La normativa de Extranjería exige la acreditación de medios económicos para tarjeta comunitaria en algunos casos puntuales.
Casos en los que hay que acreditar medios económicos para tarjeta comunitaria:
- Certificados de Registro Iniciales (el papel verde de los ciudadanos de la Unión Europea).
- Tarjeta comunitaria inicial para los familiares de ciudadanos comunitarios.
- Renovación de las tarjetas comunitarias cuando las mismas se hayan concedido por un periodo inferior a 5 años.
En los casos de tarjetas comunitarias o certificados de registro de la unión permanentes no se aplican las condiciones del artículo 7 del RD 240/2007. Es decir, querer renovar una tarjeta comunitaria de 5 años supone solicitar una tarjeta permanente, y no una renovación de la misma y por lo tanto no se pueden pedir medios económicos para tarjeta comunitaria.
En estos casos para las tarjetas comunitarias permanentes se exige poder acreditar uno de los siguientes supuestos:
- Haber residido legalmente en España durante un periodo continuado de cinco años. Siempre que se mantenga el vínculo familiar por el que se expidió la tarjeta de residencia.
- Residir en España como miembro de la familia de ciudadano de la Unión, cuando este último es trabajador por cuenta ajena o propia, y adquiere el derecho a residencia permanente antes de que finalice el periodo de cinco años.
- Residir en España como miembro de la familia de ciudadano de la Unión, que fallece en el curso de su vida activa con anterioridad a la adquisición del derecho a residencia permanente, siempre que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
- Que el ciudadano de la Unión hubiera residido de forma continuada, en la fecha del fallecimiento, al menos dos años.
- El fallecimiento se deba a accidente de trabajo o enfermedad.
- Que el cónyuge del ciudadano de la Unión hubiera perdido la nacionalidad española como consecuencia del matrimonio con el fallecido.
Así pues, si estás en estos supuestos (comunitarias permanentes) y en la Oficina de Extranjería te piden estos requisitos, debes saber que no estás obligado a acreditar la tenencia de medios económicos.
Enlaces de interés:
- Renovación de autorización de residencia por reagrupación familiar
- ¿Cuáles son los requisitos necesarios para una reagrupación familiar?
- ¿Se puede prórrogar una estancia de corta duración?
- Reagrupación de familiares independientes