Si eres ciudadano de algún estado de la UE pero tienes familiares que no lo son, pueden acompañarte o reunirse contigo en otro país de la UE. Sin embargo, es necesario que lleven siempre consigo su pasaporte, válido y en vigor y, dependiendo de su nacionalidad, pueden incluso tener que presentar en la frontera además, un visado de entrada.
Es aplicable a cónyuge, padres, abuelos, hijos o nietos no nacionales de la UE. No necesitan visado en los siguientes supuestos:
En algunas ocasiones, se puede denegar la entrada, tanto a ti como a tus familiares. Generalmente se realiza por razones de “orden público, seguridad pública o salud pública”. En este caso, las autoridades deben demostrar que tú o tus familiares presentáis una “amenaza real, actual y suficientemente grave”. Tienes derecho a que esa decisión se te comunique por escrito. La misma debe especificar todos los motivos que la justifican y explicar cómo puedes recurrirla en plazo.
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