El objetivo es facilitar la entrada en España de extranjeros de fuera de la UE que deseen realizar actividades de formación e investigación, tanto en el ámbito público como en el privado.
Esta visa está dirigida a:
1. Si es un organismo a los que se refiere la ley (universidades públicas; organismos públicos de investigación, estatales y autonómicos; universidades y entidades privadas de acuerdo con la D.A. primera de la ley).
2. Si se trata de una entidad empresarial o centro de I+D+i establecido en España, necesitarán el informe de la D.G. de Innovación y Competitividad (MINECO).
3. Si es una entidad pública o privada firmante de un convenio, en las condiciones que se desarrollen reglamentariamente.
4. Si se trata de un órgano o centro de educación superior e investigación.
5. Si es una escuela de negocios establecida en España.
Finalmente, deberá presentar documentación que acredite la relación profesional entre entidad y el interesado.
Por su parte, la residencia por investigación tiene los siguientes beneficios:
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