Quienes deseen contraer matrimonio en España deberán acreditar en el expediente tramitado en el Registro Civil, que reúnen todos los requisitos establecidos por la ley.
Si alguno de los contrayentes estuviere afectado por deficiencias psíquicas, se exigirá también dictamen médico sobre su aptitud para prestar consentimiento.
Los trámites deben iniciarse en el Registro Civil del municipio de uno o los dos futuros contrayentes. Si están domiciliados en poblaciones distintas podrán elegir la que más les convenga.
Los contrayentes pueden decidir que, una vez finalizado el expediente prematrimonial, la ceremonia se celebre en cualquier municipio.
El lugar de celebración de la boda ha de ser siempre las oficinas del Registro Civil. O bien las instalaciones municipales destinadas cuando la boda la oficie el alcalde o concejal.
Recuerda si tienes dudas, nuestros abogados y expertos pueden ayudarte
El nuevo Reglamento de Extranjería, cuya aprobación se esperaba esta semana, ha sido pospuesto debido…
Es preocupante cuando, al intentar apoyar a personas vulnerables, se recurre a estereotipos que las…
Los ciudadanos chilenos y peruanos pueden solicitar una residencia para empleo por cuenta ajena en…
El IV Congreso de Extranjería e Inmigración (CEI24) presentó una ponencia titulada "El uso de…
30 ¿Qué es el ETIAS? El ETIAS es un sistema automatizado creado por la…
Esta web usa cookies.