In Información legal, Matrimonio

En el caso de que un ciudadano español contraiga matrimonio fuera de España, para que sea válido, es necesaria la inscripción en el Registro Civil español. Normalmente este procedimiento se realiza en el registro civil consular y es obligatorio para optar por un visado en régimen comunitario.

El matrimonio en el extranjero no será válido en España hasta que haya sido convalidado en el Registro Civil español. Para ello se debe presentar la documentación en el consulado español del país extranjero en el que se haya celebrado el matrimonio. O, en el Registro Civil Español del municipio en el que resida el contrayente español.

La finalidad del trámite es la comprobación de que el matrimonio cumple con los requisitos para poder ser inscrito en el Registro. El trámite es parecido al  que se ha de llevar en el caso de un matrimonio mixto.

Si usted ha adquirido la nacionalidad española, y quiere reagrupar a su cónyuge, deberá primero inscribir el matrimonio. Si el matrimonio no se inscribe, no podrá optar por la Residencia Comunitaria.

El proceso de inscripción de matrimonio puede tardar. Por lo cual mientras se inscribe, se puede optar por la residencia de Circunstancias Excepcionales de Pareja Estable.

Procedimiento de inscripción de matrimonio celebrado en el extranjero

Documentación necesaria:

Matrimonio fuera de España por lo religioso

  • Presentación de la certificación eclesiástica que expresará las circunstancias exigidas por la legislación.
  • NOTA: Para la inscripción en el Registro Civil de matrimonios islámicos, judíos o de la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, será necesario tramitar el expediente previo que concluye con auto de capacidad matrimonial para los dos últimos casos, siendo conveniente para el primero.
  • Una vez realizado este expediente, el matrimonio deberá celebrarse en el plazo máximo de 6 meses.

Matrimonio fuera de España por lo civil

  • Celebrado en el Juzgado: El acta de celebración de matrimonio civil es la propia inscripción que será firmada por el encargado del Registro Civil, los dos contrayentes, dos testigos y el Secretario.
  • Matrimonio celebrado en el Ayuntamiento: El acta de matrimonio será remitida al Registro Civil del lugar en que se celebró el matrimonio, siendo el Registro Civil quien realiza la inscripción y extiende el libro de familia.
  • Matrimonios celebrados en el extranjero cuando al menos uno de los contrayentes ostente la nacionalidad española o la adquiera con posterioridad a la celebración del matrimonio:

Inscripción de matrimonio canónico:

  • Presentación de la certificación eclesiástica que expresará las circunstancias exigidas por la legislación.
  • Certificado literal de nacimiento del cónyuge español y del cónyuge extranjero
  • Documento Nacional de Identidad del nacionalizado español.
  • Acreditación del domicilio del promotor en España. Hoja declaratoria de datos.

Inscripción de matrimonio civil:

  • Certificado de matrimonio expedido por el Registro Civil local extranjero.
  • Certificado literal de nacimiento del cónyuge español y del cónyuge extranjero
  • Documento Nacional de Identidad del nacionalizado español.
  • Acreditación del domicilio del promotor en España.
  • Hoja declaratoria de datos.
  • (Los documentos señalados en el apartado de Matrimonios celebrados en el extranjero están recogidos a efectos meramente informativos, pudiendo, en el momento de la calificación, ser requeridos cuantos datos oportunos estimare el Magistrado Juez Encargado, a quien corresponde la calificación registral o el Secretario del Registro en la tramitación de los expedientes en los que interviniere.)

Dónde presentar la inscripción de matrimonio fuera de España

En el Registro Civil donde se haya celebrado el matrimonio o el Registro Civil Central en el supuesto de matrimonio celebrado en el extranjero cuando al menos uno de los contrayentes ostente la nacionalidad española o la adquiera con posterioridad a la celebración del matrimonio.

Recuerda si tienes dudas, nuestros abogados y expertos pueden ayudarte

Enlaces de interés:

  1. Inscripción de matrimonio
  2. Reagrupación familiar comunitaria
  3. Certificado de capacidad matrimonial
  4. Solicitar tarjeta comunitaria para mi cónyuge
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