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La reciente reforma del Reglamento de Extranjería en España, introducida en noviembre de 2024, ha traído consigo una serie de cambios que afectan a diversos colectivos de migrantes. Uno de los puntos más destacados es la Disposición Transitoria Quinta, que ofrece nuevas posibilidades a los solicitantes de asilo en España, permitiéndoles desistir o renunciar a su solicitud para acogerse a un régimen más favorable en términos de regularización.

No obstante, esta decisión debe analizarse detalladamente, pues desistir al asilo puede traer también sus implicaciones negativas. Por ende, te ofrecemos algunos elementos a tomar en cuenta para beneficiarte de este cambio normativo.

¿Qué es la Disposición Transitoria Quinta del nuevo reglamento?

En principio, la Disposición Transitoria 5ª del Reglamento de Extranjería introduce una medida excepcional para personas que se encuentren en España en situación irregular o en trámite de asilo. Esta disposición permite que los solicitantes de asilo desistan de su proceso y soliciten una autorización de residencia y trabajo si cumplen con ciertos requisitos.

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Requisitos para solicitar una autorización de residencia y trabajo

    • Renunciar a la solicitud de asilo:

      El solicitante debe formalizar el desistimiento de su petición de protección internacional ante la Oficina de Asilo y Refugio (OAR) u otra autoridad competente. Esto implica la pérdida de los derechos derivados del estatuto de solicitante de asilo.

    • Demostrar arraigo en España:

      De acuerdo a las condiciones de cada solicitante podrá elegir, por ejemplo, por algunos arraigos como:

      • Arraigo laboral
      • Arraigo social
      • Arraigo familiar

    • Permanencia mínima en España:

      Dependiendo de la autorización específica, se exige haber residido en España de forma continuada durante un período que oscila entre 1 y 2 años. En el caso de la Disposición Transitoria 5ª, el requisito general es de 2 años de residencia.

    • Documentación identificativa:

      Es indispensable contar con pasaporte válido o, si no es posible, otros documentos que permitan la identificación. En casos excepcionales, el solicitante puede obtener ayuda consular o administrativa para completar este requisito.

    • Certificado de antecedentes penales:

      No haber sido condenado por delitos graves ni en España ni en el país de origen. Este documento debe estar legalizado y, en el caso de ser necesario, traducido oficialmente.

    • Solicitud de autorización de residencia y trabajo:

      Se debe presentar formalmente una solicitud de autorización de residencia y trabajo ante la Oficina de Extranjería de la provincia donde reside el solicitante. Es crucial adjuntar toda la documentación requerida, como:

        • Pruebas de arraigo.
        • Contrato de trabajo (en caso de arraigo laboral o social).
        • Justificación de medios de vida, si no hay contrato.
        • Certificados oficiales que acrediten la situación familiar (para arraigo familiar).

    • Ausencia de orden de expulsión vigente:

      El solicitante no debe tener una orden de expulsión en vigor. En caso de haber tenido una anteriormente, deberá acreditarse su cancelación o prescripción.

    • Pago de las tasas administrativas:

      El trámite requiere el abono de una tasa que oscila entre 36 € y 73 €, dependiendo de la autorización solicitada (residencia, trabajo, o ambas).

¿Consecuencias de renunciar al asilo?

Desistir del proceso de asilo significa renunciar a la solicitud de protección internacional presentada ante el Ministerio del Interior. Esto implica:

    • Perder el estatus de solicitante de asilo y los derechos asociados a este (como la autorización temporal de residencia).
    • Pasar a depender del régimen de extranjería general para solicitar la regularización mediante la Disposición Transitoria 5ª.

De manera que, es importante tomar esta decisión con asesoramiento especializado, ya que cada caso es único y puede tener consecuencias importantes dependiendo de la situación personal y legal del solicitante.

¿Cuáles son los requisitos para acogerse a esta Disposición Transitoria 5?

Para poder desistir del asilo y acogerse a la Disposición Transitoria 5ª, los solicitantes deben cumplir con los siguientes requisitos básicos:

    1. Permanencia en España: Haber residido en el país durante un tiempo mínimo, generalmente fijado en 2 años.
    2. Vínculo con la sociedad española: Demostrar arraigo social, laboral o familiar.
    3. Renuncia a la solicitud de asilo: Presentar formalmente el desistimiento del proceso de protección internacional.
    4. Ausencia de antecedentes penales: Acreditar que no tienen condenas penales en España ni en sus países de origen.

Qué beneficios pueden tener los solicitantes de asilo al acogerse a esta medida excepcional

Así mismo, optar por este mecanismo tiene múltiples ventajas para los solicitantes de asilo que desean establecerse de manera estable en España:

    1. Acceso a una autorización de residencia y trabajo: Esto permite trabajar legalmente en España, algo que suele ser limitado durante el trámite de asilo.
    2. Mayor estabilidad legal: La autorización tiene una duración inicial de un año y puede renovarse en función de la situación laboral o social del solicitante.
    3. Evitar largos procesos de espera: Los trámites de asilo pueden ser prolongados y en muchos casos terminan en resolución negativa, mientras que esta disposición ofrece una vía más directa hacia la regularización.

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Pasos para renunciar al asilo y acogerse a la disposición

    1. Consultar a un abogado especializado: Antes de tomar cualquier decisión, es fundamental obtener asesoramiento legal para evaluar las ventajas y riesgos en tu caso particular.
    2. Presentar el desistimiento: Formalizar la renuncia al proceso de asilo ante la Oficina de Asilo y Refugio (OAR) o la autoridad competente.
    3. Reunir la documentación necesaria: Esto incluye pruebas de arraigo, antecedentes penales y otros documentos solicitados por la administración.
    4. Solicitar la autorización de residencia y trabajo: Presentar la solicitud en la oficina de extranjería correspondiente, adjuntando toda la documentación requerida.

¿Renunciar al asilo es una decisión adecuada para todos los solicitantes de asilo?

Para finalizar, es vital destacar que no todos los solicitantes de asilo deberían optar por esta vía. Sin embargo, es especialmente útil para aquellas personas cuya solicitud de asilo tiene pocas posibilidades de ser aprobada o que ya han construido una vida estable en España y desean acceder rápidamente a la residencia y al mercado laboral. Pero, en casos donde exista un riesgo real de persecución en el país de origen, puede ser más adecuado continuar con el proceso de protección internacional.

Es importante resaltar que el tiempo que se ha estado en trámite el Asilo no se tomará en cuenta como permanencia (regularmente de 2 años) para el proceso de arraigo.

Video: Novedades del borrador del Reglamento de Extranjería

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