Información legal

Renovación de residencia para investigadores

Tipo de autorización

Es la renovación de residencia para investigadores.

Requisitos para la renovación de residencia para investigadores

  1. No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza. O, familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
  2. Carecer de antecedentes penales.
  3. No tener prohibida la entrada en España.
  4. Que el organismo de investigación esté autorizado para la firma de convenios y, en consecuencia, aparezca en el listado que, a dichos efectos, realiza el Ministerio de Economía y Competitividad. Se podrá recabar información consultado la página www.mineco.gob.es/stfls/mineco/investigacion.html
  5. Que el proyecto de investigación esté aceptado por el organismo y que en él, esté determinado su objeto, duración y medios materiales y financieros para su realización.
  6. El organismo de investigación deberá estar inscrito en el régimen correspondiente del sistema de Seguridad Social y encontrarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  7. El organismo deberá haber firmado con el investigador un convenio de acogida, que incluya el correspondiente contrato de trabajo firmado por el organismo y el investigador extranjero, con fecha de inicio de vigencia condicionada a la concesión de la autorización.
  8. Finalmente, deberá poseer la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.

Documentación para la renovación de residencia para investigadores

  1. Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–04) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el investigador.
  2. Copia completa del pasaporte o título de viaje en vigor.
  3. Documentación acreditativa de la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.
  4. Convenio de acogida firmado por el investigador y el organismo, con memoria descriptiva y contrato de trabajo.
  5. En su caso, se podrá presentar para la valoración por la Oficina de Extranjería, informe de integración de la Comunidad Autónoma de su lugar de residencia, en el que conste la participación en acciones formativas y el conocimiento de lenguas oficiales.

Procedimiento para la renovación de residencia para investigadores

Sujeto legitimado para presentar la solicitud de renovación de residencia para investigadores:

El investigador personalmente o también mediante representación.

Lugar de presentación de la solicitud de renovación de residencia para investigadores:

Cualquier registro público y dirigido a la Oficina de Extranjería correspondiente a la provincia en la que resida el investigador.

Plazo de solicitud de renovación de residencia para investigadores:

Durante los 60 días naturales previos a la fecha de expiración de la autorización. También se puede solicitar dentro de los 90 días naturales posteriores a la fecha en que hubiera finalizado la vigencia de la autorización, sin perjuicio de la posibilidad de que sea incoado el correspondiente procedimiento sancionador.

La presentación de la solicitud en plazo prorroga la validez de la autorización anterior hasta la resolución del procedimiento.

Las tasas de residencia y trabajo:

Se devengarán en el momento de admisión a trámite de la solicitud. Y, deberán abonarse en el plazo de diez días hábiles, son:

Modelo 790 código 052, epígrafe 2.2 renovación de autorización de residencia temporal, a abonar por el trabajador:15,45 euros

Modelo 790 código 062, epígrafe 2.1 renovación o modificación de una autorización de trabajo tramitada en un procedimiento de autorización de residencia temporal y trabajo, a abonar por el empleador.

Plazo de resolución de la solicitud de renovación de residencia para investigadores:

3 meses contados a partir del día siguiente a la fecha en que haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación. Transcurrido dicho plazo sin que la Administración haya practicado la notificación se podrá entender que la solicitud ha sido estimada por silencio administrativo. La Autoridad competente en la concesión deberá expedir, previa solicitud del interesado, certificado que acredite la renovación por este motivo.

Finalmente, la duración de la renovación de la autorización de residencia y trabajo será de un año.

Tarjeta de identidad de extranjeros

En el plazo de un mes desde la concesión, el investigador deberá solicitar la tarjeta de identidad de extranjeros.

Por su parte, el solicitante exhibirá en el momento del trámite de huella:

  1. Pasaporte o título de viaje
  2. Solicitud de Tarjeta de Identidad de Extranjero, en modelo oficial (EX-17).
  3. Justificante del abono de la tasa de la tarjeta.
  4. Acreditación de la afiliación y/o alta de la Seguridad Social.
  5. Tres fotografías recientes en color, en fondo blanco, tamaño carné.
  6. Para renovar la autorización de residencia por reagrupación familiar de los familiares de los investigadores se deberán cumplir los requisitos y el procedimiento previstos en las autorizaciones por reagrupación familiar.

Enlaces de interés:

Neyvi Tolentino

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