El nuevo Reglamento de Extranjería, cuya aprobación se esperaba esta semana, ha sido pospuesto debido…
Es preocupante cuando, al intentar apoyar a personas vulnerables, se recurre a estereotipos que las…
Los ciudadanos chilenos y peruanos pueden solicitar una residencia para empleo por cuenta ajena en…
El IV Congreso de Extranjería e Inmigración (CEI24) presentó una ponencia titulada "El uso de…
30 ¿Qué es el ETIAS? El ETIAS es un sistema automatizado creado por la…
Esta web usa cookies.
Ver comentarios
Yo soy nieta de español que vino huyendo del franquismo a Colombia.
Quisiera saber cuánto me costaría adquirir la nacionalidad española y cuáles son los requisitos
Estimada María, el presupuesto lo establecen nuestros expertos luego de una consulta previa en la que analizan en detalle su caso. La cita con nuestros expertos tiene un coste de 50€, el cual podrá pagar directamente al hacer la reserva y, en caso de contratación, será descontado de su trámite. Durante esta consulta se realiza un análisis exhaustivo de su caso, se le otorga un presupuesto, se estudia su viabilidad, y se le entrega un resumen en el cual el abogado ha detallado todas las opciones y soluciones. Esperamos un pronto contacto. Agende su cita a través de https://www.tolentinoabogados.com/citas
Saludos cordiales
Mi abuelo es nieto de un español que vino huyendo para Cuba, en caso de que el logre la ciudadanía,hay alguna forma de que los descendientes logren la misma?
Estimado Manuel, si su abuelo se hace español de origen por esta ley, los hijos y nietos pueden solicitar la nacionalidad por residencia en el plazo reducido de 1 año. Recordar que todavía está pendiente que la Ley de Memoria Democrática sea publicada en el BOE. Si necesita ayuda con el trámite, estaremos encantados de ayudarle. Para ello, agende cita con nuestros expertos en https://www.tolentinoabogados.com/citas. Saludos cordiales
Mi hermano no solicitó la nacionalidad española cuando la ley de memoria histórica ,nosotros la solicitamos y nos la dieron.¿Puede mi hermano solicitar la nacionalidad española ahora con esta nueva ley ?
Estimada Leidys, si, su hermano puede solicitar la nacionalidad española con la Ley de Memoria Democrática. Recordar que aunque ya fue aprobada por el Senado aún está pendiente que sea publicada en el BOE y entre en vigor. Os seguiremos informando sobre las novedades de esta Ley. Un saludo.
Hola mi abuelo es exiliado politico cuando la epoca de franco,, lei que no tendra limite de edad para solicitar el beneficio, mi madre es venezolana con nacionalidad española por medio de mi abuelo, en mi caso que soy de Venezuela y vivo en colombia; mi partida de nacimiento venezolana debera tener vigencia? es que me preocupa pues desde aca no tengo como gestionarla,, tengo una de hace 4años apostillada, quedo atenta
Estimada Lupe, aunque para cualquier trámite no caduca se recomienda sacar una nueva con la apostilla correspondiente. Un saludo
Una duda,mi abuelo es nieto de un español que vino hueyendo pero que no renunció a su ciudadanía una vez llegó al nuevo país,siendo así puede optar por la ley?
Estimado Manuel, si dicho abuelo es exiliado si puede aplicar a la Ley. Si necesita ayuda con el trámite estaremos encantados de ayudarle, para ello, agende cita con nuestros expertos en https://www.tolentinoabogados.com/citas .
Saludos cordiales
Una consulta, soy nieto de español y no ratifique mi deseo de conservar la nacionalidad española mientras era menor de edad, mis primos de la misma rama familiar al ser menores de edad pudieron obtenerla sin inconvenientes. Me gustaria saber si con esta nueva ley de memoria democratica podria obtener la nacionalidad? Gracias y perdon por la molestia.
Estimado Nicolás, es necesario analizar si efectivamente está perdida la nacionalidad. Le recomendamos agendar una cita con nuestros expertos para evaluar su caso en concreto: https://www.tolentinoabogados.com/citas
Esperamos su contacto
Un saludo
Buenas tardes, soy Tomás García de la República de Chile. Mi padre es nieto del viceconsul de España en Chile hacia los años 1920. Así las cosas mi bisabuelo es Jose Garcia Ciudad, y mi padre Alvaro Garcia S. Ni mi abuelo ni mi padre obtuvieron la nacionalidad española porque mi bisabuelo nunca volvió a España, ni mostró mayor interés en nacionalizar a sus descendientes lo que hoy me pesa a mí personalmente.
Tengo todos los certificados y antecedentes formales e históricos que acreditan que mi bisabuelo español es mi bisabuelo y tambien tengo todos los documentos que acreditan su longeva carrera diplomática. ¿Podría yo obtener la nacionalidad española con tales antecedentes?
Saludos cordiales, quedo atento a vuestra amable respuesta.
Estimado Tomás, solo su padre podrá optar a través de la ley por el primer supuesto y posteriormente usted podrá optar por el tercer supuesto. Si desea ayuda con el trámite no dude en contactarnos, puede agendar cita en https://www.tolentinoabogados.com/citas para que puedan evaluar su caso. Un saludo
Estimados,muy buenas tardes. Les escribo desde Argentina. Mi madre es hija de padre y madre españoles (ambos emigrados entre 1928 y 1929). Mi madre obtuvo la nacionalidad española en el año 2003, creo que bajo el amparo de la ley 36/2002. Al yo ser mayor de edad en es año no accedi a la misma. En este caso entraria yo en alguno de los supuestos de la nueva ley?
Muchas gracias!
Estimada Romina, para aplicar a la nacionalidad española bajo la nueva Ley debe acogerse a alguno de los siguientes supuestos: hijo o nieto de exiliado y tener pruebas para demostrarlo, que su abuela haya perdido la nacionalidad por casarse con un ciudadano extranjero o que su padre haya obtenido la nacionalidad por la Ley 52/2007. Sin embargo, según lo que nos cuenta, su madre aplicó bajo otra Ley que no es la Ley 52/2007 de manera que no se acobija a los supuestos. Un saludo.
BUENAS TARDES, MI PADRE FALLECIDO, ES HIJO DE MADRE ESPAÑOLA, JAMAS PUDO TRAMITAR LA CIUDADANIA PORQUE LAS MUJERES NO TRASMITIAN, YO COMO PRIMER DESCENDIENTE VIVA, PUEDO PEDIR LA INSCRIPCION POST MORTEM DE MI PADRE POR LA 20/2022, Y LUEGO ACOGERME YO AL SUPUESTO 1.c?
Estimada Karina,
Para esta ley no aplica con la post morten, sin embargo, en caso de que pueda demostrar que su abuela es exiliada, podría optar por el primer supuesto. Si desea ayuda con el trámite, agende cita con nuestros expertos en: https://www.tolentinoabogados.com/citas
Un saludo
Hola, mi papa se hizo ciudadano español por la ley de memoria historica y yo era mayor de edad en su momento y no pude aplicar, mi papa ahora esta fallecido, tengo derecho a acorgeme a la ciudadania a traves de el aunque haya fallecido? gtacias
Estimada Lola, usted si podría optar por la Ley Española bajo este supuesto. Si desea que le ayudemos con el trámite agende cita con nuestros expertos en: https://www.tolentinoabogados.com/citas. Esperamos su pronto contacto.
Un saludo