Tendrán derecho a obtener autorización de residencia permanente los extranjeros que hayan residido legalmente y de forma continuada en España durante cinco años. Siempre que las salidas correspondientes no se hayan realizado de forma irregular:
El titular de la autorización de residencia permanente estará obligado a renovar la tarjeta cada cinco años.
Cuando se aporten documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano o lengua co-oficial del territorio donde se presente la solicitud.
Todo documento extranjero deberá ser legalizado por la Oficina Consular de España en el país en el que se ha expedido dicho documento. Y, también por el Ministerio de Asuntos Exteriores. Salvo que dicho documento haya sido apostillado según el Convenio de la Haya. Y, salvo que dicho documento esté exento de legalización en virtud de Convenio Internacional.
El nuevo Reglamento de Extranjería, cuya aprobación se esperaba esta semana, ha sido pospuesto debido…
Es preocupante cuando, al intentar apoyar a personas vulnerables, se recurre a estereotipos que las…
Los ciudadanos chilenos y peruanos pueden solicitar una residencia para empleo por cuenta ajena en…
El IV Congreso de Extranjería e Inmigración (CEI24) presentó una ponencia titulada "El uso de…
30 ¿Qué es el ETIAS? El ETIAS es un sistema automatizado creado por la…
Esta web usa cookies.