En este artículo queremos informarles cuáles son los permisos de conducir válidos en España. Y, también el procedimiento que se debe llevar a cabo para el canje de carné de conducir.
Los permisos de conducir válidos en España son los expedidos por la Unión Europea y el Espacio Económico Europeo.
Además, en determinadas condiciones, son también permisos de conducir válidos en España:
1. Los nacionales de otros países que estén expedidos de conformidad con el Anexo 9 de la Convención de Ginebra, o con el Anexo 6 de la Convención de Viena, o que difieran de dichos modelos únicamente en la adopción o supresión de rúbricas no esenciales.
2. Los nacionales de otros países que estén redactados en castellano o vayan acompañados de una traducción oficial del mismo.
3. Los internacionales expedidos en el extranjero de conformidad con el Anexo 10 de la Convención de Ginebra, o de acuerdo con el modelo de Anexo E de la Convención Internacional de París, si se trata de naciones adheridas a este Convenio que no hayan suscrito o prestado adhesión al de Ginebra.
4. Los reconocidos convenios internacionales en los que España sea parte.
Transcurrido dicho plazo, los mencionados permisos carecen de validez para conducir en España. Si sus titulares desean seguir conduciendo, deberán obtener permiso español. Por lo tanto, deberá comprobar los requisitos y superar las pruebas correspondientes. Salvo que, por convenio sea posible su canje por el español equivalente. De esta forma, los interesados podrán obtener permisos de conducir válidos en España.
Los permisos expedidos por los Estados miembros de la Unión Europea, con arreglo a la normativa comunitaria, son permisos de conducir válidos en España, con la salvedad de que la edad requerida para la conducción corresponderá a la exigida para obtener el permiso español equivalente. No obstante, los titulares de un permiso, que hayan obtenido la residencia en España, pueden solicitar su canje. De esta forma, los interesados obtendrán permisos de conducir válidos en España.
1.Solicitud en impreso oficial que se facilitará en las Jefaturas de Tráfico y en la página Web de la DGT.
2. Acreditación de identidad y residencia:
a. Documento Nacional de Identidad o Pasaporte: original en vigor.
b. Autorización de residencia o documento de identidad de su país o pasaporte. Además debe adjuntar el original del Certificado de Inscripción en el Registro Central de Extranjeros para extranjeros comunitarios
c. Autorización de Residencia para extranjeros no comunitarios: original en vigor.
3. Permiso de conducción comunitario: original en vigor y fotocopia.
4. Fotografía actualizada: una original de 32 x 25 mm.
5. Talón foto, que se facilitará en las Jefaturas de Tráfico: cumplimentado y firmado dentro del recuadro correspondiente.
6. Declaración por escrito de no hallarse privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, ni sometido a intervención o suspensión del que se posea.
7. Declaración por escrito de no ser titular de otro permiso de conducción, ya sea expedido en España o en otro país comunitario, de igual clase que el solicitado.
CITA PREVIA: Es preciso utilizar el sistema de cita previa para el canje de los permisos expedidos por Bulgaria y Rumania.
Representación:Cuando la documentación no sea presentada por el titular del permiso, la persona que le representa deberá aporta su DNI original y autorización del interesado para realizar el trámite, donde exprese su carácter gratuito.
COSTO: TASA O PRECIO PÚBLICO: Tasa II.3 (Su cuantía varía anualmente)
Canje de los permisos de conducción expedidos en países no comunitarios (Andorra, Corea, Japón y Suiza).
No se canjean los permisos obtenidos con fecha posterior a la firma del Convenio respectivo, cuando su titular hubiera obtenido el permiso siendo residente legal en España.
a. Documento Nacional de Identidad o Pasaporte: original en vigor.
b. Autorización de residencia o documento de identidad de su país o pasaporte, junto con el Certificado de Inscripción en el Registro Central de Extranjeros para extranjeros comunitarios: original en vigor.
c. Autorización de Residencia para extranjeros no comunitarios: original en vigor.
3. Informe expedido por un centro de reconocimiento para conductores autorizado de la provincial de la Jefatura donde se dirija la solicitud.
4.Permiso de conducción: original en vigor y fotocopia.
5.Fotografía actualizada: una original de 32 x 25 mm.
6. Talón foto, que se facilitará en las Jefaturas de Tráfico: cumplimentado y firmado dentro del recuadro correspondiente.
7. Declaración por escrito de no hallarse privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, ni sometido a intervención o suspensión del que se posea.
8. Declaración por escrito de no ser titular de otro permiso o licencia de conducción, ya sea expedido en España o en otro país comunitario, de igual clase que el solicitado.
Corea: traducción oficial del permiso realizada por un Consulado o por la Embajada.
Japón: traducción oficial del permiso.
Representación: Cuando la documentación no sea presentada por el titular del permiso, la persona que le representa deberá aporta su DNI original y autorización del interesado para realizar el trámite, donde exprese su carácter gratuito.
COSTO: TASA O PRECIO PÚBLICO: Tasa II.3 (Su cuantía varía anualmente)
Canje de permisos de conducción procedentes de: República Argelina Democrática y Popular, República Argentina, República de Bolivia, República de Chile, República de Colombia (suspendido temporalmente), República de Croacia, República de Ecuador, Reino de Marruecos, República de Perú, República Dominicana, República de Paraguay, República de Uruguay, República Bolivariana de Venezuela, República Federativa de Brasil, República de El Salvador, República de Filipinas, República de Guatemala, República de Serbia
No se canjean los permisos obtenidos con fecha posterior a la firma del Convenio respectivo, cuando su titular hubiera obtenido el permiso siendo residente legal en España.
El canje debe solicitarse en la Jefatura de Tráfico de la provincial del domicilio del titular del permiso de conducción mediante cita previa en el teléfono 902.300.175. (excepto Croacia)
La petición de cita previa autoriza la iniciación del expediente de canje, pero la autorización del mismo, está siempre supeditada a que se confirme la validez del permiso por parte de las autoridades que lo han expedido en cada país. El teléfono para cita previa es el 060.
3.Informe expedido por un Centro de reconocimiento para conductores autorizado de la provincial de la Jefatura donde se dirija la solicitud.
4. Permiso de conducción: original en vigor y fotocopia.
5.Fotografía actualizada: una original de 32 x 25 mm.
6. Talón foto, que se facilitará en las Jefaturas de Tráfico: cumplimentado y firmado dentro del recuadro correspondiente.
7. Declaración por escrito de no hallarse privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, ni sometido a intervención o suspensión del que se posea.
8. Declaración por escrito de no ser titular de otro permiso o licencia de conducción, ya sea expedido en España o en otro país comunitario de igual clase que el solicitado.
Con carácter general, los permisos de las clases A1, A, B y EB se canjean sin pruebas. El resto de las clases, requieren la superación de pruebas que es diferente según el convenio.
COSTO: TASA O PRECIO PÚBLICO:Tasa II.3 (Su cuantía varía anualmente)
Informe de aptitud psicofísica, expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado, de la provincia donde solicite el trámite, al que se hallará adherida una fotografía actualizada del solicitante.
Dos fotografías actualizadas de 32 x 25 mm.
Justificación de ser titulares de un permiso de conducción válido equivalente al que solicitan. Además, si no está redactado en castellano, la correspondiente traducción oficial.
Además, los permisos de conducción expedidos por las Escuelas y Organismos militares, y de las Direcciones Generales de la Guardia Civil y de la Policía podrán ser canjeados por sus equivalentes ordinarios, sin realizar pruebas de aptitud. De esta forma, los interesados obtendrán permisos de conducir válidos en España.
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