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Este artículo trata sobre un caso real tramitado por Tolentino Abogados, sobre la residencia por familiar comunitario siendo mayor de 21 años:

Supuesto de hecho. Cuestión planteada.
Madrid, 02-12-2019

El solicitante de nacionalidad dominicana se encuentra a cargo de su madre de nacionalidad española y desea solicitar una opción de residencia por familia comunitaria.

Se le recomienda la residencia comunitaria por mayor de 21 años a cargo, conforme al Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

Dicha solicitud es concedida.

Solución propuesta.

– Directiva 2004/38/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros.

– Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

– Orden PRE/1490/2012, de 9 de julio, por la que se dictan normas para la aplicación del artículo 7 del Real Decreto 240/2004, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

Publicado en: Global Economic & Jurist

 

 

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