In Información legal, Reagrupación Familiar

La normativa de Extranjería exige la acreditación de medios económicos para tarjeta comunitaria en algunos casos puntuales.

Casos en los que hay que acreditar medios económicos para tarjeta comunitaria:

  • Certificados de Registro Iniciales (el papel verde de los ciudadanos de la Unión Europea).
  • Tarjeta comunitaria inicial para los familiares de ciudadanos comunitarios.
  • Renovación de las tarjetas comunitarias cuando las mismas se hayan concedido por un periodo inferior a 5 años.

En los casos de tarjetas comunitarias o certificados de registro de la unión permanentes no se aplican las condiciones del artículo 7 del RD 240/2007. Es decir, querer renovar una tarjeta comunitaria de 5 años supone solicitar una tarjeta permanente, y no una renovación de la misma y por lo tanto no se pueden pedir medios económicos para tarjeta comunitaria.

En estos casos  para las tarjetas comunitarias permanentes se exige poder acreditar uno de los siguientes supuestos:

  1. Haber residido legalmente en España durante un periodo continuado de cinco años. Siempre que se mantenga el vínculo familiar por el que se expidió la tarjeta de residencia.
  2. Residir en España como miembro de la familia de ciudadano de la Unión, cuando este último es trabajador por cuenta ajena o propia, y adquiere el derecho a residencia permanente antes de que finalice el periodo de cinco años.
  3. Residir en España como miembro de la familia de ciudadano de la Unión, que fallece en el curso de su vida activa con anterioridad a la adquisición del derecho a residencia permanente, siempre que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
    • Que el ciudadano de la Unión hubiera residido de forma continuada, en la fecha del fallecimiento, al menos dos años.
    • El fallecimiento se deba a accidente de trabajo o enfermedad.
    • Que el cónyuge del ciudadano de la Unión hubiera perdido la nacionalidad española como consecuencia del matrimonio con el fallecido.

Así pues, si estás en estos supuestos (comunitarias permanentes) y en la Oficina de Extranjería te piden estos requisitos, debes saber que no estás obligado a acreditar la tenencia de medios económicos.

Enlaces de interés:

  1. Renovación de autorización de residencia por reagrupación familiar
  2. ¿Cuáles son los requisitos necesarios para una reagrupación familiar?
  3. ¿Se puede prórrogar una estancia de corta duración?
  4. Reagrupación de familiares independientes

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