El gobierno de España y el de Japón han llegado a un acuerdo para establecer un programa de vacaciones y actividades laborales esporádicas. El trato se realizó en Tokio, el 5 de abril de este año.
El acuerdo tiene como objetivos principales: promover una relación de cooperación más estrecha entre España y Japón, brindarle oportunidad a los jóvenes de apreciar la cultura y forma de vida de otro país y fomentar el entendimiento mutuo de ambos.
Por lo tanto, cada parte expedirá de manera gratuita, a los nacionales del otro país un visado para el programa de vacaciones y actividades laborales esporádicas.
Requisitos para el visado de programa de vacaciones y actividades laborales esporádicas
- -Realizar el viaje por vacaciones.
- -Tener entre 18 y 30 años.
- -Que no estén acompañados de personas dependientes. Salvo que se hallen en posesión de un visado que le autorice la entrada al país.
- -Estar en posesión de un pasaporte válido, billete de vuelta (o medios suficientes para comprarlo)
- -Acreditar suficientes medios económicos para su manutención durante el periodo de estancia.
- -Obligación de retorno transcurrido el plazo establecido, careciendo de intención de modificar su situación de estancia a una de residencia una vez llegado al país.
- -Que no se le haya concedido previamente un visado para el programa de vacaciones y actividades laborales esporádicas.
- -Certificado médico
- -Carecer de antecedentes penales.
- -Manifestar su intención de cumplir las Leyes y Reglamentos vigentes en el país de destino durante el periodo de estancia.
Los interesados que cumplan con los requisitos anteriormente podrán solicitar el visado por medio de la Embajada o Consulado de país de destino situado en el país de origen.
Los que se encuentren en posesión de este visado podrán permanecer en el país de destino por un año como máximo, desde la fecha de entrada, así como también podrán desempeñar actividades laborales en la medida de lo necesario para complementar los fondos del viaje de conformidad con las Leyes vigentes de cada país de destino.
Finalmente, este convenio se aplicará de forma provisional a partir del día 1 de julio de 2017.
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Enlaces de interés:
- Renovación de la autorización de residencia temporal y trabajo por investigación.
- Autorización de residencia temporal por razones de protección internacional.
- Medios económicos para la tarjeta comunitaria de residencia permanente