, mi pregunta es, ¿tengo que volver despues del 29 de Junio o puedo usar los dias restantes e ingresa antes?

    • Responder

      Estimada Florencia, le indicamos que los 90 días del visado de turismo no son acumulables, una vez que usted abandone el territorio y se cumplan los 90 días de su visado, deberá esperar 90 días más para volver a ingresar a España, es decir, 180 días luego de la fecha de su primera entrada. Dicho esto, deberá volver luego del 29 de junio. Saludos cordiales

  • Guillermo
    Responder

    Hola tengo una duda.

    Tenia residencia holandesa que vencio el 22 de enero de 2022.

    Voy a salir de la UE el dia 15 de abril de 2022, mi vuelo sale de barajas.

    Intente hacer el sello de turista cuando llegue a Madrid el dia 3 de marzo 2022 y el oficial me indico que no podia hacer eso porque yo no he salido de Schengen aun cuando mi visa de residencia holandesa ya se vencio.

    Y que para ellos me encuentro ilegalmente, no me reconocen los 90 dias de turista.

    Es esto cierto, al salir podria tener alguna situacion. Yo sigo contando que tengo hasta el 22 de abril tenia para salir del espacio Schengen sin problemas.

    Me podrias ayudar. Gracias

    • Responder

      Estimado Guillermo, en el momento que se venció su plazo de residencia, usted se encuentra ilegal en el espacio Schengen y no se reconocen los plazos de turismo. Al salir, todo dependerá del funcionario que lo atienda en fronteras, puede que no tenga problema alguno o puede que le indiquen una prohibición de entrada al territorio por pasarse del tiempo legal permitido. Saludos cordiales

  • MARIA
    Responder

    BUENOS DIAS, COMPRÉ UN PASAJE DE PERU A ESPAÑA PERO PARTO DE PERU UN 19 DE JULIO Y REGRESO UN 19 DE OCTUBRE, SON 93 DÍAS, CONSIDERANDO LAS ESCALAS.
    TENDRÉ ALGÚN PROBLEMA? PORQUE SOBREPASA 3 DÍAS, QUEDO A LA ESPERA DE SU AMABLE RESPUESTA.

    • Responder

      Estimada Maria, en teoría son exactamente 90 días los permitidos para la estancia legal como turista. Todo dependerá del funcionario que la atienda en fronteras. Puede que no tenga problema alguno, pero también, puede que le impongan una prohibición de entrada. Le recomendamos adelantar la fecha de regreso para que no esté expuesta a este riesgo. Saludos cordiales

  • Beatriz
    Responder

    Hola.
    Vine desde Argentina, mi país de origen, para participar de un ensayo clínico dado que ya no había tratamiento disponible y curso una enfermedad oncológica con riesgo de vida. Luego, viajó mi hija para acompañarme durante mi convalecencia, ya que puede complicarse mi condición. Ella llegó el 6 de diciembre y tiene fecha de vuelo para volver el 4 de abril (120 días).
    ¿Le puede corresponder alguna sanción? ¿Puede servir como documentación respaldatoria un certificado o informe médico que indique necesidad de asistencia?

    Les agradeceré me asesoren!

    • Responder

      Estimada Beatriz, lamentamos su situación. Le comunicamos que su hija, al entrar a territorio español como turista, debe cumplir un plazo de estancia legal de 90 días. En la práctica, todo dependerá del funcionario que la atienda en fronteras. Le recomendamos que porte todos estos documentos que nos comenta. Sin embargo, será su decisión si le impone una prohibición de entrada o no por pasarse del tiempo establecido. Saludos cordiales

  • Samuel
    Responder

    Hola, mi situación es la siguiente:

    Tengo una sanción impuesta por Holanda de dos años para entrar en zona Schengen. Tengo pareja de hecho en España y actualmente me encuentro en España también. Pedí la tarjeta de residencia pero me fue negada por esta sanción. La sanción caduca en seis meses. Mi pregunta es: después de que caduque esta sanción de Holanda puedo volver a aplicar a la tarjeta de residencia de inmediato, o me tocará esperar más tiempo? Gracias

    • Responder

      Estimado Samuel, le indicamos que podrá volver a solicitar la tarjeta de residencia en España en cuanto culmine su periodo de sanción. Saludos cordiales

  • Milagros
    Responder

    Buenas tardes,Voy a casarme pero mi periodo de estancia como turista vence el 27 de marzo
    (El matrimonio será por notario)El 10 de marzo envié la Solicitud de designación previa de notario para la tramitación de expediente matrimonial,pero aún no tengo respuesta
    Y mi consulta es que si hay alguna implicancia a futuro si me quedo en España como ilegal por realizar los trámites de matriminio y posterior requerimiento de tarjeta comunitaria? Gracias!

    • Responder

      Estimada Milagros, le indicamos que usted podrá continuar con los trámites relacionados con el matrimonio en España y solicitar la tarjeta comunitaria, aun si se encontrara en situación irregular. Saludos cordiales

  • Maribel
    Responder

    Hola, tengo iniciados tramite en extranjería de mi pareja para la residencia temporal de familiar comunitario desde el 19/10/2021. Está en trámite requerido desde el día 11/02/2022. Mi pareja ya tiene más de 6 meses aquí en España, y tuvo que salir de emergencia a su país sin tener la respuesta de extranjería, le sellaron normal su pasaporte a la salida. Mi pregunta es… puede ingresar como turista si le sale la resolución favorable o puede ingresar como turista con otro pasaporte de otra nacionalidad que también tiene.. que me recomiendan?

    • Responder

      Estimada Maribel, en su caso le indicamos que si su pareja está en trámite requerido, deberá aportar documentación adicional. No le recomendamos que salga del territorio español sin aportar esta documentación adicional y tampoco que se extienda en su estancia en el extranjero. Si el gobierno no dispone nuevas restricciones para las entradas de turismo, podrá volver a ingresar sin problemas. Tenga en cuenta que si tiene algún inconveniente en la entrada, el hecho de estar esperando una resolución, no le justifica el ingreso en el territorio, puesto que debía haberla esperado dentro. Si requiere nuestra ayuda con el trámite, o algún imprevisto futuro en el proceso, estaremos encantados de ayudarle. Saludos cordiales

  • Clarissa
    Responder

    Hola, tengo una duda yo llevo 6 meses dentro de Italia me sellaron El pasaporte en Madrid, però quiero viajar dentro de Italia en avion , sera que tendria algun tipo de problema con migración gracias de antemano

    • Responder

      Estimada Clarissa, en su caso le indicamos que si mantiene una estadía regular en Italia, no tendrá ningún problema. Saludos cordiales

      • Clarissa
        Responder

        Supongo que la estadia regular es cuando Hay documentos?
        Porque yo estoy aca sin ningun permiso ya pase Los Tres meses como turista ..

        • Responder

          Estimada Clarissa, en ese caso, no le aconsejamos que se presenta en ningún punto fronterizo y proceda a regularizar su situación en el país, puesto que en el momento que presente sus documentos en algún aeropuerto, puede darse la situación que las autoridades comprueben que se ha excedido del tiempo permitido como turista y proceder a expulsarla del país e imponerle una prohibición de entrada. Saludos cordiales

          • Clarissa

            Gracias por la información brindada muy amables a sido de mucha ayuda , Bendiciones

          • Estimada Clarissa, gracias a usted por confiar en nosotros. Estamos encantados de ayudarle. Saludos cordiales

  • Ronaldo
    Responder

    Hola. Llegué de Chile a España con un visado de estudios de 6 meses. Desde el principio con mi visado, sin consumir días como «turista». Mi visado finaliza el 6 de julio pero quiero ir a estudiar un curso de inglés a otro país de Schengen.
    ¿Puedo ir, estudiar 90 días como turista y luego solicitar visado para los 3 meses restantes?
    Para poder utilizar estos 90 días de turista, debo salir de Schengen antes del 6.7.22 y luego entrar o no es necesario salir.
    Gracias de antemano

    • Responder

      Estimado Ronaldo, en su caso le indicamos que no deberá abandonar el territorio Schengen, puesto que no ha consumido los 90 días que se permiten como turista. Podrá trasladarse a otro país de la Unión, consumir estos 90 días y solicitar un visado para el tiempo restante. Saludos cordiales

  • Paola
    Responder

    Quisiera saber si he pasado los 90 días de turismo en España y quisiera viajar a holanda(países Bajos)por unos días y regresar a España puedo? Estoy empadronada

    • Responder

      Estimado Paola, le indicamos que si usted no cuenta con una residencia legal en España y ya ha pasado el tiempo como turista, al salir del territorio español pueden prohibirle el ingreso hasta por 5 años. Le recomendamos, antes de visitar otro país, solicitar algún tipo de visado de autorización por estancia o residencia para poder residir de manera legal en España. Le invitamos a agendar cita con nuestros expertos a través de nuestra página web: https://www.tolentinoabogados.com/citas. Un cordial saludo.

  • ignacio
    Responder

    Quisiera saber qué ocurre con los visados de voluntariados. Pasa que entré el 11 de febrero con visa de turista y conseguí un voluntariado en un hospital de la región. Desde extranjeria me dicen que debí haber hecho el trámite antes de viajar, pero el voluntariado exigia un cita presencial.
    El voluntariado es por 5 meses. Debería pedir la prorroga de la visa de turista u otro tipo de permiso ?

    • Responder

      Estimado Ignacio, en su caso le indicamos que efectivamente la autorización de estancia por voluntariado debe gestionarse desde el país de origen. Por tanto, deberá gestionar otro tipo de autorización de estancia en aras de continuar de forma regular en el territorio. Le invitamos a agendar una cita con nuestras expertas (www.tolentinoabogados.com/citas) para que puedan evaluar en detalle su caso y ofrecerle la mejor solución. Un cordial saludo

  • Cristian Huanca
    Responder

    Una consulta tengo la visa de turismo de 30 días ,ya que mi país así lo requiere (Soy de Bolivia) , quería consultar si este visado una vez ingresado a España tiene una duración de 90 días , o solo el tiempo de la duración de la visa que es 30 días , en el caso de que sea 30 días como puedo a extender mi estancia por estudios .

    • Responder

      Estimado Cristian, en su caso le indicamos que si su deseo es realizar estudios en España, le recomendamos que solicite un visado de estancia por estudios desde su país de origen y no uno de turismo. Si necesita ayuda con ello, le invitamos a agendar una cita con nuestros expertos en https://www.tolentinoabogados.com/citas . Saludos cordiales

  • David
    Responder

    Hola, Yo estuve en España por un periodo de mas de 90 días (150 dias aprox) pero fue por regimen de reagrupación familiar con mi madre que es ciudadana española, por ello en la espera pasaron los días por tramites y espera de respuesta de extranjeria quienes me entregaron un resguardo para permanecer en suelo español sin problemas.
    Lamentablemente me salió el tramite negativo o denegado e inmediatamente opte por regresar a mi pais Perú para no tener problemas a futuro y no estar de ilegal.
    Al salir el funcionario me pregunto porque estuve mas de los 90 dias y le indique que fue porque estuve haciendo mi tramite de reagupacion familiar y mostre mi resguardo, y este me indico que lo voy a tener que explicar la proxima que ingrese y eso es todo.
    Ya ha pasado 10 meses y quisiera saber si puedo regresar a España (para hacer turismo) sin problema alguno con migraciones considerando que mi pasaporte tiene los dos sellos juntos donde indican el tiempo que estuve, o que me recomienda.
    Gracias de antemano

    • Responder

      Estimado David, deberá atenerse a lo que le indicó el funcionario en fronteras. Si al escuchar su situación, solo le indicó que volviera a mostrar el resguardo en caso de regresar al territorio, será exactamente eso lo que tenga que hacer y no tendrá problema alguno, puesto que no le impuso ninguna prohibición de entrada a España. Saludos cordiales

      • David
        Responder

        Gracias por su respuesta, es decir seria en vano solicitar un pasaporte nuevo que es lo que veo en algunos casos ajenos. Exitos y bendiciones.

        • Responder

          Estimado David, gracias a usted por confiar en nosotros, estamos encantados de ayudarle. Como ya le comentamos anteriormente, no debería tener problema alguno a su entrada en España, solo debe volver a mostrar el resguardo. Saludos cordiales

  • emiliano
    Responder

    Hola , soy argentino y estuve viajando por el spacio schengen de manera irregular durante 3 años, mi entrada fue en madrid barajas aeropuerto 2018 , quiero regresar a argentina desde holanda ya que actualmente estoy viviendo aqui , tendre que planificar el viaje con autoridades ? o simplemente comprar mi vuelo y viajar a argentina?

    • Responder

      Estimado, si desea salir del espacio Schengen sin haber nunca regularizado su situación en ningún país, estará expuesto a que, una vez se encuentre en fronteras para coger el vuelo, las autoridades puedan verificar su estatus e imponerle una prohibición de entrada al territorio. Esto dependerá expresamente del funcionario que le atienda, si le comunica la prohibición o no. Saludos cordiales

      • emiliano
        Responder

        desde ya muchas gracias por tu respuesta y tiempo !
        mi miedo es ese de que no me dejen volver a mi pais

        • Responder

          Estimado Emiliano, gracias a usted por confiar en nosotros. Lo que podría pasar es que le prohíban la entrada al espacio Schengen, por pasarse del tiempo permitido, pero usted podrá regresar a su país sin problemas. Saludos cordiales

  • NORY
    Responder

    HOLA ESTIMADOS, MI CONSULTA ES QUE ESTOY PROXIMA A CUMPLIR MIS 90 DIAS EN ESPAÑA INGRESE CON CARTA DE INVITACION DE MI NOVIO ESPAÑOL Y EN CALIDAD DE TURISTA, HEMOS PRESENTADO LA SOLICITUD NOTARIAL POR PAREJA DE HECHO ANTE LA DGA Y ESTAMOS A LA ESPERA DE LA RESOLUCION QUE NOS PERMITIRA SOLICITAR LA RESIDENCIA COMUNITARIA.
    MI PREGUNTA ES SI DEBO ESPERAR AUN PASANDOME LOS 90 DIAS PERMITIDOS O DEBO SALIR DEL PAIS Y SI EXTRANJERIA UNA VEZ TENGA LA RESOLUCION POR PAREJA DE HECHO ME LA VA ACEPTAR.
    MUHCAS GRACIAS POR SU AMABILIDAD

    • Responder

      Estimada, le indicamos que si ha iniciado su trámite y está en espera de resolución, podrá permanecer en territorio español sin problemas, con su resguardo de la solicitud presentada, esperando su respuesta. Un cordial saludo

  • PEDRO
    Responder

    Buenas tardes, actualmente cuento con una visa de estudiante con plazo menor de 180 días, si quiero permanecer en España más tiempo cuando acaben esos 180 días es necesario que salga de la unión europea y vuelva a entrar como turista a España o simplemente empiezan a contar mis días de turista cuando acaba la visa de estudiante?

    • Responder

      Estimado Pedro, al culminar una estancia de estudios no se aplican los 90 días de turismo. Si pretende permanecer en territorio español, deberá modificar a otro permiso de residencia en los 60 días anteriores de que se venza su estancia por estudios. Si necesita asesoramiento, agende cita con nuestros expertos en https://www.tolentinoabogados.com/citas . Saludos cordiales

    • Carmen
      Responder

      Buenas tardes, unos mexicanos que viven en México, me ofrecieron trabajo de niñera por el lapso de 6 meses en Alemania, únicamente me tramitaron el pasaporte, por ende sé que excedería el tiempo estimado de tres meses (del 24 de mayo al 15 de noviembre). Mi pregunta es como le haría para que a mi salida de Europa pueda justificar mi estancia.
      ¿Con un contrato de trabajo podría justificarlo?

      • Responder

        Estimada Carmen, nuestro despacho se especializa en extranjería e inmigración en España. Le recomendamos contactar a un despacho en Alemania para que puedan asesorarla con respecto a las leyes migratorias de dicho país y el tipo de permiso de residencia que deberá solicitar. Un cordial saludo

  • Susan Melissa
    Responder

    Hola, llevo 75 días en España como turista y quiero viajar a los Países Bajos como turista por 5 días. Mi pregunta es: al regresar a España de mi viaje a Países bajos, me van a solicitar nuevamente la reserva de hotel, mi pasaje de retorno a mi país de origen, el seguro de viaje u otras cosas? Pasaré nuevamente por migraciones? Y si viajo por bus o tren, habrá el mismo control de migraciones? Gracias de antes mano

    • Responder

      Estimada Susan, una vez usted esté dentro de la Unión Europea, podrá viajar libremente por todo el territorio los 90 días que cuenta como turista. No necesitará volver a presentar ninguna de la documentación que nos comenta, salvo su pasaporte con el visado. Saludos cordiales

  • Estrella Diaz
    Responder

    Hola,
    Mi tema es el siguiente. el 30 de diciembre de 2021 ingresé a España como turista, para poder reunirme con mi pareja a quien por temas de la pandemia no había visto durante 2 años. Por una serie de eventos desafortunados y una mala orientación de un gestor, pudimos inscribirnos como pareja de hecho ante notario, y fue apenas el 6 de mayo, que nos entregaron el resguardo del la inscripción ante el Registro de Parejas Estables de Cataluña (Resolución favorable). Nosotros no pretendemos vivir en España, por lo que no tiene sentido pedir mi tarjeta de residente (viviremos en México). Mi duda es la siguiente: yo tengo que viajar a México y no sé si en el aeropuerto tenga algún problema porque excedí los 90 días de estancia como turista, aunque ahora ya soy familiar de comunitario residente de Barcelona. Y si en caso de salir sin problemas, cuanto tiempo tendría que esperar para regresar de nuevo a España

    • Responder

      Estimada Estrella, le indicamos que usted como pareja de hecho inscrita de un ciudadano español, sin ningún proceso activo o favorable de residencia como familiar comunitario, no cuenta con ningún beneficio salvo el de su estancia como turista, la cual excedió de plazo y podría tener problemas al salir del territorio. Todo dependerá del funcionario que la atienda en fronteras, le podrían imponer o no una prohibición de entrada futura en el territorio. En el caso de que no lo hagan, podrá regresar a España en 90 días posteriores a su salida. Saludos cordiales

      • Luis Calderón
        Responder

        Bnas noches tengo una pregunta yo sobrepase los 90 en España y salí voluntariamente y en el aeropuerto no me dijeron nada y me sellaron el pasaporte normal, llegue hace 20 dias a Colombia pero me quiero regresar yo saqué un pasaporte nuevo puedo volver sin problemas o que me recomiendan

        • Responder

          Estimado Luis, si al salir el funcionario de inmigración no le emitió ninguna sanción ni le prohibió la entrada a España, usted podrá ingresar sin problema nuevamente. Debe tener presente que podrá volver a ingresar a España y a la UE tras pasar el doble de tiempo que pasó dentro. Aunque cambie el pasaporte, su información está registrada por las autoridades migratorias, de manera que lo recomendable es pasar el tiempo indicado fuera.
          Un saludo

          • MONICA

            Mis hijos mayores de edad son deportistas , ambos tienen pasaporte colombiano y pasaporte chileno. Por temas del deporte requieren pasar el mayor tiempo posible viviendo por sus propios medios para entrenar en Europa.
            Podrían ellos ingresar 90 días con pasaporte colombiano a España y cuando terminen los 90 días podrian salir de Europa y volver a entrar a los pocos días ingresando nuevamente con pasaporte chileno en el mismo periodo de los 180 días?

          • Estimada Mónica,

            Si desean pasar más de 90 días en la UE lo recomendable es tramitar el visado correspondiente dependiendo del destino a donde vaya. Para poder ayudarle necesitamos conocer en detalle su caso, agende cita en: https://www.tolentinoabogados.com/es/consulta-web-gratuita/

            Esperamos poder ayudarle.

            Un saludo

  • Mauricio
    Responder

    Hola,
    Estuve en España de forma irregular por tres años, en el momento que retorne a mi pais me sellaron mi pasaporte y el oficial me dijo que podria tener problemas para regresar, ahora me encuentro en mi pais, han pasado un poco mas de dos años desde que regrese a mi pais, hace dos semanas solicite una visa de turismo y me la concedieron,

    Se puede saber si voy a tener algun problema en migracion?, se podria saber si tengo algun tipo de prohibicion de entrada?

    Gracias

    • Responder

      Estimado Mauricio, si ya le fue concedido un visado de turismo a España, no debería tener problema alguno en su entrada al territorio. Le recomendamos que esta vez no se exceda de los 90 días establecidos. Si deseara hacerlo, lo instamos a hacerlo de una forma legal. Lo invitamos a nuestro Tolentino en Directo de esta semana, donde contamos todas las opciones para permanecer en España si ingresa como turista, podrá conectarse en ? https://youtu.be/wayi71T5-6Y . Un cordial saludo

  • Violeta
    Responder

    Buenos dias, yo tengo doble ciudadania, francesa y argentina, mi idea es estar en israel, por mas de 90 dias, hasta conseguir una visa de trabajo. Si yo salgo como argentina excediendome los 90 dias, puedo volver como francesa luego?

    • Responder

      Estimada Violeta, no podrá hacer esto que nos comenta. Adicionalmente, si usted desea residir de manera legal en Israel, le recomendamos contactar a un despacho de abogados en el país que le puedan asesorar acerca de las leyes migratorias del mismo. Un cordial saludo

  • Francis Rodriguez
    Responder

    Hola! Mi nombre es Francis. compre pasaje para que mi mama venga de visita. llega el 11 de septiembre y se va el 10 de diciembre. creo que son 91 dias. en este caso me sirve ir una semana a marruecos para que la estadia aca no se exceda? Gracias de antemano

    • Responder

      Estimada Francis, en la práctica no debería tener problemas por pasarse solo 1 día de los 90 establecidos, sin embargo se recomienda que no lo haga para evitar complicaciones. Ahora bien, tenga en cuenta que algunos países necesitan de visado para ingresar a Marruecos, ajeno al visado previamente gestionado para ingresar a la Unión Europea. Deberá comprobar si la nacionalidad de su madre le permite ingresar sin visado o, en caso contrario, gestionarlo previamente. Si sale de la Unión Europea y visitan Marruecos, estos días no le contarán dentro de los 90 de la estancia como turista en España. Saludos cordiales

  • Camila
    Responder

    Hola, soy chilena y estoy a la espera de mi cita para reunificación familiar en Portugal. Entré como turista, pero el 18 de Junio se vencen los 90 días. Si bien puedo estar en Portugal habiéndose vencido los 90 días sin problemas, por trabajo necesito viajar a Bélgica entre Julio y Agosto. Me gustaría saber si teniendo un certificado que da cuenta del proceso en el que me encuentro (un comprobante de cita con el SEF y potencialmente una extensión de visa turista válida sólo en portugal) es aún riesgoso hacer ese viaje.

    • Responder

      Estimada Camila, le indicamos que nuestro despacho se especializa en extranjería e inmigración en España. Deberá contactar a un despacho en Portugal para que puedan asesorarla respecto a las leyes migratorias del país. Un cordial saludo

  • Francesca
    Responder

    Buenas tardes. Un británico NO RESIDENTE puede viajar a territorio Schengen por 90 días en período de 180 días. Se genera un período nuevo de 180 días cada vez que pisa un territorio Schengen? Cómo se contarían los 90 días? Por ejemplo, si entro el 1 de enero 2020, tengo 90 días hasta el 1 de julio 2020?
    O los 90 días se aplican del 1 de enero 2020 al 1 julio 2019? Gracias

    • Responder

      Estimada Francesca, la estancia como turista en territorio Schengen efectivamente son 90 días en un plazo de 180 días, independientemente de los países del territorio que visite. Es decir, una vez ingresa a un país del espacio Schengen, tiene 90 días para permanecer en el mismo o viajar por todo el territorio, podrá salir y volver a entrar como desee en los 180 días, hasta que se cumplan esos 90 días. Esperamos haberle podido aclarar sus dudas. Un cordial saludo

  • Marcos
    Responder

    Hola, un gusto saludarlos y gracias desde ya por su tiempo y respuesta. Mi pareja va ir a tramitar su ciudadanía en Italia y yo como su conyugue solicitaré el permiso de soggiorno por motivo familiar. Nuestra idea es irnos luego a España una vez le entreguen su pasaporte y allí fijar residencia. Mi consulta es: Suponiendo que yo inicié el tramite para mi permiso de soggiorno en Italia, por lo que con el comprobante del trámite ya puedo estar legal, y se pasan mis 90 días como turista, pero luego deseo irme a España con mi conyugue porque ya recibió su pasaporte. Puedo moverme de pais aunque aun no me hayan entregado la credencia del permiso de soggiorno y solo tenga el comprobante de inicio de trámite? O debo esperar si o si a tener la credencial del permiso para poder entrar a España y poder solicitar la tarjeta de residencia como familiar de comunitario? Espero puedan ayudarme, gracias por su tiempo!

    • Responder

      Estimado Marcos, si usted ingresa a territorio español de manera regular, puede solicitar la residencia por familiar de comunitario, por estar casado con un ciudadano europeo. Si desea consultar su caso con un experto, agende cita en https://www.tolentinoabogados.com/citas . Saludos cordiales

      • Marcos
        Responder

        Si, claro lo sé y es lo que deseo hacer. Mi consulta es si debo esperar a que finalice el trámite del permiso de soggiorno para ir a españa (que puede tardar meses en que me den la credencial en Italia y por lo tanto se vencerían mis 90 dias de turista).. O puedo ingresar a España aunque ya se me hayan pasado los 90s dias y ese trámite este aún en proceso?.. En italia estaría legal pasados los 90 dias porque tendria un comprobante de que solicité el permiso de soggiorno.. pero en españa no.. Espero se entienda mi consulta. Muchas gracias desde ya por su amable respuesta.

        • Responder

          Estimado Marcos, no podemos asesorarlo respecto a trámites de extranjería de Italia, puesto que nos especializamos en extranjería e inmigración solo en España. Dicho esto, le reiteramos, una vez usted llegue a España, el trámite de residencia por familiar de comunitario es un permiso que se puede solicitar, se esté o no en situación regular en el territorio. Para poder asesorarlo mejor, y trazar un plan a seguir, anterior a su llegada al territorio, agende cita en https://www.tolentinoabogados.com/citas . Un cordial saludo

  • David
    Responder

    Buenos días, ya tengo 13o días en territorio español, fui como turista y con planes de pedir asilo y residencia, cosas que ya tengo en trámites, ahora mi pregunta es: ¿Que pasa si deseo regresar a mi país de origen? ¿Seré multado, sancionado o algo así?
    Soy de Venezuela, muchas Gracias por la ayuda que aquí me puedan brindar con ese tema…

    • Responder

      Estimado David, si usted ha solicitado asilo en territorio español, por un lado, no se le recomienda salir de España mientras está a la espera de una resolución y, por otro, una vez le sea concedido su autorización de residencia por razones humanitarias, no deberá viajar a Venezuela, ya que la misma le puede ser retirada al entenderse que no son válidas las razones de peligro y miedo que aportó en su solicitud de asilo. Un cordial saludo

  • Andres
    Responder

    HOla,

    Yo llegue a Madrid en diciembre del 2021 y sali de Euorpa por Lisboa a inicios de Junio, excediendo el tiempo de estancia 90 dias. el oficial en Lisboa no me dijo nada respecto a mi tiempo de estancia y me sello el pasaporte con la fecha de salida normal. En total estuve 170 dias en Europa. Quisiera saber entonces cuando podria volver como turista? si vuelvo deberia de cambiar de pasaporte o puedo entrar con el mismo? Podria solicitar un visado de estudiante en el consulado de españa con el pasaporte inicial o con uno nuevo? Muchas gracias!

    • Responder

      Estimado Andrés, si al salir del territorio Schengen no le impusieron ningún tipo de prohibición de entrada en fronteras, usted podrá volver sin problema alguno, una vez pasen 90 días de su fecha de salida. Si necesita ayuda con la gestión de la documentación para presentar el visado de estudios, así como agendar todas las citas correspondientes, agende una cita con nuestros expertos en https://www.tolentinoabogados.com/citas . Un cordial saludo

  • Anahi Mayoral
    Responder

    Hola una consulta:
    Yo llegue a Madrid el dia 29 de marzo y de ahi estuve en portugal los siguientes meses. yo estoy casada con un portugues, tenemos una bebe de 1 año y estamos tratando de los documentos para poder estar aqui de manera legal, mi hija ya esta con su carton de ciudadado; ami me dieron cita en SEF el 22 de septiembre y pensaba ir a México por mi hijo de 15 años en el mes de agosto ya que se quedo a terminar el año escolar y mi pregunta es
    ¿que pasa si me quedo despues de los 90 dias?
    ¿si salgo de Europa en el mes de agosto me dejan regresar?
    ¿puedo entrar a europa con la cita del SEF o no me ampara en nada?

    • Responder

      Estimada Anahi, si usted supera el tiempo permitido de 90 días como turista en el espacio Schengen, se enfrenta a una posible prohibición de entrada por parte de las autoridades fronterizas, una vez proceda a salir del territorio y que ellos se percaten de que ha excedido su tiempo de estancia. Esto podría pasar o no, pero dependerá del oficial que la atienda. En caso de que no le impongan ninguna prohibición de entrada, podrá volver al espacio Schengen en 90 días posteriores a su partida. Un cordial saludo

      • Marcela
        Responder

        Buenos días, tengo un visado de estudios de 6 meses y luego quisiera quedarme 90 días de turista, es algo automático o hay que solicitar la visa Schengen ? O salir y volver a entrar al país? Quedo atenta muchas gracias

        • Responder

          Estimada Marcela, quedarse en España 90 días de turista, de forma posterior a la finalización de los 6 meses por estudios, no es posible. Lo procedente es que salga del país y regrese a España como turista. Si desea prorrogar su estancia en España como estudiante, podemos ayudarla en ese trámite agendando en https://www.tolentinoabogados.com/citas .Un cordial saludo.

      • Anahi Mayoral
        Responder

        Entonces el registro de mi matrimonio en Portugal no me ampara en nada? ya que pensaba viajar solo con el certificado de matrimonio y mi cita con SEF o que otro documento podria presentar?

        • Responder

          Estimada Anahi, un gusto saludarle, si usted desea residir en España con su esposo, puede ingresar a España, su esposo solicitar el certificado de registro de miembro UE y posterior a ello usted podrá solicitar la residencia comunitaria por cónyuge. Para poder ayudarle necesitamos conocer más detalles de su situación particular.

          Agende cita con nuestros expertos a través de nuestra página web: https://www.tolentinoabogados.com/citas.

          Un saludo.

      • Anahi Mayoral
        Responder

        Entonces el registro de mi matrimonio en Portugal no me ampara en nada? ya que pensaba viajar solo con el certificado de matrimonio registrado y emitido en Portugal mas mi cita con el SEF o que otro documento podria presentar

  • Camila Herrera
    Responder

    Hola buenas tardes mi situación es la siguiente yo solicité asilo político en españa y me lo denegaron y me pase de los 90 días legales de estar en españa, al regresar a mi país (colombia) en el aeropuerto me pueden multar o tener alguna complicación para regresar a mi país ? Muchas gracias

    • Responder

      Estimada Camila, si usted se encuentra de manera irregular al salir de territorio español puede iniciarle un procedimiento sancionatorio en su contra, podrían desde multarla hasta colocarle una prohibición de entrada al país. Dependiendo del tiempo que tiene en España puede comenzar con otro proceso de regularización de su situación. Para ayudarle necesitamos conocer más detalles de su situación particular.

      Agende cita con nuestros expertos a través de nuestra página web: https://www.tolentinoabogados.com/citas.

      Un saludo.

  • sofia
    Responder

    Hola buenos días,
    Yo entré a España desde Colombia con visa de estudios por un año, este visado se acaba el 30 de este mes y ya inicié el proceso de solicitud de prorroga. Mi pregunta es si puedo viajar a Francia como turista durante estos meses de verano contando con que aún no he utilizado mis 90 días de turista. He visto en respuestas anteriores que no hay ningún problema para viajar a otro país del espacio Schengen pero también hay una respuesta que dice que al finalizar una estancia por estudios no es posible quedarse como turista.
    Les agradezco me aclaren esta duda, gracias.

    • Responder

      Estimada Sofia, si está en proceso de prórroga de su estancia por estudios, le recomendamos que no viaje hasta que no esté resuelto su trámite. Un cordial saludo

      • sofia
        Responder

        Pero no podría hacer uso del tiempo de turista?

        • Responder

          Estimada Sofia, no, en su caso no le corresponde y podría implicarle complicaciones mayores si abandona el territorio en un proceso de extranjería. Un cordial saludo

  • Junior
    Responder

    estoy viviendo en españa y ya pase los 90 dias de turismo y estoy en un proceso de extranjeria pero me quiero ir a vivr para portugal con mi pareja, el es europeo pero yo noy ahora no se si me pueda ir por ya haber pasado los 90 dias de turismo

    • Responder

      Estimado Junior, le recomendamos que no abandone el territorio hasta obtener respuesta de su trámite presentado en extranjería y encontrarse así, en una situación regular en España que le permita desplazarse dentro de la zona Schengen sin problemas. Un cordial saludo

      • Junior
        Responder

        Y que pasaría si salgo de España con el trámite todavía en proceso?

        • Responder

          Estimado Junior, en ese caso si su trámite es denegado, usted se encontraría en una situación irregular sin posibilidad de volver a ingresar a territorio español. Un cordial saludo

  • Leticia
    Responder

    Buenas tardes quisiera hacerles una pregunta, entre con mí hijo el 11/12/2021 a España como turista de intenté realizar la pareja de hecho pero como se complicó con los trámites regresé a mí país Argentina para no estar tanto tiempo irregular y poder adquirir todos los papeles aquí con calma el 07/06/22 excediendo los 90 días,al salir me sellaron el pasaporte normal sin avisarme de ninguna multa o sanción ni a mí ni a mí hijo menor. Mí pregunta es, cuando podría volver a España para realizar la pareja de hecho con los papeles correspondientes en terminó? Después de este hecho?

    • Responder

      Estimada Leticia, si al salir del territorio español no se le impuso ninguna prohibición de entrada futura por haber excedido el tiempo como turista, usted podrá volver a ingresar a España luego de que hayan pasado 90 días de su última salida. Un cordial saludo.

  • Delfina
    Responder

    Hola! Tengo pasaporte italiano, actualmente estoy en España porque voy a estudiar aquí, entre el 9 de abril y el 9 de julio se cumplieron los 3 meses, actualmente tengo una semana fuera del plazo de 90 días. En 3 días voy a obtener el NIE de ciudadano de la Union Europea. Tendré problemas para salir del país luego de ya obtener el NIE de residente?

    • Delfina
      Responder

      En si quiero saber si al momento de salir de España hacia Italia, aunque haya pasado el tiempo máximo de estancia, si ya tengo la tarjeta de residente legal, no me harán problema por haber superado el plazo de estancia máximo? Si ven la fecha de entrada al país y la fecha en que se concedió la residencia legal, no voy a tener problemas por ese pequeño lapso de 1 semana y media?

      • Responder

        Estimada Delfina, en su caso, cuando ya obtenga su tarjeta de residente de miembro UE, podrá viajar sin ningún problema.
        Si desea ampliar esta consulta o ayuda personalizada con el trámite, le recomendamos agendar una cita con nuestros expertos en https://www.tolentinoabogados.com/citas para que puedan evaluar su caso y brindarle la mejor opción.
        Un saludo

  • Joseph
    Responder

    Buenos días. Llegué a España como turista en diciembre de 2021 y regresé a mi país este mes de julio del 2022 sumando un total de 226 días. En el aeropuerto no me dijeron nada y me pusieron un sello normal en el pasaporte. Cuándo podré regresar a España?
    Gracias

  • jenifer
    Responder

    Hola buen dia, yo entre a españa el 05 de mayo del 2022, pero ese mismo dia viaja a portugal y ya se me vencen los 90 dias el 05 de agosto. pero compre mi tiquete de regeso a colombia para el 8 de septiembre (excediendome de los 90 dias como turista) corro el riesgo de que me veten para volver a entrar a españa o portugal?

    • Responder

      Estimada Jennifer, es un riesgo, puede que le notifiquen a su salida como puede que no. En ese caso, lo recomendable es que usted vuelva a ingresar a territorio español luego del mismo tiempo que pasó dentro de España. Le recomendamos siempre mantenerse de manera regular. Si desea ampliar esta consulta o ayuda personalizada con el trámite, le recomendamos agendar una cita con nuestros expertos en https://live.vcita.com/site/tolentinoabogados/online-scheduling para que puedan evaluar su caso y brindarle la mejor opción. Un saludo.

  • Maximiliano
    Responder

    Estimados, buenas tardes, les hago una consulta, estoy esperando a que mi pareja termine de hacer la ciudadania italiana para poder realizar la pareja de hecho. Creemos que va a salir esto cuando yo ya haya cumplido los 90 días de turista en Europa, por lo que quedaría como ilegal por un mes aproximadamente y haríamos los papeles,
    Si estoy ilegal no tengo problema de realizar la pareja de hecho verdad? y después podría salir legalmente de España una vez realizada la pareja de hecho verdad?
    Muchas gracias y cordiales saludos

  • florentina rogers
    Responder

    Hola, llegue a Madrid el 6 de Junio, he estado en Shengen por 41 Dias, pues entremedio salí a Albania y Bosnia. Luego regresé a Shengen y en 14 días saldré nuevamente de Shengen Croacia por otras 3 semanas. Mi vuelo de salida desde Madrid es el 28 de octubre. No pretendo volver a europa antes de otro año. Pienso que no tendré problema en reingresar a shengen despues de Croacia pues estaré en el tiempo reglamentario, pero si permanezco luego en Shengen hasta el vuelo de regreso, y se cuentan todos los dias que he estado dentro desde junio sería, más larga. Es posible que se puedan considerar como parte de 2 períodos distintos de 180 días (hacia el pasado), los primero días que pasé en Shengen y ahora los próximos del final de mi viaje?

    • Responder

      Estimada Florentina, recuerde que solo puede estar como turista 90 días, dado que en el espacio Schengen no hay propiamente fronteras, dicho plazo computará independientemente del lugar a donde viaje. Al salir del territorio español puede que le notifiquen a su salida como puede que no. En ese caso, lo recomendable es que usted vuelva a ingresar a territorio español luego del mismo tiempo que pasó dentro de España. Le recomendamos siempre mantenerse de manera regular. Si desea ampliar esta consulta o ayuda personalizada con el trámite, le recomendamos agendar una cita con nuestros expertos en https://live.vcita.com/site/tolentinoabogados/online-scheduling para que puedan evaluar su caso y brindarle la mejor opción. Un saludo

  • Cristobal
    Responder

    Hola muy buen artículo, yo soy de México y entre a España con un visado de trabajo por 180 días, mi pregunta es si después de que transcurran esos 180 días ¿¿puedo estar en España los 90 días como turista??

    • Responder

      Estimado Cristobal, usted deberá salir del territorio español, usted deberá salir de España en los tiempos que le indica su visa, porque de lo contrario quedaría en situación irregular. Para volver a entrar al país como turista puede hacerlo después de haber salido. Si desea ampliar esta consulta o ayuda personalizada con el trámite, le recomendamos agendar una cita con nuestros expertos en https://live.vcita.com/site/tolentinoabogados/online-scheduling para que puedan evaluar su caso y brindarle la mejor opción. Un saludo

  • Alejandra
    Responder

    Hola buenos días. Soy mexicana y estoy residiendo en España con una autorización de búsqueda de empleo pero se vencerá pronto y quería saber si puedo salir de España durante una semana (antes de que se venza) y volver a entrar (ya vencido el permiso) como turista y poder estar otros 90 días como turista. Gracias.

    • Responder

      Estimada Alejandra, lo recomendable es que modifique su residencia de búsqueda de empleo antes de que se caduque. Si desea ampliar esta consulta o ayuda personalizada con el trámite, le recomendamos agendar una cita con nuestros expertos en https://www.tolentinoabogados.com/citas para que puedan evaluar su caso y brindarle la mejor opción. Un saludo

      • Alejandra
        Responder

        Gracias por la respuesta, el caso es que no buscaría modificar la residencia ya que me regresaré a mi país pero sí quisiera viajar a otros países antes de regresarme por lo que quería saber si puedo hacer uso de los 90 días como turista o si habría algún problema por la regla de 90 días cada 180 días. Gracias.

  • Mery
    Responder

    Hola estube en España por 163 días en cuanto tiempo puedo volver a entrar. Gracias.

  • Valentina
    Responder

    Hola! Con mi marido vivimos en España desde junio. Él es ciudadano italiano y yo de nacionalidad argentina. Estamos empadronados en Barcelona, él ya tiene su registro de ciudadano de la union y yo ya presente hace un mes y medio la solicitud de residencia temporal para familiares de ciudadanos de la union en extranjería cumplimentando todos los requisitos. La pregunta es si puedo salir de España a otro país fuera del espacio Schengen, ya que ya han pasado más de 90 días desde que ingresé a España. Tengo que viajar unos días por trabajo y tengo miedo que no me dejen regresar. No se cuanto tiempo más va a demorar en tener resolución la solicitud de la residencia. En un lugar me dijeron que no debería tener problemas, que en el peor de los casos al ser menos de 180 días es falta administrativa leve y que me podrían poner una multa (que se podría recursar) pero que no deberían prohibirme reingresar al país.

    • Responder

      Estimada Valentina, el justificante de presentación solo la autoriza a permanecer en España hasta que Extranjería de respuesta. Como usted es argentina y ha excedido los 90 días de turista, no se recomienda salir, puesto que puede presentar inconvenientes para entrar de regreso. Sin embargo, usted puede tramitar una autorización de regreso para salir y volver entrar, debe tener en cuenta que debe dar debidamente el motivo de su salida y su urgencia.
      Un saludo

  • Damaris
    Responder

    Hola, estudie en espana desde el 2017 al 2021. Mi permiso de estudiante duraba mas que la fecha en la que me gradue y hice un voluntariado en el tiempo que me sobraba. Planeaba sacar la visa de prorroga por busqueda de empleo pero mi universidad era privada sin registro en el RUCT y no pude tramitarla. Por razones economicas y personales no pude salir en el plazo de 90 dias extras despues de que se me vencio la visa (Se vencio el 16 de oct del 2021, debi salir en enero 16 del 2022). Mi ultimo dia en espana fue el 31 de Mayo del 2022. Cuando sali el policia de migracion me dijo que podia que me restringieran la entrada a europa pero no sabia por cuanto ni si lo haria. El sello de mi pasaporte es normal pero le tomo una foto a mi pasaporte con su movil personal y no me llego ninguna notificacion ni nada. No se como enterarme si tengo la entrada restringida ni por cuanto tiempo. Ya habia contratado abogados y ninguno me supo decir y aqui en Mexico ningun consulado tiene esa info. Que puedo hacer para saber?

    • Responder

      Estimada Damaris, un gusto saludarle. Si al salir el funcionario de inmigración no le emitió ninguna sanción (documento notificatorio) ni le prohibió la entrada a España usted podrá ingresar sin problema nuevamente. Se recomienda pasar fuera del territorio español al menos el doble de días que permaneció irregular. Si desea ampliar su consulta o realizar un trámite agende cita con nuestros expertos a través de nuestra página web: https://www.tolentinoabogados.com/citas. Un saludo.

      • Damaris
        Responder

        Gracias por la rapida respuesta. El funcionario si menciono que podia que me pusieran algo en mi pasaporte aunque el no lo hizo fisicamente delante mia, como que algo del sistema no funcionaba y le tomo una foto con su movil. Me da miedo que lo haya hecho despues, yo llegar y que ahora si me sancionen por el exceso de dias que estuve la ultima vez en la UE y no me dejen entrar. Hay algun tramite que pueda hacer o manera de averiguar si mi nombre esta sancionado o no?

        • Responder

          Estimada Damaris,
          Dado que el funcionario no le puso ningún sello ni le dio ninguna notificación de prohibición usted no tiene ningún problema en ese sentido. Sin embargo, le recomendamos que vuelva a ingresar a territorio español o cualquier país del territorio Schengen al menos transcurrido el doble de días que permaneció en situación irregular. Un saludo

  • Frinee
    Responder

    Buenos dias, soy Guatemalteca. Llegue a España en diciembre, viaje a Paris por via terrestre. Ahora quiero regresar a España por dos dias y volverme a Paris en avión. Mi duda es, dentro de la zona Schenguen van a comprobar mi sello de entrada en el pasaporte? Normalmente en vuelos comunitarios solo revisan tu identificaicon para comprobar que los datos correspondan con la tarjeta de embarque, y a la llegada al aeropuerto de destino tomas la salida de «nada a declarar» sin tener que pasar ningun control. Cual seria la posibilidad de que detectaran que mi estancia supera los 90 dias? En caso de que fuera así, me impedirian el embarque en Paris o podria exponerme a la expulsión de la UE?

    Muchas gracias

    • Responder

      Estimada Frinne,
      Un gusto saludarle. Usted corre el riesgo de que sea detectado por un funcionario por quedarse más del tiempo permitido como turista (90 días). El funcionario de inmigración podría emitirle una sanción o prohibición de la entrada en el país donde se encuentre dentro de la zona Schengen. Se le recomienda siempre permanecer en situación regular. Si desea ampliar esta consulta o ayuda personalizada con el trámite, le recomendamos agendar una cita con nuestros expertos en https://www.tolentinoabogados.com/citas para que puedan evaluar su caso y brindarle la mejor opción.
      Un saludo

    • Mariano
      Responder

      Hola, te consulto con respecto a tu situacion porque estoy ante la misma duda. Finalmente pudiste viajar?
      Yo tambien me excedi de los 90 dias de turista y ahora necesito viajar desde España a Italia y no se si hacerlo por avion o por via terrestre para tratar de evitar los controles.
      Si me comentas como fue tu experiencia te lo agradezco.
      Saludos!

      • Responder

        Estimado Mariano,
        Ya le hemos respondido su consulta: dado que se excedió su tiempo de turismo y se encuentra en situación irregular, en caso de que realicen un control puede que el funcionario de inmigración le prohíba la entrada.
        Un saludo

  • Maitén
    Responder

    Hola, soy argentina, fui a Francia en el 2021 a ver a mi pareja francesa, entre al espacio Schengen por España el día 21/01/21, debido a la pandemia y cancelación de vuelos me quede hasta el 26/08/21 que tuve mi vuelo. Al darme cuenta que estaba irregular por mas de 90 días llame a la embajada argentina y me dijeron que no había problema ya que no era mi culpa, pero no me dieron ningún documento que respalde el haberme quedado esos meses de más. En migraciones me preguntaron porque me quede más tiempo, les explique la situación y me dijeron que muchos argentinos les habían dicho eso pero que no era correcto. Me sellaron normal la salida con la fecha de ese día, (26/08/21) y me escribió 4 rayas en el sello, como si fuera una mira de un arma. Qué significa? Cuáles son las consecuencias al volver a entrar al espacio Schengen? Quiero volver a entrar en Diciembre por un periodo de 90 días para ver a mi pareja en Francia, hay algún problema?

    • Responder

      Estimada Maitén, ¿le dieron alguna notificación de prohibición de entrada que indique un rango de tiempo?
      Primero que todo debe tener claro esto. En caso de que al salir el funcionario de inmigración no le emitió ninguna sanción ni le prohibió la entrada a España, usted podrá ingresar sin problema nuevamente, dado que esto fue en el 2021 entonces ya puede volver a ingresar a España. Sin embargo, le recomendamos mirar con detenimiento si tiene alguna prohibición. Si desea ampliar esta consulta le recomendamos agendar una cita con nuestros expertos en https://www.tolentinoabogados.com/citas Un saludo

  • daniela
    Responder

    Hola soy de Peru, yo estoy en Francia desde 20 de julio 2022, viajé porque mi hermana dará a luz en octubre, entonces contabilizando los 90 dias, tendria que retirarme de Francia el 20 de octubre, sin embargo mi hermana necesita de atencion y cuidado con el bebe, ya que ella vive sola, asi que cambiare mi fecha de retorno para un mes despues. mi consulta es: yo tendria que solicitar una extension de visa por temas de salud o en el mismo aeropuerto cuando me retire y pase por migraciones, deberé simplemente explicar que me quedé 1 mes adicional por el embarazo de mi hermana. no recibire alguna sancion no?

    • Responder

      Estimada Daniela, en principio usted puede solicitar exención del visado Schengen si se demuestra caso excepcional en los que surjan nuevos acontecimientos y motivos especiales después de entrar al país, es decir, por razones humanitarias o de fuerza mayor. Deberá enviar su solicitud antes de que caduque el visado que tenga solicite algún tipo de permiso para regularizarse en Francia. Consulte con la entidad pertinente en Francia. Un saludo

  • Yolanda
    Responder

    Buenas tardes
    Mi nombre es Yolanda Gordon

    tengo visa por estudios, vence el 21 de octubre. soy de Ecuador

    quisiera quedarme 30 días mas y si es asi,

    puedo salir de España a Francia en ese tiempo ?

    Muchas gracias
    y mil disculpas

    tengo que hacer algun tramite, o con los 90 días extras que dicen puedo quedarme.

    si en algun futuro quisiera regresar tendría algún problema por eso?

  • María A.
    Responder

    Hola, soy peruana y he estado en un proceso de residencia por prácticas el cual ha sido inadmitido el 07 de septiembre y abandoné el país una semana después de manera voluntaria, en el aeropuerto me sellaron la salida sin problemas. En caso quiera volver a España por trabajo ¿tendría algún problema si es que una empresa quiera tramitar mi residencia inicial para trabajar? y ¿dentro de cuánto tiempo podría volver a ingresar al país?
    Gracias de antemano.

    • Responder

      Estimada María,
      Al ser peruana si usted cuenta con una oferta laboral puede solicitar residencia por cuenta ajena inicial por contratación de origen. Es así como una vez aprobada la residencia se solicita el visado de residencia por cuenta ajena. Si desea que le ayudemos con el trámite estaremos encantados de ayudarle, para ello agende cita con nuestros expertos en https://www.tolentinoabogados.com/citas.

      Saludos cordiales

  • Chris
    Responder

    Buenos días,
    Tengo pasaporte de Reino Unido y quiero solicitar el Golden Visa desde aqui en España. Mi pregunta es si mi tiempo como turista con visado Schengen se sigue descontando cuando tengo una solicitud en vigor? Llevo 2 meses en España y necesito saber si me puedo quedar los 90 días + el tiempo de la solicitud de residencia o si me tengo que ir no importa que cuando cumple los 90 días? Gracias

    • Responder

      Estimado Chris,
      Si cuenta con todos los documentos para solicitar la Golden Visa lo recomendable es hacerlo mientras esté en situación regular con su visa de turismo. Una vez realice la solicitud con el resguardo de la presentación puede esperar a que le salga su residencia golden visa. Si desea que le asistamos con el trámite, agende cita con nuestros expertos en https://www.tolentinoabogados.com/citas.

      Saludos cordiales

  • Mariano
    Responder

    Hola. Yo soy Argentino, entre a principio de año a Europa y ya me excedi de los 90 dias de mi visa de turista. Actualmente estoy en España y tengo a que viajar a Italia para terminar con el tramite de mi ciudadania italiana.
    Se que para viajar de España a Italia no hay control de migraciones, pero de todas formas no se si la aerolinea me puede frenar en el aeropuerto o algun otro control y al verificar que me excedi del plazo de 90 dias no me dejen entrar a Italia, o no me dejen salir de España. Me pueden llegar a expulsar de Europa directamente?
    En ese caso, me convendria tal vez viajar por via terrestre para evitar un posible control?
    Gracias!

    • Responder

      Estimado Mariano,
      Dado que se excedió su tiempo de turismo y se encuentra en situación irregular, en caso de que realicen un control puede que el funcionario de inmigración le prohíba la entrada.
      Si desea ampliar esta consulta o ayuda personalizada con el trámite, le recomendamos agendar una cita con nuestros expertos en https://www.tolentinoabogados.com/citas para que puedan evaluar su caso y brindarle la mejor opción.
      Saludos cordiales

  • CARMEN
    Responder

    Estimado si deseo obtener mi residencia en españa cumpliendo los dos años con contrato de trabajo , es posible que pueda salir de españa dentro de la union europea, sin perder mi empadronamiento durante los dos años por via terrestres abra registro alguno ya que me piden no salir de españa durante dos años.

    • Responder

      Estimada Carmen,
      Si usted se refiere a que se encuentra de manera irregular y quiere solicitar arraigo social o laboral, hasta que no tenga su tarjeta, le recomendamos no salir de España, pues le pueden poner problemas las autoridades migratorias al volver a ingresar. Si desea ayuda personalizada con el trámite, le recomendamos agendar una cita con nuestros expertos en https://www.tolentinoabogados.com/citas para que puedan evaluar su caso y brindarle la mejor opción.
      Un saludo

  • Daniela
    Responder

    Muy buenas tardes. Mi situación es la siguiente, mis suegros se han quedado con visado Shengen de corta duración (8 días) de la que ya se han pasado 2 meses, en España con nosotros, pero para regularizar su estado ya que su hijo ha recibido la nacionalidad, hemos barajado la opción de que vuelvan para luego hacer la reagrupación familiar.
    Mi pregunta entonces es, si los sancionan al salir por haber excedido el visado afectaría a la reunificación familiar? en el caso de que si, habría una forma de ampliar el plazo del visado ? o si se les ocurre alguna otra opción, estamos abiertos a opciones. Muchas gracias. hacen usd un servicio increible en esta web.

    • Responder

      Estimada Daniela,
      Habría que analizar la situación en concreto: de qué forma obtuvo la nacionalidad y saber cuál es la edad de los señores para ver la opción de reagrupación, para así saber qué tipo de residencia les corresponde. Con el fin de ayudarle le recomendamos dejar su consulta web gratuita donde los expertos le responden en menos de 15 minutos o también puede agendar una cita en: https://www.tolentinoabogados.com/citas
      Esperamos poder ayudarles.
      Un saludo

  • Marta
    Responder

    Buenos días,

    Tengo visado de turista (90 días) pero mi pareja lo tiene de trabajo (180 días). En el impass de los 90 días en lo que no tengo visa, pueden ponerme problemas para regresar a mi país de origen una vez terminada la estancia de trabajo de mi pareja? ¿Debería pedir la residencia o algun otro tramite para poder salir sin ser sancionado por haber pasado los 90 días de turista?

    Muchas gracias!

    • Responder

      Estimada Marta,

      Es posible que a la salida del país el funcionario de inmigración le emita una multa o le prohíba la entrada al territorio español hasta por 5 años. Si al salir el funcionario no se percata de que se pasó más del tiempo debido, debe tener presente que podrá volver a ingresar a España y a la UE tras pasar el doble de tiempo que pasó dentro. Si desea extender su estancia de turista puede hacerlo ante una comisaria de policia justificando debidamente la razón extraordinaria por la cual usted desea quedarse más tiempo.
      Un saludo

  • Gonzalo
    Responder

    Hola! Llegué a España el 18 de mayo 2022 como turista y luego solicité una estacia de estudio, la cual me aprobaron el jueves 17 de noviembre 2022 y me permite estar en España hasta junio 2023. He comenzado el tramite para sacar el TIE, pero recien me lo entregarán a finales de diciembre. El asunto es que necesito viajar a Italia y a Israel dentro de 2 semanas y tengo las siguientes dudas:
    1. ¿Tendré problemas para entrar a Italia por llevar más de 6 meses en el espacio Schengen teniendo en cuenta que aun no tengo el TIE (Sólo tengo la aprobación de la estancia en PDF)?
    2. ¿Tendré problemas para salir de Italia (Espacio Schengen) y entrar Israel? teniendo en cuenta la situación mencionada anteriormente.
    3. ¿Tendré problemas para regresar de Israel a España (con escala en Italia) por el hecho de no tener el TIE y haber estado ya más de 6 meses en el espacio Schengen?

    No sé que efecto legal tiene el documento de la aprobación de la estancia de estudio en PDF tanto en Italia como en Israel.

    Muchas gracias

  • jair
    Responder

    Un familiar entro al pais el 6 de diciembre y se devuelve el 21 de febrero, completando al rededor de 80 días, podra volver al España cuando? en Junio estaria bien?

  • Stefano
    Responder

    Hola que tal! Mi pareja tiene su permesso de soggiorno de Italia porque hace ya un año que esta tramitando su ciudadania alli. Sin embargo, hace 2 meses se vino a España para visitarme y estar conmigo. Le sirve ese permiso de residencia italiano para quedarse mas de 90 dias aqui en España hasta que le salga su ciudadania? O podriamos iniciar el tramite de pareja de hecho para que pueda estar mas de 90 dias aqui? Muchas gracias!

  • Eros Mangiacone
    Responder

    Hola gente cómo va?Tengo una duda que no me deja terminar de diagramar mi viaje a Europa.El problema es este;Tengo un viaje pago a Europa del 22 de junio al 25 de agosto.Yo ya el 25 de ese mes tendría el pasaporte sellado con la salida de la Unión Europea,son 65 días los que yo ocupo de los 90 permitidos para estar en el territorio.Bien,el problema ahora es que con mi familia surgió otro viaje para fin de año a Europa nuevamente (29 de noviembre tenemos fecha de salida desde Argentina),mi gran duda es si yo voy a poder permanecer en el territorio Schengen a partir del 18 de diciembre que es cuando terminan los 180 días vigentes de posible permanencia en el territorio (recordemos que yo volvería a mi país el 25 de agosto,el 30 de noviembre que es cuando volvería a entrar a Europa,para ese entonces habrían pasado 98 días fuera del territorio europeo),también se cumpliría el día 18 de diciembre mi día 180 (recordemos que el 22 de junio hago la entrada a Europa por primera vez en este año y desde ahí comienzan a correr los 180 días (90 días posibles en el territorio Schengen y 90 días fuera del territorio Schengel).A partir del 19 de diciembre del vigente año yo vuelvo a tener 180 días con 90 días de permanencia en el territorio? o para que vuelva a tener esos días tengo que estar fuera de la Unión Europa por cierta cantidad de tiempo?

    En resumen,puedo hacerlo de esa manera o tengo que tener el pasaje recién para después del 18 de diciembre que es cuando se cumplen los 180 días de reglamentación y +90 días fuera del espacio Schengen? Muchas gracias!

  • Nadina
    Responder

    Buen día. Soy de Argentina. Tengo la visa de estudios desde el 29 de mayo hasta el 13 de septiembre. Quería saber si unos días antes que se me venza puedo salir del espacio Schengen por unos días y volver a entrar para que se me active la visa turista. Esto me lo han comentado en el consulado español de Argentina y no encuentro en ningún lado que sea así. Agradecería su respuesta.

    • Responder

      Estimada Nadina,

      Si se desea permanecer en España luego de la fecha de vencimiento de la estancia por estudios, se debe obtener una prórroga ante la autoridad de inmigración correspondiente, al menos dos meses antes de la fecha de vencimiento o 90 días posteriores. El viajar por el territorio Schengen no hace que se active la de turismo.
      Si desea ampliar esta consulta escríbanos en https://www.tolentinoabogados.com/es/consulta-web-gratuita/, nuestros expertos le responderán a la mayor brevedad posible.
      Un saludo

  • Gustavo
    Responder

    Hola buenas tardes, que pasa si perdi mi pasaje de vuelta pasando ya los 90 dias de turista y no tengo dinero para poder pagar otro, si voy a las autoridades a decirles que estoy de irregular, me multan? me retienen en la carcel o que sucede ?

  • Di Cristofaro
    Responder

    Hola
    Soy Italiano entré como turista y me quedé 6 meses, necesito regularizarme, porque tengo que hacer un viaje de trabajo.

    Para evitar la multa o la sanción me recomienda salir a mi país de origen 5 días y volver a entrar?
    Las sanciones para los ciudadanos del Espacio Schengen son las mismas?
    Gracias.

    • Responder

      Estimado Di Cristofaro,

      En su caso le recomendamos solicitar un certificado de Registro de Miembro UE el cual le permite residir y trabajar en el país de manera legal, sin limitaciones ni restricciones. Un saludo

  • Emma
    Responder

    Estimados,

    Si estoy 90 días en España y luego viajo a Reino Unido, no tendría problemas, ¿no? No necesito visa para ninguno de los dos país, y voy a quedarme en Reino Unido por unas dos semanas con boleto de retorno directo a mi país o pasando por España en tránsito. ¿Ahí estoy incurriendo en alguna infracción?

  • Yonathan
    Responder

    Hola buenas cm estas un placer yo entre a.españa. 20. De abril del 2022 y mis 90. Días se cumplían en julio pero por razones no puede viajar por q.no conseguí buelos para esa.fevha sino para agosto 24 q.sali.de España y ha hora quiero volver a ir será q.me.pondran problemas me regalas esa información

  • blanca
    Responder

    que pasa si despues de los 90 dias en españa me quiero regresar por voluntad propia, igual pagaria la multa?

    • Responder

      Estimada Blanca,

      Es posible que a la salida del país el funcionario de inmigración le emita una multa o le prohíba la entrada al territorio español hasta por 5 años. Si al salir el funcionario no se percata de que se pasó más del tiempo debido, debe tener presente que podrá volver a ingresar a España y a la UE tras pasar el doble de tiempo que pasó dentro.

      Un saludo

    • Vanesa
      Responder

      Hola tengo una pregunta esque estuve 9 meses en españa soy colombiana y me devolvi a mi pais voluntariamente y en migracion me preguntaron si estaba ilegal y la señora de migracion dijo que me puso multa y me restringio la entrada por 5 años a españa pero me pusieron el sello normal,como puedo saber si depronto estoy en la base de datos de migracion si puedo volver o no a españa ,porque en el pasaporte no dice nada pero lo que me preocupa es si dice algo en la base de datos de migración en madrid? Porfavor si me puedes responder esta duda,de ante mano te agradezco.

      • Responder

        Estimada Vanesa,

        Un gusto saludarle. Cuando un funcionario de inmigración multa a una persona por haber excedido el tiempo de estancia como turista en España, generalmente se emite un documento, en caso de que el funcionario no haya emitido dicho documento queda a valoración del funcionario si cumple con los requisitos para volver a entrar o no.

        Un saludo

      • Lima Maria Ortiz
        Responder

        Buenas noches soy Colombiana dure 1 año viviendo ilegal en España pero regresé hace 8 años otra vez a Colombia pero no me pusieron problema en migración saliendo de España por lo que pase más del tiempo debido, ¿quería saber si puedo volver a España sin algún problema y como turista?

        • Responder

          Estimada Lina, un gusto saludarle. Si al salir el funcionario de inmigración no le emitió ninguna sanción ni le prohibió la entrada a España, puede ingresar nuevamente como turista, puesto que ya pasó el tiempo necesario fuera de territorio español. Le recomendamos siempre mantenerse de forma regular.
          Un saludo.

  • Daniel
    Responder

    Mi visado de estudios vence el 3 de junio, tras 130 días. Tengo mis vuelos de regreso hasta el 22 de junio. He leído y me han comentado en varias fuentes que se puede usar la visa de turismo posterior a la finalización del visado si se sale y vuelve a entrar de territorio español, o Schengen en este caso con un visado de turista, sin embargo, como mexicano no me piden visado de turista físico. Podrías resolverme esa duda?

  • santiago
    Responder

    ANTE TODO MUCHAS GRACIAS POR LA INFORMACION BRINDADA.

    Le hago una consulta ya que por la interpretación estaría en lo correcto. Espacio Schengen- Pasaporte Argentino.

    1 Entre el 02/03 al 08/03 ( 6 días)
    2 vuelvo a entrar el 19/07 al 23/10 (97 días)

    El tema es que si considero 180 días de mi primer entrada ( 02/03 al 28/08) voy a estar 48 días y en el segundo periodo de 180 días ( del 29/08 en adelante) voy a estar 56 días, entonces estaría dentro de los parámetros permitidos.

    O la interpretación es que no puedo estar más de 90 días seguidos y tendré q salir de espacio por unos días.

    Muchas gracias por la respuesta,

  • LEYDY RAMIREZ
    Responder

    BUENA TARDE , TENGO UNA CONSULTA
    MI MADRE VIAJÓ A ESPAÑA EL 28 DE NOVIEMBRE DEL 2021 Y SE REGRESÓ EL 18 DE MAYO DEL 2022
    ELLA QUIERE ENTRAR DE NUEVO A ESPAÑA
    EN SU PASAPORTE LE DEJARON 5 HOJAS EN BLANCO Y DE AHI LE PUSIERON EL SELLO DE ENTRADA A COLOMBIA-BOGOTÁ
    LA PREGUNTA ES SI INTENTA ENTRAR NUEVAMENTE A ESPAÑA LE PUEDEN NEGAR EL ACCESO?

    • Responder

      Estimada Leydy,

      Se puede permanecer 90 días como máximo en un periodo de 180 días.
      Si viene a España y dura menos de 90 días, ese plazo se suma a los siguientes plazos, siempre y cuando sea dentro de los mismos 180 días contados a partir de la primera entrada a España.
      Pasados 180 días desde su entrada en España, se renueva el periodo de estancia y podrá disfrutar de 90 días nuevamente
      Un saludo

  • Erika
    Responder

    Hola! tengo una duda tengo un visado de estudios de corta duracion que vence el 23 de Julio de 2023, quisiera quedarme un mes mas osea hasta fines de Agosto 2023 pero ya no por estudios sino para viajar por turismo dentro del territorio schengen, soy Peruana asi que no necesito visado de turismo para viajar por estos motivos. Mi duda es, una ves vencida mi visa de estudios, puedo quedarme 90 dias mas como turista? De antemano muchas gracias saludos!

    • Responder

      Estimada Erika,

      El visado de turista es cuando recién ingresa a territorio español o Schengen, de manera que una vez vencido el visado de estudios tiene quedaría en situación irregular. Tener en cuenta que para prorogar el visado de estudios tienen que presentarlo 60 días antes de que venza la autorización, o hasta 90 días posteriores al vencimiento.

      Si desea ampliar esta consulta escríbanos a https://www.tolentinoabogados.com/es/consulta-web-gratuita/

      Un saludo

  • Jorge
    Responder

    Agradezco el tiempo que se toman en responder a todos los comentarios. Viajé a españa en quincena de Noviembre del 2021 y regresé en quincena de abril del 2022. Sí, unos 5 meses. Al momento de salir de España, la oficial se dio cuenta, me puse bastante nervioso. Me dijo «usted está detenido por haber estado en situación irregular en España. Pensé literlamente que iba a esposarme, pero supongo que fue una detención que iba a registrar. De lo nervioso que estaba no dije nada. No me sellaron el pasaporte ni nada. Al momento de irme me dijo «Tenga en cuenta usted que cuando regrese pueda tener problemas y le pueden denegar la entrada hasta por 3 años». Eso me dejó confundido, ya que pensé que iba a ponerme la prohibición, sin embargo entendí que se lo dejó en manos de otro oficial si es que regresara.

    Ha pasado más de un año y me gustaría volver a fines de este 2023. Crees que pueda entrar a España en base a lo que te conté? La verdad estoy muy confundido. Gracias por tu respuesta.

    • Responder

      Estimado Jorge,

      Gracias por escribirnos. Normalmente, si el funcionario de inmigración se percata de la situación emite un documento sancionatorio. Debe tener en cuenta que puede volver a territorio español una vez transcurran 5 meses, y si el funcionario de inmigración se percata de que se quedó más tiempo en su último viaje puede que le denieguen la entrada. En caso de querer ampliar esta consulta escribanos gratuitamente en https://www.tolentinoabogados.com/es/consulta-web-gratuita/.

      Un saludo

  • Alan
    Responder

    Hola buenos dias tengo una consulta, yo ingrese a españa y estuve 6 meses entre españa y portugal, pero abandone voluntariamente españa(Me excedi de los 3 meses que tengo como Argentino para estar de turista) si quisiera volver a entrar a españa y conseguir los papeles para trabajar de manera remota, o por temas laborales consegui una visa de residencia tendria algun problema? Teniendo en cuenta que hace un tiempo yo me excedi a la hora de sacar los papeles?

    • Responder

      Estimado Alan, un gusto saludarle.

      Si al salir el funcionario de inmigración no le emitió ninguna sanción ni le prohibió la entrada a España, usted podrá ingresar sin problema nuevamente pasados 180 días desde su entrada en España. Puesto que se renueva el periodo de estancia y podrá disfrutar de 90 días nuevamente.

      Si desea que le ayudemos a tramitar el visado con gusto le ayudamos, para ello agende cita con nuestro equipo en: https://www.tolentinoabogados.com/citas

      Un saludo

      se recomienda pasar al menos 99 días fuera de territorio español para volver a ingresar nuevamente. Agende cita con nuestros expertos a través de nuestra página web: https://www.tolentinoabogados.com/citas. Un saludo.

  • Pablo
    Responder

    Hola, tengo un visado de estudios por 90 días, pero estaré otros 90 días más ¿Cómo renuevo mi visa de estudios por otros 3 meses? O al vencer mi visa tengo 90 días de turismo?

    • Responder

      Estimado Pablo,

      Los estudios deben continuar de preferencia por un estudio que tenga vinculación con el anterior. Aunque también puede ocurrir que el estudio inicial se haya prorrogado, se debe demostrar que ha sido admitido en una escuela de negocios / universidad y debe solicitarse 2 meses antes o 3 meses después de la fecha en que termina el visado de estudios. Si desea que le ayudemos con el tramite agende cita con nuestro equipo en: http://www.tolentinoavbogados.com/citas

      Un saludo

  • Andy
    Responder

    Hola, tengo pasaporte italiano y argentino. Si entro a España con el pasaporte italiano y me quedo 90 días, de ahí puedo ir a Francia por un mes sin problemas? Y si luego del mes, saliera del espacio Schengen, podría volver a España utilizando mi pasaporte argentino por otros 90 días? Gracias.

  • Edison Medrano
    Responder

    Saludos desde Colombia. Mi caso es: ingresé a BCN el 13-04-22 y salí por voluntad pues no planeaba nada en España el dia 15-08-22 osea 125 dias en total. En Barajas le expliqué a la Agente que mi estancia de 35 dias adicionales se debió a un problema economico pues me quedé antes de tiempo sin dinero y estuve en casa de conocidos y amigos durante esos dias adicionales mientras me llegaba mas dinero. Ella me dijo vale pero te tienes que demorar en regresar. El pasaporte no tiene ninguna restriccion ni sellos. Planeo volver en 01-10-23, osea ya han pasado exactamente 412 dias o 1 año, 1 mes y 15 dias. Habrá algun problema para volver a entrar ? Algunos me recomiendan entrar por Francia y llegar a España pero siento que no es una opcion valida. Gracias de antemano.

    • Responder

      Estimado Edison,

      En su caso podría volver a ingresar a España, recuerde que pasados 180 días desde su entrada en España, se renueva el periodo de estancia y se pueden disfrutar de 90 días nuevamente.

      Un saludo.

  • Alberto
    Responder

    Vivia en España y solicite el retorno voluntario, aún me falta un año para que se cumplan los 3 años de no retorno. La pregunta es si puedo viajar a Italia como turista.¿O tampoco puedo viajar a ningún pais hasta cumplir los 3 años?

    • Responder

      Estimado Alberto

      La restricción solo aplica para la entrada en España.

      No obstante, sugerimos agendar cita con nuestros expertos para poder evaluar puntualmente su caso y poder orientarle de manera efectivva.
      Le dejamos el link de nuestro sitio web para que agende la cita según su disponibilidad y horario. El coste de la cita es de 50€, los que luego se descontarán de los honorarios del trámite que contrate si decide hacerlo.

      https://www.tolentinoabogados.com/citas

      Saludos cordiales.

  • Lina
    Responder

    Buenas tardes soy Colombia hace 8 años estuve en España durante 1 año ilegal en migración en España a la hora de salir no me dijieron nada y regrese a Colombia ¿quería saber si vuelvo tengo algún problema? Gracias

    • Responder

      Estimada Lina,
      Si al momento de salir el funcionario de inmigración no le emitió ninguna sanción ni le prohibió la entrada a España, puede ingresar nuevamente como turista, puesto que ya pasó el tiempo necesario fuera de territorio español. Le recomendamos siempre mantenerse de forma regular.
      Un saludo.

  • Maribel
    Responder

    Hola ya me pase 10 dias de mis 90 dias, a los 60 dias presentamos los documentos para visa de teletrabajo faltaban documentos que ya sabiamos pero nos dijeron que debia hacerse a los 60 diad, respondieron a los 19 dias diciendo que faltan ciertos documentos y que aunque deniegan tenemos 30 dias para presentar los documentos, a los 2 dias lo hemos presentado, y han pasado 8 dias de eso, hasta saber la respuesta definitiva es legal que me siga quedando o ya debi haber salido? Gracias

  • Mari
    Responder

    Hola primero quiero agradecer por el tiempo que se toman en respondernos , también quiero comentarles, que llegue a España el 7 de mayo, intenté devolverme el 7 de agosto para. O exceder mis 90 días pero fue imposible por los precios tan altos, y conseguí un vuelo para devolverme a Colombia hasta el 18 de agosto, pero tengo miedo de que me sancionen y no pueda volver a España , ya que quiero volver en 3 meses, intenté pedir una prórroga de estancia por esos 11 días que me pasó, pero no me fue posible

    • Responder

      Estimada Mari,

      Fueron 14 días de incumplimiento del visado. Recuerde que se puede permanecer 90 días como máximo en un periodo de 180 días, pasados 180 días desde su entrada en España, se renueva el periodo de estancia y podrá disfrutar de 90 días nuevamente.

      Si desea ampliar esta consulta agende cita con nuestro equipo en https://www.tolentinoabogados.com/citas
      Un saludo

  • Angi
    Responder

    Hola, estuve 8 meses en españa y me intervino la policía me dieron hoja de trámite de expulsión pero no indicaban ni el tiempo ni nada, me pusieron un abogado y el abogado declaró mi retorno voluntario, luego archivaron mi caso, después de 9 meses podría volver a españa sabiendo que cuando salí me sellaron normal no me dijeron nada ni me pusieron nada en los sellos? Y en mi país tampco claro , podria volver a ingresar con un nuevo pasaporte o igualmente salgo en el sistema?

    • Responder

      Estimada Angi deberá pasar fuera de España el mismo tiempo que estuvo, es decir 8 meses, posteriormente podrá ingresar cumpliendo con los respectivos requisitos de entrada.
      Si desea ampliar esta consulta o ayuda personalizada con el trámite, le recomendamos agendar una cita con nuestros expertos en https://www.tolentinoabogados.com/citas para que puedan evaluar su caso y brindarle la mejor opción.
      Un saludo

  • Eduardo Renteria
    Responder

    Holaaaa cómo están??

    Estuve 1 año exacto en España, cumpliendo por ejemplo 181 en mi país (México) ya puedo ingresar a España??

    De antemano muchas gracias!!!

  • Anna
    Responder

    Hola. Muy buen artículo! Quisiera saber lo siguiente. Si por ejemplo, entré a España en Junio como turista, y luego dentro de España envíe mi solicitud de arraigo familiar en Julio (ya que mi padre es español)…considerando que mis 90 días se cumplen en Septiembre, puedo viajar dentro del espacio Schegen sin problemas? O que debo hacer?
    Si la policía me hace un control de identidad, me considerarían ilegal o cómo? (Obviamente aún no he recibido resolución de mi solicitud de arraigo familiar aún)

    Gracias al equipo!!!

    • Responder

      Estimada Anna,

      Le recomendamos permanecer en España mientras le sale la residencia para no tener inconvenientes.

      Un saludo

      • Anna
        Responder

        Vale muchas gracias!

        Y qué pasa si la policia me pide documentos si ya han pasado los 90 dias? Me consideran ilegal? O puedo estar tranquila hasta que me llegue resolución de mi solicitud de arraigo?

  • Natalia
    Responder

    Hola estuve en españa durante 8 meses (octubre 2022- junio 2023) y me regresé a mi país por temas de salud, al pasar por migración que me pusieron el sello de salida no me dijeron nada y pasé sin problemas, quiero regresar pasados 6 meses osea en (diciembre 2023) me prohibirán la entrada?? O podría pasar sin problemas

  • Francisco lista
    Responder

    vivi 5 anos en Eslovenia porque tenia residencia temporal. Pero hice mi retorno voluntario a venezuela ya que Eslovenia se me complicaba continuar la residencia la oficina de inmigracion me dio una resolution en la cual yo desistia de la extension de residencia, pero sin ninguna multa, Yo sali el 12 de mayo de este ano… mi pregunta es: puedo volver a entrar a Europa en este caso a Espana como turista? O debo esperar mas tiempo?

    • Responder

      Estimado Francisco,

      En su caso como tenía residencia en Eslovenia y siempre y cuando haya permanecido en estancia regular, usted puede ingresar como turista cuando desee.

      Un saludo

  • Tomas
    Responder

    Hola tengo una duda, estuve 6 meses en España, luego me devolví a mi país pero no me timbraron el pasaporte. El tema es que he esperado 3 meses y quiero volver a entrar a España ya que tengo la posibilidad de entrar como acompañante de alguien que tiene visa y la verdad tengo miedo de pensar que no me van a dejar entrar. ¿Tendré problemas al querer entrar?

  • Constanza
    Responder

    Hola! Mi visa de estudios venció el 31/08/2023. Pude iniciar la prorroga de visa de estudio el 14/08/2023. Tengo el justificante de expediente en trámite. Quería saber si puedo viajar por la UE con ese justificante. Saludos

  • Johana
    Responder

    Buenas tardes,
    Soy colombiana. Estuve en España desde marzo del 2022 hasta el 13 de septiembre del 2023 pero en ese tiempo me embaracé y tuve un bebe (ahora casi 5 meses). El bebe tiene nacionalidad española por el padre. Inicie el tramite de residencia por causas excepcionales pero realmente tuve que viajar por mi madre, que enfermó y tuve que salir y preparar el viaje en 2 días. Mi solicitud de residencia por arraigo sigue pendiente. Mi hijo nació a finales de abril y meta la solicitud el 06 de junio (Madrid). Cuando salí de España (con el bebe) solo nos sellaron los pasaporte pero NO me dijeron nada de nada. Mi bebe solo puede estar 90 días en Colombia así que podría volver a Madrid antes de 90 días si tengo la resolución favorable?

  • Mónica
    Responder

    Hola, buenas tardes. Tengo una consulta. Yo ingresé a españa el 15 de agosto como turista y el 6 de octubre presenté la solicitud para obtener la residencia como familiar de comunitario. El 15 de noviembre se cumplen 90 días en España, entonces mi pregunta es: ¿Puedo esperar la resolución de mi solicitud en España o debo salir del país? Porque no sé cuánto tiempo va a tardar extranjería en darme una respuesta. Desde ya muchas gracias.

    • Responder

      Estimada Mónica,

      Lo mejor será que espere por la resolución de su trámite, con el resguardo de presentación tiene un estatus mientras le resuelven.

      Un saludo

  • Marco
    Responder

    Buen día, yo fui a España 4 meses (me pase de los 3 meses) y he regresado a mi país de origen, migraciones se dio cuenta pero les explique que no pude regresar porque me robaron mi dinero para regresar, el funcionario me comprendio y me sello normal mi pasaporte. Como puedo saber si el sistema me a castigado ?? Porque dicen que son 5 años de castigo el cual no podré regresar a España. Gracias

  • Manu
    Responder

    Hola! Buenas tardes,
    Una pregunta si un familiar viene como turista a España y tiene un vuelo de regreso de 20 días pero al final se queda los 90 días, hay algún tipo de problema o repercusión por no haber cumplido el vuelo de vuelta?

  • Stesa
    Responder

    Buenas tardes, tengo una pregunta . Yo estuve 100 días de turismo en España, por ignorancia me pasé del tiempo establecido, en el momento de salir en migración me dijeron que quedaba restringida la entrada a España, pero no me dijeron por cuánto tiempo , en el pasaporte me pusieron el sello normal de salida…. En cuánto tiempo puedo volver a España… Por esos 10 días que me pasé??.. gracias

    • Responder

      Buen día,

      Si el funcionario no le emitió alguna carta o multa y le sello el pasaporte normal en principio no tiene ningún inconveniente al volver ingresar. Sin embargo, debe tener en cuenta que se permite estar en la Zona Schengen un máximo de 90 días dentro de un período de 180 días (aproximadamente 6 meses).

      Un saludo.

  • Oscar
    Responder

    Hola llegue a espalda hace un mes pero no tengo trabajo me quiero devolver pero no tengo los recursos puedo ir al aeropuerto y entregarme a migración me devolverían a mi pis?

    • Responder

      Estimado Óscar,

      Si usted se encuentra en situación irregular y decide entregarse a las autoridades migratorias es posible que lo detengan y eventualmente lo deporten. Sin embargo, el proceso puede no ser inmediato. Normalmente, cuando una persona es deportada, los gastos del vuelo de regreso suelen ser cubiertos por las autoridades migratorias. Sin embargo, esto puede variar según la situación y las circunstancias. Puede ampliar esta consulta escribiéndonos de forma gratuita a https://www.tolentinoabogados.com/es/consulta-web-gratuita/.

      Un saludo

  • MONICA
    Responder

    Mis hijos mayores de edad son deportistas , ambos tienen pasaporte colombiano y pasaporte chileno. Por temas del deporte requieren pasar el mayor tiempo posible viviendo por sus propios medios para entrenar en Europa.
    Podrían ellos ingresar 90 días con pasaporte colombiano a España o Italia y cuando terminen los 90 días salir de Europa y volver a entrar con pasaporte chileno en el mismo periodo de los 180 días?

  • Mikel
    Responder

    Hola,
    Me acabo de dar cuenta que para mi salida ya me habria pasado 9 dias de estadia.
    Estoy saliendo de Madrid, tendria algun problema? Pagar alguna multa? Tengo pasaporte Norteamericano.
    Gracias.

    • Responder

      Estimado Mikel,

      Si el funcionario de inmigración se percata de la situación puede ponerle multa o restricción de entrada. Las reglas de estancia se aplican independientemente de la nacionalidad, por tanto, es permitido estar 90 días dentro de un periodo de 180 sin necesidad de visa.

      Un saludo

  • Andrea Ofelia Cardenas Davila
    Responder

    Tengo visado de estudios por 90 días y estoy en España por intercambio estudiantil, mi estancia total en el país es de 5 meses (hasta el 31 de enero) sin embargo, mi visa vence el 8 de diciembre y me dijeron que tengo que hacer una prorroga de estancia de estudios. Según la documentación exigible, el ultimo punto es documentación acreditativa de finalizar los estudios , pero todavía no cuento con ello ya que no he terminado el periodo cuatrimestral en la universidad, por lo que no sé qué documento presentar para ello, no sé si podria ser la carta de aceptación de la universidad de España, la misma que utilicé al tramitar el visado en mi país.

    • Responder

      Estimada Andrea,

      Para brindarle una asesoría detallada y personalizada, es esencial que conozcamos los pormenores específicos de su situación. Le invitamos a programar una cita con nuestro equipo especializado. En esta reunión, tendremos la oportunidad de revisar su documentación minuciosamente y, si así lo requiere, ofrecerle nuestro completo apoyo en el proceso del trámite.

      Puede agendar cita en: https://www.tolentinoabogados.com/citas

      Esperamos su contacto.

      Un saludo.

    • Responder

      Estimada Andrea,

      Gracias por escribirnos.

      Con el fin de brindarle una asesoría detallada y personalizada, es esencial que conozcamos los pormenores específicos de su situación. Le invitamos a programar una cita con nuestro equipo especializado. En esta reunión, tendremos la oportunidad de revisar su documentación minuciosamente y, si así lo requiere, ofrecerle nuestro completo apoyo en el proceso del trámite.

      Puede agendar cita en: https://www.tolentinoabogados.com/citas

      Esperamos su contacto.

      Un saludo.

  • Andrea Cárdenas Dávila
    Responder

    Tengo visado de estudios por 90 días y estoy en España por intercambio estudiantil, mi estancia total en el país es de 5 meses (hasta el 31 de enero) sin embargo, mi visa vence el 8 de diciembre y me dijeron que tengo que hacer una prorroga de estancia de estudios. Según la documentación exigible, el ultimo punto es documentación acreditativa de finalizar los estudios , pero todavía no cuento con ello ya que no he terminado el periodo cuatrimestral en la universidad, por lo que no sé qué documento presentar para ello, no sé si podria ser la carta de aceptación de la universidad de España, la misma que utilicé al tramitar el visado en mi país.

  • Verónica
    Responder

    Hola!! Mi visa de estudiante inicia el 26 de diciembre hasta el 26 de marzo. Puedo viajar el 15 de diciembre y estar esos 11 días previos al inicio de mi visa como turista. Gracias!!

  • Ingrid Miranda
    Responder

    Buenos días
    Si soy colombiana mi pregunta es si yo ingresé al territorio español el 05 de febrero de 2023 y obtuve una salida voluntaria por estado de salud excediendo el tiempo límite que fue el 22 de septiembre del 2023 no me informaron nada en el aeropuerto solo pusieron el sello puedo volver en el 2024?

  • Ileana Rodríguez
    Responder

    Buen día soy Guatemalteca tengo visa canadiense
    Puedo perder mi visa si estoy más de 180 días en España

  • Miguel
    Responder

    Buenas noches, soy ciudadano italiano y entramos a italia el 12 de julio 2023 pasamos ahi 2 meses y luego vinimos a españa y llevamos aqui 2 meses mas (en total mi esposa lleva ya 4 meses en espacio shenden cintando los 2 meses en italia y los 2 en esoaña) por lo cual ya esta exedida de los 90 dias ( ella tiene pasaporte americano entro como turista) pero ahora debe salir a portugal que sigue estando dentro de la comunidad europea por un par de dias y luego regresar nuevamente a españa, le pondran problemas al entrar a españa??? o no al estar dentro de la UE??? gracias.

    • Responder

      Estimado Miguel,

      Es probable que al ingresar a Portugal las autoridades migratorias le pongan inconveniente, pues, ya se ha excedido del tiempo permitido. Le recomendamos que su esposa se permanezca en situación regular. Si desea ampliar esta consulta o ayuda personalizada con el trámite, le recomendamos agendar una cita con nuestros expertos en https://www.tolentinoabogados.com/citas para que puedan evaluar su caso y brindarle la mejor opción.

      Un saludo

  • Carlos
    Responder

    Una consulta me tuve que regresar a mi país por problemas de salud de mi esposa, yo obtuve la hoja blanca y me quede 4 meses, nunca estuve de forma irregular. Quiero saber después de cuanto tiempo puedo regresar a españa?

  • Mario Perez
    Responder

    Cordial Saludo, el 3 de octubre de 2023 realicé la solicitud para la estancia por estudios en la oficina de extranjería de Oviedo, hoy casi 60 días después el expediente todavía se encuentra en trámite. Tengo entendido que pueden tardarse hasta 3 meses en dar respuesta, mi preocupación va a que el 10 de diciembre se termina mi estadía de 90 días como turista y no sé qué pueda pasar al no tener respuesta antes de ese día, ¿quedaría en situación irregular? ¿Debería salir del espacio europeo y volvería entrar para tener otros 90 días de turista?, No quiero tener ningún tipo de problema o multa. ¿Igualmente sé que si la respuesta es favorable no tendría ningún problema, pero si no se resuelve de manera favorable tendría algún tiempo para abandonar el país asumiendo que ya no tenga ningún tipo de estadía como turista?

    Cualquier información al respecto que me ayude a despejar esas dudas, sería muy valiosa para mí.

    Muchas gracias de antemano por su respuesta

    • Responder

      Estimado Mario,

      Dado que ha realizado la solicitud ante extranjería no estaría en situación irregular. Le recomendamos esperar a obtener la respuesta.

      Un saludo.

  • Anibal Rodriguez
    Responder

    Hola buenas cómo está? tengo una consulta, mis 90 días en España se vencen el 10 de diciembre, me encuentro aquí ya que juego futbol, pero aún no tengo contrato, que debo hacer en ese caso? puedo extender 90 días más mi estancia como turista mientras resuelvo lo otro? y cómo puedo hacerlo ? Saludos

    • Responder

      Estimado Aníbal,

      Si desea ampliar su estancia en España es fundamental tramitar una residencia. Puesto que para extender la estancia como turista se debe exponer causas excepcionales como una cirugía o una eventualidad de fuerza mayor. Para poder orientarle de forma más precisa le recomendamos agendar una cita con nuestro equipo en:www.tolentinoabogados.com/citas.

      Un saludo

  • Enrique
    Responder

    Buenos días , yo estuve 5 meses de turista en España, es decir sobre pase los 90 días luego me regresé a mi país no recibi ni una multa y nunca me detectaron podré regresar a España ?

  • Thania dulcey
    Responder

    Hola buenas noches, yo pase más de los 12 meses en España y quiero irme para médico pero no es mi país natal(colombia) será que puedo viajar?

  • Alexa
    Responder

    hola porfavor me urge respuesta, soy mexicana y no necesito un visado de turismo para la union europea, estoy estudiando en italia con una visa tipo D, mi visa comenzó el 5 de septiembre y termina el 17 de diciembre siendo esta visa de 104 dias y cumplo con el tramite del permiso de sogiorno aun no lo tengo pero tengo mi cita para marzo del 2024. Mi plan era aprovechar mis días de turismo en madrid desde el 17 de diciembre y regresar a mi país el 10 de enero desde madrid, esto es correcto o que debo hacer?

  • Cesar
    Responder

    Quiero traer a mi madre de visita, es venezolana con residencia legal en Costa Rica, pero quisiera su estadía sea la suficiente para que conozca a su nieto pase su cumpleaños tenga unas vacaciones con el, es posible pedir una extensión de su estadía para una estancia superior a 90 días e inferior a 120?

  • Javier Martinez
    Responder

    Hola buenas, se me vencio mi residencial inicial por busqueda de empleo el 12 de septiembre de 2023, el 12 de diciembre cumplo 90 dias despues del vencimiento, sin embargo, tengo un expediente por residencia inicial y trabajo por cuenta ajena pendiente de resolucion. Despues del 12 de diciembre y si mi expediente no se ha resuelto, me hace irregular, o puedo estar con normalidad en España hasta que se resuelva? he intentado de buscar informacion pero no encuentro, todas hablan de prorrogo o renovacion, pero no autorizacion. Gracias de antemano

    • Responder

      Estimado Javier,

      Dado que aún tiene en trámite la residencia por cuenta ajena, no importa que pase el plazo de los 90 días sin respuesta, puesto que con el justificante de presentación del trámite se prorroga su situación regular y hasta que no se resuelva no tiene obligatoriedad de salir del país.

      Un saludo

      • Javier Martinez
        Responder

        Muy amable, muchas gracias por su respuesta y aclaración.

        Saludos

        • Responder

          Con mucho gusto, estamos para ayudarle.
          Un saludo

          • Javier

            Estimados una ultima consulta.

            Espero me puedan ayudar aclarando esta duda. en septiembre del 2023 se me vencio mi residencia por busqueda de empleo, sin embargo tengo en tramite una solicitud inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena, todavia pendiente se resolver. En enero tengo que hacer un viaje fuera del pais, tendre que hacer uso de una autorizacion de regreso ya que no tengo mi NIE vigente. Solicitar esta autorizacion puede afectar o mermar mi solicitud de residencia y trabajo inicial?

          • Es un placer saludarle.

            Necesitamos conocer su caso en concreto para saber con cuáles vías cuenta. Para ello le recomendamos dejar su 𝗰𝗼𝗻𝘀𝘂𝗹𝘁𝗮 𝗴𝗿𝗮𝘁𝘂𝗶𝘁𝗮 en: https://www.tolentinoabogados.com/es/consulta-web-gratuita/ donde nuestros expertos le responderán en breve o puede agendar cita a través de: https://www.tolentinoabogados.com/citas .

  • Luis Alberto
    Responder

    Buenos días soy peruano y hace unos años estuve en España por el tiempo de 2 años 8 meses entonces me regresé porque era insostenible quedarme, estuve de ilegal por un problema de una mala lectura en la fecha de la visa de tránsito, que todo empleado de crucero tiene, esa fue la razón de mi ilegalidad, acudí a mi embajada y el consejo que recibí fue; Luis ya estás aquí y aprovecha la oportunidad, lamentablemente pese a todo lo que trate de hacer, no pude hacer posible mi legalidad, trabaje en España, use los servicios públicos, bibliotecas, servicios comunitarios etc, mi pregunta es la siguiente: este tiempo que estuve en España casi 3 años, hoy en día me sirve de algo para poder usarlo para una posible continuación de arraigo? U otra formas de aprovechar este tiempo en España? Próximamente pienso viajar a España de vacaciones!! Agradezco su respuesta si así se diera el caso, muchas gracias, soy peruano

  • Roxana
    Responder

    Excelente información. Tengo una duda en relación al uso de lso 90 días de forma interrumpida: Mi hija viene a España como turista por un mes (1 enero) y luego vuelve a su país. Eso quiere decir que le quedan 60 días a favor para volver a entrar a España, antes del 1 de julio, que es cuando vencen los 180 días. Si ella utiliza esos 60 días a favor desde el 30 de mayo al 30 de junio y se regresa, entontes podría volver a ingresar como turista el 1º de septiembre de ese mismo año?

    De antemano agradezco su orientación.

    • Responder

      Estimada Roxana, la regla establece que tu hija puede permanecer en el espacio Schengen por hasta 90 días en cualquier período de 180 días. Esto significa que el total de días que puede estar en el área Schengen en cualquier período de 180 días consecutivos no debe exceder los 90 días.

      Para calcular esto, se mira hacia atrás desde cualquier fecha dada durante los últimos 180 días y se suma el total de días que ha estado en el espacio Schengen. Si en cualquier punto durante esos 180 días, la suma excede los 90 días, entonces estaría infringiendo las reglas.

      Un saludo

  • Mariano
    Responder

    Buenas tardes!

    Estoy en España desde el 7 de Noviembre y tengo regreso a Argentina el 27 de Enero. Pero tengo intención de quedarme como turista 1 mes más para viajar con mis padres que vienen tambien por turismo a finales de Febrero.
    Que tan grave seria sobrepasar los 90 dias (terminarian siendo 123 dias en total aprox.)

    En el mes de Marzo en Argentina tengo turno para la ciudadania española. Podria haber algun inconveniente con ese tramite por alguna posible sanción al haber excedido los 90 dias de turismo?

    Gracias desde ya, saludos!

    • Responder

      Estimado Mariano,

      Si el agente de inmigración se percata de la situación, es probable que lo multen. Respecto al trámite de nacionalidad por Ley de Memoria Democrática, no debería tener inconveniente. De igual manera, recomendamos siempre de manera regular.

      Si desea ampliar esta consulta o asesoría personalizada con gusto le podemos ayudar, para ello agende cita con nuestro equipo en: https://www.tolentinoabogados.com/citas.

      Un saludo

  • Cristina
    Responder

    Hola, mi novio es Colombiano, entro a España en 2022 septiembre si no me equivoco y obviamente se paso con el plazo de los 90 días , se ha vuelto a Colombia el 15 de noviembre de 2023, me dice que el si puede volver sin problemas en tres meses , que solo tiene que cambiar el pasaporte , porque el se fue voluntariamente y no le pusieron nada en el pasaporte de alguna sanción o algo , yo le digo que eso no es así , el quiere comprar el pasaje para Marzo 2024 pero yo creo que no va a poder pasar , si me puede ayudar se lo agradecería mucho

  • Laura
    Responder

    Hola,un familiar va a venir a España a visitarme con una visa de turista 90 dias, tiene pasaporte Argentino. Durante ese tiempo vamos a ir 60 días a Asia,mi pregunta es si cuenta ese tiempo en el visado de España o cuando vuelva a entrar a España va a tener aún 60 días de visado ?

  • Laura
    Responder

    Hola, una consulta, un familiar va a venir a visitarme a España con visa de turista de 90 días, tiene pasaporte Argentino. En esos meses tenemos pensado ir 60 días a Asia, mi pregunta es si esos días cuentan en el visado de turista o cuando vuelva a España aún tendrá 60 días?
    gracias, saludos.

  • Patricia
    Responder

    Tengo una pregunta. Si siendo extranjero, adquiero una casa en otro país, también debo de estar 90 días como máximo, o en ese caso, sería prorrogable?
    Gracias. Un saludo.

  • Patricia
    Responder

    Tengo una pregunta. Si siendo extranjero, adquiero una casa en otro país, también debo de estar 90 días como máximo, o en ese caso, sería prorrogable?
    Pongamos de ejemplo España (aunque deseo comprar una casa en Roma).
    Gracias. Un saludo.

  • Beatriz
    Responder

    Hola gracias por la información! Quisiera consultar acerca de mi caso, yo Estaré 3 meses en El País estudiando, Pero compré mi retorno 3 semanas después de que se vence mi estadía turista. Es posible alegar el objetivo de turismo en el proceso de la prórroga migratoria o siempre tiene que ser una justificación de accidente o gravedad?

    • Responder

      Estimada Beatriz,

      La estancia de turismo comienza a contar desde el momento en que ingresa a España u a otro país de la UE, por tanto, no estaría en condición de turista transcurrido estos 90 días. Si planea quedarse más tiempo debido a sus estudios, es crucial gestionar el visado o permiso adecuado antes de que expire tu estancia como turista. Para ampliar esta consulta escribanos a través de https://www.tolentinoabogados.com/es/consulta-web-gratuita/

      Un saludo

  • Albeiro garcia
    Responder

    Hola buen dia si estoy en españa por 180 dias … Es cierto que no podre volver a territotio europeo por cuanto tiempo ? … Mi pasaporte despues de haber estado 180 dias en españa …. Podre hacer proceso para visa en el pais de australia ?

    • Responder

      Estimado Albeiro,

      Como turista, puede permanecer en el espacio Schengen por un máximo de 90 días en cualquier período de 180 días. Esto significa que si ha estado en el espacio Schengen (incluida España) durante 90 días, debe salir y no podrás regresar a ningún país del espacio Schengen hasta que no hayan pasado otros 90 días fuera de este espacio. Respecto a la solicitud de Visa para Australia, su estancia en España o en el espacio Schengen no afecta directamente la elegibilidad para solicitar una visa para Australia. Las autoridades australianas evaluarán su solicitud basándose en sus propios criterios.

      Para ampliar esta consulta escribanos a través de https://www.tolentinoabogados.com/es/consulta-web-gratuita/

      Un saludo

  • yeimy
    Responder

    Hola buenos dias , mira yo estuve en españa 02 de diciembre 2019 y tenia que regresarme a finales de enero de 2020, me quede un mes mas por que me enferme, y ya se me habia vencido el seguro , por el tema de la pandemia no pude regresar a colombia , pero solicite un vuelo humanitario el me lo otorgaron para 02 de julio del 2020, mi pregunta es puedo regresar nuevamente a españa. ya que mi regreso fue voluntario,? gracias

  • Jessica
    Responder

    Buenas tardes, quisiera saber si en caso de prohibición de entrada por excederme del tiempo de turista, es posible volver a entrar luego con ciudadanía (por tener abuelos europeos) ? Es decir, esta vez entraría con pasaporte europeo. Me pueden negar la entrada por lo ocurrido anteriormente ?

  • Marc
    Responder

    Hola, si he estado más de 90 días en España puedo viajar en avión a Italia o Alemania? O hay peligro de ser deportado o sancionado

  • Angeles
    Responder

    Hola buenas tardes. Estuve en España por 10 meses con proceso de asilo, debido a una urgencia regrese a mi país de origen, quiero regresar próximamente. En mi salida de España no me dijeron nada, me sellaron mi pasaporte normal. Puedo ingresar nuevamente a España sin inconveniente o pueden negarme la entrada. Gracias

    • Responder

      Estimada Ángeles,

      Es posible que tenga inconvenientes al ingresar nuevamente a España. Para ofrecerle una atención personalizada y eficaz, es esencial conocer más detalles específicos de su caso. De esta forma, podremos proporcionarle una orientación precisa, presentándole todas las opciones disponibles que mejor se ajusten a sus necesidades.

      Le invitamos a agendar una cita con nuestro equipo de expertos a través de: https://www.tolentinoabogados.com/citas

      Un saludo

  • Gizem Bozkurt
    Responder

    Soy ciudadano turco. Tengo una visa múltiple de 90 días válida desde julio de 2023 hasta finales de junio de 2024. En el período de los últimos 180 días, viajé dos veces a España: la primera vez fue del 01.07.23 al 17.08.23 y la segunda del 08.11.23 al 20.12.23. Recientemente noté que he excedido mi tiempo de 90 días por 1 día. En mi última salida del país, el personal del aeropuerto no mencionó nada ni puso ningún sello diferente en mi pasaporte. ¿Se me impide la entrada al país? Estaba planeando viajar nuevamente a finales de febrero, pero ahora estoy muy preocupado.

  • Valeria
    Responder

    Hola buenas tardes,mi pregunta es , viaje a España como turista en julio de 2022 salí voluntariamente del pais en marzo del 2023 ,en migraciones el funcionario me ha dicho que me excedi de tiempo que me comunique para a aver si recibía alguna sanción pero me sello el pasaporte con sello normal de salida no eh firmado nada ,solo que lo que me pareció raro que el funcionario tomo fotos de mi pasaporte y estoy por volver a ir en febrero 2024 tendré algún problema al ingresar?

  • Rocio
    Responder

    Tengo la nacionalidad española y mis hijas también, mis padres están como turistas si se quedaran por más tiempo tendrán problemas son mayores los dos 76 y 82 años, solo quieren volver como turistas, no quieren quedarse a vivir en territorio español. Hay alguna forma de prolongar por más tiempo su estadía aquí? Gracias

  • Cristian Sanchez
    Responder

    Hola, soy Colombiano, estuve en España febrero 2022 a diciembre 2022 (9 meses) , en este tiempo solicité asilo y ya tenía NIE provisional con permiso de trabajo, tuve que volver a Colombia de un día para otro ya que un familiar falleció , en el aeropuerto de Barajas me pusieron sello de pasaporte normal , el oficial me preguntó porque llevaba este tiempo y le dije que estaba haciendo solicitud de asilo pero me devuelvo porque se me murió el familiar, dijo bueno está bien y no me dijo nada más así que pues no volví a España, ahora en febrero 2024 tengo pensado ir a Francia a vacacionar por mi cumpleaños, puedo viajar sin ningún inconveniente? Gracias.

  • Cristian Hernandez
    Responder

    Hola, soy Colombiano, estuve en España por 9 meses(marzo a diciembre 2022), tuve nie y permiso de trabajo , pero tuve que devolverme a Colombia porque se me murió un hermano, en el aeropuerto me pusieron el sello normal, pienso ir con mi familia a Francia a finales de Febrero 2024 de vacaciones, puedo ir sin inconvenientes?

  • Maria
    Responder

    Hola quería saber es que me.quede en españa desde marzo del 2022 hasta febrero 2023 y cuando salí me pusieron sello normal no me.dijeron nada y quiero viajar a francia este mes será que me prohíben la entrada gracias

    • Responder

      Estimada María,

      Recuerde que se puede permanecer 90 días como máximo en un periodo de 180 días como turista. Pasados 180 días desde su entrada en el espacio Schengen, se renueva el periodo de estancia y podrás disfrutar de 90 días nuevamente. Es decir que si su primera entrada es a Francia este mes, en principio no tendría problema. Le recomendamos siempre mantenerse de forma regular.

      Si desea ampliar eta consulta escribanos de forma gratuita en: https://www.tolentinoabogados.com/es/consulta-web-gratuita

      Un saludo

  • Carlos Tepedino
    Responder

    Hola buenos días,querría hacerles la siguiente pregunta ingresé a España como turista en diciembre 2022 y me quedé un total de 152 días corridos excediendome del periodo de 90 días . luego salí de forma voluntaria en mayo del 2023

    y regrese a venezuela. no me colocaron ninguna penalidad en el pasaporte,solo me dijo el funcionario que me me habia excedido del tiempo de turismo .la pregunta es cuánto tiempo debería esperar para ingresar de nuevo a España. muchas gracias de antemano.

  • Camila AG
    Responder

    Hola! Viaje como turista desde Chile a España y estuve 90 días el año pasado, ahora volveré a España por 90 días. Me empadronaré mientras esté en España y quiero iniciar mi tramitación con el NIE.
    Mis consultas son si estoy iniciando la tramitación puedo salir del país? Ya sea con padrón o NIE? Porque leí que se puede demorar un poco aún así la idea no es pasarme de los 90 días ya que quedaría irregular en el país.

    • Responder

      Estimada Camila,

      Para brindarle una asesoría completa y adaptada a sus circunstancias, es fundamental conocer los detalles específicos de su situación. De esta manera le podremos indicar una guía clara, exponiendo las alternativas disponibles que mejor se alineen con sus requerimientos.

      Le invitamos a agendar una cita con nuestro equipo de expertos para una consulta más detallada. Puede programar su cita de manera sencilla y rápida a través de nuestro sitio web, siguiendo este enlace: https://www.tolentinoabogados.com/citas.

      Quedamos a la espera de poder asistirle personalmente y resolver cualquier duda que tenga.

  • Laura
    Responder

    Hola, estuve en España cómo turista y pase los 90 días permitidos, salí voluntariamente y no hubo ningún problema a la salida, eso sucedió hace más de un año, si actualmente voy a solicitar una visa de trabajo, me pondrán problema para aceptarme esa visa?????

  • Teresa
    Responder

    Buenas tardes, le comento mi caso. Yo vine a España con carta de invitación que me hizo mi hijo, me pasé el tiempo de visado de 90 días por más de dos años, ya que mj hijo tuvo su bebé y me quedé a ayudar a cuidarlo. Me quise ir a mi país Bolivia en enero, y en el aeropuerto de Madrid vieron mi pasaporte y me dijeron que me había pasado el tiempo de permanencia y por tanto no podía volar que había perdido el vuelo, tampoco me pusieron ni un sello en el pasaporte no me dieron ningún papel notificando nada. Solo me dijeron que como me pase el tiempo de permanencia no podía volar. No pude hacer el embarque, me quedé llorando ahí y nada ninguna solución. Perdí el vuelo me fui a casa, no supe cómo actuar en ese momento. Mi pregunta es, que hago para volver a mi país? Quiero irme y no me dejan ya perdí mi billete de avión quien me va devolver el billete?? Gracias un saludo

  • Rachell
    Responder

    Hola, viaje el dia 11 de noviembre y regrese a mi pais el 05 de febrero del presente año (si no me equivoco estuve 87 días en España).. mi pregunta es la siguiente: ¿Cuando puedo ingresar nuevamente a españa? pudiera darme una fecha exacta.. porque tengo dudas con respecto a los 180 dias

  • Rafa
    Responder

    Hola, he entrado a España con visado de turismo en abril del 2023 y me quede hasta enero del 2024 y he salido voluntariamente sin ningún problema en la frontera, me sellaron el pasaporte normal… Tengo una oferta de trabajo ahora de una multinacional y están tramitando mi contratación pero tengo duda si al estar más de 90 días me rechazaron el expediente del servicio de extranjería

  • Daiana
    Responder

    Hola, quería hacer una consulta. Estuve casi 1 año y medio viviendo irregular en España y me volví a mi país voluntariamente, sin que me dijeran nada en el aeropuerto cuando salí, ni me pusieran ningún sello rojo ni multa. Tramite desde Argentina la ciudadanía española y estoy esperando que me llegue. Si quiero volver a España después de 6 meses de haberme ido, y teniendo en cuenta que en 1 año obtendré la nacionalidad, tendré problemas al querer ingresar? Pueden devolverme a mi país o cobrarme una multa? O como pasaron más de 180 días de que me fuiya no hay peligro. Gracias

    • Responder

      Estimada Daiana,

      Lo recomendable es permanecer fuera de territorio español el mismo tiempo que estuvo, es decir, año y medio en su caso. Le recomendamos permanecer siempre de forma regular.

      Un saludo.

  • Natalia
    Responder

    Hola, mi situación es, viaje en nov de 2023 y salí en dic, me quedan 66 días del periodo de 180 dias, y ya estuve 3 meses y fracción fuera (en mi país de origen) quiero volver a entrar ahora en abril, me tomarán como primera entrada el día que entre en abril de este año o en el sistema aparecerá que me quedan 66 días de estancia aún cuando el plazo de 180 se termine antes? O que me quedan los días correspondientes hasta que se cumplan 180? ( no alcanzan a ser 66 dias), que pasa si salgo del espacio shegen antes de los 180 días y vuelvo a entrar antes/después de los 180. Se renovaría? O puede que no se den cuenta. Un saludo

    • Responder

      Estimada Natalia,

      Si viene a España y duras menos de 90 días, ese plazo se suma a los siguientes plazos, siempre y cuando sea dentro de los mismos 180 días contados a partir de la primera entrada a España.
      Pasados 180 días desde su entrada en España, se renueva el periodo de estancia y podrás disfrutar de 90 días nuevamente.

      Un saludo

  • Dave
    Responder

    Hola, entre a España en diciembre de 2022 y abandone por voluntad propia el país este día 15 de marzo (15 meses aprox). Cuando salí de España me sellaron la salida normalmente, me preguntaron si tenía residencia y dije que no … No me notificaron nada más, me gustaría saber si voy a estar penalizado 5 años? Hay manera de saber a ciencia cierta cuando podré regresar? Estaba pendiente de pedir arraigo pero he tenido que viajar por asuntos familiares …

    • Responder

      Estimado Dave,

      Si al salir el funcionario de inmigración no le emitió ninguna sanción ni le prohibió la entrada a España, usted podrá ingresar sin problema nuevamente. No obstante, es importante que tenga en cuenta que, para poder reingresar, deberá permanecer fuera de España durante un periodo igual al de su estancia previa. Recomendamos mantener su situación migratoria de manera regular para evitar inconvenientes. Si desea que le ayudemos a tramitar el arraigo agende cita con nuestro equipo a través de https://www.tolentinoabogados.com/citas

      Un saludo

      Un saludo

  • Ana
    Responder

    Buenas tardes, un amigo inglés que reside en Israel viene a España y va a solicitar la recuperación de residencia de larga duración. La oficina tiene tres meses para resolver. Entre que consigue toda la documentación y aplica, siempre dentro de sus 90 días, y posteriormente transcurren los tres meses o más hasta la resolución, habrían pasado los 90 días de estancia legal como turista. ¿Podemos entender que se encuentra en estancia legal en España por tner un procedimiento en extranjería en proceso hasta su resolución? ¿Tienen alguna referencia a la normativa legal en este sentido? Y una vez resuelto, si la resolución es desfavorable, ¿se tendría que inmediatamente al día siguiente? ¿Alguna recomendación?

    Muchas gracias de antemano, muy amables.

    Un saludo,
    Ana

  • Noha
    Responder

    Hola,
    Acabo de obtener la nacionalidad por residencia, soy de Marruecos y mi marido quiere que solicite una carta de invitación a su hermana, marido y dos hijos desde Marruecos para venir aquí. Son 4 personas y su intención es no volver y quedarse. A mi no me convence la idea por el tema legal, ya que me responsabilizo de ellos legal y económicamente mientras estén aquí, hay sanciones al respecto. Mi pregunta es: ¿Qué me pasaría a mí en este caso? ¿Y con ellos?

    • Responder

      Buen día,

      Si el invitado se queda en España de forma irregular tras el período de estancia permitido, usted podría ser sancionada con multas elevadas. En el caso de los familiares, ellos se quedarían en situación irregular y, por lo tanto, a ojos de la ley de extranjería, estarían cometiendo una infracción grave que podría resultar en sanciones significativas y/o multas.

      Si desea que le orientemos de forma precisa le recomendamos agendar una cita con nuestro equipo en https://www.tolentinoabogados.com/citas o puede ampliar su consulta de forma gratuita en https://www.tolentinoabogados.com/es/consulta-web-gratuita

      Un saludo

  • Javi
    Responder

    Hola, me justaría una aclaración porque en cada lugar leo una cosa distinta. En algunos comentarios dice que si estuviste irregular ejemplo 12 meses ¿deberás esperar 12 meses para regresar? Esto suponiendo que abandones el país de forma voluntaria, sin ningún tipo de sanción, únicamente el sello de salida.

    En otros comentarios que tienes que esperar el doble ¿En que quedamos? Yo lo que puedo aportar, es que un funcionario de extranjería de un aeropuerto de España, me informo que pasados 3 meses podría regresar sin problema, pero como en cada sitio leo una cosa diferente … ya no se que pensar, doy por hecho que una persona que trabaja en esto si me lo dijo es por algo.

  • Viviana
    Responder

    Buenos días quería información a mis padres le han dado 30 días del visado Schengen porque les hice la carta de invitación quería saber si ellos se pueden quedar 90 días aquí en España..o q tengo q hacer porfavor gracias

  • Javier
    Responder

    Hola, mi permiso de estudiante expiro en agosto 2023, hize el tramite de prorroga y cambio a cuenta propia y me han pedido un requerimiento que la verdad esta muy dificl. que pasa si salgo de españa voluntariamente?, podre volver de turista en cuanto tiempo, si me ponen ese sello en el aeropuerto?. cual es el tiempo de castigo por quedarse irregular, en mi caso he estado como 8 meses esperando una respuesta de extranjeria pero ya me canse y quiero irme a mi pais, pero no quisiera quedar vetado de volver aunquesea de paseo. gracias

  • Rossana
    Responder

    Hola, tengo una carta del gobierno de spaña de denogatoria de entrada, estuve mas de 90 dias y me devolvieron a Colombia, porque sali y volvi a intentar en 1 mes. en la carta no dice que debo esperar cierta cantidad de tiempo para volver y me pusieron una f en mi sello de salida. Que tiempo debo esperar para volver

    • Responder

      Estimada Rossana,
      Gracias por tu consulta. Entiendo que te encuentras en una situación complicada después de haber recibido una denegatoria de entrada a España por haber excedido los 90 días permitidos en el área Schengen y haber intentado reingresar al cabo de un mes. La marca «F» en tu sello de salida indica que fuiste objeto de una denegación de entrada, lo cual es un factor relevante en la evaluación de futuras entradas a la zona Schengen.
      Primero, es importante mencionar que las reglas del espacio Schengen establecen que los visitantes no europeos pueden permanecer en el área por un máximo de 90 días dentro de un período de 180 días. Si has excedido este límite, es probable que se te haya considerado como no apto para entrar nuevamente hasta que no se ‘regularice’ tu situación bajo estas reglas.
      Aunque en la carta de denegatoria no se especifique un período de espera obligatorio para volver a intentar el ingreso, la marca «F» puede afectar la decisión de las autoridades migratorias en futuros intentos de entrada. Aquí algunos puntos clave a considerar:
      Regla de los 90/180 días: Generalmente, después de haber excedido la estancia permitida, necesitas asegurarte de no violar la regla de los 90 días de estancia permitida dentro de un periodo de 180 días. Esto significa que debes contar cuidadosamente los días que has estado en el Schengen para asegurarte de no exceder este límite en futuras visitas.
      Consideración de la denegatoria: Aunque no se mencione un período específico de espera, la denegatoria de entrada y la marca «F» son indicativos de que las autoridades han registrado tu infracción. Esto podría significar que cualquier intento de entrada antes de que ‘limpies’ tu historial (usualmente respetando el período de 180 días) será examinado con mayor escrutinio.
      Futuras solicitudes de Visa o Entrada: Cuando decidas volver a solicitar una visa o intentar la entrada a España o a cualquier país del espacio Schengen, es recomendable que prepares una explicación clara y honesta de lo ocurrido, incluyendo cualquier documento que justifique tu situación o cambios en tus circunstancias.
      Asesoría Legal: Dada la complejidad de tu situación y las potenciales implicaciones de la denegatoria para futuras entradas a España o al área Schengen, te recomendaría asesoramiento legal con nuestros abogados y expertos, especializado en derecho migratorio. Pueden proporcionarte consejos específicos adaptados a tu caso y ayudarte a preparar tu próxima solicitud de entrada o visa de manera más efectiva. https://www.tolentinoabogados.com/citas
      Recuerda, cada caso es único y las circunstancias personales pueden influir significativamente en el resultado de cualquier solicitud de entrada. Por tanto, es crucial manejar la situación con cuidado y con la debida preparación.
      Espero que esta información te sea de ayuda. No dudes en contactar si tienes más preguntas o necesitas asistencia adicional.
      Saludos cordiales.

  • Gabriel Gonzalez
    Responder

    Hola, buenas tardes. Quisiera preguntar si estando en espera de la residencia legal es posible viajar dentro del espacio Schengen por avion o si hay algun control para vuelos provenientes de la UE. Se corre riesgo de que pase algo? Queremos ir a Italia y Portugal. Gracias

    • Responder

      La posibilidad de viajar dentro del espacio Schengen mientras se espera la resolución de un permiso de residencia en España depende de varios factores, incluido el tipo de documentación que posea el individuo durante ese período de espera.
      Aunque es cierto que los controles de documentación para vuelos dentro del espacio Schengen pueden ser menos frecuentes que para vuelos exteriores al área, sí existen y pueden realizarse en cualquier momento, especialmente en situaciones de seguridad incrementada o por procedimientos aleatorios.
      Es aconsejable evitar viajes innecesarios mientras se está en proceso. Si el viaje es imprescindible, es recomendable llevar consigo toda la documentación que acredite la situación legal y el proceso en curso, y consultar con la oficina de extranjería o el consulado respectivo antes de viajar para obtener asesoramiento específico según su situación.

  • Gabriela
    Responder

    Hola. Estuve 4 años en Francia solo con mi pasaporte, he tenido un hijo en paris (su papá no es europeo). Viaje a Colombia haciendo escala en Madrid españa. En migración me tomaron huellas y foto de mi cara. Me prohibieron la entrada por 6 años. En mi pasaporte no dejaron ningún sello. Solo el sello de salida normal. A mí hijo no le tomaron nada. Mi pregunta es: hay manera de regresar a Francia antes de esos 6 años?. Pidiendo una visa de trabajo?. Por el acta de nacimiento de mi hijo?. Puedo pedir visa a estados unidos o a Canadá?. O este bloqueo en España afecta todo?. Gracias

    • Responder

      Gracias por escribirnos Gabriel,
      La prohibición de entrada aplica a toda la zona Schengen. Podría solicitar un visado de trabajo o estudios, pero corresponde a las autoridades definir su concesión o no. Este Despacho es de derecho migratorio español, sugerimos que contacte expertos en Francia con respecto a su hijo.

  • Antonella
    Responder

    Hola, buenos días. Mi situación es la siguiente: soy argentina, estoy en España con visado de estudio de un año. Quisiera realizar turismo unos 10 días posteriores a finalizar mi estancia formativa. La duda es: debo salir de España/UE exactamente cuando se venza la visa y volver a ingresar para realizar turismo? O al tener billete de regreso a mi país podré quedarme esos días en Europa sin tener que salir y volver a ingresar?.
    Muchas gracias por su atención.

    • Responder

      Estimada Antonella,

      a validez de tu visado de estudio te permite permanecer en España hasta la fecha de expiración indicada en el visado. Si deseas realizar turismo en España o en otros países del espacio Schengen después de finalizar tus estudios, pero dentro de la fecha de vigencia de tu visado, no habría inconveniente. Sin embargo, una vez expirado el visado de estudio, ya no tienes derecho a permanecer en el país bajo ese estatus. Si desea ampliar esta consulta escribanos a https://www.tolentinoabogados.com/es/consulta-web-gratuita.

      Un saludo

  • Franco
    Responder

    Estimados una consulta. Estoy como turista en el espacio schenguen tramitando una visa para Alemania (la cual el turno demora mas de 3 meses). Una vez vencido el plazo de los 3 meses como turista: ¿Con el turno para el visado estaria legal?

    • Responder

      Estimado Franco, lamentablmente no, tener un turno para solicitar una visa para Alemania no le da estatus legal para permanecer en el espacio Schengen una vez que venza su período de estadía como turista de 90 días.

      Exceder el límite de 90 días sin la autorización correspondiente puede acarrear sanciones legales, como multas, la obligación de abandonar el territorio Schengen y la posibilidad de que se le impida volver a entrar en el futuro.

      Es importante que regularice su situación antes de que venza su período de estadía como turista.

  • Lore
    Responder

    Hola , yo viaje a Italia con una visa por 15 días y luego fui a España y estuve 40 días , al salir de territorio español no se me notifico prohibición de enterada. Puede regresar a España ? Ya ha pasado un año

  • Víctor
    Responder

    Hola, yo estoy realizando un semestre de estudios en España, y mi visado vence el 10 de julio. ¿Debo salir de España antes de esta fecha? y en el caso de que quiera quedarme dentro de la UE para realizar turismo por unas dos o tres semanas adicionales, ¿cómo procedería?, podría volver a entrar a España inmediatamente si salgo de la UE, o tendría que esperarme más tiempo.

    • Responder

      Estimado Víctor,

      Si su visado de estudios en España vence el 10 de julio, debe salir de España y del espacio Schengen para esa fecha, a menos que haya obtenido una extensión o un nuevo visado. Si desea hacer turismo en la UE después de sus estudios, necesita un visado de turista que cubra ese período, en su caso no tendría, pues viene de un visado de estudios. Si desea ampliar esta consulta, escribanos de forma gratuita a:
      https://www.tolentinoabogados.com/es/consulta-web-gratuita

  • Luis Gabriel
    Responder

    Hola mi Visa de estudiante en Irlanda se me a vencido el 31 de Diciembre y e permanecido hasta 24 de Abril. Es posible salir y volver a entrar al país me corresponden los 90 días? Muchas gracias y muy atentos

    • Responder

      Hola Luis Gabriel,

      Gracias por contactar a Tolentino Abogados. En relación con tu consulta sobre la visa de estudiante en Irlanda y la posibilidad de salir y reingresar al país, es importante aclarar que una vez que tu visa de estudiante ha expirado y has permanecido en el país más allá de su validez, has entrado en una situación de estancia irregular.

      Generalmente, al salir de Irlanda después de que tu visa ha expirado y haber permanecido durante un período extendido de tiempo, no se te permitiría reingresar automáticamente bajo las normas de los 90 días permitidos para turistas en el espacio Schengen, ya que Irlanda mantiene un control independiente de su política de visados y no forma parte del acuerdo Schengen.

      Es crucial que antes de intentar salir y reingresar al país, consultes directamente con nuestros expertos para entender las consecuencias de haber excedido la duración de tu visa y para explorar tus opciones legales. Reingresar sin la orientación adecuada podría resultar en la denegación de entrada y posibles sanciones.

      Si necesitas asesoramiento detallado o asistencia para regularizar tu situación, te recomiendo programar una consulta con uno de nuestros abogados especializados en derecho migratorio. Puedes hacerlo directamente a través de nuestra página web: https://www.tolentinoabogados.com/citas.

      Atentamente,
      Tolentino Abogados

  • VIVIAN
    Responder

    HOLA YO DURE ES ESPAÑA ILEGAL DESDE MAYO 2021 A SEPTIEMBRE DE 2023 AL SALIR ME DIJERON QUE AXCEDI EL TIEMPO Y ME SELLARON EL PASAPORTE CON LA FECHA DE SALIDA Y AL LADO EL NUMERO 25 QUE SERA ESO,Y COMO HACE UNO PARA SABER SI HAY ALGUNA MULTA.

    • Responder

      Hola Vivian,

      Gracias por escribirnos en Tolentino Abogados. En relación con tu consulta, el número «25» que observaste junto a la fecha de salida en tu pasaporte probablemente hace referencia a una anotación de salida que implica una prohibición de entrada de 2 años en el área Schengen. Esto significa que no podrás entrar a España ni a otros países del espacio Schengen durante ese período.

      En cuanto a las multas, no siempre se imponen automáticamente, pero la imposición de una prohibición de entrada usualmente se acompaña de una sanción económica. Te recomendamos que contactes con nuestro equipo, para obtener detalles específicos sobre si se ha emitido alguna multa en tu caso y cuál sería el procedimiento para resolverla o apelarla en lo cual podríamos ayudarle.

      Si deseas asesoramiento personalizado sobre cómo proceder y las posibles vías legales para regularizar tu situación o gestionar la sanción, te animo a que agendes una consulta con nosotros. Podemos revisar tu caso en detalle y orientarte sobre los pasos a seguir.

      Puedes agendar una cita directamente desde nuestra página web: https://www.tolentinoabogados.com/citas

      Esperamos poder ayudarte,
      Tolentino Abogados

  • FCO JAVIER
    Responder

    HOLA BUENAS TARDES SOY ESPAÑOL, mi novia viene con una carta de invitacion para 3 meses por que erróneamente lo considere mejor así, quiero casarme con ella antes del plazo de vuelta de ella,no sé si es posible, o estoy incumpliendo la ley de extranjeria por ella no regresar, me parece absurdo que tenga que volver y después regresar con un billete de ida y vuelta turistico como me están diciendo, gracias

  • Alberto Briceño Rojas
    Responder

    Hola, tengo una consulta, soy de Perú y una empresa española nos hizo contrato para llevarnos de Perú a España con el tramite RESIDENCIA TEMPORAL Y TRABAJO CUENTA AJENA INICIAL, el ingreso de la documentación a extranjería se hizo el día 18 de enero 2024 y a la fecha no hay respuesta aún de extranjería, cuando hago la consulta en la página web de extranjeria dice en trámite, escribí a extranjería y indican que están demorando más de 3 meses en resolver los trámites, la consulta es la siguiente, yo llegue el 27 de febrero a España como acompañante de mi esposa que esta con visa de estudio y trabajo, me dieron mi visado de acompañante, si es que extranjería me llegara a resolver favorable el contrato de trabajo que me hizo la empresa española en Perú yo tendria problemas por encontrarme actualmente en España? O solo tendría que volver a Perú con la resolución favorable y acercarme a la embajada de España en Perú para obtener el visado de trabajo?

    • Responder

      Hola Alberto,

      Gracias por contactarnos con tu consulta. En tu caso, si la solicitud de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena inicial que iniciaste desde Perú es aprobada mientras te encuentras en España, normalmente deberías regresar a Perú para completar el proceso de visado en la embajada o consulado español. Esto se debe a que los trámites iniciados en el consulado deben completarse en el mismo lugar para que el visado correspondiente sea emitido y puedas entrar legalmente a España en calidad de trabajador.

      Sin embargo, dada tu situación actual en España como acompañante de tu esposa, es crucial consultar con nuestros abogados especializados en derecho de extranjería para evaluar si existe alguna posibilidad de ajustar tu estatus desde España sin necesidad de regresar a Perú, lo cual algunas veces es posible bajo circunstancias especiales, pero dada las explicaciones que nos comentas puede que no. Por eso es importante hablar directamente con nuestros expertos.

      Es importante no asumir que estar en España como acompañante cambiará automáticamente el proceso iniciado en Perú, ya que las normativas de extranjería son bastante estrictas con respecto a los procedimientos iniciados en los consulados.

      Si necesitas asistencia legal para revisar detalladamente tu caso y explorar las mejores opciones según tu situación actual, no dudes en contactarnos directamente para programar una consulta más detallada.

      https://www.tolentinoabogados.com/citas

      Saludos cordiales,
      Tolentino Abogados

  • Fernanda
    Responder

    Buenas noches
    Entre a España el 7 de Diciembre de 2023 , hace 5 meses , estoy en situación de estancia irregular , me conseguí trabajo y me van a dar contrato de trabajo ? Podría legalizar mi estancia con el contrato ?

    • Responder

      Hola Fernanda,

      Gracias por tu consulta. En tu situación actual, habiendo ingresado a España y permanecido más allá del período permitido por tu visado o exención de visado, te encuentras en situación irregular.

      Obtener un contrato de trabajo no regulariza automáticamente tu situación en España, ya que para solicitar un permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena, generalmente se requiere que el solicitante esté en situación regular al momento de la solicitud o cumplir con ciertos criterios específicos que permitan la regularización, como podría ser el caso de un arraigo social o laboral, pero estos procesos tienen requisitos muy específicos como llevar más tiempo en el país y otros criterios de integración.

      Es importante que te asesores correctamente para entender todas tus opciones legales y evitar complicaciones futuras con tu estancia en España. Te recomendamos ponerte en contacto con nuestro despacho para una asesoría más personalizada y detallada sobre cómo proceder en tu caso específico https://www.tolentinoabogados.com/citas

      Saludos cordiales,
      Tolentino Abogados

  • Paola Gutiérrez
    Responder

    Buen día, para consultar mi padre Colombiano estuvo más del tiempo permitido en España, su salida fue voluntaria y en su pasaporte no le pusieron alguna observación, el quiere viajar a Aruba 4 días, pero teme que no le permitan el ingreso ya que en España estuvo 4 meses es decir más del tiempo . Agradezco la información

    • Responder

      Estimada Paola,

      Gracias por contactar a Tolentino Abogados con tu consulta.

      Si tu padre salió de España de manera voluntaria y no le colocaron ninguna marca de salida o sello de prohibición en su pasaporte, en principio, no debería haber registros automáticos de su estancia prolongada que afecten su entrada a otros países fuera del espacio Schengen, como Aruba.

      Sin embargo, es importante tener en cuenta que cada país tiene sus propios requisitos de entrada y controles migratorios. Para Aruba, siendo parte del Reino de los Países Bajos, se aplican las reglas de entrada específicas que pueden o no realizar consultas en sistemas compartidos donde se podría detectar la estancia prolongada en España.

      Lo más prudente sería que tu padre consultara con la embajada o consulado de Aruba antes de su viaje para asegurarse de que no haya inconvenientes al momento de ingresar debido a su historial de estancia en España. También es recomendable llevar documentación que justifique su salida de España, como el sello de salida en el pasaporte, si este fue proporcionado.

      Si necesitas asistencia adicional o tienes más preguntas, no dudes en ponerte en contacto con nosotros para una consulta más detallada.
      https://www.tolentinoabogados.com/citas

      Saludos cordiales,

      Tolentino Abogados

  • Reinaldo lopez
    Responder

    Buenos días, Mi madre entró con un visado de 30 días, se le ha vencido el visado. Mi pregunta es.
    Tiene algún problema para abandonar España.

    • Responder

      Estimado Reinaldo,
      Si su madre se encuentra en España y su visado de estancia ha vencido, generalmente no debería tener problemas para salir del país. Sin embargo, al salir de España, las autoridades de inmigración podrían registrar la estancia irregular, lo que podría afectar futuras solicitudes de visado para entrar en el espacio Schengen. Le recomendamos agendar una cita con uno de nuestros expertos en extranjería, para conocer su caso en detalle y brindarles opciones que puedan ayudar a su madre. https://www.tolentinoabogados.com/citas
      Un saludo
      Tolentino Abogados

  • Reinaldo lopez
    Responder

    Buenos días, mi madre está de visita turística en España. Se le venció el visado de estancia. Ahora quiere regresar a Cuba su país de origen. Tiene algún problema para salir de España por los aeropuertos.

    • Responder

      Estimado Reinaldo,
      Si su madre se encuentra en España y su visado de estancia ha vencido, generalmente no debería tener problemas para salir del país y regresar a Cuba. Sin embargo, al salir de España, las autoridades de inmigración podrían registrar la estancia irregular, lo que podría afectar futuras solicitudes de visado para entrar en el espacio Schengen. Le recomendamos agendar una cita con uno de nuestros expertos en extranjería, para conocer su caso en detalle y brindarles opciones que puedan ayudar a su madre. https://www.tolentinoabogados.com/citas
      Un saludo
      Tolentino Abogados

  • Reinaldo lopez Pérez
    Responder

    Buenos días, mi madre está de visita turística en España. Se le venció el visado de estancia. Ahora quiere regresar a Cuba su país de origen. Tiene algún problema para salir de España por los aeropuertos.

    • Responder

      Estimado Reinaldo,
      Si su madre se encuentra en España y su visado de estancia ha vencido, generalmente no debería tener problemas para salir del país y regresar a Cuba. Sin embargo, al salir de España, las autoridades de inmigración podrían registrar la estancia irregular, lo que podría afectar futuras solicitudes de visado para entrar en el espacio Schengen. Le recomendamos agendar una cita con uno de nuestros expertos en extranjería, para conocer su caso en detalle y brindarles opciones que puedan ayudar a su madre. https://www.tolentinoabogados.com/citas
      Un saludo
      Tolentino Abogados

  • Jose
    Responder

    Buenos días, tengo a mi hermana que vendrá a estudiar,tiene que solicitar la visa en el consulado de España de mi pais y la duración de los estudios son de más de 90 días, en la comisaría por donde vivo me han informado que solo hacen por 90 dias, es posible que puede solicitar ante un notario una carta de invitación.

    • Responder

      Hola José,

      Para que su hermana venga a estudiar a España y la duración de los estudios sea de más de 90 días, ella deberá solicitar una visa de estudiante en el consulado de España de su país de origen.

      La carta de invitación emitida por un notario no es válida para estancias superiores a 90 días. Esta carta se utiliza generalmente para visitas de corta duración. En su lugar, lo correcto sería gestionar la visa de estudiante que permite estancias prolongadas.

      Para brindarle asesoramiento específico y asegurarse de que cumple con todos los requisitos y documentación adecuada para la solicitud, le recomendamos ponerse en contacto con uno de nuestros expertos, agendando una cita en https://www.tolentinoabogados.com/citas

      Saludos cordiales
      Tolentino Abogados

  • Federica
    Responder

    Buenos dias,

    Soy italiana, llegué a España hace 1 mes y tengo NIE blanco, a la brevedad deberian de darme contrato de trabajo tiempo indefinido y en julio tengo cita para el CUE. Antes de esto estaba viviendo con mi esposo mexicano y nuestro hijo en Italia. Mi esposo tiene una situación particular:en Italia tenia permesso di soggiorno por motivos familiares de duracion 2 años, este se venció unos dias despues de que él llegara a España, tiene un folleto de renovación para otros dos años pero aun no llega el plastico y me comenta la policia italiana que con el la hojita él ya no puede moverse en la UE (es decir que esta bloqueado aqui en España y no puede ir a retirar dicho documento). Por otro lado la intención es establecernos en España por lo cual él pedirá el TIE en cuanto esté mi CUE listo pero la gran duda es: le haran algun problema al presentar los documentos ya qe él tendrá mas de 90 dias en España y en la UE en general (su ultimo sello de entrada en la UE es en febrero 2024)? Se que tiene tiempo 3 meses pero a partir de que fecha? Y que pasa si pasan estos 3 meses?
    Muchas gracias

    • Responder

      Hola Federica,

      -NIE Blanco y CUE: Una vez obtengas el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión (CUE), tu esposo podrá solicitar la Tarjeta de Residencia de Familiar de Ciudadano de la Unión (TIE).

      -Situación Actual: Aunque su permiso de residencia en Italia ha expirado, el folleto de renovación sugiere que su situación aún está en proceso, pero sin el documento físico puede enfrentarse a restricciones.

      -Tiempo en España: Los ciudadanos no pertenecientes a la UE pueden permanecer en el espacio Schengen por un máximo de 90 días en un período de 180 días sin un permiso de residencia válido. Tu esposo ha estado en la UE desde febrero de 2024, por lo que su período de 90 días podría estar terminando.

      -Solicitud del TIE: Las autoridades pueden considerar el tiempo excedido en España al presentar la solicitud del TIE, pero al ser cónyuge de un ciudadano de la UE con intención de establecerse en España, esto puede jugar a su favor. Prepara toda la documentación que demuestre su situación y el proceso de renovación en Italia.

      -Consecuencias de Exceder los 90 Días: Si se exceden los 90 días sin un permiso de residencia válido, podría enfrentar problemas administrativos, pero el proceso de solicitud del TIE podría mitigar esto.

      Para más detalles y asesoramiento personalizado, le invitamos a agendar una consulta con nosotros en https://www.tolentinoabogados.com/citas

      Saludos cordiales
      Tolentino Abogados

  • Vanessa
    Responder

    Buen día,
    Si salgo de la zona Schengen en mi día 88 u 89 como turista, estoy 2 semanas en Reino Unido y regreso a España exclusivamente para tomar mi vuelo de regreso a México ¿Me permiten la entrada ya que estuve menos de 90 días? Gracias!!

    • Responder

      Buenos días Vanessa,

      Desde Tolentino Abogados queremos agradecerle la confianza depositada en nosotros al hacernos la consulta. El régimen aplicable a los ciudadanos que no requieren visado para estancias cortas en los Estados miembros del espacio Schengen, establece un límite de 90 días de permanencia en un periodo de 180 días. Al salir del espacio Schengen en el día 88 u 89 y pasar dos semanas fuera del mismo, como en el Reino Unido, la normativa permite reingresar al espacio Schengen para continuar o concluir la estancia permitida, siempre y cuando no se supere el total de los 90 días permitidos en el periodo mencionado.

      Sin embargo, se debe considerar que la decisión final de entrada la tiene el oficial de fronteras, quien evaluará la situación en el momento del reingreso, incluyendo la finalidad del viaje y la documentación que justifique el tránsito hasta el vuelo de regreso. Es recomendable llevar consigo documentación que respalde el propósito del reingreso a España únicamente para tomar el vuelo de regreso a México, tales como el billete aéreo de salida, evidencia de la estancia fuera del espacio Schengen, y cualquier otro documento que acredite su situación y la intención de no superar los 90 días de estancia permitida.

      Dadas las complejidades y variables que pueden influir en la decisión de las autoridades de frontera, enfáticamente recomendamos que este proceso sea gestionado con el apoyo de nuestros expertos en Tolentino Abogados, para asegurar un viaje sin contratiempos. Le invitamos a concertar una cita con nosotros en https://tolentinoabogados.com/citas para revisar su caso en detalle y brindarle orientación personalizada.

      Atentamente,

      Tolentino Abogados

  • Alicia
    Responder

    Hola, estuve irregular en España durante un año y 4 meses…al salir, si bien me dijeron que me habia excedido, solo me sellaron el pasaporte con sello normal me dijeron que no me multaban. Mi duda es, si con la regla de 90 dias en plazo de 180 dias, contando el total de dias que estuve, se me habilitaría el plazo de 90 dias el 5 de diciembre(año y 3 meses) , pero como estuve un año y 4 meses, ese mes sobrante, si lo sumo podria ingresar el 7 de enero. Mi duda especifica es, si podre ingresar en diciembre, en la fecha que se me habilitarian 90 dias mas, aunque hay 33 días que ya utilicé de manera irregular,,,ó si desde la fecha que se me habilitaria los 90 dias, ya debo sumarle esos 33 dias que me quede irreguar, y desde la fecha que me dé, ahi recien poder vovler a ingresar por los 57 dias que me quedarían disponibles….Necesito saber si puedo ingresar en Diciembre, quedandome disponibles los 57 dias no utilizados en ese plao de 180 dias, ó si debo esperar a enero , que es cuando se cuplirian el año y 4 meses fuera de la union europea, mismo plazo que estuve en España….Gracias!

    • Responder

      Hola, Alicia

      Gracias por su consulta. La situación descrita es bastante específica y puede tener implicaciones dependiendo de varios factores, incluyendo las políticas migratorias actuales y su historial de estancia en España.

      Para proporcionar una respuesta precisa y asegurarse de cumplir con todos los requisitos legales, recomendamos que se ponga en contacto con nosotros para estudiar mejor su caso. Nuestro equipo de expertos en inmigración estará encantado de ayudarle a resolver sus dudas.

      Puede programar una cita con nosotros a través de nuestra página web: https://www.tolentinoabogados.com/citas.

      Saludos cordiales,

      Tolentino Abogados

    • Responder

      Hola,

      Gracias por su consulta. La situación descrita es bastante específica y puede tener implicaciones dependiendo de varios factores, incluyendo las políticas migratorias actuales y su historial de estancia en España.

      Para proporcionar una respuesta precisa y asegurarse de cumplir con todos los requisitos legales, recomendamos que se ponga en contacto con nosotros para estudiar mejor su caso. Nuestro equipo de expertos en inmigración estará encantado de ayudarle a resolver sus dudas.

      Puede programar una cita con nosotros a través de nuestra página web: https://www.tolentinoabogados.com/citas.

      Saludos cordiales,

      Tolentino Abogados

  • Alicia
    Responder

    Hola,estoy tramitando la ciudadania Española, necesito saber si resuelven favorablemente mi carpeta y me otorgan la ciudadania española, pero al lllegarme el acta de nacimeinto español (que lo envian por mail), me encuentro de forma irregular en España,si puedo tramitar sin problemas el pasaporte español en España estando iiregular? gracias

    • Responder

      Hola, Alicia

      Gracias por su consulta. En relación con el trámite de la ciudadanía española, es importante entender los detalles específicos de cada caso para ofrecer la mejor orientación.

      Recomendamos que haga una cita con nosotros para estudiar su caso en detalle y proporcionar una orientación personalizada. Puede programar una cita con Tolentino Abogados a través de nuestra página web: https://www.tolentinoabogados.com/citas.

      Saludos cordiales,

      Tolentino Abogados

  • ELINA
    Responder

    Hola, soy mexicana, ingrese el 30.marzo.2024 a españa como turista sin visado (estancia máxima de 90 días), sin embargo, mi boleto de regreso es para 6.julio.2024 se sobrepasa por 1 semana. He intentado todo este tiempo sacar una cita en extranjeria para extensión de mi estancia por 1 semana, y es imposible la cita. Fui de forma presencial a extranjeria, tampoco me ayudaron. Tendré problemas al tratar salir del pais? y si en otro año quiero ingresar, tendre problemas?

    • Responder

      Hola, Elina. En cuanto a la salida, no creemos puedas tener problema, sin embargo, te recomendaría intentar nuevamente programar una cita en extranjería, ya sea en línea o presencialmente. Te recomendamos que hagas una cita con nuestros expertos para analizar mejor tu situación y encontrar la mejor solución para ti. Puedes agendar una cita en nuestro sitio web https://www.tolentinoabogados.com/citas

  • Ignacio
    Responder

    Hola mi pregunta es , a mí novia le dieron un visado como turista con múltiples entradas pero en el aparece que tiene un mes y 15 días y le an concedido 30 días de estancia, mi pregunta es si después de consumir esos 30 días si quiere volver a España a de esperar 180 días para un nuevo visado o como no a consumido los 90 podría solicitar otro visado para gastar los 60 días que aún le quedan para el máximo permitido.

    • Responder

      Si su novia desea regresar a España después de que su visado actual expire y siempre que no haya superado los 90 días en los últimos 180 días, puede solicitar un nuevo visado para consumir los días restantes. Es recomendable consultar con el consulado o embajada española para obtener información específica y actualizada sobre la solicitud de un nuevo visado. Siempre es necesario estudiar cada caso de manera particular para poder conocer los detalles. Le invitamos a hacer una cita en nuestro sitio web https://tolentinoabogados.com/es/consulta-web-gratuita/

  • Daniela Gil
    Responder

    Hola entré a españa el 21 de marzo del 2024 y salgo el 21 de junio del 2024, hay ya están completos mis 90 días o se vencieron antes ? Gracias

    • Responder

      Hola, gracias por su consulta.

      Si usted ingresó a España el 21 de marzo de 2024 y planea salir el 21 de junio de 2024, su estancia sería exactamente de 92 días. El período de 90 días permitidos dentro del Espacio Schengen se habría vencido antes de la fecha de salida prevista.

      Para evitar cualquier problema legal o sanciones, es importante que ajuste su fecha de salida para no exceder el límite de 90 días.

      Para más detalles y asistencia personalizada, Le invitamos cordialmente a hacer una cita gratuita en nuestro sitio web
      https://tolentinoabogados.com/es/consulta-web-gratuita/ . Estamos aquí para ayudarle.

      • Daniela Gil
        Responder

        Gracias por tu respuesta, salgo mañana 20 de junio y soy colombiana, tendré algún problema a la hora de salir de España ? Y podré volver a entrar al cuánto tiempo, sin problema ?

        • Responder

          Estimada, Diana, para volver a entrar sin problemas, generalmente se requiere esperar al menos 180 días fuera del Espacio Schengen después de una estancia máxima permitida de 90 días. Sin embargo, debido a la situación de exceso, le recomendamos consultar con las autoridades de inmigración para obtener información específica sobre su caso y considerar asesoría legal para futuras entradas.
          Le extendemos una invitación para programar una cita gratuita en nuestro sitio web https://tolentinoabogados.com/es/consulta-web-gratuita/ . Estamos aquí para ayudarle.

  • Ana Maria
    Responder

    Hola! He venido a España con visa de estudiante y he obtenido residencia estudiantil pues he venido a hacer mis pasantías. Hice los primeros seis meses en una provincia y los siguientes 3 meses los haré en otra provincia. Una vez acabe esas pasantías cuáles son mis probabilidades de obtener una extensión de residencia? Solo mediante un contrato laboral? Es necesario que sea con la misma empresa con quien hice la residencia? O podría ser por la misma manera de estudiante?

    • Responder

      Estimada, Ana María, si ha venido a España con visa de estudiante y ha obtenido residencia estudiantil para realizar sus pasantías, al finalizar estas, puede solicitar una extensión de su residencia. Las probabilidades de obtenerla dependerán de varios factores, como la continuación de sus estudios o la obtención de un contrato laboral. No es necesario que el contrato laboral sea con la misma empresa donde realizó las pasantías; puede ser con cualquier empresa que le ofrezca un empleo que cumpla con los requisitos legales. También podría optar por renovar su residencia de estudiante si planea continuar sus estudios en España.Le aconsejamos que contactes con uno de nuestros expertos, para evaluar tu caso específico y recibir orientación sobre los pasos a seguir. Puedes agendar una cita en https://www.tolentinoabogados.com/citas

  • Luis
    Responder

    Hola. Yo tengo 2 nacionalidades: mexicano y estadounidense. Entré a España en abril del 2023, y salí de España en marzo del 2024, entre como turista solamente. Pregunta, puedo volver a entrar a España con mi pasaporte estadounidense, y cuánto tiempo debo esperar?

    • Juan Quintero
      Responder

      Hola si yo fui solicitante de asilo y desisto del mismo o del recurso de reposición ya que soy denegado para ir a mi pais de origen desistiendo previamente del mismo. Podre volver a España como turista? en un futuro. Gracias

      • Responder

        Estimado Juan,

        Si decide desistir de tu solicitud de asilo o del recurso de reposición y regresar a su país de origen, en principio, podría volver a España como turista en el futuro. Sin embargo, esto depende de varios factores, como el país de origen, el cumplimiento de los requisitos de visado (si aplica), y el historial migratorio.

        Le recomendamos agendar una cita con uno de nuestros expertos en nuestra página web https://tolentinoabogados.com/citas, de modo que podamos brindarle una asesoría personalizada y asegurarle que cumple con todas las condiciones necesarias para volver a España como turista.

        Un cordial saludo,

        Tolentino Abogados

    • Responder

      Estimado Luis,

      Para poder responder a su pregunta y ofrecerle una respuesta ajustada a su caso, necesitamos conocer en detalle su situación. Es necesario confirmar si al momento de salir de territorio Schengen fue multado por el oficial de migración o si sellaron su pasaporte con prohibición de entrada hasta cumplir un plazo en específico.

      Le recomendamos agendar una cita con uno de nuestros expertos para brindarle una asesoría personalizada y ofrecerle acompañamiento en el proceso de ingresar nuevamente a territorio Schengen. Le invitamos a visitar nuestra página web https://tolentinoabogados.com/citas y agendar una cita con nosotros.

      Un cordial saludo,

      Tolentino Abogados

  • Jennifer
    Responder

    Estimado,
    Buenas tardes! Tengo nacionalidad/pasaporte argentina y surcoreana.

    He entrado a España el 2 de Marzo de 2024 y me fui el 19 del mismo mes (una estadía de 18 días). Luego volví a entrar el 5 de Junio y tengo hasta el 15 de Agosto para completar mis 90 días.

    Entiendo que es un periodo de 180 días en el que se renueva la visa de turista. Al haber entrado por primera vez el 2 de Marzo, este periodo sería hasta el 28 de Agosto del 2024.

    Esto quiere decir que si cumplo mis 90 días y me voy el 15 de Agosto, puedo volver a entrar el 29 de Agosto sin ningún problema?

    Desde ya, muchísimas gracias.

  • Jennifer
    Responder

    Estimado,

    Buenas tardes! Vuelvo a escribirle porque no estoy segura de que mi último comentario se ha mandado. De ser asi, por favor siéntase libre de ignorar el actual.

    Tengo nacionalidad/pasaporte argentina y sur coreana.

    He entrado a España el 2 de Marzo de 2024 y me fui el 19 del mismo mes (18 días en la UE). Luego volví a España el 5 de Junio y puedo quedarme hasta el 15 de Agosto para que se cumplan los 90 días.

    Para que se cumplan 180 días desde el 2 de Marzo, debo esperar hasta el 28 de Agosto. Esto quiere decir que una vez me voy el 15 de Agosto, puedo volver el 29 de Agosto nuevamente como turista?

    Desde ya, muchas gracias!

  • Maykel
    Responder

    Una duda Si estoy por cumplir los 90 días aquí en España y soy de ecuador tengo visado Schengen de turista puedo regresar a mi país antes y después de los 90 días solo comprando el vuelo o que necesito?

    • Responder

      Sí, puedes regresar a tu país antes de que se cumplan los 90 días de tu visado Schengen de turista sin necesidad de realizar ningún trámite adicional, solo necesitas comprar el vuelo. Es importante que no excedas los 90 días permitidos para evitar problemas en el futuro. ¡Buen viaje!

  • Laura amado
    Responder

    Hola muy buenas tardes , tengo una duda quisiera saber si me voy para España es necesario si o si pedir el asilo político ? O simplemente puedo dejar que pasen los 3 años que piden como requisito para pedir arraigo social para pedir la residencia? Saludos, y gracias

    • Responder

      Estimada, Laura, más allá del asilo y del arraigo social, puedes optar por otras vías para solicitar la residencia en España, como obtener un visado de trabajo con una oferta laboral, un visado de estudiante si te matriculas en un curso, la reagrupación familiar si tienes familiares residentes, el visado de emprendedor si deseas iniciar un negocio, el visado de inversor (Golden Visa) mediante inversiones significativas, la residencia no lucrativa si cuentas con medios económicos suficientes, la residencia por matrimonio con un ciudadano español o residente, y la protección internacional en caso de persecución en tu país de origen. Por eso, siempre es necesario estudiar cada caso de manera particular para poder conocer los detalles. Le invitamos a hacer una cita gratis en nuestro sitio web https://tolentinoabogados.com/es/consulta-web-gratuita/. Un cordial saludo.

  • vanessa ortega
    Responder

    Hola, estoy casada con un español, soy mexicana, nos vinimos a vivir a España. Entre de modo turista, supongo, aunque presente mi acta de matrimonio.
    El problema es que ya llevo 45 días y no logramos encontrar cita para ninguno de los trámites (ni registro civil para inscribir el matrimonio, ni para mi tarjeta comunitaria, con orden de prioridad) que pasa si llegan los 90 días y sigo en el mismo status sin cita?
    Mi plan es quedarme, no pienso salir hasta que mi trámite termine o más tiempo.

    Muchas gracias saludos

    • Responder

      Hola, Vanessa, si se cumplen los 90 días de tu estancia como turista y no has conseguido cita para inscribir el matrimonio ni para solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE, estarías en una situación irregular. Sin embargo, dada la dificultad para obtener citas, es recomendable que guardes evidencia de tus intentos de conseguir una. Mientras tanto, una vez que logres registrar el matrimonio, podrás regularizar tu situación solicitando la tarjeta comunitaria. Para obtener asesoramiento específico sobre su situación y brindarle una asesoría personalizada, le recomendamos agendar una cita con uno de nuestros expertos a través de nuestra página web: tolentinoabogados.com/citas. Un cordial saludo

  • Jenny
    Responder

    Buenas noches mi hijo fua a estudiar, pero su residencia caduca este fin de mes, por la situación de inseguridad de mi país Ecuador, mi hijo quiere quedarse y trabajar allá de lo q ha estudiado hasta reunir y seguir un doctorado ya que el ha sido muy buen alumno
    Que debe hacer para renovar su visa?

    • Responder

      Para renovar la visa de su hijo y que pueda quedarse en España trabajando y continuando con sus estudios, él debe dirigirse a la Oficina de Extranjería correspondiente antes de que su residencia caduque. Debe presentar la solicitud de renovación junto con los documentos que demuestren su situación académica y financiera, así como cualquier otra documentación que acredite su intención de trabajar y continuar sus estudios en el país. Es fundamental que realice este trámite con antelación y cumpla con todos los requisitos establecidos para evitar problemas legales y asegurar su estancia legal en España. Para obtener asesoramiento específico sobre su situación y brindarle una asesoría personalizada, le recomendamos agendar una cita con uno de nuestros expertos a través de nuestra página web: tolentinoabogados.com/citas. Un cordial saludo

  • Yuribeth
    Responder

    Buenas tardes una pregunta esposo entro a España como turista se quedó en España aproximadamente un año y seis meses hizo lo del asilo y se lo negaron el se regreso a Colombia hace menos de dos meses el quiere regresar a España tendrá problemas para entrar de nuevo sacando un nuevo pasaporte. le agradezco su información por favor

    • Responder

      Estimada, Yuribeth, sí, tu esposo podría tener problemas para entrar nuevamente a España debido a su estancia irregular anterior y la denegación de asilo. Le recomiendo que consulte con el consulado español antes de intentar regresar. Para obtener asesoramiento específico sobre su situación y brindarle una asesoría personalizada, le recomendamos agendar una cita con uno de nuestros expertos a través de nuestra página web: tolentinoabogados.com/citas. Un cordial saludo

  • Yuribeth
    Responder

    Muchas gracias

  • Cristian
    Responder

    Hola estuve 5 meses en España salí de manera voluntaria en migración me pusieron el sello normal de salida, puedo volver a España?

    Lo otro es existe algún sello distinto que le den en el pasaporte que significa que uno fue sancionado o le ponen algo al pasaporte o le indican a uno la sanción de manera verbal?

    • Responder

      Hola, Cristian, si estuviste 5 meses en España y saliste voluntariamente con un sello normal de salida, puedes volver, siempre que no hayas excedido el tiempo permitido por tu visado. En cuanto a las sanciones, si hubieras sido sancionado, te habrían notificado formalmente, ya que no hay un sello específico en el pasaporte para indicar sanciones. Sin embargo, para obtener asesoramiento específico sobre su situación y brindarle una asesoría personalizada, le recomendamos agendar una cita con uno de nuestros expertos a través de nuestra página web: tolentinoabogados.com/citas. Un cordial saludo

  • Maria Fe Gonzales
    Responder

    Hola, tengo una consulta, le agradecería infinitamente me pueda ayudar. Yo ingresé a España el 3 de enero del 2023; obtuve mi estancia de estudios hasta 30 de setiembre de ese año, antes de que caduque solicité otra estancia pero en Madrid y de otra rama de estudio. Me dieron una negatoria por falta de un documento que si había presentado y tengo el resguardo. Salí de España voluntariamente el 16 de junio ya que el 14 de junio terminaron mis clases y no podía irme antes. Ahora estoy tramitando la visa de estudios desde mi país de origen pero tengo mucho miedo que me la nieguen por ese mes y medio que estuve aún España teniendo la negatoria. Mi pregunta es: es mejor ir con solo los documentos que piden para la visa o añadir una carta en donde cuente todo esto.

    • Responder

      Estimada María, Es recomendable que adjunte una carta explicativa junto con los documentos requeridos para la solicitud de la visa de estudios. En la carta, puede detallar la situación, enfatizando que la salida de España fue voluntaria y que el tiempo adicional de permanencia se debió a la finalización de sus estudios. Además, mencione que cuenta con el resguardo del documento que, según la administración, faltaba en su anterior solicitud. Esta transparencia podría ayudar a evitar malentendidos y mostrar su buena fe ante las autoridades consulares.Sin embargo, para obtener asesoramiento específico sobre su situación y brindarle una asesoría personalizada, le recomendamos agendar una cita con uno de nuestros expertos a través de nuestra página web: tolentinoabogados.com/citas. Un cordial saludo

  • Junior
    Responder

    Buenas tengo una pregunta : Soy Boliviano, obtuve un visado por ALEMANIA cual estuve un par de día en la ciudad de Hamburgo , pero realmente me vine a España , la cual estoy empadronado y obtuve tarjeta sanitaria y buses y demás.. , mi visa caduco y eh sido llamado para declarar a la policía Nacional de migración , quería saber cuales serán las consecuencias , o que pasará? Me pueden deportar? …

    • Responder

      Estimado, Junior, al haber ingresado a España con un visado emitido por Alemania y permanecer en el país después de su vencimiento, se encuentra en una situación irregular. Al ser citado por la Policía Nacional de Migración, es posible que enfrente un proceso administrativo que podría resultar en una sanción, la cual podría incluir una multa o incluso una orden de expulsión, dependiendo de las circunstancias específicas de su caso. Para obtener asesoramiento específico sobre su situación y brindarle una asesoría personalizada, le recomendamos agendar una cita con uno de nuestros expertos a través de nuestra página web: tolentinoabogados.com/citas. Un cordial saludo

  • Guzmán
    Responder

    Hola qué tal. Quisiera hacer una consulta, tengo un año estando sin residencia en territorio europeo, pero tengo una hija la cual establece, que soy solicitante de asilo político, pero nunca he conseguido la primera cita del asilo, sin embargo lo solicité hace meses a través de un abogado.
    Si quisiera salir a otro país, el cual no es mi país de residencia, si no alguno que no tenga ningún problema para entrar, al salir de la Europa, podría tener problemas? No me dejarían salir? O tendría algún problema si me sellan el pasaporte con prohibición de entrada-tendría problemas al país donde iría ( que por mi pasaporte no tendría problemas en entrar ) gracias por su tiempo

    • Responder

      Estimado, Guzmán, si sale de Europa sin haber obtenido una resolución sobre su solicitud de asilo, podría enfrentar problemas al intentar regresar en el futuro. En general, las autoridades europeas no le impedirán salir, pero al hacerlo, su solicitud de asilo podría considerarse abandonada. Además, si ha estado en situación irregular durante este tiempo, es posible que le impongan una prohibición de entrada a la zona Schengen, lo cual afectaría su capacidad para ingresar a otros países europeos en el futuro, incluso si el país de destino no requiere visado para su pasaporte. Es crucial obtener asesoramiento específico sobre su situación y brindarle una asesoría personalizada, le recomendamos agendar una cita con uno de nuestros expertos a través de nuestra página web: tolentinoabogados.com/citas. Un cordial saludo

  • Rosamar Pacheco
    Responder

    Hola, buenas tardes! Expongo mi caso: Me excedí con el tiempo permitido en la unión europea, 4 meses, al salir voluntariamente por España, la oficial de inmigración me preguntó si tenía permiso y le respondí que no y no me dijo más nada, eso fue hace 10 años. Ese pasaporte, ya vencido, está extraviado. Mi pregunta por favor, podré ingresar por España como turista de nuevo sin problemas ? Muchas gracias por su atención !

    • Responder

      Buenas tardes, dado que han pasado 10 años desde su salida de España y no recibió una sanción explícita en ese momento, es posible que pueda ingresar nuevamente como turista sin problemas, especialmente si no hay una prohibición de entrada registrada en el sistema. Sin embargo, dado que su pasaporte anterior está extraviado, sería recomendable llevar consigo la documentación adecuada y estar preparado para responder preguntas sobre su estancia anterior. No obstante, es crucial obtener asesoramiento específico sobre su situación y brindarle una asesoría personalizada, le recomendamos agendar una cita con uno de nuestros expertos a través de nuestra página web: tolentinoabogados.com/citas. Un cordial saludo

  • Stefany
    Responder

    Tengo una pregunta me quedé 6 meses en España y ya llevo 1 año y medio por fuera salí voluntariamente puedo entrar de nuevo sin problema

    • Responder

      En principio, dado que ya ha pasado un año y medio desde su salida voluntaria de España, debería poder ingresar nuevamente como turista sin problemas, ya que el período máximo de estancia irregular generalmente prescribe después de un tiempo. Sin embargo, es importante tener en cuenta que las autoridades migratorias pueden revisar su historial, por lo que siempre es recomendable llevar toda la documentación en regla y estar preparado para responder preguntas sobre su estancia anterior.

  • Santiago
    Responder

    Hola,
    Tengo visa de estudiante pero empieza a partir del primero de Septiembre, sin embargo entre a España hace unas semanas.
    Necesito salir del espacio Schegen y volver a entrar con mi visado de estudiante o puedo seguir sin problema y solicitar mi TIE?
    Gracias y saludos

    • Responder

      Hola, Santiago
      Si su visado de estudiante empieza a partir del 1 de septiembre y ya se encuentra en España, es importante asegurarse de que su estancia actual esté dentro de los límites legales permitidos por su entrada previa, como en calidad de turista. No es necesario salir del Espacio Schengen si su entrada anterior fue legal y el visado de estudiante ya ha sido concedido. Puede permanecer en España y, a partir de la fecha de inicio de su visado, iniciar el trámite para solicitar su TIE sin problema. Sin embargo, le sugiero confirmar que no excede el tiempo permitido de su estancia previa.
      Saludos.

  • JOSE
    Responder

    Hola cual sería la mejor opción para poder traer 9 meses a una jugadora de Rugby, desde por ejemplo Australia o nueva Zelanda, sin tener que solicitar residencia por trabajo?? Gracias.

    • Responder

      Estimado, José. Para traer a una jugadora de rugby de Australia o Nueva Zelanda por 9 meses sin solicitar residencia por trabajo, una buena opción sería el visado de estancia por estudios o prácticas deportivas, si participa en un programa de formación o colaboración con un club deportivo. Este visado permite una estancia temporal sin relación laboral formal. Otra alternativa podría ser el visado de voluntariado deportivo, que permite estancias de hasta un año en actividades no remuneradas, cubriendo así el periodo necesario sin necesidad de un permiso de trabajo.Para obtener asesoramiento específico sobre su situación y brindarle una asesoría personalizada, le recomendamos agendar una cita con uno de nuestros expertos a través de nuestra página web: tolentinoabogados.com/citas. Un cordial saludo

  • Martina
    Responder

    Buenos dias, nuestra situacion ws la siguiente…
    Yo soy comunitaria de la UE, y viajo junto a mi conyugue a españa el 23 de marzo de este 2024 (solo esruvimos 1 mes en españa y nos vinimos a grecia)
    Ahora en octubre debemos volver a españa porque estoy tramitando mi residencia y la de mi pareja. Pero mi pareja estaria irregular aun. En ese caso que me recomiendan, posiblemente pague multa? Conviene que le saque un vuelo a londres antes de Volar a españa?

    • Responder

      Estimada, Martina. En su situación, si su cónyuge ha estado en España por un periodo de tiempo limitado y ha salido del país, es importante verificar si su estancia superó los 90 días permitidos en un período de 180 días dentro del espacio Schengen, lo que podría considerarse una estancia irregular. Si ese no es el caso y su cónyuge no ha excedido ese límite, no habría problemas para ingresar nuevamente. Sin embargo, si ha estado en situación irregular, es posible que enfrente sanciones administrativas, como una multa, aunque no siempre se aplican. No obstante, como su pareja está casado con una ciudadana de la UE, su regularización puede gestionarse rápidamente solicitando la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE una vez en España. Organizar un vuelo a Londres podría no ser necesario si el tiempo en el espacio Schengen ha sido respetado. Para obtener asesoramiento específico sobre su situación y brindarle una asesoría personalizada, le recomendamos agendar una cita con uno de nuestros expertos a través de nuestra página web: tolentinoabogados.com/citas. Un cordial saludo

  • Thomas Castro lame
    Responder

    Hola buenas tardes, soy Thomas. Te quería preguntar yo estuve 5 meses en España y salí nuevamente (voluntario) me pusiese el sello pero no me dijeron nada nada, ya llevo dos años que no he vuelto. La pregunta es tendré algún problema al regresar? Y tendría que cambiar de pasaporte o con este no tendría algún problema?

    • Responder

      Hola, Thomas. Si estuvo en España como turista y salió voluntariamente después de 5 meses, es posible que haya excedido el tiempo de estancia permitido en el Espacio Schengen, que normalmente es de 90 días en un período de 180 días para no residentes. Aunque no le informaron de ninguna sanción al salir, es recomendable que verifique su situación antes de regresar, ya que un exceso de estancia puede resultar en una prohibición temporal de entrada. No necesariamente debe cambiar de pasaporte, pero es importante que no tenga ninguna alerta o restricción de entrada asociada a su nombre en el sistema Schengen. Puede verificar esta situación contactando a un consulado español o a las autoridades de inmigración.

  • Milla
    Responder

    Hola! Acabo de llegar a argentina desde roma en Fiumicino me sellaron el pasaporte, pero primero me preguntaron qué pasó que me quedé varios días de mas… Les dije la verdad que estaba solicitando mi ciudadanía. Me preguntaron si tenía permiso de residencia y les dije que había cancelado la solicitud y que por motivos de fuerza mayor personal tenía que regresar a Argentina. Escribieron algunas cosas en la computadora y me dejaron salir…. Me preocupa que me hayan inhibido o me hayan hecho algunas advertencias y que cuando regrese a Italia el año que viene me causen algunos problemas al regresar, deseo regresar en 4 meses. ¿Crees que hay una manera de averiguarlo? ¡¡¡Muchas gracias de nuevo!!!

    • Responder

      Estimada Milla,

      Entendemos su preocupación sobre las posibles implicaciones de lo ocurrido en el aeropuerto de Fiumicino. Aquí hay algunas recomendaciones para esclarecer tu situación antes de tu regreso a Italia:

      -Consulta con el Consulado Italiano en Argentina: Ellos podrían revisar si existe alguna anotación o restricción en su pasaporte. A veces, tienen acceso a información sobre el estatus de los ciudadanos que puede ser relevante para su caso.

      -Verificar el Sistema de Información Schengen (SIS): Si le hubieran impuesto alguna restricción para entrar al Espacio Schengen, podría estar registrada en el SIS. El consulado puede orientarle sobre cómo solicitar esta información.

      Aunque le permitieron salir, siempre es recomendable estar preparado para evitar sorpresas.

      Un cordial saludos,

      Tolentino Abogados

  • Alejandro
    Responder

    Hola soy argentino casado con española, estoy a punto de cumplir los 3 meses por turismo, por estar casado me corresponde más tiempo de estadía en el país?

    • Responder

      Estimado, Alejandro, el hecho de estar casado con una ciudadana española no le otorga automáticamente más tiempo de estancia en calidad de turista. El plazo máximo permitido para una estancia por turismo en España es de 90 días dentro de un período de 180 días. No obstante, debido a su vínculo con una ciudadana española, usted podría solicitar la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión Europea, lo que le permitiría residir y trabajar en España de forma legal. Le sugiero iniciar el trámite antes de que expire su estancia actual para evitar problemas de permanencia irregular. Para una evaluación más detallada de su caso, puede agendar una consulta con Tolentino Abogados en nuestra página www. tolentinoabogados.com/citas. Estamos aquí para ayudarle en cada paso del proceso.

      Un cordial saludos,

      Tolentino Abogados

  • Karen
    Responder

    Hola Soy Peruana con nacionalidad española, mi madre llego como turista el 21 de agosto hasta el 21 de noviembre mi pregunta es si se puede pasar el periodo de 90 días hasta el 13 enero 2025 el cual quiero que pase las fiestas conmigo. Tendrá alguna sanción económica o problemas para volver a España?

    • Responder

      Si su madre permanece en España más allá del límite de los 90 días como turista, estaría en situación irregular, lo que podría acarrearle sanciones como una multa, problemas para futuras entradas al espacio Schengen o incluso la prohibición de entrada por un período de tiempo. Si desea que se quede hasta enero de 2025, debería solicitar una prórroga de estancia por causas justificadas o evaluar si puede solicitar un visado que le permita una estancia más prolongada antes de que se venza su actual período de 90 días.

  • blanca lorena garay duarte
    Responder

    hola mi nombre es blanca tube de turista en ESPAÑA el 14 de mayo del 2022 y saly de 23 de septiembre del mismo año quisiera saver si puedo regresar denuevo a españa mi primera entrada fue como turista

    • Responder

      Sí, puede regresar a España como turista siempre que haya cumplido con el límite de estancia de 90 días dentro de un período de 180 días, según las normas del espacio Schengen. Dado que salió en septiembre de 2022, ya ha transcurrido más de un año, por lo que su período de estancia anterior no afecta a un nuevo viaje. Recuerde que, como turista, puede volver a entrar por otros 90 días dentro de un nuevo ciclo de 180 días.Para una evaluación más detallada de su caso, puede agendar una consulta con Tolentino Abogados en nuestra página www. tolentinoabogados.com/citas. Estamos aquí para ayudarle en cada paso del proceso.

  • Valeria
    Responder

    como puedo extender mi estadia en europa soy australiano? Llevo 2 meses aún me queda uno acá para cumplir mis 90 días. Pero necesito 30 días más para hacer un curso de estudios de mi trabajo

    • Responder

      Estimada, Valeria, como ciudadano australiano, puede permanecer en el espacio Schengen por un máximo de 90 días dentro de un período de 180 días sin visado. Si necesita extender su estancia por 30 días adicionales para realizar un curso, deberá solicitar un visado de estudios de corta duración o algún otro visado específico antes de que finalicen los 90 días. Es importante presentar la solicitud en la embajada o consulado del país donde realizará el curso, justificando su necesidad de extender la estancia por motivos educativos. Para una evaluación más detallada de su caso, puede agendar una consulta con Tolentino Abogados en nuestra página www. tolentinoabogados.com/citas. Estamos aquí para ayudarle en cada paso del proceso.

    • Responder

      Como ciudadano australiano, puede permanecer en el espacio Schengen por un máximo de 90 días dentro de un período de 180 días sin visado. Si necesita extender su estancia por 30 días adicionales para realizar un curso, deberá solicitar un visado de estudios de corta duración o algún otro visado específico antes de que finalicen los 90 días. Es importante presentar la solicitud en la embajada o consulado del país donde realizará el curso, justificando su necesidad de extender la estancia por motivos educativos. Para una evaluación más detallada de su caso, puede agendar una consulta con Tolentino Abogados en nuestra página www. tolentinoabogados.com/citas. Estamos aquí para ayudarle en cada paso del proceso.

  • oscar
    Responder

    buenos días abogado un familiar entro a España como turista ya pasaron como 6 meses se le venció el permiso ,la pregunta es si lo deportan le ponen algún sello a su pasaporte que pudiera restringir su entrada a otro país. gracias

    • Responder

      ¡Estimado Oscar, Gracias por su consulta! Cuando una persona permanece en España más allá del tiempo permitido como turista, puede considerarse una situación de estancia irregular. Si llegara a ser deportado, efectivamente podrían anotar una restricción de entrada en su pasaporte, dependiendo del caso y de las normativas aplicables. Esto podría limitar su acceso no solo a España, sino también a otros países del espacio Schengen.

      Sin embargo, existen alternativas legales que podrían evitar este tipo de consecuencias graves. Es importante analizar el caso de su familiar en detalle para brindarle una solución adecuada y personalizada.

      💻 Le invitamos a realizar una consulta online gratuita con nosotros para evaluar todas las opciones y resolver cualquier duda. Puede agendar su cita fácilmente en:
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      ¡Estamos aquí para ayudarle a encontrar la mejor solución!

      Un saludo,
      Tolentino Abogados

  • Loris
    Responder

    Hola!
    Mi novia tenía un visado de estudiante para 6 meses (hasta septiembre) y se fue de España en noviembre (pasaron menos de 3 meses). Si ahora quiere regresar a España, cuánto tiempo tiene que esperar?

    • Responder

      ¡Hola Loris! Gracias por la consulta, en principio tu novia pasó al menos 3 meses en situación irregular, por lo que podría implicar complicaciones en futuros trámites.
      No obstante, la información que detallas es insuficiente para darte información más detallada y ampliada.
      Por esta razón, te invitamos a realizar una consulta online gratuita con nosotros para evaluar todas las opciones y resolver cualquier duda.

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      Un saludo,
      Tolentino Abogados

  • Felipe
    Responder

    Hola! He solicitado visa inicial de estudios ingresando como turista, puedo volver a mi país sin ser sancionado si han pasado los 90 días de turista y aún no sale el tramite de visa? No me importa perder la solicitud de visado si me regreso, solo no ser sancionado.

    • Responder

      Hola Felipe,
      ¡Gracias por tu consulta!
      Inicialmente, te comentamos que si has excedido los 90 días de estancia como turista y decides regresar a tu país, podrías enfrentar una sanción administrativa por sobrepasar el tiempo permitido. Esto puede incluir una advertencia o incluso restricciones para futuros viajes al espacio Schengen. Te recomendamos regularizar tu situación o salir antes de los 90 días para evitar problemas legales.
      Si deseas ampliar la información puedes agendar tu cita fácilmente en:
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      Un saludo,
      Tolentino Abogados

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