El objeto de estas nuevas subvenciones es la realización de proyectos que faciliten a las personas extranjeras extracomunitarias en situación de vulnerabilidad, la posibilidad de retornar voluntariamente desde España a sus países de procedencia para su reintegración, viable y sostenible.
Existen tres tipos de proyectos, cofinanciados por el Fondo de Asilo, Migración e Integración. Las condiciones y los requisitos se recogen en la presente Resolución de Convocatoria:
Tiene como objetivo facilitar a inmigrantes en situación de vulnerabilidad, la posibilidad de retornar a sus países de procedencia. Esto se realiza a través de itinerarios individualizados de retorno y reintegración.
Tiene como principal objetivo facilitar a personas inmigrantes el retorno voluntario a sus países de procedencia. Además, se los ayuda en la reintegración sostenible en su país. Esto se realiza a través de itinerarios individualizados de retorno y reintegración que incluyan el apoyo a las habilidades emprendedoras, por medio de actividades de formación en autoempleo y gestión empresarial, así como asistencia técnica y seguimiento de la puesta en marcha de proyectos microempresariales asociados al retorno, y teniendo en cuenta su vulnerabilidad como criterio prioritario de selección.
El objetivo de este programa es proporcionar ayudas complementarias a este abono acumulado y anticipado de la prestación contributiva por desempleo a personas extranjeras extracomunitarias y sus familiares hasta segundo grado que retornen voluntariamente a sus países de procedencia. Se tendrá en cuenta su vulnerabilidad como criterio prioritario de selección.
(La gestión de estos programas está encomendada a organizaciones no gubernamentales y organizaciones internacionales especializadas en la atención de inmigrantes).
En base a la presente resolución, la cuantía de las subvenciones tendrán una cuantía máxima a otorgar de 400.000 euros. Dicho importe podrá ser cofinanciados por el Fondo de Asilo, Migración e Integración hasta en un 90%. Sin perjuicio de lo anterior, se establece una cuantía adicional de 2.600.000 euros, que se prevé en concepto de financiación suplementaria derivada, en su caso, de una incorporación o generación de crédito. La efectividad de esta cuantía adicional estará condicionada a la obtención de la financiación añadida, que será publicada antes de la resolución de concesión.
Las solicitudes para participar en la presente convocatoria deberán presentarse en el plazo de veinte días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Estado.
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