Durante el proceso de tramitación de documentación, si en nuestro expediente encontramos como estado de la resolución la frase trámite Requerido, quiere decir que por correo postal certificado o por vía electrónica nos requerirán documentación adicional para seguir el curso legal del expediente.
Trámite requerido: ¿qué hacer si aparece esta leyenda?
Si su expediente se encuentra en tramite, recomendamos estar pendientes del correo en el domicilio que tienen en el expediente. Y, no perder los plazos de aportación de nueva documentación. Si no llega ninguna notificación debe acudir a la oficina de extranjería donde presento la documentación.
A través del sistema telemático de información sobre expedientes de extranjería podemos chequear si la oficina nos ha hecho algún requerimiento.
A través del sistema de comprobación de estado del expediente de extranjería de la Sede Electrónica de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, podemos comprobar cuál es el estado del procedimiento. Y además, comprobar si sigue en trámite o está resuelto (favorable o no favorable). Además, podemos comprobar si se ha realizado algún requerimiento, es decir, aparecerá el mensaje de “trámite requerido”.
De esta forma, podemos saber si nuestro expediente está incompleto y estar muy pendientes de la llegada de la notificación por correo ordinario o electrónico en el caso de haber consentido las notificaciones electrónicas.
Este tipo de mejoras facilitan enormemente el control del proceso. Y, en este caso pueden evitar que muchas cartas con requerimientos sean mal notificadas o devueltas por falta de notificación. El extranjero, conocedor de que su expediente está en “trámite requerido” sabe que le va a llegar la notificación. Por lo tanto, podrá estar atento para que ésta se realice de forma correcta.
Recuerda si tienes dudas, nuestros abogados y expertos pueden ayudarte