Viajes entre estados de la UE por familiar extracomunitario

Consideramos viajes entre estados de la UE por familiar extracomunitario cuando el objetivo es el de reagrupación. Por lo tanto, los ciudadadnos de Unión Europea con familiares que son extracomunitarios pueden reunirse con dichos familiares en otro estado miembro de la UE.

Requisitos para viajes entre estados de la UE por familiar extracomunitario:

    1. Pasaporte válido y en vigor
    2. Dependiendo de su nacionalidad se requerirá, además, visado de entrada.

Los familiares extracomunitarios del ciudadano comunitario (cónyuge,hijos, ascendientes) no necesitarán visado en los siguientes casos:

    • Si el país al que viajan pertenece al espacio Schengen  y además poseen un permiso de residencia o un visado de otro país del espacio Schengen
    • Si viajan con el ciudadano familiar comunitario o para reunirse con el. Y, además poseen un permiso de residencia expedido por cualquier país de la UE (excepto el de la nacionalidad del ciudadano comunitario).

En el permiso de residencia debe constar que el titular es familiar de un nacional de la UE. Tu pareja registrada y tus familiares en sentido amplio pueden solicitar a la administración de un país de la Unión que los reconozca n  como familiares de un nacional de la UE. Aunque no están obligados a ello, como mínimo si tienen que tramitar tu solicitud.

Por otro lado, si los familiares extracomunitarios necesitan visado de entrada, deben solicitarlo previamente en el Consulado o Embajada del país al que deseen viajar y, dependiendo del país, se les exigirá una documentación u otra.

Si el país de destino es miembro del Espacio Schengen deberá expedir el visado en el plazo de 15 días. Por el contrario,  no se establece un plazo, aunque deberán responder lo antes posible.

¿Cuál es la validez de los visados expedidos por un país Schengen?

Los visados expedidos por una país del espacio Schengen son válidos en todos los países del espacio Schengen.

¿Qué ocurre si no se ha tramitado el visado?

Si el visado no ha sido tramitado, las autoridades fronterizas deberán permitirles probar por cualquier medio su condición de familiares de ciudadano comunitario. Si se consigue probar dicha condición, las autoridades deberán permitirles la entrada otorgándoles el visado en la misma frontera.

¿Es posible que nos denieguen la entrada?

En ocasiones, se puede denegar la entrada tanto al ciudadano comunitario como a sus familiares. En este caso, las autoridades deben demostrar que presentan una “amenaza real, actual y suficientemente grave”. Es obligatorio que esta decisión se comunique por escrito, especificando todos los motivos que la justifican y  cómo puede ser recurrida y el plazo.

Recuerda si tienes dudas, nuestros abogados y expertos pueden ayudarte

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Neyvi Tolentino

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